A Su Excelencia Dante Caputo,
Presidente de la XLIII Asamblea General de
la Organización de las Naciones Unidas.
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones
Unidas, cuando adoptó y publicó la Declaración universal de los derechos del
hombre, deseaba responder a las preocupaciones de un tiempo en el que “el
desconocimiento del desprecio de los derechos del hombre condujeron a actos de
barbarie que revuelven la conciencia de la humanidad”. La Asamblea General
quería también afirmar que una de las más elevadas aspiraciones del hombre es la
de ver reconocida la dignidad de la persona humana, deseando la llegada de un
mundo en el que todos puedan gozar de la libertad de hablar y de creer. En este
sentido, la Declaración expresa el ideal común a conseguir por todos los pueblos
y naciones, tomando para ello las medidas progresivas en el orden nacional e
internacional.
La celebración del cuarenta aniversario de la Declaración ofrece
una nueva ocasión para ver en qué medida los ideales adoptados por la mayor
parte de la Comunidad Internacional de los pueblos en 1948 han sido respetados,
así como para evaluar la realidad de la promoción de los derechos y de las
libertades en las distintas legislaciones nacionales y, más aún: en la cola de
los individuos y de las colectividades.
Sé que a lo largo de estos cuarenta años la Organización de los
Naciones Unidas ha tomado disposiciones importantes y ha llevado a cabo grandes
esfuerzos para apoyar los ideales de la Declaración y crear los instrumentos
jurídicos necesarios en orden a poner en práctica sus principales fundamentos.
Todo ello constituye un indiscutible mérito de las Naciones Unidas. Sin embargo,
todavía no se ha llegado a la meta en el camino emprendido, como lo testimonian
los numerosos trabajos de las comisiones “ad hoc”, instituidas para precisar la
aplicación de los principios, elaborar instrumentos jurídicos adecuados y
examinar las violaciones de los derechos del hombre allí donde se producen.
Dentro de este espíritu, resulta indispensable que los
responsables de la vida pública intervengan con renovada determinación a fin de
que los Estados garanticen a sus ciudadanos el disfrute efectivo de los derechos
humanos. Es así como se podrá esperar el grado superior de civilización que
deseaban los que redactaron la Declaración.
¿Cómo no constatar que todavía hoy cientos de millones de seres
humanos ven amenazados constantemente sus derechos a la vida, a la libertad, a
la seguridad, que no se respeta la igualdad entre todos ni la dignidad de cada
cual, que se levantan nuevas barreras por motivos de raza, color, sexo, lengua,
religión, opiniones políticas u otra clase de convicciones, de origen nacional o
social? ¿Y qué decir de ciertas violaciones todavía más sutiles y que también
atentan contra los derechos de las personas y de los grupos humanos?
La Iglesia, por su parte, ha recibido de su fundador Jesucristo
el deber de proclamar la igual dignidad de todas las personas en cuanto hijos de
Dios. La Iglesia no ha dejado de reafirmar a lo largo de estos cuarenta años,
los fundamentos trascendentales de los derechos humanos y de animar las acciones
dinámicas emprendidas en nuestro tiempo para promover estos derechos. Según la
enseñanza de la Iglesia, los derechos del hombre se fundan en Dios Creador,
quien ha dotado a toda persona de inteligencia y libertad, y ha querido que la
organización de la sociedad esté al servicio del hombre.
Señor Presidente: En la presente circunstancia, me complace
renovar a las Naciones Unidas mis fervientes votos para que su acción al
servicio de los derechos humanos sea fructuosa, pues estos derechos constituyen
la base de un orden social justo y, al mismo tiempo, el ideal común en el que
esperar. Estoy convencido de que esta acción contribuye de la manera más eficaz
a afirmar en el mundo entero las vías de una paz sólidamente establecida y que
ésta es la mejor respuesta a las aspiraciones esenciales recogidas en la
Declaración universal de los derechos del hombre.
Vaticano, 6 de diciembre, 1988
IOANNES PAULUS PP. II
*L'Osservatore Romano. Edición semanal en lengua española
n. 52 p.4.
© Copyright 1988 - Libreria
Editrice Vaticana