Durante la IV Asamblea Plenaria de la Pontificia Academia para la Vida, celebrada en el Vaticano del 23 al 25 de febrero de 1998, ha sido presentado el trabajo desarrollado durante el año pasado por un grupo de estudio instituido en la misma Academia y compuesto por expertos, provenientes de diferentes naciones y de las diferentes disciplinas interesadas en el estudio del genoma humano y en todas las implicaciones antropológicas, éticas, jurídicas y sociales de la aplicación biomédica de este conocimiento científico
Biólogos, médicos, filósofos, teólogos y juristas han trabajado conjuntamente en este proyecto interdisciplinar para profundizar sobre esta delicada y compleja cuestión, en relación tanto al desarrollo del Proyecto del Genoma Humano y de otras investigaciones de base sobre la identidad, la localización, la heterogeneidad y la mutabilidad de los genes que constituyen el patrimonio hereditario del Hombre, como a la potencialidad diagnóstica, terapéutica y biotecnológica de los logros científicos y de los progresos tecnológiecos en el campo de la genética molecular.
La Academia, que « tiene la tarea de contribuir a un profundo conocimiento sobre el valor de la vida, sobre todo por medio del diálogo con expertos de las disciplinas biomédicas, morales y jurídicas », ha permitido mediante los trabajos realizados, recoger las distintas perspectivas desde las cuales se puede afrontar la cuestión genética respetando el método científico y a la luz de una visión antropológica coherente con la concepción cristiana del Hombre.
El desarrollo y la funcionalidad de las estructuras somáticas y psíquicas del organismo, se originan en el proceso de la fertilización con la constitución del genoma individual, que significa el inicio de la vida de un nuevo ser humano. Su naturaleza tiene como base organísmica la presencia de un genoma específicamente humano, que tiene las condiciones para la manifestación gradual y en el tiempo, de todas las facultades de la persona humana. Esta intrínseca unión del genoma del hombre con la constitución de la persona lo diferencia esencialmente de todas las demás especies vivientes y fundamenta su inalienable dignidad en relación a la de la misma persona humana. A raíz de la unidad substancial del cuerpo con el espíritu - corpore et anima unus: una summa- el genoma humano no tiene solamente un significado biológico; él es portador de una dignidad antropológica, que tiene su fundamento en el alma espiritual que lo penetra y lo vivifica" (cf Discurso de S.S. Juan Pablo II a los Miembros de la Academia, 24-02-98).
El mismo origen del género humano, hoy puede ser estudiado por medio de la evolución del genoma, pero la realidad de la Creación, que se inscribe en el acto Libre de amor con el cual Dios da el ser a la única criatura que El ha querido a su imagen y semejanza, permanece como una exigencia postulada por la razón y una afirmación de la Revelación divina.
Los conocimientos obtenidos por medio de las investigaciones en el campo de la genética aplicada al Hombre son muy poderosos. Debe ser reconocido el valor positivo del conocimiento del genoma de la especie humana y en algunos casos, del individual, sin embargo no subsiste un derecho absoluto a tal conocimiento de parte de nadie. La posibilidad de la obtención de información genética se funda, no sólo sobre el valor del conocimiento científico en cuanto tal, sino sobre todo, en la posibilidad que pueda servir al bien de la persona, en orden a la prevención, a la diagnosis y a la terapia de enfermedades de base genética cuando sea posible, sin riesgos desproporcionados para el paciente y para sus hijos.
Al contrario, resulta moralmente inaceptable, en cuanto contraria a la inalienable dignidad e igualdad de todos los seres humanos y a la justicia social, toda utilización del saber proveniente de las investigaciones sobre el genoma humano, con el objeto de estigmatizar o discriminar a lo s portadores de genes patógeno s o con predisposición para el desarrollo de ciertas enfermedades. La clonación, en cuanto es una forma extrema de intervención manipuladora de la constitución genómica del ser humano, representa un grave atentado a la dignidad del concebido y a su derecho a un genoma no predeterminado e irrepetible.
Es particularmente preocupante observar el crecimiento de un clima cultural que, favorecido por informaciones no siempre científica y/o deontológicamente correctas, lleva a la práctica del diagnóstico prenatal y la preimplantación hacia una dirección que ya no es la de la perspectiva terapéutica, sino más bien a la de la discriminación de aquellos que no resulten sanos o perfectos incluso en las fases primarias de sus vidas. Una discriminación que se transforma cada vez más en un atentado a sus propias vidas, que nunca verán la luz. A este respecto, los Miembros de la Academia, se unen al Santo Padre en denunciar el « surgir y difundirse de un nuevo eugenismo selectivo, que provoca la supresión de embriones y de fetos afectados de cualquier enfermedad » , valiéndose de pretendidas diferencias antropológicas y éticas entre las varias fases del desarrollo de la vida prenatal.
Las legislaciones vigentes sobre las biotecnologías y la nueva genética dejan entrever esperanzas pero también temores. La fundamentación antropológica y la sensibilidad ética en la formación de los juristas y en la redacción de las leyes, deberían asegurar un justo orden social, el respeto a la persona, a la familia y a los más débiles. Podremos alcanzar este nuevo orden social realizando acciones positivas y generosas que restablezcan en la sociedad la relación entre vida, libertad y verdad.
La Sagrada Escritura nos dice que la persona es configurada por medio de una íntima correlación entre la criatura humana y su Creador: « Él, que tiene en su mano el alma de todo ser viviente y el soplo de toda carne de Hombre » (Job 12, 10). Son las manos del mismo Creador que hacen la persona a su imagen y semejanza (cf. Gen. 1, 26), dándole la capacidad de generar, a su vez, vida humana (procreación) como signo de su obra creadora. Dios llama al ser humano desde el seno materno (cf. Sal. 22,11) para que por medio de esta llamada, la persona pueda actuar libre y responsablemente el Plan divino de Redención y Salvación.