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 Pontifical Council for the Pastoral Care of Migrants and Itinerant People

People on the Move

N° 98, August 2005 

 

 

LA INSTRUCCIÓN

ERGA MIGRANTES CARITAS CHRISTI 

UN AÑO DESPUÉS 

 

S.E. Mons. Agostino MARCHETTO

Secretario del Consejo Pontificio para 

la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes 

 

1. Un documento importante

El 1 de mayo de 2004 el Papa Juan Pablo II aprobó el texto de la Instrucción Erga migrantes caritas Christi, del Consejo Pontificio para la pastoral de los emigrantes e itinerantes[1]. Por tanto, desde entonces ha pasado un año, durante el cual el Pontificio Consejo se ha prodigado para ilustrar el documento en diversos niveles eclesiales: continentales, nacionales, diocesanos y también locales, es decir, en las comunidades cristianas.

La respuesta inmediata ha generado sobre todo una comparación sobre indicaciones y normas pastorales encaminadas a regular la relación entre cristianos e inmigrantes de otras religiones, con particular referencia al Islam (cf. Erga migrantes caritas Christi, 59-68). Quizá no podía ser de otro modo, dada la sensibilidad existente en muchos lugares por el impacto mundial de los flujos migratorios provenientes de la Umma, que crecían exponencialmente. Así, la atención periodística se centró casi exclusivamente en las disposiciones concernientes a la cuestión del matrimonio entre católicos y musulmanes (cf. ib., 63; 67-68), poniendo de relieve las consideraciones destinadas a disuadir, en general, esas uniones. En cambio, no se han valorado las expresiones bien ponderadas al respecto, incluso a partir de vivencias concretas (véase la alusión del documento a “amargas experiencias”, n. 67).

Por otra parte, basándose en la cotidianidad de los hechos, a la Instrucción se le ha reconocido el merito de lograr una reflexión meditada sobre la pastoral especifica que se debe actuar con los inmigrantes en general, y en relación con los musulmanes en particular, a la luz de la doctrina del Concilio Vaticano II. En efecto, el documento invita a las comunidades católicas al discernimiento: “Se trata de distinguir, en las doctrinas y prácticas religiosas y en las leyes morales del Islam, lo que es posible compartir y lo que no lo es” (n. 65; cf. Nostra aetate, 1-3; 5). Pero, al mismo tiempo, la Instrucción sitúa sus directrices en un contexto positivo más amplio, donde se capta la determinación del Consejo Pontificio para la pastoral de los emigrantes e itinerantes de no excluir, en su solicitud por los inmigrantes, a los musulmanes. Como confirmación de esto, se puede recordar la atención respetuosa a los refugiados musulmanes, que, ciertamente, son muy numerosos, como testimonia el documento final de la XVI sesión plenaria de nuestro Consejo[2]. Por lo demás, precisamente la Instrucción puso de relieve los valores comunes del Cristianismo y del Islam, aunque expresados con formulaciones diversas. Recordemos “la creencia en Dios creador y misericordioso, la oración diaria, el ayuno, la limosna, la peregrinación, la ascesis para dominar las pasiones, la lucha contra la injusticia y la opresión” (n. 66). Ciertamente, esto no significa querer minimizar las divergencias, algunas de las cuales están relacionadas con las conquistas legìtimas de la modernidad, como afirma la Instrucción en estos términos precisos: “Teniendo en cuenta especialmente los derechos humanos, aspiramos, por tanto, a que se produzca en nuestros hermanos y hermanas musulmanes una creciente toma de conciencia sobre el carácter imprescindible del ejercicio de las libertades fundamentales, de los derechos inviolables de la persona, de la igual dignidad de la mujer y del hombre, del principio democrático en el gobierno de la sociedad y de la correcta laicidad del Estado. Asimismo, habrá que llegar a una armonía entre la visión de fe y la justa autonomía de la creación” (n. 66).

Además, es necesario situar esta atención al Islam en el vasto panorama que la Instrucción quiso trazar, considerando las diferentes categorías de inmigrantes. Además de los católicos de rito latino (cf. nn. 49-51), a los que se refiere el Código de derecho canónico, se contempló también la situación de los inmigrantes católicos de rito oriental (cf. nn. 24-26; 52-55), aplicando en este caso, entre otras cosas, cuanto prevé el Código de cánones de las Iglesias Orientales. Asimismo, se acogieron indi­caciones. y normas pastorales por lo que concierne a la relación con los in­migrantes cristianos que no están en comunión plena con la Iglesia Católica (cf. nn. 3; 56-58) y con los de las demás religiones (cf.nn. 59-69). Desde esta perspectiva, la Instrucción afrontó temas de gran alcance y de ur­gente actualidad, como la dimensión ecuménica del fenómeno de las emigra­ciones y el diálogo interreligioso, que hoy es necesario afrontar también en el seno de las comunidades nacionales tradicionalmente católicas. En síntesis, el documento alienta un “profundo diá­logo con las culturas” (n. 36), respetando la identidad cultural de los demás. 

Así pues, se podría decir que el tema del diálogo constituye el hilo conductor de todo el documento, atento a favore­cer la interacción con un vasto número de interlocutores.No se trata de la propuesta de un argumento evidente, sino más bien de la indicación de un itinera­rio capaz de evitar un “enfrentamiento de civilizaciones”,que a veces se ha sugerido. Por eso, tratando sobre la inculturación del Evangelio, la Instrucción traza estas coordenadas significativas: «Comienza con la escucha, es decir, con el conocimiento de aquellos a quie­nes se anuncia el Evangelio. En efecto, esa escucha y ese conocimiento llevan a juzgar mejor los valores positivos y las características negativas presentes en su cultura, a la luz del misterio pas­cual de muerte y de vida. En este caso no basta la tolerancia; se requiere la simpatía, el respeto, en la medida de lo posible, de la identidad culturalde los interlocutores. Reconocer sus aspectos positivos y apreciarlos, porque prepa­ran la acogida del Evangelio, es un preámbulo necesario para el éxito del anuncio. Sólo así nacen el diálogo, la comprensión y la confianza. De este modo, la atención al Evangelio se trans­forma en atención a las personas, a su dignidad y libertad. Promoverlas en su integridad exige un compromiso de fra­ternidad, solidaridad, servicio y justicia. En efecto, el amor de Dios, además de donar al hombre la verdad y manifes­tarle su altísima vocación, promueve su dignidad y hace nacer la comunidad al­rededor del anuncio acogido e interiori­zado, celebrado y vivido» (n. 36). Esta es la base que permite a cada uno confrontar su propia identidad con los demás valores y tradiciones culturales, enriqueciéndose en el contacto con quien vive valores, actitudes y comportamientos diversos. Una vez más, es necesario destacar que no se tratade establecer “fáciles irenismos” (n. 56), sino de “eliminar prejuicios, superar el relativismo religioso y evitar obstrucciones y temores injustificados que frenan el diálogo y levantan barreras, provocando incluso violencia e incomprensiones” (n. 69).

Algunos de los recensores ha escrito, con cierta superficialidad, que la Ins­trucción no ha aportado  novedades en el campo de la pastoral de las emigraciones, mientras que ha habido un coro unánimede consensos sobré el mérito - reconocido al documento - de presentar una síntesis actualizada, com­prensiva y muy realista sobre un tema candente y que responde a la necesi­dad sentida de afrontar lo denuevo despuésde 35 años de la Instrucción. De pastorali migratorum cura (cf. Pre­sentación de la Erga migrantes caritas Christi).

2. Continuidad y renovación

En cualquier caso, la Instrucción aco­gió la anterior indicación magisterial, es decir, la urgencia de realizar, antes que nada una pastoral específica dirigida a los inmigrantes católicos, o sea, «a los fieles (inmigrantes) que, “por determi­nadas circunstancias, no pueden apro­vecharse suficientemente del cuidado pastoral común y ordinario”»(n. 21; cf. también Christus Dominus, 18; Exsul familia, 5; De pastorali migratorum cura, 15). Sin embargo, la perspectiva cambia, puesto que ya no se consideran las emi­graciones como un fenómeno transitorio, sino más bien como un fenómeno que “va adquiriendo una configuración cada vez más permanente y estructu­ral” (n. 1).

Así, se ha acrecentado la conciencia de que los inmigrantes tienen un patri­monio cultural propio, que debe preser­varse, y esto implica, según la Instrucción, opciones pastorales específicas para la acogida de los inmigrantes, sin­tetizadas de este modo: “La pastoral especifica se sitúa en el contexto del fenómeno migratorio que, al reunir a personas de distinta nacionalidad, et­nia y religión, contribuye a hacer visi­ble la auténtica fisonomía de la Iglesia (cf.Gaudium et spes, 92) y destaca la importancia ecuménica y de diálogo mi­sionero de las emigraciones” (n. 38). Por consiguiente, no se trata sólo de preservar la fe de los inmigrantes, sinode prestar una precisa atenciónal con­texto y a los derechos de los inmigran­tes como personas, entre los cuales la Instrucción reconoció los de tener una patria, emigrar y conservar su lengua y su patrimonio cultural original, confir­mando lo que ya se afirmaba en la Ins­trucción De pastorali migratorum cura (nn. 5; 1-11), pero poniendo nuevo énfa­sis, gracias al pensamiento de Juan Pablo II. Él había afirmado el “derecho a no emigrar, es decir, a tener la posibili­dad de realizar sus propios derechos y exigencias legítimas en el país de ori­gen” (n. 29)[3]. Así, el horizonte que se ha abierto es bastante amplio, hasta tocar la esencia de la Iglesia, sacramentum unitatis: “La pastoral de los inmigrantes es un servi­cio eclesial para los fieles de idioma o cultura distintos de los del país que los acoge y, al mismo tiempo, garantiza una aportación específica de las colectividades extranjeras para la construc­ción de una Iglesia que ha de ser signo e instrumento de unidad, con miras a una humanidad renovada” (n. 89).

3. Universalidadde la mísiónevangelizadora

Por tanto, el carácter propio de la Instrucción Erga migrantes caritas Christi consiste ante todo en destacar elementos a los que se aludía en pronunciamientos anteriores, poniendo de relieve el fenómeno migratorio a través del filtro de valor de la Revelación (his­toria de la salvación), como “signo de los tiempos” y “desafío” (primera par­te). Por eso, en ella asume mucha im­portancia el esbozo de una pastoral de la acogida (segunda parte), que conflu­ye en la presentación articulada de los agentes pastorales (tercera parte) y de las relativas estructuras de pastoral mi­sionera (cuarta parte).

Por tanto, uno de los aciertos más significativos de la Instrucción consiste en que toma nueva conciencia del cam­bio de los tiempos y, por consiguiente, de la aparición de nuevos escenarios para el anuncio evangélico. Por eso, junto a otras realidades, también las migraciones se pueden considerar  co­mo nuevos areópagos en los que los pueblos pueden encontrarse y conocer a Jesucristo y su Evangelio. De ahí que la Iglesia esté llamada ante todo a rea­nudar un diálogo constructivo con las culturas, para evitar que las “semillas del Verbo” caigan en terreno no idóneo para acogerlas, o se sequen y mueran sin dar fruto (cf. n. 96). Las personas “en éxodo”, en particular de los países no tradicionalmente cristianos, que en número cada vez mayor abandonan sus propias tierras para desembarcar, lle­nas de esperanza e ilusiones, en las playas de los países de tradición cris­tiana, necesitan experimentar, más que nadie, la novedad del cristianismo, que ofrece la revelación del rostro acogedor y misericordiosode Dios.

En consecuencia, las urgencias y los desafíos impulsan a la Iglesia a descu­brir fuerzas renovadas y activas en el ámbito dé su misión de diálogo y de evangelización a nivel mundial. De he­cho, están floreciendo nuevos brotes. Entre estos, está madurando hoy un nuevo florecimiento del laicado, maduro y responsable, deseoso de prestar su servicio en favor de la evangelización en el campo de la movilidad humana: “En una Iglesia que se esfuerza por ser enteramente misionera-ministerial, im­pulsada por el Espíritu, se debe poner de relieve el respeto a los dones de to­dos. En relación con esto, los fieles laicos ocupan espacios de justa auto­nomía, pero asumen también tareas típicas de diaconía” (n. 86; cf. también nn. 87-88).

4. Mirada al futuro

Por tanto, la Instrucción Erga migrantes caritas Christi tal vez se puede considerar una piedra miliar de la doctrina eclesial sobre la movilidad humana, ofreciendo a la Iglesia “una ocasión histórica para verificar sus notas caracteristicas” (n. 97), es decir, ante todo la unidad y la catolicidad, que encuentran expresión en la multiplicidad y diversi­dad de pueblos, lenguas, culturas y na­ciones, compuestos en armoniosa sintonía. El«edificio espiritual» (1 Pe 2, 5), la Iglesia, comparable también al dinamismo de relaciones del “cuerpo” (cf. Rm12, 4-5; 1 Co10,17; 12, 12-27), se reali­za mediante la santidad, llegando al «hombre perfecto» (cf. Ef 4, 13), que se manifiesta sobre todo en las expresiones diversas y siempre nuevas de la caridad cristiana. Eso se puede decir sin descuidar la típica dimensión escatológica de la Igle­sia misma, la cual está «en el arduo ca­mino hacia esa meta final» (n. 17), de la que las migraciones son «signo vivo» (n. 18). Esas notas teológicas permiten calificar todo el documento como autén­tica manifestación de la caridad evan­gélica - y de ahí el titulo Erga migran­tes caritas Christi - que la Iglesia desea, una vez más, manifestar a los hombres y mujeres emigrantes. Por es­ta razón, también los elementos norma­tivos, que abundan en la Instrucción, tienen como fin la orientación de la ac­ción pastoral hacia la caridad. Y precisamente este afflatus charitati sha sido puesto de relieve también por los recensores del documento.

Así pues, la consigna de la Instruc­ción mantiene la mirada de la Iglesia orientada hacia el testimonio de la cari­dad, como camino privilegiado para una renovada evangelización, pasando por las significativas etapas de la acogida, (cf. nn. 39-43) la solidaridad (cf. ibidem) y la comunión (cf. nn. 37; 98-99). También refleja un intenso empeño en favorecer el diá­logo cultural, ecuménico e interreligioso (cf. n. 100), en conexión con los temas del pluralismo étnico y la inculturación de la fe, en los que se inserta una iné­dita oportunidad para la vida y la misión de la Iglesia en los inicios del tercer milenio (cf. nn. 34-36), «como signo levantado entre las naciones» (Unitatis redintegratio, 2)*.

Con ocasión de este primer aniversario de la publicación de la Instrucción aprobado por el Papa Juan Pablo II, en el especial día del 1° de Mayo de 2004, Memoria de San José Obrero, publicamos seguidamente varios significativos comentarios de algunos aspectos importantes del Documento*.

 
[1] Cf. LÂ’Osservatore Romano, edición en lengua española, 21 de mayo de 2004, pp. 7-20
[2] Cf. Documento final, en People on the Move 96 (2004) 164.  
[3] Cf. Discurso del Santo Padre al Consejo Pontificio para la pasto­ral de los migrantes e itinerantes, 2: Actas del IV Congreso mundial sobre la pastoral para los migrantes y refugia­dos, 5-10 de octubre de 1998, Ciudad del Vaticano 1999, p. 9. Por otra parte, la atención pastoral específica a los in­migrantes responde exactamente al de­recho fundamental del bautizado a recibir abundantemente los medios salvífi­cos, por lo que un conocido canonista explica: “Creo que no es exagerado afirmar que en este principio descansa toda la estructura normativa de la nue­va Instrucción”: E. Baura, “L'Istruzione Erga migrantes caritas Christi. Profili giuridici”, en L'Osservatore Romano,10 de junio de 2004, p. 9).
* Hasta este punto el texto ha sido publicado en “ LÂ’Osservatore Romano”, edición semanal del 13 de Mayo de 2005, p. 9
** Tenemos la intención de hacer la traducción en otros idiomas de algunos comentarios que aparecerán después en nuestro sito Internet.

 

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