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Pontifical Council for the Pastoral Care of Migrants and Itinerant People People on the MoveN° 98, August 2005
LA INSTRUCCIÓNERGA MIGRANTES CARITAS CHRISTIUN AÑO DESPUÉS
S.E. Mons. Agostino MARCHETTO Secretario del Consejo Pontificio para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes
1. Un documento importante El 1 de mayo de 2004 el Papa Juan Pablo II aprobó el texto de la Instrucción Erga migrantes caritas Christi, del Consejo Pontificio para la pastoral de los emigrantes e itinerantes[1]. Por tanto, desde entonces ha pasado un año, durante el cual el Pontificio Consejo se ha prodigado para ilustrar el documento en diversos niveles eclesiales: continentales, nacionales, diocesanos y también locales, es decir, en las comunidades cristianas. La respuesta inmediata ha generado sobre todo una comparación sobre indicaciones y normas pastorales encaminadas a regular la relación entre cristianos e inmigrantes de otras religiones, con particular referencia al Islam (cf. Erga migrantes caritas Christi, 59-68). Quizá no podía ser de otro modo, dada la sensibilidad existente en muchos lugares por el impacto mundial de los flujos migratorios provenientes de la Umma, que crecían exponencialmente. Así, la atención periodística se centró casi exclusivamente en las disposiciones concernientes a la cuestión del matrimonio entre católicos y musulmanes (cf. ib., 63; 67-68), poniendo de relieve las consideraciones destinadas a disuadir, en general, esas uniones. En cambio, no se han valorado las expresiones bien ponderadas al respecto, incluso a partir de vivencias concretas (véase la alusión del documento a amargas experiencias, n. 67). Por otra parte, basándose en la cotidianidad de los hechos, a la Instrucción se le ha reconocido el merito de lograr una reflexión meditada sobre la pastoral especifica que se debe actuar con los inmigrantes en general, y en relación con los musulmanes en particular, a la luz de la doctrina del Concilio Vaticano II. En efecto, el documento invita a las comunidades católicas al discernimiento: Se trata de distinguir, en las doctrinas y prácticas religiosas y en las leyes morales del Islam, lo que es posible compartir y lo que no lo es (n. 65; cf. Nostra aetate, 1-3; 5). Pero, al mismo tiempo, la Instrucción sitúa sus directrices en un contexto positivo más amplio, donde se capta la determinación del Consejo Pontificio para la pastoral de los emigrantes e itinerantes de no excluir, en su solicitud por los inmigrantes, a los musulmanes. Como confirmación de esto, se puede recordar la atención respetuosa a los refugiados musulmanes, que, ciertamente, son muy numerosos, como testimonia el documento final de la XVI sesión plenaria de nuestro Consejo[2]. Por lo demás, precisamente la Instrucción puso de relieve los valores comunes del Cristianismo y del Islam, aunque expresados con formulaciones diversas. Recordemos la creencia en Dios creador y misericordioso, la oración diaria, el ayuno, la limosna, la peregrinación, la ascesis para dominar las pasiones, la lucha contra la injusticia y la opresión (n. 66). Ciertamente, esto no significa querer minimizar las divergencias, algunas de las cuales están relacionadas con las conquistas legìtimas de la modernidad, como afirma la Instrucción en estos términos precisos: Teniendo en cuenta especialmente los derechos humanos, aspiramos, por tanto, a que se produzca en nuestros hermanos y hermanas musulmanes una creciente toma de conciencia sobre el carácter imprescindible del ejercicio de las libertades fundamentales, de los derechos inviolables de la persona, de la igual dignidad de la mujer y del hombre, del principio democrático en el gobierno de la sociedad y de la correcta laicidad del Estado. Asimismo, habrá que llegar a una armonía entre la visión de fe y la justa autonomía de la creación (n. 66). Además, es necesario situar esta atención al Islam en el vasto panorama que la Instrucción quiso trazar, considerando las diferentes categorías de inmigrantes. Además de los católicos de rito latino (cf. nn. 49-51), a los que se refiere el Código de derecho canónico, se contempló también la situación de los inmigrantes católicos de rito oriental (cf. nn. 24-26; 52-55), aplicando en este caso, entre otras cosas, cuanto prevé el Código de cánones de las Iglesias Orientales. Asimismo, se acogieron indicaciones. y normas pastorales por lo que concierne a la relación con los inmigrantes cristianos que no están en comunión plena con la Iglesia Católica (cf. nn. 3; 56-58) y con los de las demás religiones (cf.nn. 59-69). Desde esta perspectiva, la Instrucción afrontó temas de gran alcance y de urgente actualidad, como la dimensión ecuménica del fenómeno de las emigraciones y el diálogo interreligioso, que hoy es necesario afrontar también en el seno de las comunidades nacionales tradicionalmente católicas. En síntesis, el documento alienta un profundo diálogo con las culturas (n. 36), respetando la identidad cultural de los demás. Así pues, se podría decir que el tema del diálogo constituye el hilo conductor de todo el documento, atento a favorecer la interacción con un vasto número de interlocutores.No se trata de la propuesta de un argumento evidente, sino más bien de la indicación de un itinerario capaz de evitar un enfrentamiento de civilizaciones,que a veces se ha sugerido. Por eso, tratando sobre la inculturación del Evangelio, la Instrucción traza estas coordenadas significativas: «Comienza con la escucha, es decir, con el conocimiento de aquellos a quienes se anuncia el Evangelio. En efecto, esa escucha y ese conocimiento llevan a juzgar mejor los valores positivos y las características negativas presentes en su cultura, a la luz del misterio pascual de muerte y de vida. En este caso no basta la tolerancia; se requiere la simpatía, el respeto, en la medida de lo posible, de la identidad culturalde los interlocutores. Reconocer sus aspectos positivos y apreciarlos, porque preparan la acogida del Evangelio, es un preámbulo necesario para el éxito del anuncio. Sólo así nacen el diálogo, la comprensión y la confianza. De este modo, la atención al Evangelio se transforma en atención a las personas, a su dignidad y libertad. Promoverlas en su integridad exige un compromiso de fraternidad, solidaridad, servicio y justicia. En efecto, el amor de Dios, además de donar al hombre la verdad y manifestarle su altísima vocación, promueve su dignidad y hace nacer la comunidad alrededor del anuncio acogido e interiorizado, celebrado y vivido» (n. 36). Esta es la base que permite a cada uno confrontar su propia identidad con los demás valores y tradiciones culturales, enriqueciéndose en el contacto con quien vive valores, actitudes y comportamientos diversos. Una vez más, es necesario destacar que no se tratade establecer fáciles irenismos (n. 56), sino de eliminar prejuicios, superar el relativismo religioso y evitar obstrucciones y temores injustificados que frenan el diálogo y levantan barreras, provocando incluso violencia e incomprensiones (n. 69). Algunos de los recensores ha escrito, con cierta superficialidad, que la Instrucción no ha aportado novedades en el campo de la pastoral de las emigraciones, mientras que ha habido un coro unánimede consensos sobré el mérito - reconocido al documento - de presentar una síntesis actualizada, comprensiva y muy realista sobre un tema candente y que responde a la necesidad sentida de afrontar lo denuevo despuésde 35 años de la Instrucción. De pastorali migratorum cura (cf. Presentación de la Erga migrantes caritas Christi). 2. Continuidad y renovación En cualquier caso, la Instrucción acogió la anterior indicación magisterial, es decir, la urgencia de realizar, antes que nada una pastoral específica dirigida a los inmigrantes católicos, o sea, «a los fieles (inmigrantes) que, por determinadas circunstancias, no pueden aprovecharse suficientemente del cuidado pastoral común y ordinario»(n. 21; cf. también Christus Dominus, 18; Exsul familia, 5; De pastorali migratorum cura, 15). Sin embargo, la perspectiva cambia, puesto que ya no se consideran las emigraciones como un fenómeno transitorio, sino más bien como un fenómeno que va adquiriendo una configuración cada vez más permanente y estructural (n. 1). Así, se ha acrecentado la conciencia de que los inmigrantes tienen un patrimonio cultural propio, que debe preservarse, y esto implica, según la Instrucción, opciones pastorales específicas para la acogida de los inmigrantes, sintetizadas de este modo: La pastoral especifica se sitúa en el contexto del fenómeno migratorio que, al reunir a personas de distinta nacionalidad, etnia y religión, contribuye a hacer visible la auténtica fisonomía de la Iglesia (cf.Gaudium et spes, 92) y destaca la importancia ecuménica y de diálogo misionero de las emigraciones (n. 38). Por consiguiente, no se trata sólo de preservar la fe de los inmigrantes, sinode prestar una precisa atenciónal contexto y a los derechos de los inmigrantes como personas, entre los cuales la Instrucción reconoció los de tener una patria, emigrar y conservar su lengua y su patrimonio cultural original, confirmando lo que ya se afirmaba en la Instrucción De pastorali migratorum cura (nn. 5; 1-11), pero poniendo nuevo énfasis, gracias al pensamiento de Juan Pablo II. Él había afirmado el derecho a no emigrar, es decir, a tener la posibilidad de realizar sus propios derechos y exigencias legítimas en el país de origen (n. 29)[3]. Así, el horizonte que se ha abierto es bastante amplio, hasta tocar la esencia de la Iglesia, sacramentum unitatis: La pastoral de los inmigrantes es un servicio eclesial para los fieles de idioma o cultura distintos de los del país que los acoge y, al mismo tiempo, garantiza una aportación específica de las colectividades extranjeras para la construcción de una Iglesia que ha de ser signo e instrumento de unidad, con miras a una humanidad renovada (n. 89). 3. Universalidadde la mísiónevangelizadora Por tanto, el carácter propio de la Instrucción Erga migrantes caritas Christi consiste ante todo en destacar elementos a los que se aludía en pronunciamientos anteriores, poniendo de relieve el fenómeno migratorio a través del filtro de valor de la Revelación (historia de la salvación), como signo de los tiempos y desafío (primera parte). Por eso, en ella asume mucha importancia el esbozo de una pastoral de la acogida (segunda parte), que confluye en la presentación articulada de los agentes pastorales (tercera parte) y de las relativas estructuras de pastoral misionera (cuarta parte). Por tanto, uno de los aciertos más significativos de la Instrucción consiste en que toma nueva conciencia del cambio de los tiempos y, por consiguiente, de la aparición de nuevos escenarios para el anuncio evangélico. Por eso, junto a otras realidades, también las migraciones se pueden considerar como nuevos areópagos en los que los pueblos pueden encontrarse y conocer a Jesucristo y su Evangelio. De ahí que la Iglesia esté llamada ante todo a reanudar un diálogo constructivo con las culturas, para evitar que las semillas del Verbo caigan en terreno no idóneo para acogerlas, o se sequen y mueran sin dar fruto (cf. n. 96). Las personas en éxodo, en particular de los países no tradicionalmente cristianos, que en número cada vez mayor abandonan sus propias tierras para desembarcar, llenas de esperanza e ilusiones, en las playas de los países de tradición cristiana, necesitan experimentar, más que nadie, la novedad del cristianismo, que ofrece la revelación del rostro acogedor y misericordiosode Dios. En consecuencia, las urgencias y los desafíos impulsan a la Iglesia a descubrir fuerzas renovadas y activas en el ámbito dé su misión de diálogo y de evangelización a nivel mundial. De hecho, están floreciendo nuevos brotes. Entre estos, está madurando hoy un nuevo florecimiento del laicado, maduro y responsable, deseoso de prestar su servicio en favor de la evangelización en el campo de la movilidad humana: En una Iglesia que se esfuerza por ser enteramente misionera-ministerial, impulsada por el Espíritu, se debe poner de relieve el respeto a los dones de todos. En relación con esto, los fieles laicos ocupan espacios de justa autonomía, pero asumen también tareas típicas de diaconía (n. 86; cf. también nn. 87-88). 4. Mirada al futuro Por tanto, la Instrucción Erga migrantes caritas Christi tal vez se puede considerar una piedra miliar de la doctrina eclesial sobre la movilidad humana, ofreciendo a la Iglesia una ocasión histórica para verificar sus notas caracteristicas (n. 97), es decir, ante todo la unidad y la catolicidad, que encuentran expresión en la multiplicidad y diversidad de pueblos, lenguas, culturas y naciones, compuestos en armoniosa sintonía. El«edificio espiritual» (1 Pe 2, 5), la Iglesia, comparable también al dinamismo de relaciones del cuerpo (cf. Rm12, 4-5; 1 Co10,17; 12, 12-27), se realiza mediante la santidad, llegando al «hombre perfecto» (cf. Ef 4, 13), que se manifiesta sobre todo en las expresiones diversas y siempre nuevas de la caridad cristiana. Eso se puede decir sin descuidar la típica dimensión escatológica de la Iglesia misma, la cual está «en el arduo camino hacia esa meta final» (n. 17), de la que las migraciones son «signo vivo» (n. 18). Esas notas teológicas permiten calificar todo el documento como auténtica manifestación de la caridad evangélica - y de ahí el titulo Erga migrantes caritas Christi - que la Iglesia desea, una vez más, manifestar a los hombres y mujeres emigrantes. Por esta razón, también los elementos normativos, que abundan en la Instrucción, tienen como fin la orientación de la acción pastoral hacia la caridad. Y precisamente este afflatus charitati sha sido puesto de relieve también por los recensores del documento. Así pues, la consigna de la Instrucción mantiene la mirada de la Iglesia orientada hacia el testimonio de la caridad, como camino privilegiado para una renovada evangelización, pasando por las significativas etapas de la acogida, (cf. nn. 39-43) la solidaridad (cf. ibidem) y la comunión (cf. nn. 37; 98-99). También refleja un intenso empeño en favorecer el diálogo cultural, ecuménico e interreligioso (cf. n. 100), en conexión con los temas del pluralismo étnico y la inculturación de la fe, en los que se inserta una inédita oportunidad para la vida y la misión de la Iglesia en los inicios del tercer milenio (cf. nn. 34-36), «como signo levantado entre las naciones» (Unitatis redintegratio, 2)*. Con ocasión de este primer aniversario de la publicación de la Instrucción aprobado por el Papa Juan Pablo II, en el especial día del 1° de Mayo de 2004, Memoria de San José Obrero, publicamos seguidamente varios significativos comentarios de algunos aspectos importantes del Documento*.
[1] Cf.
LOsservatore Romano, edición en lengua española, 21 de mayo de 2004, pp. 7-20
[2] Cf. Documento final, en
People on the Move 96 (2004) 164.
[3] Cf.
Discurso del Santo Padre al Consejo Pontificio para la pastoral de los migrantes e itinerantes, 2:
Actas del IV Congreso mundial sobre la pastoral para los migrantes y refugiados, 5-10 de octubre de 1998, Ciudad del Vaticano 1999, p. 9. Por otra parte, la atención pastoral específica a los inmigrantes responde exactamente al derecho fundamental del bautizado a recibir abundantemente los medios salvíficos, por lo que un conocido canonista explica: Creo que no es exagerado afirmar que en este principio descansa toda la estructura normativa de la nueva Instrucción: E. Baura, L'Istruzione
Erga migrantes caritas Christi. Profili giuridici, en
L'Osservatore Romano,10 de junio de 2004, p. 9).
* Hasta este punto el texto ha sido publicado en
LOsservatore Romano, edición semanal del 13 de Mayo de 2005, p. 9
** Tenemos la intención de hacer la traducción en otros idiomas de algunos comentarios que aparecerán después en nuestro sito Internet.
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