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COMUNICADO
DE LA CONGREGACIÓN PARA LAS CAUSAS DE LOS SANTOS

 

Teniendo en cuenta las conclusiones del estudio de las razones teológicas y de las exigencias pastorales relativas a los ritos de beatificación y canonización, aprobadas por el Sumo Pontífice Benedicto XVI, esta Congregación para las causas de los santos da a conocer las siguientes nuevas disposiciones:

1. Quedando a salvo que la canonización, que atribuye al beato el culto en toda la Iglesia, será presidida por el Sumo Pontífice, la beatificación, que sigue siendo acto pontificio, será celebrada por un representante del Santo Padre, que por lo general será el prefecto de la Congregación para las causas de los santos.

2. El rito de beatificación se realizará en la diócesis que ha promovido la causa del nuevo beato o en otra localidad que se considere idónea.

3. A petición de los obispos y de los promotores de la causa, teniendo en cuenta el parecer de la Secretaría de Estado, el rito de beatificación podrá realizarse en Roma.

4. Ese rito se realizará durante la celebración eucarística, salvo que por razones litúrgicas particulares convenga realizarlo durante la celebración de la Palabra o de la liturgia de las Horas.

Ciudad del Vaticano, 29 de septiembre de 2005


Card. José SARAIVA MARTINS

Prefecto

Mons. Edward NOWAK
Secretario

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