The Holy See
back up
Search
riga

CARTA CIRCULAR

INVENTARIO DE LOS BIENES CULTURALES
DE LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA
Y DE LAS SOCIEDADES DE VIDA APOSTÓLICA:
ALGUNAS ORIENTACIONES PRÁCTICAS

 

Del Vaticano, 15 de septiembre de 2006

 

Prot. N. 14/06/4

Reverendísimo Padre,
Reverendísima Madre:

Como es bien conocido, los bienes culturales custodiados por los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica constituyen un porcentaje muy relevante del ingente patrimonio histórico-artístico de la Iglesia. Estos bienes comprenden “ante todo, los patrimonios artísticos de la pintura, la escultura, la arquitectura, el mosaico y la música, puestos al servicio de la misión de la Iglesia. Además, a estos hay que añadir los libros contenidos en las bibliotecas eclesiásticas y los documentos históricos conservados en los archivos de las comunidades eclesiales. En fin, pertenecen a este ámbito las obras literarias, teatrales y cinematográficas producidas por los medios de comunicación social” (Juan Pablo II, Alocución a los miembros de la Pontificia Comisión para los Bienes Culturales de la Iglesia con ocasión de la primera asamblea plenaria, 12 de octubre de 1995, n. 3: en “L’Osservatore Romano. Edición Semanal en Lengua Española”, 20 de octubre de 1995, p. 12).

Desde su nacimiento, esta Pontificia Comisión se ha empeñado constantemente en inculcar a los responsables de los Institutos y Sociedades que presiden, una atención vigilante al propio patrimonio histórico y artístico; se puede consultar, ante todo, la carta circular Los bienes culturales de los institutos religiosos, del 10 de abril de 1994. En éste, como en otros documentos, siempre viene colocado como preliminar e indispensable el inventario de los mismos bienes culturales, para llevar a cabo una correcta obra de tutela jurídica, de preservación de delitos en el campo de los robos, de las enajenaciones, de las expropiaciones, de la conservación material, además que de la valorización eclesial. Tal inventario ha sido objeto de un ulterior documento de la Pontificia Comisión, Necesidad y urgencia del inventario y catalogación de los bienes culturales de la Iglesia, del 8 de diciembre de 1999, dirigido a los ordinarios diocesanos, pero válido también para los religiosos.

Sin embargo, a pesar de la buena respuesta y colaboración por parte de diversos Institutos de vida consagrada y de Sociedades de vida apostólica ―algunos de los cuales, incluso, hasta han puesto a punto normativas internas precisas al respeto―, muchos otros todavía no han podido ponerse manos a la obra por la falta de personal apto y de fondos a destinar a este fin.

El peligro que comporta tal situación se puede intuir fácilmente, si se considera, además, que desde hace algún tiempo, el cierre, cada vez más frecuente, de casas religiosas, pone en evidencia el problema del destino, no sólo de las obras de arte y de los objetos litúrgicos, sino de enteras bibliotecas e, incluso, de archivos que, en no pocos casos, se soluciona con una irremediable dispersión de los mismos en el mercado de los anticuarios, con un grave daño para el patrimonio eclesiástico y en contraste con las disposiciones tanto canónicas como civiles.

Se confía, por tanto, en el sentido de responsabilidad de los superiores mayores, que sabrán proveer a su tiempo a la realización del inventario de los bienes archivísticos, librarios y artísticos en su posesión, tanto en la sede central como en las sedes periféricas, con particular atención a cuanto viene trasladado de las casas que se suprimen. La importancia de tal inventario viene también puesta de relieve en el can. 1283, 2° del Código de Derecho Canónico y en el can. 1025 del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales.

Para las familias religiosas con casa generalicia en Italia, es necesario atenerse a las orientaciones de la Conferencia Episcopal Italiana (CEI). Para facilitar los contactos entre ambos, la presente carta ha sido precedida por una consulta de esta Pontificia Comisión con la misma CEI, que desde hace algunos años ha puesto en marcha un programa de inventario de los bienes muebles eclesiásticos de valor artístico e histórico, en colaboración con el Instituto Centrale per il Catalogo e la Documentazione di Roma (ICCD).

A tal propósito, la implicación de los Superiores religiosos en este ámbito, incluso, está ya prevista en las normas de Tutela e conservazione del patrimonio storico artistico della Chiesa in Italia, de 1974, relativas a la tutela del arte sagrado, (cfr. n. 6), (Enchiridion della Conferenza Episcopale Italiana, II, Bologna 1985, pp. 448-460) y, en el campo de los pactos, con el Acuerdo entre el Ministerio para los Bienes y las Actividades Culturales de Italia y el Presidente de la CEI, firmado el 18 de abril de 2000, en relación a la conservación y a la consulta de los archivos de interés histórico y las bibliotecas de los entes e instituciones eclesiásticas, comprendidos los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica (Enchiridion CEI cit., pp. 1419-1441).

Al respecto, y basándose en tales disposiciones, la CEI asegura que los instrumentos informáticos realizados por los Departamentos y Servicios de su Secretaría General, en el ámbito de los programas de inventario de los bienes culturales eclesiásticos, están puestos gratuitamente, también, a disposición de los Institutos y Sociedades que los soliciten.

De modo particular, junto con el software para el inventario de los bienes histórico-artísticos y archivísticos, el Ufficio Nazionale per i Beni Culturali Ecclesiastici, dentro de lo posible, asegura a los Institutos y Sociedades la formación del personal, la asistencia técnica y la posibilidad de una continua puesta al día, a través del acceso al Forum sui beni culturali ecclesiatici. Además, ya se puede consultar un programa relativo a las bibliotecas eclesiásticas en el sitio dell’Ufficio Nazionale per i Beni Culturali Ecclesiastici.

Con relación a las cuestiones económicas, en base a lo dispuesto en el art. 1, inciso 3, letra c), de las Disposizioni concernenti la concessione di contributi finanziari della Conferenza Episcopale Italiana y del art. 1, inciso 2, del relativo Reglamento ejecutivo (“Notiziario della Conferenza Episcopale Italiana” 9/2003, pp. 279-295), a los Institutos de vida consagrada y a las Sociedades de vida apostólica civilmente reconocidos pueden ser erogadas contribuciones para la conservación y la consulta de archivos generalicios y provinciales, además que de bibliotecas de particular relevancia abiertas al público. Las solicitudes tienen que ser presentadas por el Superior Mayor por medio del Ordinario de la Diócesis en cuyo territorio tiene sede la casa religiosa para la que se solicita la subvención.

En todo caso, la Secretaría General de la CEI, y en especial el Ufficio Nazionale per i Beni Culturali Ecclesiastici, se declaran disponibles para determinar la modalidad de intervención sobre los bienes de los mencionados Institutos y Sociedades, que sean compatibles con las que ya se encuentran activas, de acuerdo con los órganos públicos, para los demás entes eclesiásticos italianos. Otras informaciones más detalladas al respeto, podrán ser solicitadas al Centro Servizi Progetti Informatici de el Ufficio Nazionale per i Beni Culturali Ecclesiastici de la CEI, en el número gratuito 848.580.167, (Dra. Francesca M. D’Agnelli). El responsable principal es el Director del Departamento, Revdo. Don Stefano Russo, Vía Aurelia 468, 00165 Roma, correo electrónico: unbc@chiesacattolica.it

La CEI, pone también a disposición su propio software, para los Institutos y las Sociedades que, aunque no tengan su sede principal en Italia, no obstante dispongan de provincias o casas reconocidas en Italia. Como punto de partida, es oportuno adoptar el sistema de inventario más difundido en el país en el que está establecida la propia casa generalicia, o la de aquellos países en los que el instituto está presente principalmente; por otro lado, considerando el hecho de que no en todos los países se han difundido sistemas adecuados de inventario, sobre todo en el campo informático, a veces puede ser preferible recurrir a los más experimentados e más fácilmente integrables.

En lo que se refiere, por último, a los recursos económicos, en el caso de que los fondos internos sean insuficientes o ante la imposibilidad de ayudas civiles, se sugiere realizar contactos con organismos internacionales y fundaciones.

Al agradecerle el empeño de ese Instituto por el cuidado del propio patrimonio histórico-artístico y por la consideración con que querrá acoger las presentes recomendaciones, quedando siempre a su disposición para cualquier eventual explicación, aprovecho de la circunstancia para confirmarme con sentimientos de religioso obsequio

de su Paternidad
de su Maternidad
devmo. en el Señor

Mauro Piacenza
Presidente

Prof. Don Carlo Chenis, SDB
Secretario

 

_______________________

A los Reverendísimos Superiores Mayores
de los Institutos de vida consagrada y
de las Sociedades de vida apostólica
Sus Sedes

   

top