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Firma del Acuerdo entre la Santa Sede
y el gobierno de la República italiana
en materia fiscal
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El día 1 de abril de 2015, a las 9.45, en la Secretaría de Estado, se firmó el Acuerdo entre la Santa Sede y el gobierno de la República italiana en materia fiscal.

Han firmado, por la Santa Sede, monseñor Paul Richard Gallagher, secretario para las Relaciones con los Estados y, por la República italiana, su excelencia Pier Carlo Padoan, ministro de economía y hacienda, dotado de plenos poderes.

Al solemne acto han asistido: por parte de la Santa Sede, monseñor Peter B. Wells, asesor para los Asuntos generales, monseñor Lucio Bonora, oficial de la Sección para los Asuntos generales, monseñor Carlo Alberto Capella, consejero de nunciatura en la Sección para las Relaciones con los Estados, don Piero Gallo, oficial de la Sección para las Relaciones con los Estados, don Carlos Fernando Díaz Paniagua, oficial de la Sección para las Relaciones con los Estados, monseñor Luciano Alimandi, oficial de la Sección para las Relaciones con los Estados y monseñor Walter Erbì, consejero de nunciatura en la representación pontificia en Italia. Por parte de la República italiana, Amb. Daniele Mancini, embajador de Italia; Roberto Garofoli, jefe de gabinete; Dra. Fabrizia Lapecorella, jefe de departamento de Hacienda; ministro plenipotenciario Michele Quaroni, consejero diplomático del ministro; Cons. Francesca Quadri, jefe de la oficina legislativa – finanzas; dr. Marco Iuvinale, director de relaciones internacionales – departamento de Hacienda; y primer Secretario Raffaella Campanati, embajada de Italia.

Las reformas introducidas a partir del 2010 y la creación en la Santa Sede de Instituciones con específicas competencias en materia económica y financiera, consienten hoy la plena cooperación administrativa también con fines fiscales. En el marco de la especial relevancia de las relaciones bilaterales, Italia es el primer país con el cual la Santa Sede firma un acuerdo que regula el intercambio de informaciones.

En línea con el proceso en acto hacia la afirmación a escala global de la transparencia en el campo de las relaciones financieras, el Acuerdo recoge el más actualizado standard internacional en materia de intercambio de informaciones (artículo 26 del Modelo ocse) para regular la cooperación entre las autoridades competentes de las dos partes contrayentes. El intercambio de informaciones concierne a los periodos de impuesto a partir del 1 de enero de 2009.

El Acuerdo, a partir de la fecha de entrada en vigor, permitirá el pleno cumplimiento, con modalidades simplificadas, de las obligaciones fiscales relativas a las actividades financieras llevadas a cabo en los organismos que realizan actividades financieras en la Santa Sede, y de algunas personas físicas y jurídicas fiscalmente residentes en Italia. Los mismos sujetos podrán acceder a un procedimiento de regularización de las mismas actividades, con iguales efectos de los establecidos por la ley n. 186/2014.

El Acuerdo actúa, además, cuanto previsto por el Tratado de Letrán relativo a la exención de los impuestos para los inmuebles de la Santa Sede indicados en el mismo tratado.

Por último, se integra en la Convención el intercambio de notas, desde julio de 2007, entre el Ministerio de Asuntos exteriores y la Secretaría de Estado, que prevé la notificación por vía diplomática de los actos tributarios en organismos de la Santa Sede.

 


* L'Osservatore Romano - Edición semanal en lengua española, n. 15, 10 de abril de 2015