SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LOS RELIGIOSOS E INSTITUTOS SECULARES
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA DOCTRINA DE LA IGLESIA
SOBRE LA VIDA RELIGIOSA DIRIGIDOS A LOS INSTITUTOS DEDICADOS A OBRAS APOSTÓLICAS
INTRODUCCIÓN
1. La renovación de la vida religiosa durante los últimos
veinte anos ha sido en múltiples aspectos una experiencia de fe. Se han
hecho esfuerzos generosos para explorar a fondo en la oración qué
significa vivir la vida consagrada según el Evangelio, el carisma
fundacional de un instituto religioso y los signos de los tiempos. Los
institutos religiosos de vida apostólica han intentado, además,
afrontar los cambios exigidos por la rápida evolución de la
sociedad a la cual son enviados y por el desarrollo de los medios de comunicación
que condicionan sus posibilidades de evangelización. Al mismo tiempo,
estos institutos se han encontrado con cambios imprevistos en su misma situación
interna, elevación del promedio de edad de sus miembros, disminución
de vocaciones, merma consiguiente de sus efectivos, diversidades en los estilos
de vida y en las obras y, con frecuencia, incertidumbre acerca de su identidad.
El resultado ha sido una experiencia comprensiblemente compleja, con muchos
aspectos positivos y algunos otros notablemente dudosos.
2. Ahora, pasado el período de experimentación extraordinaria
ordenado por Ecclesiae Sanctae II, muchos institutos religiosos
dedicados a obras de apostolado están revisando sus experiencias. Con la
aprobación de sus Constituciones revisadas y la entrada en vigor del
nuevo Código de Derecho Canónico, se adentran en una nueva fase de
su historia. En este momento de reiniciación, escuchan una vez más
la llamada pastoral del Papa Juan Pablo II a « hacer una evaluación
objetiva y humilde de los años de experimentación, de modo que
puedan identificar los elementos positivos, así como las posibles
desviaciones» (Disc. a la UISG 1979; a los Superiores Mayores de
religiosos y religiosas en Francia 1980). Superiores religiosos y Capítulos
han solicitado de esta Sagrada Congregación directrices para valorar el
pasado y preparar el futuro. También algunos Obispos, debido a su
especial responsabilidad en la promoción de la vida religiosa, han pedido
orientaciones. Por todo ello, la Sda. Congregación para los Religiosos e
Institutos seculares, siguiendo las indicaciones del Santo Padre, ha preparado
esta síntesis de principios y normas fundamentales. Su intento es
presentar una síntesis clara de la doctrina de la Iglesia acerca de la
vida religiosa, en un momento especialmente significativo y oportuno.
3. Esta doctrina se halla ya formulada en los grandes documentos del
Concilio Vaticano II, particularmente en Lumen gentium, Perfectae Caritatis
y Ad Gentes. Ha sido desarrollada posteriormente en la Exhortación
Apostólica Evangelica testificatio de Pablo VI, en las
alocuciones del Papa Juan Pablo II y en los documentos de esta Sda. Congregación
para los Religiosos e Institutos seculares, especialmente en Mutuae
relationes, Religiosos y promoción humana y Dimensión
contemplativa de la vida religiosa. Últimamente, esa riqueza
doctrinal ha sido condensada en el nuevo Código de Derecho Canónico.
Todos estos textos, basados en el rico patrimonio de la doctrina preconciliar,
ahondan y afinan la teología de la vida religiosa, que vino desarrollándose
y adquiriendo densidad durante los siglos pasados.
4. La vida religiosa es un dato histórico a la vez que una realidad
teológica. La experiencia vivida, hoy como en el pasado, es variada; lo
cual tiene su importancia. Es una experiencia que necesita ser comprobada a la
luz de los fundamentos evangélicos, del magisterio de la Iglesia y de las
Constituciones aprobadas de cada instituto. La Iglesia considera ciertos
elementos como esenciales para la vida religiosa: la vocación divina, la
consagración mediante la profesión de los consejos evangélicos
con votos públicos, una forma estable de vida comunitaria, para los
institutos dedicados a obras de apostolado, la participación en la misión
de Cristo por medio de un apostolado comunitario, fiel al don fundacional específico
y a las sanas tradiciones; la oración personal y comunitaria, el
ascetismo, el testimonio público, la relación característica
con la Iglesia, la formación permanente, una forma de gobierno a base de
una autoridad religiosa basada en la fe. Los cambios históricos y
culturales traen consigo una evolución en la vida real, pero el modo y el
rumbo de esa evolución son determinados por los elementos esenciales, sin
los cuales, la vida religiosa pierde su identidad. En el presente texto,
dirigido a los institutos dedicados a obras de apostolado, esta Sda. Congregación
se limita a identificar y reafirmar estos elementos esenciales.
I.
LA VIDA RELIGIOSA: UNA FORMA PARTICULAR DE CONSAGRACIÓN A DIOS
5. La consagración es la base de la vida religiosa. Al afirmarlo, la
Iglesia quiere poner en primer lugar la iniciativa de Dios y la relación
transformante con El que implica la vida religiosa. La consagración es
una acción divina. Dios llama a una persona y la separa para dedicársela
a Si mismo de modo particular. Al mismo tiempo, da la gracia de responder, de
tal manera que la consagración se exprese, por parte del hombre, en una
entrega de sí, profunda y libre. La interrelación resultante es
puro don: es una alianza de mutuo amor y fidelidad, de comunión y misión
para gloria de Dios, gozo de la persona consagrada y salvación del mundo.
6. Jesús mismo es Aquel a quien el Padre consagró y envió
en el más alto de los modos (cf. Jn 10, 86). En El se resumen todas las
consagraciones de la antigua Ley, que simbolizaban la suya y en El está
consagrado el nuevo Pueblo de Dios, de ahí en adelante misteriosamente
unido a El. Por el bautismo Jesús comparte su vida con cada cristiano;
cada uno es santificado en el Hijo; cada uno es llamado a la santidad; cada uno
es enviado a compartir la misión de Cristo, con capacidad de crecer en el
amor y en el servicio del Señor. Este don bautismal es la consagración
fundamental cristiana y viene a ser raíz de todas las demás.
7. Jesús vivió su consagración precisamente como Hijo
de Dios: dependiendo del Padre, amándole sobre todas las cosas y
entregado por entero a su voluntad. Estos aspectos de su vida como Hijo son
compartidos por todos los cristianos. A algunos, sin embargo, para bien de
todos, Dios da el don de seguir más de cerca a Cristo en su pobreza, su
castidad y su obediencia por medio de la profesión pública de
estos consejos con la mediación de la Iglesia. Esta profesión, a
imitación de Cristo, pone de manifiesto una consagración
particular que está « enraizada en la consagración del
bautismo y la expresa con mayor plenitud » (PC 5). La expresión «
con mayor plenitud » nos hace pensar en el dominio de la Persona
divina del Verbo sobre la naturaleza humana que asumió y nos invita a una
respuesta como la de Jesús: un don de sí mismo a Dios de una
manera que sólo El puede hacer posible y que es testimonio de su santidad
y de su ser absoluto. Una tal consagración es un don de Dios: una gracia
gratuitamente dada.
8. Cuando la consagración por la profesión de los consejos es
confirmada, como respuesta definitiva a Dios, con un compromiso público
tomado ante la Iglesia, pertenece a la vida y santidad de la Iglesia (cf. LG
44). Es la Iglesia quien autentica el don y es mediadora de la ,consagración.
Los cristianos así consagrados se esfuerzan por vivir desde ahora lo que
será la vida futura. Una vida semejante « manifiesta más
cumplidamente a todos los creyentes la presencia de los bienes.celestiales ya en
posesión aquí abajo » (LG 44). De esta manera, tales
cristianos « dan un testimonio contundente y excepcional de que el
mundo no puede ser transfigurado y ofrecido a Dios sin el espíritu de las
bienaventuranzas » (LG 31).
9. La unión con Cristo por la consagración, mediante la
profesión de los consejos, puede ser vivida en medio del mundo, puede
actuar con obras del mundo y expresarse a la manera del mundo. Esta es la vocación
especial de los institutos seculares, definidos por Pío XII como «
consagrados a Dios y a los otros » en el mundo y « con los
medios del mundo » (Primo felicíter, V y II). Por sí
mismos los consejos no separan necesariamente del mundo. En efecto, es un don de
Dios a la Iglesia que la consagración mediante la profesión de los
consejos pueda tomar la forma de una vida para ser vivida como fermento
escondido. Los cristianos así consagrados realizan su obra de salvación
comunicando el amor de Cristo, por medio de su presencia en el mundo y de su
santificación desde dentro del mundo. Su estilo de vida y presencia no se
distingue externamente del de los otros cristianos. Su testimonio se da en el
ambiente común de sus vidas. Esta forma discreta de testimonio proviene
de la misma naturaleza de su vocación secular y forma parte del modo
propio con que su consagración debe vivirse (cf. PC 11).
10. En cambio, no puede decirse lo mismo de aquellos a quienes la consagración
por la profesión de los consejos constituye como religiosos. La
naturaleza misma de la vocación religiosa lleva consigo el testimonio público
de Cristo y de la Iglesia. La profesión religiosa se realiza mediante
votos que la Iglesia recibe como públicos. La forma estable de vida común
en un instituto canónicamente erigido por la autoridad eclesiástica
competente, manifiesta en forma visible la alianza y comunión que la vida
religiosa expresa. Desde el momento mismo del ingreso en el noviciado, una
cierta separación de la familia y de la vida profesional, habla
potentemente de lo absoluto de Dios; pero al mismo tiempo, se establece un vínculo
nuevo y más profundo en Cristo con la familia que se ha dejado. Este vínculo
se refuerza aún más cuando el desprendimiento de otras relaciones,
ocupaciones y formas de diversión en sí legítimas, siguen
reflejando públicamente en la vida lo absoluto de Dios. Otro aspecto de
la naturaleza pública de la consagración religiosa está en
el apostolado de los religiosos que, en cierto sentido, es siempre comunitario.
La presencia religiosa es visible tanto en las formas de actuar, como en las de
vestir o en el estilo de vida.
11. La consagración religiosa se vive dentro de un determinado
instituto, siguiendo unas Constituciones que la Iglesia, por su autoridad,
acepta y aprueba. Esto significa que la consagración se vive según
un esquema específico que pone de manifiesto y profundiza la propia
identidad. Esa identidad proviene de la acción del Espíritu Santo,
que constituye el don fundacional del instituto y crea un tipo particular de
espiritualidad, de vida, de apostolado y de tradición (cfr. MR 11).
Cuando se contemplan las numerosas familias religiosas, queda uno asombrado ante
la riqueza de dones fundacionales. El Concilio insiste en la necesidad de
fomentarlos como dones que son de Dios (cf PC 2b). Ellos determinan la
naturaleza, espíritu, fin y carácter, que forman el patrimonio
espiritual de cada instituto y constituyen el fundamento del sentido de
identidad, que es un elemento clave en la fidelidad de cada religioso (cf ET
51).
12. En el caso de institutos dedicados a obras de apostolado, la consagración
religiosa presenta aún otra característica: la participación
en la misión de Cristo en forma específica y concreta.Perfecta
Caritatis recuerda que la naturaleza misma de estos institutos exige «
la actividad apostólica y las obras de caridad » (PC 8). Por
el mero hecho de su consagración, los miembros de estos institutos están
dedicados a Dios y disponibles para ser enviados. Su vocación implica la
proclamación activa del Evangelio por medio de
«obras de caridad, confiadas al instituto por la Iglesia y realizadas
en su nombre» (PC 8). Por esta razón, la actividad apostólica
de tales institutos no es simplemente un esfuerzo humano para hacer el bien,
sino « una acción profundamente eclesial» (EN 60) que
hunde sus raíces en la unión con Cristo, enviado por el Padre para
realizar su obra y que expresa una consagración por parte de Dios, que
envía a los religiosos para servir a Cristo en sus miembros de
determinadas maneras (cf EN 69), de acuerdo con los dones fundacionales del
instituto (cf MR 15). « Toda la vida de tales religiosos debe estar
imbuída de espíritu apostólico y toda su actividad apostólica
de espíritu religioso » (PC 8).
II.
CARACTERÍSTICAS
1. LA CONSAGRACIÓN MEDIANTE LOS VOTOS PÚBLICOS
13. Es propio, aunque no exclusivo, de la vida religiosa, profesar los
consejos evangélicos por medio de votos que la Iglesia recibe. Estos son
una respuesta al don de Dios, que siendo don de amor, no puede ser
racionalizado. Es algo que Dios mismo realiza en la persona que ha escogido.
14. Como respuesta al don de Dios, los votos son la triple expresión
de un único si a la singular relación creada por la total
consagración. Son ellos la acción, mediante la cual, religiosos y
religiosas se dan « a Dios de manera nueva y especial » (LG 44).
Por los votos, el religioso dedica con gozo toda su vida al servicio de
Dios, considerando el seguimiento de Cristo « como la única cosa
necesaria » (PC 5) y buscando a Dios, y solo a El, por encima de todo.
Dos razones fundamentan esta oblación: la primera el deseo de liberarse
de los obstáculos que podrían impedir a la persona amar a Dios
ardientemente y adorarle con perfección (cf ET 7); la segunda, el deseo
de ser consagrado de forma más total al servicio de Dios (cf LG 44). LOS
votos mismos «manifiestan el inquebrantable vínculo que existe
entre Cristo y su esposa la Iglesia. Cuanto más fuertes y estables sean
estos vínculos, más perfecta será la consagración
religiosa del cristiano» (LG 44).
15. Los votos son también, en concreto, tres maneras de comprometerse
a vivir como Cristo vivió, en sectores que abrazan toda la existencia:
posesiones, afectos, autonomía. Cada uno pone de relieve una relación
con Jesús, consagrado y enviado. El fue rico, pero se hizo pobre por
nuestra salvación, despojándose de todo y no teniendo donde
reclinar su cabeza. Amó con un corazón indiviso, universalmente y
hasta el fin. Vino a hacer la voluntad del Padre que le envió, y lo hizo
permanentemente, «aprendiendo la obediencia por el sufrimiento y
convirtiéndose en causa de salvación para todos los que obedecen »
(Hb 5, 8).
16. La señal distintiva de cada instituto religioso se halla en el
modo con que estos valores de Cristo se expresan visiblemente. Por esta razón,
el contenido de los votos de cada instituto, como está expresado en sus
Constituciones, debe aparecer claro y sin ambigüedad. El religioso renuncia
al libre uso y disposición de sus bienes, depende del legítimo
superior de su instituto en cuanto a sus necesidades materiales, pone en común
los dones y retribuciones que recibe, como propiedad que son de la comunidad,
acepta y participa en un estilo sencillo de vida. El religioso o religiosa se
compromete a vivir la castidad por un nuevo título, el del voto, y a
vivirla en el celibato consagrado por el Reino. Esto lleva consigo una manera de
vida que es testimonio convincente y verosímil de una entrega total a la
castidad y que cierra la puerta a todo comportamiento, relación personal
y forma de recreación, incompatibles. El religioso se compromete a
obedecer a los mandatos del superior legítimo según las
constituciones del instituto y acepta, además, una particular obediencia
al Santo Padre, en virtud del voto de obediencia. Implícita en el
compromiso que los votos producen, está la exigencia de la vida común
con los hermanos o hermanas de comunidad. El religioso se compromete a vivir en
fidelidad a la naturaleza, fin, espíritu y carácter del instituto,
como aparecen expresados en sus constituciones, en las normas propias y en las
sanas tradiciones. Finalmente, el religioso se compromete generosamente a
emprender una vida de conversión radical y continua, como la reclama el
Evangelio, especificada ulteriormente en el contenido de cada uno de los votos.
17. La consagración, por medio de la profesión de los consejos
evangélicos en la vida religiosa, inspira una forma de vida que tiene
necesariamente una repercusión social. No es que los votos pretendan
convertirse en una protesta social; pero, sin duda, la vida según los
votos siempre da testimonio de unos valores que desafían a la sociedad,
como desafían a los mismos religiosos. La pobreza, castidad y obediencia
religiosas pueden hablar con fuerza y claridad al mundo de hoy, que sufre de
tanto consumismo y discriminación, erotismo y odio, violencia y opresión
(cf RPH 15).
2. COMUNIÓN EN COMUNIDAD
18. La consagración religiosa establece una comunión
particular entre el religioso y Dios y, en El, entre los miembros de un mismo
instituto. Este es el elemento fundamental en la unidad de un instituto. Tradición
compartida, trabajos comunes, estructuras racionales, recursos mancomunados,
constituciones comunes y espíritu de cuerpo, son todos elementos que
pueden ayudar a construir y a fortalecer la unidad; pero el fundamento de la
unidad es la comunión en Cristo, establecida por el único carisma
fundacional. Esta comunión está enraizada en la consagración
religiosa misma. Esta animada por el espíritu del Evangelio, alimentada
por la oración, marcada por una mortificación generosa y
caracterizada por el gozo y la esperanza que brotan de la fecundidad de la cruz
(cf ET 41).
19. Para los religiosos, la comunión en Cristo se expresa de una
manera estable y visible en la vida comunitaria. Tan importante es esa vida
comunitaria para la consagración religiosa, que cada religioso,
cualquiera que sea su trabajo apostólico, está obligado a ella por
el mero hecho de la profesión y debe normalmente vivir bajo la autoridad
de un superior local, en una comunidad del instituto al que pertenece.
Normalmente, también, la vida de comunidad lleva consigo el compartir la
vida de cada día según unas estructuras concretas y las
prescripciones de las Constituciones. Compartir la oración, el trabajo,
las comidas, el descanso, el espíritu de grupo « las relaciones
de amistad, la cooperación en el mismo apostolado y el mutuo apoyo en una
vida de comunidad, escogida para seguir mejor a Cristo, son todos ellos otros
tantos valiosos factores en el diario caminar» (ET 39). Una comunidad
reunida como verdadera familia en el nombre del Señor goza de su
presencia (cf Mt 18, 25) por el amor de Dios que es infundido por el Espíritu
Santo (cf Rm 5, 5). Su unidad es un símbolo de la venida de Cristo y es
una fuente de poderosa energía apostólica (cf PC 15). En ella la
vida consagrada puede desarrollarse en condiciones ideales (cf ET 38) y queda
asegurada la formación permanente de sus miembros. La aptitud para vivir
una vida comunitaria, con sus gozos y sus limitaciones, es una cualidad que es índice
de vocación religiosa para un determinado instituto y criterio clave para
aceptar un candidato.
20. La comunidad local, como lugar en que la vida religiosa es vivida
prevalentemente, tiene que ser organizada de forma que queden en evidencia los
valores religiosos. Su centro es la Eucaristía, en la que participan los
miembros de la comunidad a diario, en lo posible, y que es venerada en un
oratorio donde puede tener lugar la celebración y donde el Santísimo
Sacramento está reservado (cf ET 48). Tiempos de oración en común
a diario, basados en la palabra de Dios y en unión con la oración
de la Iglesia, como ocurre especialmente en la Liturgia de las Horas, alimentan
la vida comunitaria. Es igualmente necesario un ritmo de tiempos más
intensos de oración, ya semanal, ya mensual y, en especial, el retiro
anual. La frecuente recepción del sacramento de la Reconciliación
es también parte de la vida religiosa. Además del aspecto personal
del perdón de Dios y de su amor renovador en el plan individual, el
sacramento construye la comunidad gracias a su poder de reconciliación y
crea también un vínculo especial con la Iglesia. De acuerdo con
las normas propias del instituto, se ha de dar también un tiempo
conveniente para la cotidiana oración privada y para una provechosa
lectura espiritual. Se han de encontrar maneras de profundizar las devociones
propias del instituto y muy en especial la devoción a María Madre
de Dios. La comunidad debe igualmente tener presentes en su oración las
necesidades del entero Instituto, así como el afectuoso recuerdo de
aquellos miembros que han pasado de esta vida al Padre. La promoción de
estos valores religiosos de la vida comunitaria y el establecimiento de una
organización adecuada, que los fomente, es responsabilidad de todos los
miembros de la comunidad, pero en particular del superior local (cf ET 26).
21. El estilo mismo de la vida comunitaria está en relación
con la forma de apostolado que los miembros deben mantener, así como con
la cultura y sociedad en que ese apostolado se ejercita. La forma de apostolado
puede ser causa determinante de la magnitud y ubicación de una comunidad,
de sus necesidades particulares y de sus standards de vida. Mas, sea el que
fuere el apostolado, la comunidad debe esforzarse por vivir con sencillez, según
las normas establecidas para todo el instituto y para la provincia, aplicadas a
su propia situación. En su forma de vida debe ocupar un lugar importante
el ascetismo, que es parte integrante de la consagración religiosa.
Finalmente, ha de proveer a las necesidades de sus miembros, conforme a sus
propios recursos, teniendo siempre en cuenta sus obligaciones para con el entero
instituto y para con los pobres.
22. En vistas de la importancia crucial de la vida de comunidad, es
necesario notar que su calidad se ve afectada positiva o negativamente por dos
tipos de diferencias dentro del instituto: en sus miembros y en sus obras. Es
esta la variedad que encontramos en la imagen paulina del Cuerpo de Cristo o en
la imagen conciliar del Pueblo peregrino de Dios. En ambas, la diversidad es, en
verdad, abundancia de dones que tienden a enriquecer la única realidad.
Por lo mismo, el criterio de aceptación de miembros y obras en un
instituto religioso es la construcción de la unidad (cf MR 12). Prácticamente
habrá que preguntarse: los dones de Dios en esta persona, o proyecto, o
grupo, contribuirán a la unidad y a hacer más profunda la comunión?
Si así fuere, sean bienvenidos. Si no, sin que importe lo buenos que
tales dones puedan parecer en sí mismos o lo deseables que puedan
resultar para algunos miembros, no son buenos para ese instituto en particular.
Es un error pretender que el don fundacional de un instituto lo abarque todo. Ni
es razonable fomentar un don que, virtualmente, separa un miembro de la comunión
con la comunidad. Tampoco es prudente tolerar líneas de desarrollo
fuertemente divergentes que carezcan de una recia conexión de unidad en
el instituto mismo. La diversidad sin divisiones y la unidad sin uniformismo son
una riqueza y un reto que favorecen el crecimiento de la comunidad de oración,
de gozo y servicio, como testimonio de la realidad de Cristo. Constituye una
responsabilidad peculiar de los superiores y de los maestros de formación,
el asegurarse que diferencias que conducen a la desintegración, no sean
tomadas equivocadamente por auténticos valores de diversidad.
3. MISIÓN EVANGELICA
23. Cuando Dios consagra una persona, concede un don especial en orden a la
realización de su propio designio de amor: la reconciliación y la
salvación del género humano. El no sólo escoge, segrega y
dedica a Sí mismo la persona, sino que la compromete en su obra divina.
La consagración inevitablemente implica misión. Se trata de dos
facetas de una misma realidad. La elección de una persona por parte de
Dios, es para la salvación de los demás: la persona consagrada es «enviada»
para realizar la obra de Dios, con el poder de Dios. Jesús mismo tenía
clara conciencia de ello. Consagrado y enviado para llevar la salvación
de Dios, estaba por entero dedicado al Padre en la adoración, el amor y
la obediencia, y totalmente entregado a la obra del Padre, que es la salvación
del mundo.
24. Los religiosos, por su forma peculiar de consagración, están
necesaria y profundamente comprometidos en la misión de Cristo. Como El,
son llamados para los otros: enteramente orientados hacia el Padre por el amor
y, por eso mismo, entregados del todo al servicio salvador de Cristo a favor de
sus hermanos y hermanas. Esto es verdad en todas las formas existentes de vida
religiosa. La vida contemplativa claustral tiene su propia escondida fecundidad
apostólica (cf PC 7) y proclama ante todos que Dios existe y que es amor.
Los religiosos dedicados a obras de apostolado prolongan en nuestros tiempos la
presencia de Cristo « que anuncia el Reino de Dios a las multitudes,
que sana a los enfermos y heridos, que convierte a los pecadores a una vida
mejor, bendice a los niños, hace el bien a todos, siempre obedeciendo la
voluntad del Padre que le envió » (LG 48). Esta obra salvadora
de Cristo es compartida a través de determinados servicios, confiados por
la Iglesia al instituto al aprobar sus constituciones. Esta aprobación
determina la naturaleza del servicio emprendido, que debe ser fiel al Evangelio,
a la Iglesia y al instituto. Establece, además, ciertos límites,
dado que la misión del religioso se ve, al mismo tiempo, reforzada y
delimitada por las consecuencias de la consagración en un determinado
instituto. Aún más, la naturaleza del servicio religioso determina
cómo la misión ha de ser realizada: en unión profunda con
el Señor y con una gran sensibilidad respecto a los tiempos, la cual
capacitará al religioso « para transmitir el mensaje del Verbo
Encarnado en términos que el mundo pueda comprender» (ET 9).
25. Cualquiera que sea el servicio apostólico a través del
cual se transmite la palabra, la misión es emprendida como
responsabilidad comunitaria. Es al instituto en su totalidad, a quien la Iglesia
encomienda la participación en la misión de Cristo, que es
característica suya y se expresa a través de las obras inspiradas
por el carisma fundacional. Esta misión corporativa no significa que
todos los miembros del instituto hagan las mismas cosas o que las cualidades y
dones de las personas no sean respetados. Significa que la actividad de todos
los miembros está directamente relacionada con el apostolado común,
el cual - como la Iglesia ha reconocido - expresa en concreto la finalidad del
Instituto. Este apostolado común y permanente forma parte de la sana
tradición del instituto. Está tan íntimamente relacionado
con la identidad, que no se puede cambiar sin tocar el carácter mismo del
instituto. Es, por tanto, la piedra de toque en la evaluación de nuevas
obras, sea que estos servicios hayan de ser realizados por un grupo o
individualmente. De la integridad del apostolado común son especialmente
responsables los superiores mayores: deben velar por que el instituto sea, a la
vez fiel a su misión tradicional en la Iglesia y abierto a nuevas maneras
de realizarlo. Las obras tienen necesidad de ser renovadas y revitalizadas, pero
esto ha de hacerse manteniéndose siempre fieles al apostolado aprobado
del instituto y en colaboración con las autoridades eclesiásticas
correspondientes. Tal renovación deberá estar marcada por las
cuatro grandes fidelidades, puestas de relieve en el documento Religiosos y
Promoción humana: « fidelidad a la humanidad y a nuestro tiempo;
fidelidad a Cristo y al Evangelio; fidelidad a la Iglesia y a su misión
en el mundo; fidelidad a la vida religiosa y al carisma del instituto »
(RPH 13).
26. El religioso o religiosa realiza su propia acción apostólica
dentro de la misión eclesial del instituto. Fundamentalmente, será
un trabajo de evangelización que tenderá, en la Iglesia y de
acuerdo con la misión del instituto, a ayudar a difundir la Buena Nueva
entre «toda la humanidad y, por medio del Evangelio, a transformar la
humanidad desde dentro» (EN 18; RPH intr.). En la práctica,
llevará consigo alguna forma de servicio compatible con la finalidad del
instituto, emprendido de ordinario con otros hermanos y hermanas de la misma
familia religiosa. En el caso de algunos institutos clericales o misioneros, el
religioso podrá a veces encontrarse solo en su actividad apostólica.
En el caso de otros institutos, una actividad solitaria podrá ser
emprendida solamente con permiso de los superiores, para hacer frente a una
necesidad urgente por un tiempo limitado. Al final de la vida, el apostolado será,
para muchos, sólo una misión de oración y sufrimiento. Pero
en cualquier situación, el trabajo apostólico de cada religioso es
el propio de una persona enviada en comunión con un instituto, que ha
recibido una misión eclesial. Tal actividad tiene su fuente en la
obediencia religiosa (PC 8; 10). Por lo mismo, se diferencia, en su modo de ser,
del apostolado propio de los laicos (cf RPH 22; AA 2, 7, 13, 25). Precisamente
por su obediencia en sus obras eclesiales y corporativas, los religiosos ponen
de manifiesto uno de los aspectos más importantes de su vida. Ellos son
genuinamente apostólicos, no precisamente porque ejercen un apostolado,
sino porque viven como los apóstoles vivieron: siguiendo a Cristo en
servicio y comunión, según las enseñanzas del Evangelio, en
la Iglesia que El fundó.
27. No cabe duda que actualmente, en muchos lugares del mundo, los
institutos religiosos que se dedican a actividades apostólicas se
enfrentan con especiales dificultades que afectan a su apostolado. El menor número
de religiosos, la disminución de vocaciones, el envejecimiento general,
las presiones sociales provocadas por movimientos contemporáneos, están
coincidiendo con la constatación de un mayor número de
necesidades, un mayor individualismo en el desarrollo personal, una conciencia más
aguda de los temas referentes a la justicia, la paz y la promoción
humana. Existe la tentación de querer hacerlo todo. Existe la tentación
de abandonar obras estables, genuina expresión del carisma del instituto,
por otras que parecen más eficaces inmediatamente frente a las
necesidades sociales, pero que dicen menos con la identidad del instituto.
Existe un tercer peligro: el de dispersar los recursos de un instituto en una
multitud de actividades a breve plazo, con muy poca conexión con el
carisma de fundación. En todos estos casos, los efectos no son
inmediatos, pero, a la larga, sufre la unidad y la identidad del instituto
mismo; y esto sería dañoso para la Iglesia y su misión.
4. LA ORACIÓN
28. La vida religiosa no se puede sostener sin una profunda vida de oración,
individual, comunitaria y litúrgica. El religioso, que abraza una vida de
total consagración, está llamado a conocer al Señor
resucitado con un conocimiento ferviente y personal y a conocerle como a uno con
el cual se está personalmente en comunión: « Esta es la
vida eterna: conocer al único Dios verdadero y a Jesucristo a quien El ha
enviado » (Jn 17, 3). Su conocimiento en la fe trae consigo el amor: «
aun sin verle le amasteis y sin verle todavía os alegráis ya
con gozo tan glorioso que no se puede describir (1 Pt 1, 8). Este gozo de
amor y conocimiento, se produce de muchas maneras, pero fundamentalmente, y como
medio necesario y básico, a través de encuentros personales y
comunitarios con Dios en la oración. Aquí es donde el religioso
encuentra «la concentración de su corazón en Dios»
(DmC 1), que unifica vida y misión.
29. Así como ocurrió con Jesús, en cuya vida la oración
como acto diferenciado, ocupó un espacio amplio y esencial, el religioso
necesita orar para ahondar su unión con Dios (cf Lc 5, 16). La oración
es, además, una condición necesaria para proclamar el Evangelio
(cf Mc 1, 35-38). Viene a ser el contexto de todas las decisiones y
acontecimientos importantes (cf Lc 6, 12-13). También como en Jesús,
el hábito de oración es necesario si el religioso quiere lograr
aquella visión contemplativa de las cosas por la que Dios se revela, por
la fe, en los acontecimientos ordinarios de la vida (cf DmC 1). Esta es la
dimensión contemplativa que Iglesia y mundo tienen derecho a esperar del
religioso, por el hecho de su consagración. Dimensión que debe ser
robustecida con tiempos prolongados, dedicados exclusivamente a la adoración
del Padre, a amarle y a ponerse silenciosamente a su escucha. Por esta razón,
Pablo VI insistía: « La fidelidad a la oración diaria
sigue siendo siempre una necesidad fundamental para el religioso. La oración
debe tener un lugar preferencial en vuestras constituciones y en vuestras vidas
» (ET 45).
30. Al decir « en vuestras constituciones », Pablo
VI nos recuerda que para el religioso la oración no es sólo
volverse la persona amorosamente hacia Dios, sino también una respuesta
comunitaria de adoración, intercesión, alabanza y acción de
gracias, que debe ser regulada en forma estable (cf ET 43). No puede dejarse al
caso. A nivel de cada instituto, de cada provincia y de cada comunidad, son
necesarias normas concretas para que la oración adquiera profundidad y
madurez en la vida religiosa, individual y comunitariamente. Sólo a través
de la oración será capaz el religioso, en último término,
de responder a su consagración; pero la oración comunitaria tiene
una función importante en orden a proporcionar el necesario apoyo
espiritual. Cada religioso tiene derecho a ser ayudado por la presencia y
ejemplo de los otros miembros de la comunidad en oración. Cada uno tiene
el privilegio y la obligación de orar con los otros y de participar con
ellos en la liturgia, que viene a ser el centro unificador de sus vidas. Esta
ayuda mutua estimula el esfuerzo por vivir la vida de unión con el Señor,
a la cual los religiosos son llamados. « La gente tiene que sentir que
alguien está obrando a través de ti. En la medida en que vives tu
total consagración a Dios, estás comunicando algo de El y es El en
último término Aquél por quien el corazón humano está
suspirando » (Juan Pablo II, Altötting).
5. ASCETISMO
31. La disciplina y el silencio, necesarios para la oración, nos
recuerdan que la consagración por los votos religiosos exige un cierto
ascetismo « que abarca todo el ser» (ET 46). La respuesta de
Cristo, de pobreza, castidad y obediencia, le condujo a la soledad del desierto,
al dolor de la contradicción y al abandono de la cruz. La consagración
del religioso se adentra por ese mismo camino, no puede ser un reflejo de la
consagración de Cristo, si su vida no lleva consigo la abnegación.
La vida religiosa misma es una expresión permanente, pública y
visible, de conversión cristiana. Exige el abandono de todas las cosas y
el tomar la propia cruz para seguir a Cristo con la vida entera. Lo cual lleva
como consecuencia la ascética necesaria para vivir en pobreza de espíritu
y de hecho, para amar como Cristo ama, para someter la propia voluntad, por
Dios, a la voluntad de otro que le representa, aunque imperfectamente. Exige el
don de sí mismo, sin el cual no es posible vivir ni una vida comunitaria
auténtica, ni una misión fructuosa La afirmación de Jesús
que el grano de trigo necesita caer en tierra y morir si ha de dar fruto, tiene
una aplicación particular para el religioso a causa de la naturaleza pública
de sus votos. Es cierto que muchas penitencias del día de hoy se hallan
en los hechos mismos de la vida y deben ser aceptadas allí. Sin embargo,
es cierto que los religiosos, si no construyen su vida sobre « una
austeridad alegre y bien equilibrada » (ET 30) y una renuncia decidida
y concreta, arriesgan la pérdida de la libertad espiritual, necesaria
para vivir los consejos. En efecto, sin esa austeridad y renuncia, su misma
consagración puede verse en peligro. Por eso, no puede darse un
testimonio público de Cristo, pobre, casto y obediente, sin ascética.
Aún más, por la profesión de los consejos por medio de los
votos, los religiosos se obligan a adoptar todos los medios necesarios para
ahondar y promover lo que han prometido, y esto significa una elección
voluntaria de la cruz, que ha de ser « como lo fue para Cristo, la más
grande prueba de amor» (ET 29).
6. TESTIMONIO PÚBLICO
32. Por naturaleza, la vida religiosa es un testimonio que debería
manifestar claramente la primacía del amor de Dios con una fuerza que
proviene del Espíritu Santo (cf ET 1). Jesús realizó este
cometido de manera perfecta: dando testimonio del Padre « con el poder
del Espíritu en si » (Lc 4, 14), en su vida, muerte y
resurrección, permaneciendo para siempre el testigo fiel. A su vez envió
a sus apóstoles, con la fuerza del mismo Espíritu, para ser sus
testigos en Jerusalén, Judea y Samaría y hasta los últimos
confines de la tierra (cf Act 1, 8). El objeto de su testimonio era siempre el
mismo: «Lo que fue desde el principio, lo que hemos oído y visto
con nuestros ojos; lo que hemos observado y tocado con nuestras manos: el Verbo
que es vida » (1 Jn 1, 1); Jesucristo « El Hijo de Dios,
proclamado en toda su gloria por su resurrección de entre los muertos»
(Rm 1, 5).
33. También los religiosos en su propio tiempo están llamados
a dar testimonio de una experiencia similar, profunda y personal de Cristo; y a
compartir la fe, la esperanza, el amor y el gozo que esa experiencia va
produciendo. Su continua renovación individual de vida debiera ser fuente
de nuevo crecimiento en los institutos a los que pertenecen, recordando las
palabras del Papa Juan Pablo II: « Lo que más cuenta no es lo
que los religiosos hacen, sino lo que son como personas consagradas al Señor
» (Mensaje a la Plenaria de la Sda. Congregación, marzo
1980). No solamente con las obras, con que directamente anuncian el Evangelio,
sino, con mayor fuerza aún, con su mismo modo de vivir, debieran ser voz
que afirma con convicción y confianza: Hemos visto al Señor. Ha
resucitado. Hemos escuchado su palabra.
34. El carácter absoluto de la consagración religiosa requiere
que el testimonio del Evangelio se dé públicamente con la vida
entera. Valores, actitudes y estilo de vida han de atestiguar con fuerza el
lugar de Cristo en la propia vida. La visibilidad de este testimonio lleva
consigo el abandono de hábitos de confort y de conveniencias, que serían
por los demás legítimas. Reclama una limitación de las
formas de descanso y de diversión (cf ES 1 § 2; CD 33-35). Para
asegurar este testimonio público, los religiosos aceptan voluntariamente
un género de vida que no es permisivo, sino minuciosamente reglamentado.
Usan una vestimenta que los distingue como personas consagradas y tienen un
lugar de residencia, establecido detalladamente por su instituto de acuerdo con
el derecho común y sus propias constituciones. Asuntos como viajes y
relaciones sociales han de estar de acuerdo con el espíritu y el carácter
de su instituto y con la obediencia religiosa. Estas medidas, de por sí,
no aseguran el deseado testimonio público del gozo, la esperanza y el
amor de Jesucristo, pero ofrecen importantes medios para ello, y lo cierto es
que el testimonio religioso no se da sin ellas.
35. El modo de trabajar es también importante para el testimonio público.
Tanto lo que se hace, como el modo de hacerlo, debieran anunciar a Cristo desde
la pobreza de quien no busca su propia realización y satisfacción.
En nuestros tiempos la carencia de poder es una de las mayores pobrezas. El
religioso acepta compartirla íntimamente en la generosidad de su
obediencia, convirtiéndose con ello en uno de los pobres y volviéndose
particularmente insignificante, como Cristo lo fue en su Pasión. Una
persona así sabe lo que es permanecer ante Dios en estado de indigencia,
lo que es amar como Jesús y lo que es trabajar en la obra de Dios al modo
de Dios. Por fidelidad a su misma consagración, el religioso procura
fomentar estas actitudes, siguiendo las normas concretas de su propio instituto.
36. La fidelidad al apostolado que el propio instituto ejerce por mandato de
la Iglesia, es también esencial para un auténtico testimonio. El
dedicarse personalmente a socorrer necesidades a costa de las obras propias del
instituto, no puede ser más que perjudicial. Ciertamente existen modos de
vivir y obrar que dan testimonio de Cristo muy claramente en el ambiente
contemporáneo. El constante control del uso de los bienes y del estilo de
relaciones de la propia existencia, constituye uno de los medios más
eficaces que tiene el religioso para promover la justicia de Cristo en el tiempo
actual (cf RPH 4e). Ser voz de los que no tienen voz es también un
testimonio religioso, cuando se hace de acuerdo con las directrices de la
jerarquía local y de las normas del propio instituto. El drama de los
refugiados, de los perseguidos por creencias políticas o religiosas (cf
EN 39) de aquellos a quienes se niega el derecho de nacer y vivir, las
restricciones injustas de la libertad humana, las deficiencias sociales que son
causa de sufrimiento para los ancianos, los enfermos y los marginados, son otras
tantas continuaciones de la Pasión, que elevan su clamor, particularmente
hacia los religiosos dedicados a obras de apostolado (cf RPH 4d).
37. La respuesta será diversa según sea la misión,
tradición e identidad de cada instituto. Algunos se verán en la
necesidad de solicitar la aprobación de nuevas misiones en la Iglesia. En
otros casos, se tratará de institutos nuevos que son reconocidos para
enfrentarse con necesidades especificas. En la mayoría de los casos, el
uso creativo de obras ya afianzadas, para enfrentarse con nuevos desafíos,
será un claro testimonio de Cristo, ayer, hoy y siempre. El testimonio
del religioso que, con fidelidad a la Iglesia y a las tradiciones de su
instituto, se dedica con empeño y amor a la defensa de los derechos
humanos y a la venida del Reino en el orden social, puede ser un eco claro del
Evangelio y de la voz de la Iglesia (cf RPH 3). Así es como se manifiesta
públicamente el poder transformante de Cristo en la Iglesia y la
vitalidad del carisma del instituto ante la gente de nuestro tiempo. Finalmente,
la perseverancia que es un don ulterior del Dios de la alianza, es el silencioso
pero elocuente testimonio que da el religioso del Dios fiel, cuyo amor no tiene
límites.
7. RELACIONES CON LA IGLESIA
38. La vida religiosa tiene su propio lugar dentro de la estructura divina y
jerárquica de la Iglesia. No constituye un estado intermedio entre la
condición clerical y laical, sino que procede de ambas, como don especial
para la Iglesia entera (cf LG 43; MR 10). En particular, por ser un signo
visible del misterio de la acción de Dios, que consagra a través
de la vida y, siéndolo así por mediación de la Iglesia para
bien del entero Cuerpo, la vida religiosa participa de modo especial de la
naturaleza sacramental del Pueblo de Dios. Y porque es parte de la Iglesia,
misterio y realidad social, no puede existir sin ambos aspectos.
39. Fue esta doble realidad la que el Concilio Vaticano II subrayó al
insistir en la naturaleza sacramental de la Iglesia, que es en primer lugar y
necesariamente misterio, invisible, comunión divina con la nueva vida del
Espíritu; y necesariamente también, realidad social, visible,
comunidad humana bajo la autoridad de uno que representa a Cristo Cabeza. Como
misterio (cf LG 1) la Iglesia es la nueva creación, vivificada por el Espíritu
y reunida en Cristo para acercarse con confianza al trono de gracia del Padre
(cf Hb 4, 16). Como realidad social, presupone la iniciativa histórica de
Jesucristo, su ida pascual al Padre, su capitalidad objetiva de la Iglesia, que
El fundó, y el carácter jerárquico que de ahí
deriva: esa diversidad de ministerios que concurren al bien del entero Cuerpo
(cf LG 18; MR 15). El doble aspecto de « organismo social visible y
presencia divina invisible unidos íntimamente » (MR 3)
es lo que confiere a la Iglesia su especial naturaleza sacramental en virtud de
la cual es « sacramento visible de la unidad salvífica »(LG
9). Es a la vez sujeto y objeto de fe, transcendiendo esencialmente los parámetros
de toda perspectiva meramente sociológica, incluso cuando renueva sus
estructuras humanas a la luz de las evoluciones históricas y de los
cambios culturales (cf MR 3). Su misma naturaleza la hace « sacramento
universal de salvación » (LG 48): signo visible del misterio de
Dios y realidad jerárquica; un designio divino, merced al cual ese signo
puede ser comprobado auténticamente y se torna eficaz.
40. La vida religiosa toca ambos aspectos. Los fundadores y fundadoras de
institutos religiosos piden a la Iglesia jerárquica que garantice públicamente
el don de Dios, del que proceden sus institutos. Al hacerlo, los fundadores y
sus seguidores dan también testimonio del misterio de la Iglesia, porque
cada instituto existe para construir el Cuerpo de Cristo en la unidad de sus
diversas funciones y actividades.
41. En sus orígenes los institutos religiosos dependen de manera
especial de la jerarquía. Los obispos, en comunión con el sucesor
de Pedro, forman un colegio que conjuntamente ostenta y ejercita en la Iglesia
Sacramento las funciones de Cristo Cabeza (cf MR 6; LG 21; PO 1, 2; CD 2). Ellos
tienen no sólo la función pastoral de alimentar la vida de Cristo
en los fieles, sino también la obligación de verificar los dones y
carismas. Son responsables del coordinamiento de las energías de la
Iglesia y es misión suya guiar al Pueblo entero a vivir en el mundo como
señal e instrumento de salvación. Por eso poseen de manera
especial el ministerio del discernimiento en relación con los múltiples
dones e iniciativas del Pueblo de Dios. Como ejemplo particularmente rico e
importante de estos múltiples dones, cada instituto religioso depende, en
cuanto al discernimiento auténtico de su carisma fundacional, del
ministerio confiado por Dios a la jerarquía.
42. Esta relación se da no solamente en el primer reconocimiento de
un instituto religioso, sino que perdura a través de su desarrollo. La
Iglesia hace más que dar existencia a un instituto; lo acompaña,
lo guía, lo corrige y estimula en su fidelidad al don fundacional (cf LG
45) porque es un elemento vital en su propia vida y desarrollo. Recibe los votos
hechos en el instituto como votos de religión, con consecuencias
eclesiales, que suponen una consagración hecha por Dios mismo, a través
de su mediación (cf MR 8). Confiere al instituto una participación
pública en su propia misión, concreta y comunitaria a la vez. (cf
LG 17; AG 40). Confía al instituto, de acuerdo con su propio derecho común
y con las constituciones que ella misma ha aprobado, la autoridad religiosa
necesaria para una vida de obediencia consagrada. En resumen, la Iglesia continúa
siendo mediadora de la acción de Dios, que consagra, de un modo específico,
reconociendo y fomentando esta forma particular de vida consagrada.
43. En la práctica diaria, esta relación permanente del
religioso con la Iglesia se realiza, con mayor frecuencia, a nivel diocesano o
local. El documento Mutuae Relationes está dedicado por entero a
este tema, desde el punto de vista de su aplicación actual. Es suficiente
decir aquí que la vida y la misión del Pueblo de Dios son una sola
realidad. Todos están llamados a realizarla en conformidad con las
funciones y tareas propias de cada uno. La contribución exclusiva dada
por el religioso a esta vida y misión, se funda en la naturaleza total y
pública de su vida cristiana consagrada, según un don fundacional
aprobado por la autoridad eclesiástica.
8. LA FORMACIÓN
44. La formación religiosa promueve el desarrollo de la vida de
consagración al Señor, desde las primeras etapas, en que una
persona empieza a interesarse seriamente por ella, hasta su consumación
final, cuando el religioso encuentra definitivamente al Señor en la
muerte. El religioso vive una forma particular de vida; y la vida misma está
en permanente proceso de desarrollo. No se mantiene estable. Tampoco el
religioso es llamado y consagrado de una vez para siempre. La vocación de
Dios y la consagración por El, continúan a lo largo de la vida,
capaces de crecimiento y ahondamiento, en formas que van más allá
de nuestro entender. El discernimiento de la capacidad de vivir una vida que
promueva este desarrollo, de acuerdo con el patrimonio espiritual y las normas
de un determinado instituto y el acompañamiento de la vida misma en su
evolución personal en cada miembro de la comunidad, son las dos
principales facetas de la formación.
45. Para cada religioso, la formación es el proceso de llegar a ser más
y más un discípulo de Cristo, creciendo en unión y en
configuración con El. Se trata de ir asimilando cada vez más el
Espíritu de Cristo, de compartir más intensamente su don de sí
mismo al Padre y su servicio fraternal a la familia humana y de hacerlo de
acuerdo con el don fundacional del instituto, por medio del cual fluye el
Evangelio hacia los miembros de cada instituto religioso. Tal proceso requiere
una genuina conversión. « Revestirse de Cristo » (cfRm
13, 14; Gl 3, 27; Ef 4, 24) exige desprenderse de la autosuficiencia y del egoísmo
(cf Ef 4, 22-24; Col 3, 9-10). El mero hecho de « caminar según
el espíritu » significa abandonar «los deseos
de la carne » (Gl 5, 16). El religioso hace de este «
revestirse de Cristo », con su pobreza, su amor y su
obediencia, la tarea esencial de su vida. Es una tarea que nunca termina: antes
bien, es un proceso constante de maduración, que abarca no solamente los
valores espirituales, sino también todo aquello que contribuye psicológica,
cultural y sociológicamente a la plenitud de la personalidad humana. A
medida que el religioso crece hacia la plenitud de Cristo según su estado
de vida, se comprueba la verdad de lo que afirma Lumen Gentium: «Si
bien la profesión de los consejos evangélicos lleva consigo la
renuncia a bienes que indudablemente merecen ser altamente estimados, eso no
constituye un obstáculo al verdadero desarrollo de la persona humana,
antes por el contrario, por su misma naturaleza es sumamente beneficioso para
ese desarrollo » (LG 45).
46. La creciente configuración con Cristo se va realizando en
conformidad con el carisma y normas del instituto al que el religioso pertenece.
Cada instituto tiene su propio espíritu, carácter, finalidad y
tradición, y es conformándose con ellos, como los religiosos
crecen en su unión con Cristo. Para los institutos dedicados a obras de
apostolado, la formación incluye la preparación y continua
actualización de sus miembros para las obras peculiares del instituto, no
simplemente como profesionales, sino como « testigos vivos del amor sin
límites y del Señor Jesús » (ET 53). Aceptada por
cada religioso como asunto de responsabilidad personal, la formación se
convierte no sólo en crecimiento personal, sino también en una
bendición para la comunidad y una fuente de fructuosa energía para
el apostolado.
47. Puesto que la iniciativa en la consagración religiosa está
en la llamada de Dios, se sigue que Dios mismo, actuando por medio del Espíritu
Santo de Jesús, viene a ser el primer y principal agente de la formación
del religioso. El actúa a través de su palabra y de los
sacramentos, de la oración y la liturgia, del magisterio de la Iglesia y,
en forma más inmediata, a través de aquellos que han sido llamados
por la obediencia a secundar de modo especial la formación de sus
hermanos y hermanas. Respondiendo a la gracia y guía de Dios, el
religioso acepta con amor la responsabilidad de su formación personal y
de su crecimiento, acogiendo las consecuencias de esta respuesta, que son para
cada persona únicas y siempre imprevisibles. La respuesta, sin embargo,
no se da en el aislamiento. Siguiendo la tradición de los antiguos padres
del desierto y la de todos los grandes fundadores, en la organización de
cuanto se refiere a la dirección de cada instituto religioso, algunos
miembros son especialmente preparados y dedicados a ayudar a sus hermanos o
hermanas en este campo. Su tarea es diferente según la etapa en que se
halla cada religioso, pero sus principales funciones son siempre: discernir la
acción de Dios; acompañar al religioso por las sendas de Dios;
alimentar su vida con sólida doctrina y con la práctica de la
oración y, principalmente en las primeras etapas, la evaluación de
la jornada. El maestro de novicios y los religiosos responsables de los recién
profesos, tienen también el deber de comprobar si el joven religioso
tiene vocación y capacidad para hacer su profesión temporal o
perpetua. Todo el proceso en cualquier etapa tiene lugar en comunidad, ya que el
ambiente natural para la formación es una comunidad orante y entregada,
que edifica sobre Cristo su unión y comparte conjuntamente su misión.
Deberá ser fiel a las tradiciones y constituciones del instituto y estar
bien insertada en el instituto en todo su conjunto, en la Iglesia y en la
sociedad a quien sirve. Deberá sostener a sus miembros y mantener ante
ellos en la fe, durante toda su vida, las metas y valores que la consagración
implica.
48. La formación no se consigue toda de una vez. El trayecto que
media entre la respuesta inicial y la postrera, se puede dividir de modo general
en cinco fases: el prenoviciado, en que ha de comprobarse la autenticidad de la
llamada, en lo posible; el noviciado, que da inicio a una nueva forma de vida;
la primera profesión y el período de maduración previa a la
profesión perpetua; la profesión perpetua y la formación
permanente de la edad adulta; y, finalmente, los años del ocaso, de
cualquier modo que se presente, que es preparación próxima para el
encuentro con el Señor. Cada una de estas fases tiene su propio objetivo,
contenido y normativa. Las etapas de noviciado y profesión, a causa de su
importancia, son cuidadosamente reguladas en sus líneas principales por
la Iglesia en su derecho común. De todas maneras, es mucho lo que se deja
a la responsabilidad de los institutos en particular. A estos se les pide que
fijen concretamente en sus constituciones; normas detalladas para un
considerable número de asuntos, a los cuales el derecho común hace
referencia sólo en principio.
9. EL GOBIERNO
49. El gobierno del religioso apostólico, al igual que los demás
aspectos de su vida, está basado en la fe y en la realidad de su
respuesta de consagración a Dios, en la comunidad y en la misión.
Se trata de mujeres y hombres, miembros de institutos religiosos, cuyas
estructuras reflejan la jerarquía cristiana, cabeza de la cual es Cristo
mismo. Personas que han escogido vivir la obediencia consagrada como valor de
vida; y, por ello, necesitan una forma de gobierno que exprese estos valores y
una forma particular de autoridad religiosa. Esa autoridad, característica
de los institutos religiosos, no proviene de los miembros; es conferida por Dios
mediante el ministerio de la Iglesia, al reconocer el instituto y aprobar sus
constituciones. Es una autoridad de la que están investidos los
superiores, mientras duren sus períodos de servicio, ya sea a nivel
general, intermedio o local. Debe ser ejercida de acuerdo con las normas del
derecho común y propio, con espíritu de servicio, respetando la
persona humana de cada religioso como hijo de Dios (cf PC 14), estimulando la
cooperación para el bien del instituto, pero siempre preservando el
derecho del superior de discernir y decidir lo que ha de hacerse (cf ET 25).
Estrictamente hablando, esta autoridad religiosa no se comparte. Puede ser
delegada, según la constituciones, para determinados fines, pero,
normalmente, es ejercida por razón de oficio y es la persona del superior
la investida de autoridad.
50. Sin embargo, los superiores no ejercen la autoridad aisladamente. Cada
uno debe tener la asistencia de un consejo, cuyos miembros colaboran con el
superior, según unas normas que son establecidas constitucionalmente. Los
consejeros no ejercen la autoridad por derecho de oficio, como los superiores,
sino que colaboran con ellos y ayudan con su voto deliberativo o consultivo, según
las prescripciones de la ley eclesiástica y las constituciones del
instituto.
51. La autoridad suprema en un instituto es también ejercida, aunque
de manera extraordinaria, por el Capítulo general mientras está en
sesión. También esto debe hacerse en conformidad con las
constituciones, que deben definir la autoridad del capítulo, de tal forma
que se distinga perfectamente de la del superior general. El capítulo
general es esencialmente un órgano ad hoc. Está compuesto por
miembros ex officio y delegados elegidos, que ordinariamente se
reúnen para un solo capítulo. Como signo de unidad en la caridad,
la celebración de un capítulo general debiera ser un momento de
gracia y de acción del Espíritu Santo en un instituto. Debiera ser
una experiencia jubilosa, pascual y eclesial, que beneficie al instituto mismo
y, también, a toda la Iglesia. Al capítulo general le incumbe
renovar y proteger el patrimonio espiritual del instituto, así como
elegir el supremo superior y sus consejeros, dictaminar sobre los asuntos más
importante y dar normas para todo el instituto. Los capítulos son de una
tal importancia que la ley propia del instituto tiene que determinar
minuciosamente cuanto tiene relación con ellos, ya a nivel general, ya a
otros niveles; a saber, su naturaleza, autoridad, composición, modo de
proceder y frecuencia de su celebración.
52. La doctrina conciliar y posconciliar insiste en ciertos principios
relativos al gobierno religioso, que han estado a la base de considerables
cambios durante los últimos veinte anos. Dejó bien en claro la
necesidad de una autoridad religiosa, efectiva, personal, en todos los niveles:
general, intermedio y local, si se ha de vivir la obediencia religiosa (cf PC
14; ET 25). Subrayó además la necesidad de consultar la base, de
comprometer apropiadamente a todos los miembros en el gobierno del instituto, de
compartir la responsabilidad y fomentar la subsidiariedad (cf ES II, 18). La
mayoría de estos principios han encontrado su expresión en las
constituciones revisadas. Es importante que estos principios sean entendido y
llevados a la práctica de modo que se cumpla el objetivo del gobierno
religioso: la edificación de una comunidad unida en Cristo, en la cual
Dios es buscado y amado sobre todas las cosas y la misión de Cristo es
generosamente realizada.
María, gozo y esperanza de la Vida religiosa.
53. En María, Madre de Dios y Madre de la Iglesia, la vida religiosa
se comprende a sí misma más profundamente y encuentra su signo de
esperanza cierta (cf LG 68). Ella, que fue concebida inmaculada, porque fue
escogida de entre el Pueblo de Dios para ser portadora del mismo Dios más
íntimamente y para darlo al mundo, fue consagrada totalmente por la
infusión del Espíritu Santo. Ella fue el Arca de la nueva Alianza.
La sierva del Señor con su pobreza de « pobre de Jahwé
»; la Madre del amor hermoso desde Belén hasta más
allá del Calvario; la Virgen obediente cuyo «si», a Dios cambió
nuestra historia; la mujer contemplativa « que conservó en su
corazón todas estas cosas »; la misionera que se apresuró
hacia Hebrón; la única sensible a las necesidades de Caná;
la testigo firme al pie de la cruz; el centro de unidad que mantuvo unida a la
Iglesia recién nacida en su expectación del Espíritu Santo.
María mostró, a lo largo de su vida, todos aquellos valores que
van unidos con la consagración religiosa. Ella es la Madre del religioso,
al ser Madre de Aquél que fue consagrado y enviado, y en su fiat y
magnificat la vida religiosa encuentra la plenitud de su entrega y la emoción
de su gozo por la acción de Dios que consagra.
III.
ALGUNAS NORMAS FUNDAMENTALES
El nuevo Código de Derecho Canónico transcribe en normas canónicas
las ricas enseñanzas conciliares y posconciliares de la Iglesia acerca de
la vida religiosa. Junto con los documentos del Concilio Vaticano II y las
declaraciones de los últimos Papas, fija la base, sobre la cual se funda
la praxis actual de la Iglesia con relación a la vida religiosa. La
evolución natural, necesaria para la vida de cada día, continuará
siempre; pero el período de experimentación especial para los
institutos religiosos, establecido por el Motu Proprio Ecclesiae Sanctae
terminó con la celebración del segundo Capítulo General
ordinario, a partir del Capítulo Especial de renovación. Ahora, el
nuevo Código de Derecho Canónico es la norma fundamental jurídica
de la Iglesia para la vida religiosa, tanto para la evaluación de la
experiencia realizada, cuanto en lo que concierne el futuro. Las normas
fundamentales siguientes son una síntesis de la actual legislación
de la Iglesia.
I. VOCACIÓN Y CONSAGRACIÓN
l. La vida religiosa es una forma de vida a la cual algunos cristianos, ya
clérigos ya laicos, son libremente llamados por Dios para que gocen de un
don peculiar de gracia en la vida de la Iglesia y puedan contribuir, cada cual a
su propio modo, a la misión salvífica de la Iglesia (cf LG 43).
2. El don de la vocación religiosa está enraizado en el don
del bautismo, pero no es dado a todo bautizado. Es dado gratuitamente y sin méritos;
es concedido por Dios a aquellos a quienes ha escogido libremente de entre su
pueblo y para el bien de su pueblo (cf PC 5).
3. Al aceptar el don de Dios, la vocación, los religiosos responden a
un llamamiento divino: morir al pecado (cf Rm 6, 11) renunciando al mundo y
viviendo sólo para Dios. Sus vidas están completamente dedicadas a
su servicio y ellos buscan y aman sobre todo a « Dios que nos ha amado
primero » (cf 1 Jn 4, 10; PC 56). Punto focal de sus vidas es
el seguir más de cerca a Cristo.
4. La dedicación de la vida entera del religioso al servicio de Dios
constituye una consagración especial (cf PC 5). Es una consagración
total de la persona, que manifiesta el desposorio admirable establecido por Dios
en la Iglesia, signo de la vida futura. Esta consagración se realiza por
votos públicos, perpetuos, o temporales que han de renovarse al vencer el
plazo. Con sus votos, los religiosos se comprometen a observar los tres consejos
evangélicos, se consagran a Dios por el ministerio de la Iglesia (cc.
607, 654), y se incorporan a su instituto con los derechos y obligaciones
definidos por la ley.
5. Las condiciones para la validez de la profesión temporal, la
duración de este período, y la posibilidad de prolongarlo, se
hallan determinados en las constituciones de cada instituto, siempre en
consonancia con el derecho común de la Iglesia. (cc. 655, 658).
6. La profesión religiosa se hace con la fórmula de votos
aprobada por la Santa Sede para cada instituto. La fórmula es común,
porque todos los miembros contraen las mismas obligaciones y, cuando se
incorporan plenamente, tienen los mismos derechos y deberes. El religioso,
individualmente, puede agregar una introducción o una conclusión,
si la autoridad competente lo aprueba.
7. Considerando su carácter y sus fines específicos, cada
instituto debe definir en sus constituciones la manera con que los consejos
evangélicos de castidad, pobreza y obediencia, han de observarse en su
estilo peculiar de vida (c. 598 § 1).
II. LA COMUNIDAD
8. La vida de comunidad que es una de las características de un
instituto religioso (c. 607 § 2) es propia de toda familia religiosa. Reúne
a todos los miembros en Cristo y debe ser definida de modo que se convierta en
fuente de ayuda mutua para todos, sosteniendo a cada uno en la plena realización
de su vocación religiosa. Debe además ofrecer un ejemplo de
reconciliación en Cristo y de comunión, enraizada y fundada en su
amor (cf c. 602).
9. Para los religiosos, la vida comunitaria se vive en una casa legalmente
erigida, bajo la autoridad de un superior designado por la ley (c. 608). Las
casas son erigidas con la previa aprobación escrita del obispo diocesano
(c. 609) y deben ser capaces de proveer suficientemente a las necesidades de sus
miembros (c. 610 § 2), dando a la vida comunitaria la posibilidad de
expandirse y desenvolverse con una comprensión y cordialidad tal, que
alimente la esperanza (cf ET 39).
10. Cada casa debe tener, al menos, un oratorio en el que pueda celebrarse y
reservarse la Eucaristía, de modo que verdaderamente sea al centro de la
comunidad (c. 608).
11. En todas las casas religiosas, en conformidad con el carácter y
misión del instituto y según las prescripciones del derecho
propio, debe haber una parte reservada exclusivamente para los miembros de la
comunidad (c. 667 § 1). Esa forma de separación del mundo, que ha de
estar de acuerdo con la finalidad del instituto, viene a ser parte del
testimonio público que el religioso da de Cristo y de su Iglesia (cf c.
607 § 3). Además es necesaria para el silencio y el recogimiento,
que hacen posible la oración.
12. Los religiosos deben vivir en su propia casa religiosa, observando la
vida común. No deben vivir solos sin motivos graves, y no deben hacerlo
si hay una comunidad de su instituto razonablemente cercana. No obstante, cuando
resulte necesaria una ausencia prolongada, el superior mayor, con el
consentimiento de su consejo, puede autorizar a un religioso vivir fuera de las
casas del instituto por una causa razonable, dentro de los límites
fijados por el derecho común (c. 665 § 1).
III. IDENTIDAD
13. Los religiosos deben considerar el seguimiento de Cristo propuesto en el
Evangelio y expresado en las Constituciones de sus institutos como suprema regla
de vida (c. 662).
14. La naturaleza, fin, espíritu y carácter del instituto,
como fueron establecidos por el fundador o fundadora y aprobados por la Iglesia,
deben ser salvaguardados por todos, junto con las sanas tradiciones del
instituto (c. 578).
15. Para salvaguardar la vocación propia y la identidad de los
institutos en particular, las constituciones de cada instituto deben establecer
las normas fundamentales relativas al gobierno del mismo, al modo de vida de sus
miembros, a su incorporación y formación y al objeto propio de los
votos (c. 587 § 1). Además de los asuntos a que se alude en el número
anterior.
16. Las constituciones son aprobadas por la autoridad eclesiástica
competente. Para los institutos diocesanos, ésta es el Ordinario local;
para los institutos de derecho pontificio, la Santa Sede. Las modificaciones
subsiguientes e interpretaciones auténticas están reservadas a la
misma autoridad (c. 576, 587 § 2).
17. Por su profesión religiosa, los miembros de un instituto se
comprometen a observar las constituciones fielmente y con amor, porque reconocen
en ellas el modo de vida aprobado por la Iglesia para el instituto y la expresión
auténtica de su espíritu, tradición y ley.
IV. CASTIDAD
18. El consejo evangélico de la castidad, abrazada por el Reino de
los cielos, es signo del mundo futuro y fuente de fecundidad más
abundante en un corazón indiviso. Lleva consigo la obligación de
la perfecta continencia en el celibato (c. 599).
19. Debe observarse la necesaria discreción en todo aquello que pueda
resultar peligroso para la castidad de la persona consagrada (cf. PC 12; c.
666).
V. POBREZA
20. El consejo evangélico de la pobreza a imitación de Cristo,
exige una vida pobre de hecho y de espíritu, sujeta al trabajo, sobria y
desprendida de los bienes materiales. La profesión por voto lleva consigo
para el religioso la dependencia y limitación en el uso y disposición
de los bienes temporales, en conformidad con el derecho propio del instituto (c.
600).
21. Por el voto de pobreza, los religiosos renuncian al libre uso y
disposición de los bienes que tienen valor material. Antes de la primera
profesión, ceden la administración de sus bienes a quien lo deseen
y. a menos que las constituciones determinen otra cosa, disponen libremente de
su uso y usufructo (c. 668 § 1). Todo lo que el religioso adquiere con su
propio trabajo, por donación o en cuanto religioso, es adquirido para el
instituto; todo lo adquirido a modo de pensión, subsidio o seguro, es
también adquirido para el instituto, a no ser que el derecho propio
establezca otra cosa (c. 668 § 3).
VI. OBEDIENCIA
22. El consejo evangélico de la obediencia, vivido en la fe es un
seguimiento amoroso de Cristo, que se hizo obediente hasta la muerte.
23. Por el voto de obediencia, los religiosos aceptan someter su voluntad a
los legítimos superiores (c. 601) en conformidad con las constituciones.
Las mismas constituciones determinan quién puede dar un precepto formal
de obediencia y en qué circunstancias.
24. Los institutos religiosos están sometidos a la suprema autoridad
de la Iglesia de manera particular (c. 590 § 1). Todos los religiosos están
obligados a obedecer al Santo Padre, como a su superior supremo, en virtud del
voto de obediencia (c. 590 § 2).
25. Los religiosos no pueden aceptar cargos u oficios fuera de sus propios
institutos, sin autorización del legítimo superior (c. 671). Al
igual que los clérigos, no pueden aceptar cargos públicos que
lleven consigo ejercicio del poder civil (c. 285 § 3; también c. 672
con los cánones adicionales a que hace referencia).
VII. ORACIÓN Y ASCÉTICA
26. La primera y principal obligación de los religiosos es la
constante unión con Dios en la oración. Participan a diario, en
cuanto sea posible, en el Sacrificio Eucarístico y se acercan al
sacramento de la Penitencia con frecuencia. Parte integrante de la oración
de los religiosos son: la lectura de la Sagrada Escritura, el tiempo de meditación,
la digna celebración de la Liturgia de las Horas, de acuerdo con las
prescripciones del derecho propio, la devoción a la Santísima
Virgen y un tiempo especial para el retiro anual (c. 663, 664, 1174).
27. La oración debe ser tanto personal como comunitaria.
28. Un ascetismo generoso es constantemente necesario para la diaria
conversión el Evangelio (cf Poenitemini, II-III, 1, c). Por esta razón,
las comunidades religiosas deben ser no solamente grupos orantes, sino también
comunidades de ascetismo en la Iglesia. Además de ser interna y personal,
la penitencia debe ser también externa y comunitaria (cf DmC 14; SC 110).
VIII. EL APOSTOLADO
29. El apostolado de todos los religiosos consiste en primer lugar en el
testimonio de su vida consagrada, que ellos deben alimentar con la oración
y la penitencia (c. 673).
30. En los institutos dedicados a obras de apostolado, la acción
apostólica forma parte de su propia naturaleza. La vida de sus miembros
debe estar imbuída de espíritu apostólico y toda actividad
apostólica debe estar imbuída de espíritu religioso (c. 675
§ 1).
31. La misión primordial de los religiosos que ejercen actividades
apostólicas es la proclamación de la palabra de Dios ante todos
los que encuentra en su camino, de modo que los atraiga a la fe. Tal gracia
requiere una íntima unión con Dios, que haga capaz al religioso de
transmitir el mensaje del Verbo Encarnado, en términos que el mundo de
hoy sea capaz de entender (cf ET 9) .
32. La acción apostólica es realizada en comunión con
la Iglesia y en nombre y por mandato de la Iglesia (c. 675 § 3).
33. Superiores y miembros deben conservar fielmente la misión y obras
propias del instituto. Deben acomodarlas con prudencia a las necesidades de
tiempos y lugares (c. 677 § 1).
34. En las relaciones apostólicas con los obispos, los religiosos se
rigen por los cc. 678-683. Tienen especial obligación de estar atentos al
magisterio de la jerarquía y de facilitar a los obispos el ejercicio del
ministerio de la enseñanza y del testimonio auténtico de la verdad
divina (cf MR 33; LG 25).
IX. TESTIMONIO
35. El testimonio del religioso es público. Este público
testimonio de Cristo y de la Iglesia implica separación del mundo en
conformidad con el carácter y fines de cada instituto (c. 607 § 3).
36. Los institutos religiosos deben esforzarse en dar testimonio, de algún
modo colectivo, de caridad y pobreza (c. 640).
37. Los religiosos deben llevar el hábito religioso del instituto,
descrito en su derecho propio, como señal de consagración y
testimonio de pobreza (c. 669 § 1).
X. FORMACIÓN
38. Nadie puede ser admitido a la vida religiosa sin una adecuada preparación
(c. 597 § 2).
39. Las condiciones para la validez de la admisión, del noviciado, de
la profesión temporal y perpetua, están señaladas en el
derecho común de la Iglesia y en el propio del instituto (cc. 641-658).
También se han de dar normas acerca del lugar, tiempo, programa y modo de
llevar el noviciado y de los requisitos para ser maestro de novicios.
40. La duración del período de formación, entre la
primera profesión y los votos perpetuos, es determinada por las
constituciones en conformidad con el derecho común (c. 655, 659 §
2).
41. A lo largo de toda la vida, los religiosos deben continuar su formación
espiritual, doctrinal y práctica, aprovechando las oportunidades y
tiempo, destinados para ello por los superiores (c. 661).
XI. GOBIERNO
42. Pertenece a la competente autoridad eclesiástica, constituir
formas estables de vida por medio de la aprobación canónica (c.
576). A esta autoridad le están también reservadas las
agregaciones (c. 580) y la aprobación de las constituciones (c. 587 §
2). Las fusiones, uniones, federaciones, confederaciones, supresiones y
cualquier cambio de algo ya aprobado por la Santa Sede, está reservado a
la misma Santa Sede (cc. 582-584).
43. La autoridad para gobernar en los institutos religiosos, reside en los
superiores, que deben ejercerla en conformidad con las normas del derecho común
y propio (c. 617). Esta autoridad se recibe de Dios mediante el ministerio de la
Iglesia (c. 618). La autoridad del superior, en cualquier nivel, es personal y
no puede ser asumida por un grupo. Por un cierto tiempo y con un fin
determinado, puede ser delegada a otra persona.
44. Los superiores deben cumplir su cometido con generosidad, edificando
junto con sus hermanos y hermanas, una comunidad en Cristo, en la cual Dios es
buscado y amado sobre todas las cosas. En su función de servicio, los
superiores tienen la especial obligación de gobernar de acuerdo con las
constituciones del instituto y de promover la santidad de sus miembros. En sus
personas, los superiores deben ser modelos de fidelidad al magisterio de la
Iglesia y a las normas y tradición de su instituto. Deben también
promover la vida consagrada de sus religiosos con su vigilancia y corrección,
su apoyo y su paciencia (cf c. 619).
45. Los requisitos para la elección o nombramiento, la duración
de los períodos para los diversos superiores y la forma de elección
canónica para el superior general, deben estar definidos en las
constituciones, de acuerdo con el derecho común (cc. 623625).
46. Los superiores deben tener cada cual su propio consejo, que le asista en
el cumplimiento de sus obligaciones. Además de los casos prescritos por
el derecho común, el derecho propio determina los casos en los cuales el
superior debe obtener el consentimiento o el parecer del consejo para la validez
de la acción (c. 627 §§ 1, 2).
47. El capítulo general debiera ser un verdadero signo de unidad en
la caridad del instituto. Representa a todo el instituto y, mientras dura,
ejerce la suprema autoridad de acuerdo con el derecho común y las normas
de las constituciones (c. 631). El capítulo general no es un órgano
permanente; su composición, frecuencia y funciones son establecidas por
las constituciones (c. 631 § 2). Un capítulo general no puede
modificar su propia composición, pero puede proponer modificaciones para
la composición de los próximos capítulos. Tales
modificaciones requieren la aprobación de la autoridad eclesiástica
competente. El capítulo general puede modificar aquellos elementos del
derecho propio que no están sujetos a la aprobación de la Iglesia.
48. Los capítulos no deben ser convocados tan frecuentemente que
interfieran en el buen funcionamiento de la autoridad ordinaria del superior
mayor. La naturaleza, autoridad, composición, modo de proceder y
frecuencia de los capítulos o de asambleas similares en el instituto son
determinadas con precisión por el derecho propio (c. 632). En la práctica,
sus elementos principales deben estar en las constituciones.
49. Las normas acerca de los bienes temporales (c. 634-640) y su
administración, así como las normas referentes a la separación
de los miembros del instituto, por paso a otro instituto, abandono o dimisión
(cc. 684-704) se encuentran en el derecho común de la Iglesia y deben ser
incluidas, aunque no sea más que en resumen, en las constituciones.
CONCLUSIÓN
Estas normas, basadas en la doctrina tradicional, el nuevo Código de
Derecho canónico y la praxis común, no contienen toda la legislación
de la Iglesia en lo referente a la vida religiosa. Indican, sin embargo, su
profunda preocupación por que la vida de los institutos religiosos
dedicados a obras de apostolado, se desarrolle pujantemente como don de Dios a
la Iglesia y a la familia humana. Al redactar este texto, que el Santo Padre ha
aprobado, la Sagrada Congregación para los Religiosos e Institutos
seculares, desea ayudar a estos institutos para que asimilen la legislación
revisada de la Iglesia, que les atañe, y la comprendan en su contexto
doctrinal. Ojalá encuentren en él un fuerte estímulo para
seguir más de cerca a Cristo en la esperanza y el gozo de sus vidas
consagradas.
Dado en el Vaticano, en la fiesta de la Visitación de la
Bienaventurada Virgen María, 31 de Mayo de 1983.
ABREVIACIONES
AA Apostolicam Actuositatem
AG Ad Gentes
CD Christus Dominus
DmC Dimensión Contemplativa de la Vida Religiosa
EN Evangelii Nuntiandi
ES Ecclesiae Sanctae
ET Evangelica Testificatio
LG Lumen Gentium
MR Mutuae Relationes
OT Optatam Totius
PC Perfectae Caritatis
RPH Religiosos y Promoción humana
SC Sacrosanctum Concilium
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