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CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
ARTÍCULO DE COMENTARIO A
LA NOTIFICACIÓN A PROPÓSITO DEL LIBRO DEL P. JACQUES DUPUIS «HACIA
UNA TEOLOGÍA CRISTIANA DEL PLURALISMO RELIGIOSO»
1. En todas las épocas la investigación teológica ha
sido importante para la misión evangelizadora de la Iglesia en respuesta al
designio de Dios, el cual quiere «que todos los hombres se salven y lleguen
al conocimiento de la verdad» (1 Tm 2, 4). La inteligencia cada vez más
profunda de la palabra de Dios, contenida en la Escritura inspirada y
transmitida por la tradición viva de la Iglesia, enriquece a todo el pueblo
de Dios, «sal de la tierra» y «luz del mundo» (Mt 5, 13), ayudándole
a dar testimonio de la verdad de la revelación cristiana y a dar razón de su
esperanza a los que se la piden (cf. 1 P 3, 15).
La teología resulta aún más importante en tiempos, como
los nuestros, de grandes cambios culturales y espirituales, que, proponiendo
problemas e interrogantes nuevos a la conciencia de fe de la Iglesia, exigen
respuestas y soluciones nuevas, incluso audaces. No se puede negar que hoy la
presencia del pluralismo religioso impone a los cristianos una renovada toma
de conciencia del lugar que las demás religiones ocupan en el plan salvífico
de Dios Uno y Trino. En este contexto, a la teología se le pide una respuesta
que, a la luz de la revelación y del magisterio de la Iglesia, justifique el
significado y el valor de las demás tradiciones religiosas, que con
consciente y renovado protagonismo siguen guiando y animando la vida de
millones de personas en todas las partes del mundo.
Como en los primeros siglos de la Iglesia, también hoy se
impone al teólogo, por una parte, una actitud de escucha, de conocimiento y
de discernimiento de lo que hay de «verdadero y santo» en las demás
tradiciones religiosas (extra-bíblicas) (1), cuyos modos de obrar y de vivir
y cuyas doctrinas, «aunque discrepen mucho de los que ella mantiene y
propone, no pocas veces reflejan, sin embargo, un destello de aquella verdad
que ilumina a todos los hombres»; y, por otra, una actitud igualmente
necesaria de anuncio incesante de «Cristo, que es “camino, verdad y vida”
(Jn 14, 6), en quien los hombres encuentran la plenitud de la vida
religiosa y en quien Dios reconcilió consigo todas las cosas» (2). En el diálogo
interreligioso y en la reflexión teológica sobre el significado y sobre el
valor salvífico de las demás religiones, la audacia, que a menudo se impone
a la conciencia y a la libertad del teólogo, no fructifica ni edifica a la
comunidad eclesial, si no va acompañada por la paciencia de la maduración y
por la verificación continua de la verdad que es Cristo.
2. Esta invitación al «diálogo sincero y paciente» (3)
con las demás religiones no debe verse como un impedimento o una atenuación
de la disponibilidad a la amistad, al respeto, a la colaboración y a la
participación, sino más bien como una auténtica peregrinación de fe en la
comprensión de la verdad de la revelación cristiana.
Tal vez puede ser útil recordar aquí las dos
articulaciones fundamentales de otro diálogo, el «ecuménico», que se
expresa tanto mediante el diálogo de la caridad como mediante el diálogo de
la verdad. La misma caridad, que se manifiesta en las innumerables muestras de
respeto recíproco, oración común y solidaridad fraterna, impulsa a todos
los bautizados al diálogo de la verdad, que exige estudios esmerados sobre la
palabra de Dios y sobre la tradición de la Iglesia, y aclaraciones profundas
y laboriosas de las respectivas posiciones teológicas. El paciente pero
constante compromiso de investigación de la verdad, la precisión epistemológica
y la serena proclamación de los resultados logrados convierten el diálogo
ecuménico en un modelo de referencia significativo para el diálogo
interreligioso, cuya extrema dificultad no deriva solamente de la gran
variedad de las tradiciones religiosas, sino sobre todo de la falta de una
referencia común fundante.
3. Por esto, la Iglesia no puede por menos de alabar el
valioso trabajo de los teólogos que, frente al desafío del pluralismo
religioso y ante las nuevas preguntas planteadas por el diálogo
interreligioso, tratan de encontrar, con creatividad, sensibilidad y fidelidad
a la tradición bíblica y magisterial, nuevos senderos y de seguir nuevas
pistas, avanzando propuestas y sugiriendo comportamientos, que necesariamente
exigen un atento discernimiento eclesial. La tempestividad al afrontar los
desafíos de los signos de los tiempos no puede y no debe transformarse en
prisa superficial e inoportuna, para no desorientar la recta conciencia de fe
de la comunidad eclesial y para no poner en tela de juicio la credibilidad y
la eficacia del diálogo mismo.
El precioso bien de la libertad y la creatividad teológica
no puede por menos de incluir también la disponibilidad a la acogida de la
verdad de la revelación cristiana, transmitida e interpretada por la Iglesia
bajo la autoridad del Magisterio y acogida con fe. En efecto, la función del
Magisterio no es algo extrínseco a la verdad cristiana y a la fe, sino un
elemento constitutivo de la misma misión profética de la Iglesia (4).
4. Por lo demás, precisamente en el campo del diálogo
interreligioso, el Magisterio de la Iglesia, lejos de ser un simple observador
o de limitarse a poner el freno, siempre ha desempeñado un papel innegable y
pionero de protagonista. Lo atestiguan los documentos conciliares y las
numerosas iniciativas pontificias, como por ejemplo las de los organismos
oficiales de diálogo (5). Además, el decenio recién concluido ha sido
plenamente iluminado por la profética y clarividente Carta Encíclica Redemptoris
missio (diciembre de 1990) de Juan Pablo II, auténtico marco de
referencia epistemológico y de contenido para una teología cristiana de las
religiones. A diez años de distancia y con la rápida difusión de la problemática
interreligiosa, la Declaración Dominus Iesus (agosto de 2000) de la
Congregación para la Doctrina de la Fe, ha sido una contribución ulterior e
iluminadora para volver a proponer algunas referencias esenciales a la práctica
y a la teoría del diálogo interreligioso. Se trata de intervenciones
magisteriales, que no sólo no frenan la legítima investigación teológica,
sino que la acompañan, puesto que, rechazando objeciones y deformaciones de
la fe, proponen con autoridad nuevas profundizaciones y aplicaciones de la
doctrina revelada.
5. Así pues, en este clima de apertura y de disponibilidad
a la escucha, al diálogo y a la comprensión recíproca, la Congregación
para la Doctrina de la Fe propone ahora la Notificación a propósito
del libro de J. Dupuis, Hacia una teología cristiana del pluralismo
religioso. En esta obra, en la que se trata de dar una respuesta teológica
al significado y al valor que la pluralidad de las tradiciones religiosas
reviste dentro del designio salvífico de Dios, el Autor declara explícitamente
su intención de permanecer fiel a la doctrina de la Iglesia y a la enseñanza
del Magisterio. Sin embargo, el mismo Autor, consciente de lo problemático de
su perspectiva, no niega la posibilidad de que su hipótesis pueda suscitar un
número de interrogantes semejante al de aquellos para los que propone
soluciones.
Después de un paciente y serio diálogo, en el que no han
faltado algunas clarificaciones suyas, al concluir el examen del libro, el
Autor ha expresado su asentimiento a las tesis enunciadas en dicha Notificación,
que ha sido aprobada por el Santo Padre. Ese reconocimiento y asentimiento
son, sin duda, un signo positivo y estimulante. A pesar de ello, como se
recuerda en el «Preámbulo», la Congregación para la Doctrina de la Fe ha
considerado necesario publicar la Notificación sobre todo con el fin
de ofrecer a los lectores un criterio seguro de valoración doctrinal.
En efecto, una lectura atenta del libro suscita algunas
ambigüedades y dificultades sobre puntos doctrinales de gran importancia, que
pueden llevar al lector a opiniones erróneas o peligrosas. La Notificación,
remitiéndose a la Declaración Dominus Iesus, reafirma cinco temas
doctrinales que en el volumen, independientemente de las intenciones del Autor
mismo, se presentan con formulaciones ambiguas y explicaciones insuficientes y
así pueden llevar a equívocos y tergiversaciones.
Ante todo se reafirma la fe en Jesucristo, Mediador único
y universal de salvación para toda la humanidad. Consiguientemente se
reafirma la unicidad y la universalidad de la mediación de Jesucristo, Hijo y
Verbo del Padre, como actuación del plan salvífico de Dios Padre, Hijo y Espíritu
Santo. No hay una economía salvífica trinitaria independiente de la del
Verbo encarnado.
En segundo lugar se reafirma la fe de la Iglesia en
Jesucristo, cumplimiento y plenitud de la revelación divina, contra la opinión
según la cual la revelación de Jesucristo y en Jesucristo es limitada,
incompleta e imperfecta. También las semillas de verdad y de bondad
existentes en las demás religiones son dones de gracia de la única mediación
de Cristo y de su Espíritu de santidad.
A propósito de la acción salvífica universal del Espíritu
Santo, se reafirma que el Espíritu operante después de la resurrección de
Jesús es siempre el Espíritu de Cristo enviado por el Padre, que actúa de
modo salvífico también fuera de la Iglesia visible. Por lo cual, es
contrario a la fe católica considerar que la acción salvífica del Espíritu
Santo se puede extender más allá de la única economía salvífica universal
del Verbo encarnado.
Además, dado que la Iglesia es signo e instrumento de
salvación para la humanidad entera, se rechaza como errónea la opinión que
considera las diversas religiones como vías complementarias a la Iglesia en
orden a la salvación.
Por último, aun reconociendo la existencia de elementos de
verdad y bondad en las demás religiones, no tiene ningún fundamento en la
teología católica considerar esas religiones, en cuanto tales, como vías de
salvación, porque además en ellas hay lagunas, insuficiencias y errores
acerca de las verdades fundamentales sobre Dios, el hombre y el mundo. Y sus
textos sagrados no pueden considerarse complementarios al Antiguo Testamento,
que es la preparación inmediata al evento mismo de Cristo.
La Notificación interviene para subrayar la
gravedad y la peligrosidad de algunas afirmaciones, que, aun pareciendo
moderadas, precisamente por eso corren el riesgo de ser fácil e ingenuamente
acogidas como compatibles con la doctrina de la Iglesia, también por parte de
personas cordialmente comprometidas en la promoción del diálogo
interreligioso. En un contexto, como el actual, de una sociedad que de hecho
es cada vez más multirreligiosa y multicultural, la Iglesia siente con
urgencia la necesidad de manifestar con convicción su identidad doctrinal y
testimoniar con caridad su fe inquebrantable en Jesucristo, fuente de verdad y
de salvación.
6. No se puede menos de mencionar la cuestión del «tono»
de la Notificación. En efecto, no se trata de un documento largo y
articulado, sino sólo de enunciaciones breves y afirmativas. Este modo de
comunicación no quiere ser signo de autoritarismo o de injustificada dureza;
más bien, pertenece al género literario típico de los pronunciamientos
magisteriales que tienen como finalidad puntualizar la doctrina, censurar los
errores y las ambigüedades, e indicar el grado de asentimiento requerido a
los fieles.
Ese género literario, que es el mismo de la Declaración Dominus
Iesus, ciertamente se diferencia de otras formas de expresión usadas por
el Magisterio para presentar su enseñanza, teniendo en cuenta finalidades
particulares: expositivas e ilustrativas, que contienen amplias y
precisas motivaciones sobre las doctrinas de fe y las indicaciones pastorales
(piénsese, por ejemplo, en los documentos del Concilio Vaticano II, en muchas
Cartas Encíclicas papales y, en nuestro caso específico, la Encíclica Redemptoris
missio); y exhortativas u orientativas (para afrontar problemas de
índole espiritual y práctico-pastoral).
El tono claramente declarativo-afirmativo de un Documento
magisterial —típico de una Declaración o de una Notificación de la
Congregación para la Doctrina de la Fe, análogo al de los anteriores
Decretos doctrinales del Santo Oficio— quiere comunicar a los fieles que no
se trata tanto de asuntos opinables o de cuestiones debatidas, sino de
verdades centrales de la fe cristiana, que determinadas interpretaciones teológicas
niegan o ponen en serio peligro. Así pues, desde este punto de vista, el tono
pertenece al contenido, pues debe ser coherente con la finalidad peculiar del
texto. La adhesión a la Persona de Jesús, a su palabra y a su misterio de
salvación, exige una respuesta de fe sencilla y clara, como, por ejemplo, la
que se encuentra en los símbolos de fe, que por lo demás forman parte de la
oración de la Iglesia.
La eficacia de la Notificación, tanto en su
comprensión como en su llamamiento a la adhesión de fe, reside precisamente
en el tono. Lo repetimos: no es el tono de la imposición, sino el tono de la
manifestación y de la celebración solemne de la fe. Es el tono usado en la Professio
Fidei (6). En efecto, ya desde sus inicios, la Iglesia ha profesado la fe
en el Señor crucificado y resucitado, recogiendo en algunas fórmulas los
contenidos fundamentales de su credo. Y sabemos que el símbolo no es un
conjunto de verdades abstractas, sino una regla de fe, que sostiene la vida,
la oración, el testimonio, la acción y la misión: lex credendi, como
lex vivendi, orandi, agendi et evangelizandi. Además, es evidente que
la proclamación de las verdades de la fe católica implica también la
confutación del error y la censura de las posiciones ambiguas y peligrosas
que introducen confusión e incertidumbre en los fieles.
Por tanto, ciertamente sería erróneo considerar que el
tono declarativo-afirmativo de la Declaración Dominus Iesus y de la
presente Notificación marca una inversión de tendencia con respecto
al género literario y a la índole expositiva y pastoral de los Documentos
magisteriales del Concilio Vaticano II y de otros sucesivos. Sin embargo, sería
igualmente erróneo e infundado considerar que, después del Concilio Vaticano
II, el género literario de tipo afirmativo-censorio debe quedar abandonado o
excluido en las intervenciones autorizadas del Magisterio. Por consiguiente,
es triste observar que ciertas críticas, suscitadas en distintos ambientes,
al «tono» general de la Declaración Dominus Iesus, que sería muy
diverso al de otros documentos, como por ejemplo las Cartas Encíclicas Redemptoris
missio y Ut unum sint, muestran en realidad que no tienen en cuenta
las finalidades diversas, pero en absoluto opuestas entre sí, de dichos
documentos. La Declaración Dominus Iesus, al igual que la presente Notificación,
quieren simplemente reafirmar determinadas verdades de la fe y de la doctrina
católica, indicando el correspondiente grado de certeza teológica y
precisando así las bases doctrinales seguras para conservar la integridad del
depósito de la fe, y garantizar al mismo tiempo que el diálogo
interreligioso —al igual que el mismo diálogo ecuménico entre las
confesiones cristianas— se desarrolle como «diálogo de la verdad».
Por lo demás, el hecho de volver a proponer sencillamente
la verdad expresa la unidad en la fe en Dios Uno y Trino y fortalece la comunión
en la Iglesia. La adhesión a la Verdad es adhesión a Cristo y a su Iglesia,
y constituye el verdadero espacio de la libertad humana: «Las vías para
alcanzar la verdad siguen siendo muchas; sin embargo, como la verdad cristiana
tiene un valor salvífico, cualquiera de estas vías puede seguirse con tal de
que conduzca a la meta final, es decir, a la revelación de Jesucristo» (7).
En efecto, Cristo es «el camino, la verdad y la vida» (Jn 14, 6): «La
verdad, que es Cristo, se impone como autoridad universal. El misterio
cristiano supera de hecho las barreras del tiempo y del espacio, y realiza la
unidad de la familia humana» (8).
NOTAS
1) Conviene precisar que un discurso totalmente peculiar
corresponde a la relación entre la fe cristiana y la religión de Israel,
pues, como enseña el Concilio Vaticano II, existe «un vínculo por el que el
pueblo del Nuevo Testamento está espiritualmente unido con la estirpe de
Abraham» (Nostra aetate, 4).
2) Conc. Vaticano II, Decl. Nostra aetate, 2.
3) Conc. Vaticano II, Decr. Ad gentes, 11.
4) Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr.
Donum veritatis, 14.
5) El 6 de agosto de 1964, el Papa Pablo VI publicó la
famosa Carta Encíclica sobre el diálogo: Ecclesiam suam. Pero ya
algunos meses antes, el 19 de mayo de 1964, el mismo Pablo VI había
instituido el «Secretariado para los no cristianos», que en 1988 se convirtió
en el «Pontificio Consejo para el Diálogo Interreligioso».
6) El 1 de julio de 1988, la Congregación para la Doctrina
de la Fe publicó tanto la Professio fidei, destinada a los fieles
llamados a desempeñar un oficio en nombre de la Iglesia, como un especial Juramento
de fidelidad, relativo a los deberes particulares inherentes al oficio que
se asume. La Professio fidei, además del Símbolo de fe
niceno-constantinopolitano, incluye tres apartados, que quieren distinguir
mejor el tipo de verdades profesado y el correspondiente asentimiento exigido.
El 18 de mayo de 1998, el Santo Padre Juan Pablo II emanó el Motu proprio:
Ad tuendam fidem, para introducir en los textos vigentes del Código
de Derecho Canónico y del Código de cánones de las Iglesias
Orientales algunas «normas con las que expresamente se imponga el deber
de conservar las verdades propuestas de modo definitivo por el Magisterio de
la Iglesia». El 28 de junio del mismo año la Congregación para la Doctrina
de la Fe publicó una Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva
de la «Professio fidei». En dicha Nota se da una explicitación más
detallada de los tres apartados, y algunos ejemplos concretos.
7) Juan Pablo II, Carta
Enc. Fides et ratio, 38.
8) Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Dominus
Iesus, 23.
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