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La Curia Romana  
 

 

 
 
 
 
 

Mons. Osvaldo Neves de Almeida

NUEVO MARCO JURÍDICO
DE CARITAS INTERNATIONALIS
 

En sus 61 años de vida, Caritas Internationalis siempre ha sido un instrumento privilegiado de la caridad de la Iglesia. La Santa Sede, recogiendo la larga experiencia de esta benemérita institución, y de modo especial los desarrollos de los últimos años, ha querido actualizar el estatus jurídico de Caritas Internationalis para sostener mejor su actividad en el contexto actual.


Historia y características de Caritas Internationalis

Al recibir en audiencia a los participantes en la 19ª Asamblea general de Caritas Internationalis, el 27 de mayo de 2011, el Papa Benedicto XVI trazó el perfil histórico y la naturaleza eclesial de esta institución, que constituye un ámbito privilegiado para la participación de los fieles en el apostolado de la jerarquía (cf. Lumen gentium, 27).

En esa circunstancia, el Santo Padre recordó que Caritas Internationalis no se puede asimilar a las grandes organizaciones no gubernamentales, aunque realiza con ejemplar profesionalidad y competencia las funciones que llevan a cabo también ellas; en particular, la lucha contra la pobreza, la coordinación de las ayudas humanitarias y la acción política en las instancias internacionales (advocacy).

Caritas Internationalis fue ideada por Pío XII después de los horrores de la segunda guerra mundial, para manifestar la solidaridad de la Iglesia ante las numerosas situaciones de conflicto y de emergencia en el mundo. En 2004 el beato Juan Pablo II le confirió personalidad jurídica canónica pública con el Quirógrafo Durante la Última Cena.

Caritas Internationalis posee un perfil universal y desempeña su tarea específica en nombre de la Iglesia; está llamada a fomentar la comunión entre la Iglesia universal y las Iglesias particulares, así como la comunión entre todos los fieles, y debe llevar el mensaje de la Iglesia también a la vida política y social en ámbito internacional (cf. Audiencia a los participantes en la Asamblea general de Caritas Internationalis, 27 de mayo de 2011). La Santa Sede, por su parte, tiene la tarea de seguir su actividad y de vigilar para que, tanto su acción humanitaria y de caridad, como el contenido de los documentos que difunde, estén en sintonía con la Sede Apostólica y con el Magisterio de la Iglesia, y para que sea administrada con competencia y de modo transparente.

Esta persona jurídica pública se rige ante todo, aunque no exclusivamente, por su normativa propia y por las disposiciones pertinentes del Código de Derecho Canónico. El Quirógrafo Durante la Última Cena, por el hecho de reconocer el vínculo especial de Caritas Internationalis con la Sede Apostólica, estableció implícitamente que su gobierno y su acción debían hacer referencia a la Primera Sección de la Secretaría de Estado (cf. Juan Pablo II, Const. Ap. Pastor Bonus, art. 41). Al mismo tiempo, el Quirógrafo encomendó al Consejo pontificio Cor Unum la tarea de seguir y acompañar la actividad de Caritas Internationalis. Aunque no estén mencionados explícitamente en el Quirógrafo, obviamente siempre han permanecido vigentes respecto de ella las competencias generales de tutela doctrinal de la Congregación para la doctrina de la fe (cf. ib. art. 48), así como las de la Prefectura para los Asuntos económicos, de vigilancia y de control de las administraciones que dependen de la Santa Sede o que están bajo su jurisdicción, cualquiera sea la autonomía de que gocen (cf. ib. art. 176). Más en general, dado el alcance tendencialmente universal de la acción de Caritas Internationalis, el Quirógrafo no modificaba las competencias de la Santa Sede para la ordenación de los bienes eclesiásticos, y especialmente la recta administración de esos mismos bienes (cf. ib. art. 98). Además, la actividad de Caritas Internationalis junto a los gobiernos y organismos internacionales, teniendo en cuenta que se realiza en nombre de la Iglesia e implica el munus pastoral del Santo Padre, ha dependido siempre de la Segunda Sección de la Secretaría de Estado.


El proceso de actualización del marco jurídico de Caritas Internationalis

La experiencia madurada en los casi ocho años de aplicación del Quirógrafo Durante la Última Cena ha permitido comprender con mayor precisión cómo promover una actualización jurídica que no sólo respete, sino que también exprese aún mejor la naturaleza de la organización y aclare la distribución de las competencias de los dicasterios y de los organismos que tienen que ver con ella.

Además, en estos años, y especialmente en los últimos meses, numerosos pastores y fieles han querido compartir con la Santa Sede sus consideraciones y han ofrecido valiosas sugerencias, manifestando sincero interés por Caritas Internationalis.

El Santo Padre mismo, dirigiéndose a los participantes en dicha Asamblea general del organismo citado, en mayo de 2001, ofreció los principios fundamentales que se debían desarrollar en la nueva normativa.

Mientras tanto, entre enero y mayo del año pasado, un grupo de trabajo de representantes de Caritas Internationalis y de la Santa Sede había estudiado una nueva versión de los Estatutos de Caritas Internationalis, tratando de delimitar las problemáticas doctrinales, jurídicas y económicas conexas. El proyecto de los Estatutos fue aprobado por la Asamblea general y entregado a la Santa Sede en el otoño de 2011.

En los mencionados encuentros del grupo de trabajo, emergió, entre otras cosas, la necesidad de una legislación complementaria del Quirógrafo Durante la Última Cena, como referencia normativa para la aplicación de los nuevos Estatutos. Recibido el proyecto de estos últimos, el Santo Padre dio instrucciones precisas al cardenal secretario de Estado sobre los contenidos de dicho texto complementario del Quirógrafo. Siguiendo esas indicaciones, luego se preparó el Decreto general y se revisaron y adecuaron los nuevos Estatutos y el Reglamento interno.


Algunas características del nuevo Decreto General

Siguiendo las indicaciones del Santo Padre, los artículos 1, 2, y 3 del Decreto general aclaran las competencias de los principales dicasterios implicados. Al respecto, se refuerza ante todo el papel del Consejo pontificio Cor Unum (art. 1), que sigue la actividad institucional de Caritas Internationalis y es responsable de la aprobación de sus textos de contenido doctrinal o moral. Come ya se ha aludido, la naturaleza pública de Caritas Internationalis y su participación en el munus pastoral del Santo Padre postulan que exprese siempre de modo transparente, también en sus documentos, la caridad y la solicitud de la Iglesia.

El artículo 2 concierne a la Primera Sección y el artículo 3 a la Segunda Sección de la Secretaría de Estado. Los artículos 4 y 5 establecen las líneas directrices para la futura redacción de una normativa de trabajo específica para el personal y para la preparación de un régimen de seguridad social. De hecho, los empleados de Caritas Internationalis, aunque no sean empleados vaticanos, forma parte de la comunidad de trabajo de la Sede Apostólica (cf. Const. Ap. Pastor Bonus, Adnexum II) y necesitan una normativa laboral específica. Los artículos 4 y 5 atribuyen luego a la ULSA competencia en los asuntos laborales y de seguridad social, y aclaran el papel del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Rota romana en relación con Caritas Internationalis.

El artículo 6, para subrayar el estrecho vínculo que une al organismo citado con el Sucesor de Pedro y la atención particular del Papa hacia esta institución, establece el nombramiento pontificio de al menos tres miembros en el Consejo ejecutivo. Eso permite al Sumo Pontífice designar a personas de probada competencia específica, particularmente personas procedentes de regiones pobres o merecedoras de una atención privilegiada. Hasta la próxima Asamblea general serán: Monseñor Paul Yembuado Ouédraogo, arzobispo de Bobo-Dioulasso en Burkina Faso; monseñor Youssef Antoine Soueif, arzobispo de Chipre de los maronitas; y monseñor Bernard Hebda, obispo de Gaylord en Estados Unidos. Pero queda claro que la mayoría de los miembros será indicada por las Cáritas nacionales, que conservan por tanto la responsabilidad del gobierno de ese importante organismo de la Confederación.

Además está prevista la presencia de un asistente eclesiástico y de una Comisión de asistencia. A la figura del asistente eclesiástico ya se aludía en el Quirógrafo Durante la Última Cena, pero no se precisaban sus tareas y su colocación dentro de las estructuras de Caritas Internationalis. La Comisión de asistencia, en cambio, es nueva. Estará compuesta por tres expertos con una tarea meramente consultiva por lo que atañe al funcionamiento de Caritas Internationalis, o sea, de ayuda para que esté en línea con la nueva normativa y con las obligaciones conexas ante la comunidad internacional, especialmente en el ámbito de la seguridad social, y en los ámbitos laboral y financiero.

Además del nihil obstat de la Santa Sede para las candidaturas a presidente y secretario general, ya previsto en el Quirógrafo Durante la Última Cena y en los Estatutos anteriores, el Decreto general y los nuevos Estatutos prevén el nihil obstat para la candidatura del Tesorero, ya que este cargo tiene un papel fundamental en la preservación de los derechos de las organizaciones miembros, y también, de alguna manera, de los de la Santa Sede.

El artículo 7 reafirma el principio general de vigencia de la normativa canónica y vaticana de relieve, respecto de quienes trabajan en entidades situadas en la Ciudad del Vaticano y vinculada institucionalmente con la Santa Sede.


Conclusión

En el diálogo permanente entre el Consejo pontificio Cor Unum, la Secretaría de Estado y los responsables de Caritas Internationalis, se afrontó, de hecho, la mayor parte del contenido del Decreto general y, especialmente, lo que atañe a los aspectos administrativos y de disciplina del trabajo, así como a los aspectos financieros.

La Santa Sede piensa que la nueva normativa complementaria del Quirógrafo Durante la Última Cena constituye una ayuda notable para la institución, a la altura de la calidad humana y espiritual de sus dirigentes y de su profesionalidad. Sobre todo, la normativa actual pone plenamente de manifiesto la identidad distintiva de Caritas Internationalis, que es al mismo tiempo su fuerza y lo que puede hacer su obra especialmente eficaz.

 

L'OSSERVATORE ROMANO - Edición semanal en lengua española n. 19 del 6 de mayo de 2012

 

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