CARTA ENCÍCLICA
LIBERTAS PRAESTANTISSIMUM DEL
SUMO PONTÍFICE LEÓN XIII SOBRE LA LIBERTAD Y EL LIBERALISMO
l. La libertad, don
excelente de la Naturaleza, propio y exclusivo de los seres racionales,
confiere al hombre la dignidad de estar en manos de su albedrío(1) y de ser
dueño de sus acciones. Pero lo más importante en esta dignidad es el modo de
su ejercicio, porque del uso de la libertad nacen los mayores bienes y los
mayores males. Sin duda alguna, el hombre puede obedecer a la razón,
practicar el bien moral, tender por el camino recto a su último fin. Pero el
hombre puede también seguir una dirección totalmente contraria y, yendo tras
el espejismo de unas ilusorias apariencias, perturbar el orden debido y correr
a su perdición voluntaria.
Jesucristo, liberador del género humano, que vino
para restaurar y acrecentar la dignidad antigua de la Naturaleza, ha socorrido de modo extraordinario la voluntad del hombre y la ha levantado a
un estado mejor, concediéndole, por una parte, los auxilios de su gracia y
abriéndole, por otra parte, la perspectiva de una eterna felicidad en los
cielos. De modo semejante, la Iglesia ha sido y será siempre benemérita de
este preciado don de la Naturaleza, porque su misión es precisamente la
conservación, a lo largo de la Historia, de los bienes que hemos adquirido
por medio de Jesucristo. Son, sin embargo, muchos los hombres para los cuales
la Iglesia es enemiga de la libertad humana. La causa de este perjuicio reside en una
errónea y adulterada idea de la libertad. Porque, al alterar su contenido, o
al darle una extensión excesiva, como le dan, pretenden incluir dentro del
ámbito de la libertad cosas que quedan fuera del concepto exacto de libertad.
2. Nos hemos hablado ya
en otras ocasiones, especialmente en la encíclica Immortale Dei(2), sobre las
llamadas libertades modernas, separando lo que en éstas hay de bueno de lo
que en ellas hay de malo. Hemos demostrado al mismo tiempo que todo lo bueno
que estas libertades presentan es tan antiguo como la misma verdad, y que la
Iglesia lo ha aprobado siempre de buena voluntad y lo ha incorporado siempre a
la práctica diaria de su vida. La novedad añadida modernamente, si hemos de
decir la verdad, no es más que una auténtica corrupción producida por las
turbulencias de la época y por la inmoderada fiebre de revoluciones. Pero
como son muchos los que se obstinan en ver, aun en los aspectos viciosos de
estas libertades, la gloria suprema de nuestros tiempos y el fundamento
necesario de toda constitución política, como si fuera imposible concebir
sin estas libertades el gobierno perfecto del Estado, nos ha parecido
necesario, para la utilidad de todos, tratar con particular atención este
asunto.
I. DOCTRINA CATÓLICA
SOBRE LA LIBERTAD
Libertad natural
3. El objeto directo de
esta exposición es la libertad moral, considerada tanto en el individuo como
en la sociedad. Conviene, sin embargo, al principio exponer brevemente algunas
ideas sobre la libertad natural, pues si bien ésta es totalmente distinta de
la libertad moral, es, sin embargo, la fuente y el principio de donde nacen y
derivan espontáneamente todas las especies de libertad. El juicio recto y el
sentido común de todos los hombres, voz segura de la Naturaleza, reconoce
esta libertad solamente en los
seres que tienen inteligencia o razón; y es esta libertad la que hace al
hombre responsable de todos sus actos. No podía ser de otro modo. Porque
mientras los animales obedecen solamente a sus sentidos y bajo el impulso
exclusivo de la naturaleza buscan lo que les es útil y huyen lo que les es
perjudicial, el hombre tiene a la razón como guía en todas y en cada una de
las acciones de su vida. Pero la razón, a la vista de los bienes de este
mundo, juzga de todos y de cada uno de ellos que lo mismo pueden existir que
no existir; y concluyendo, por esto mismo, que
ninguno de los referidos bienes es absolutamente necesario, la razón da a la
voluntad el poder de elegir lo que ésta quiera. Ahora bien: el hombre puede
juzgar de la contingencia de estos bienes que hemos citado, porque tiene un
alma de naturaleza simple, espiritual, capaz de pensar; un alma que, por su
propia entidad, no proviene de las cosas corporales ni depende de éstas en su
conservación, sino que, creada inmediatamente por Dios y muy superior a la
común condición de los cuerpos, tiene un modo propio de vida y un modo no
menos propio de obrar; esto es lo que explica que el hombre, con el
conocimiento intelectual de las inmutables y necesarias esencias del bien y de
la verdad, descubra con certeza que estos bienes particulares no son en modo
alguno bienes necesarios. De esta manera, afirmar que el alma humana está
libre de todo elemento mortal y dotada de la facultad de pensar, equivale a
establecer la libertad natural sobre su más sólido fundamento.
4. Ahora bien: así como
ha sido la Iglesia católica la más alta propagadora y la defensora más
constante de la simplicidad, espiritualidad e inmortalidad del alma humana,
así también es la Iglesia la defensora más firme de la libertad. La Iglesia
ha enseñado siempre estas dos realidades y las defiende como dogmas de fe. Y
no sólo esto. Frente a los ataques de los herejes y de los fautores de
novedades, ha sido la Iglesia la que tomó a su cargo la defensa de la
libertad y la que libró de la ruina a esta tan excelsa cualidad del hombre.
La historia de la teología demuestra la enérgica reacción de la Iglesia
contra los intentos alocados de los maniqueos y otros herejes. Y, en tiempos
más recientes, todos conocen el vigoroso esfuerzo que la Iglesia realizó,
primero en el concilio de Trento y después contra los discípulos de
Jansenio, para defender la libertad del hombre, sin permitir que el fatalismo
arraigue en tiempo o en lugar alguno.
Libertad moral
5. La libertad es, por
tanto, como hemos dicho, patrimonio exclusivo de los seres dotados de
inteligencia o razón. Considerada en su misma naturaleza, esta libertad no es
otra cosa que la facultad de elegir entre los medios que son aptos para
alcanzar un fin determinado, en el sentido de que el que tiene facultad de
elegir una cosa entre muchas es dueño de sus propias acciones. Ahora bien:
como todo lo que uno elige como medio para obtener otra cosa pertenece al
género del denomínado bien útil, y el bien por su propia naturaleza tiene
la facultad de mover la voluntad, por esto se concluye que la libertad es
propia de la voluntad, o más exactamente, es la voluntad misma, en cuanto que
ésta, al obrar, posee la facultad de elegir. Pero el movimiento de la
voluntad es imposible si el conocimiento intelectual no la precede
iluminándola como una antorcha, o sea, que el bien deseado por la voluntad es
necesariamente bien en cuanto conocido previamente por la razón. Tanto más
cuanto que en todas las voliciones humanas la elección es posterior al juicio
sobre la verdad de los bienes propuestos y sobre el orden de preferencia que
debe observarse en éstos. Pero el juicio es, sin duda alguna, acto de la
razón, no de la voluntad. Si la libertad, por tanto, reside en la voluntad,
que es por su misma naturaleza un apetito obediente a la razón, síguese que
la libertad, lo mismo que la voluntad, tiene por objeto un bien conforme a la
razón. No obstante, como la razón y la voluntad son facultades imperfectas,
puede suceder, y sucede muchas veces, que la razón proponga a la voluntad un
objeto que, siendo en realidad malo, presenta una engañosa apariencia de
bien, y que a él se aplique la voluntad. Pero así como la posibilidad de
errar y el error de hecho es un defecto que arguye un entendimiento
imperfecto, así tambien adherirse a un bien engañoso y fingido, aun siendo
indicio de libre albedrío, como la enfermedad es señal de la vida,
constituye, sin embargo, un defecto de la libertad. De modo parecido, la
voluntad, por el solo hecho de su dependencia de la razón, cuando apetece un
objeto que se aparta de la recta razón, incurre en el defecto radical de
corromper y abusar de la libertad. Y ésta es la causa de que Dios,
infinitamente perfecto, y que por ser sumamente
inteligente y bondad por esencia es sumamente libre, no pueda en modo alguno
querer el mal moral; como tampoco pueden quererlo los bienaventurados del
cielo, a causa de la contemplación del bien supremo. Esta era la objeción
que sabiamente ponían San Agustín y otros autores contra los pelagianos. Si
la posibilidad de apartarse del bien perteneciera a la esencia y a la
perfección de la libertad, entonces Dios, Jesucristo, los ángeles y los
bienaventurados, todos los cuales carecen de ese poder, o no serían libres o,
al menos, no lo serían con la misma perfección que el hombre en estado de
prueba e imperfección.
El Doctor Angélico se ha ocupado con frecuencia de
esta cuestión, y de sus exposiciones se puede concluir que la posibilidad de
pecar no es una libertad, sino una esclavitud. Sobre las palabras de Cristo,
nuestro Señor, el que comete pecado es siervo del pecado(3), escribe con
agudeza: «Todo ser es lo que le conviene ser por su propia naturaleza. Por
consiguiente, cuando es movido por un agente exterior, no obra por su propia
naturaleza, sino por un impulso ajeno, lo cual es propio de un esclavo. Ahora
bien: el hombre, por su propia naturaleza, es un ser racional. Por tanto,
cuando obra según la razón, actúa en virtud de un impulso propio y de
acuerdo con su naturaleza, en lo cual consiste precisamente la libertad; pero
cuando peca, obra al margen de la razón, y actúa entonces lo mismo que si
fuese movido por otro y estuviese sometido al domimo ajeno; y por esto, el que
comete el pecado es siervo del pecado»(4). Es lo que había visto con bastante
claridad la filosofia antigua, especialmente los que enseñaban que sólo el
sabio era libre, entendiendo por sabio, como es sabido, aquel que había
aprendido a vivir según la naturaleza, es decir, de acuerdo con la moral y la
virtud.
La ley
6. Siendo ésta la
condición de la libertad humana, le hacía falta a la libertad una
protección y un auxilio capaces de dirigir todos
sus movimientos hacia el bien y de apartarlos del mal. De lo contrario, la
libertad habría sido gravemente perjudicial para el hombre. En primer lugar,
le era necesaria una ley, es decir, una norma de lo que hay que hacer y de lo
que hay que evitar. La ley, en sentido propio, no puede darse en los animales,
que obran por necesidad, pues realizan todos sus actos por instinto natural y
no pueden adoptar por sí mismos otra manera de acción. En cambio, los seres
que gozan de libertad tienen la facultad de obrar o no obrar, de actuar de
esta o de aquella manera, porque la elección del objeto de su volición es
posterior al juicio de la razón, a que antes nos hemos referido. Este juicio
establece no sólo lo que es bueno o lo que es malo por naturaleza, sino
además lo que es bueno y, por consiguiente, debe hacerse, y lo que es malo y,
por consiguiente, debe evitarse. Es decir, la razón prescribe a la voluntad
lo que debe buscar y lo que debe evitar para que el hombre pueda algún día
alcanzar su último fin, al cual debe dirigir todas sus acciones. Y
precisamente esta ordenación de la razón es lo que se llama ley. Por lo cual
la justificación de la necesidad de la ley para el hombre ha de buscarse
primera y radicalmente en la misma libertad, es decir, en la necesidad de que
la voluntad humana no se aparte de la recta razón. No hay afirmación más
absurda y peligrosa que ésta: que el hombre, por ser naturalmente libre, debe
vivir desligado de toda ley. Porque si esta premisa fuese verdadera, la
conclusión lógica sería que es esencial a la libertad andar en desacuerdo
con la razón, siendo así que la afirmación verdadera es la contradictoria,
o sea, que el hombre, precisamente por ser libre, ha de vivir sometido a la
ley. De este modo es la ley la que guía al hombre en su acción y es la ley
la que mueve al hombre, con el aliciente del premio y con el temor del
castigo, a obrar el bien y a evitar el mal. Tal es la principal de todas las
leyes, la ley natural, escrita y grabada en el corazón de cada hombre, por
ser la misma razón humana que manda al hombre obrar el bien y prohíbe
al hombre hacer el mal.
Pero este precepto de la razón humana no podria tener
fuerza de ley si no fuera órgano e intérprete de otra razón más alta, a la
que deben estar sometidos nuestro entendimiento y nuestra libertad. Porque
siendo la función de la ley imponer obligaciones y atribuir derechos, la ley
se apoya por entero en la autoridad, esto es, en un poder capaz de establecer
obligaciones, atribuir derechos y sancionar además, por medio de premios y
castigos, las órdenes dadas; cosas todas que evidentemente resultan
imposibles si fuese el hombre quien como supremo legislador se diera a sí
mismo la regla normativa de sus propias acciones. Síguese, pues, de lo dicho
que la ley natural es la misma ley eterna, que, grabada en los seres
racionales, inclina a éstos a las obras y al fin que les son propios; ley
eterna que es, a su vez, la razón eterna de Dios, Creador y Gobernador de
todo el universo.
La gracia
sobrenatural
A esta regla de nuestras
acciones, a este freno del pecado, la bondad divina ha añadido ciertos
auxilios especiales, aptísimos para dirigir y confirmar la voluntad del
hombre. El principal y más eficaz auxilio de todos estos socorros es la
gracia divina, la cual, iluminando el entendimiento y robusteciendo e
impulsando la voluntad hacia el bien moral, facilita y asegura al mismo
tiempo, con saludable constancia, el ejercicio de nuestra libertad natural. Es
totalmente errónea la afirmación de que las mociones de la voluntad, a
causa de esta intervención divina, son menos libres. Porque la influencia de
la gracia divina alcanza las profundidades más íntimas del hombre y se
armoniza con las tendencias naturales de éste, porque la gracia nace de aquel
que es autor de nuestro entendimiento y de nuestra voluntad y mueve todos los
seres de un modo adecuado a la naturaleza de cada uno. Como advierte el Doctor
Angélico, la gracia divina, por proceder del Creador de la Naturaleza, está
admirablemente capacitada para defender todas las naturalezas individuales y para
conservar sus caracteres, sus facultades y su eficacia.
La libertad moral
social
7. Lo dicho acerca de
la libertad de cada individuo es fácilmente aplicable a los hombres unidos en
sociedad civil. Porque lo que en cada hombre hacen la razón y la ley natural,
esto mismo hace en los asociados la ley humana, promulgada para el bien común
de los ciudadanos. Entre estas leyes humanas hay algunas cuyo objeto consiste
en lo que es bueno o malo por naturaleza, añadiendo al precepto de practicar
el bien y de evitar el mal la sanción conveniente. El origen de estas leyes
no es en modo alguno el Estado; porque así como la sociedad no es origen de
la naturaleza humana, de la misma manera la sociedad no es fuente tampoco de
la concordancia del bien y de la discordancia del mal con la naturaleza. Todo
lo contrario. Estas leyes son anteriores a la misma sociedad, y su origen hay
que buscarlo en la ley natural y, por tanto, en la ley eterna. Por
consiguiente, los preceptos de derecho natural incluidos en las leyes humanas
no tienen simplemente el valor de una ley positiva, sino que además, y
principalmente, incluyen un poder mucho más alto y augusto que proviene de la
misma ley natural y de la ley eterna. En esta clase de leyes la misión del
legislador civil se limita a lograr, por medio de una disciplina común, la
obediencia de los ciudadanos, castigando a los perversos y viciosos, para
apartarlos del mal y devolverlos al bien, o para impedir, al menos, que
perjudiquen a la sociedad y dañen a sus conciudadanos.
Existen otras
disposiciones del poder civil que no proceden del derecho natural inmediata y
próximamente, sino remota e indirectamente, determinando una variedad de
cosas que han sido reguladas por la naturaleza de un modo general y en
conjunto. Así, por ejemplo, la naturaleza ordena que los ciudadanos cooperen
con su trabajo a la tranquilidad y prosperidad públicas. Pero la medida, el
modo y el objeto de esta colaboración no están determinados por el derecho
natural, sino por la prudencia humana. Estas reglas peculiares de
la convivencia social, determinadas según la razón y promulgadas por la
legítima potestad, constituyen el ámbito de la ley humana propiamente dicha.
Esta ley ordena a todos los ciudadanos colaborar en el fin que la comunidad se
propone y les prohíbe desertar de este servicio; y mientras sigue sumisa y se
conforma con los preceptos de la naturaleza, esa ley conduce al bien y aparta
del mal. De todo lo cual se concluye que hay que poner en la ley eterna de
Dios la norma reguladora de la libertad, no sólo de los particulares, sino
también de la comunidad social. Por consiguiente, en una sociedad humana, la
verdadera libertad no consiste en hacer el capricho personal de cada uno; esto
provocaría una extrema confusión y una perturbación, que acabarían
destruyendo al propio Estado; sino que consiste en que, por medio de las leyes
civiles, pueda cada cual fácilmente vivir según los preceptos de la ley
eterna. Y para los gobernantes la libertad no está en que manden al azar y a
su capricho, proceder criminal que implicaría, al mismo tiempo, grandes
daños para el Estado, sino que la eficacia de las leyes humanas consiste en
su reconocida derivación de la ley eterna y en la sanción exclusiva de todo
lo que está contenido en esta ley eterna, como en fuente radical de todo el
derecho. Con suma sabiduría lo ha expresado San Agustín: «Pienso que
comprendes que nada hay justo y legítimo en la [ley] temporal que no lo hayan
tomado los hombres de la [ley) eterna»(5). Si, por consiguiente, tenemos una
ley establecida por una autoridad cualquiera, y esta ley es contraria a la
recta razón y perniciosa para el Estado, su fuerza legal es nula, porque no
es norma de justicia y porque aparta a los hombres del bien para el que ha
sido establecido el Estado.
8. Por tanto, la
naturaleza de la libertad humana, sea el que sea el campo en que la
consideremos, en los particulares o en la comunidad, en los gobernantes o en
los gobernados, incluye la necesidad de obedecer a una razón suprema y
eterna, que no es otra que la autoridad de Dios
imponiendo sus mandamientos y prohibiciones. Y este justísimo dominio de Dios
sobre los hombres está tan lejos de suprimir o debilitar siquiera la libertad
humana, que lo que hace es precisamente todo lo contrario: defenderla y
perfeccionarla; porque la perfección verdadera de todo ser creado consiste en
tender a su propio fin y alcanzarlo. Ahora bien: el fin supremo al que debe
aspirar la libertad humana no es otro que el mismo Dios.
La Iglesia, defensora de la verdadera libertad social
9. La Iglesia,
aleccionada con las enseñanzas y con los ejemplos de su divino Fundador, ha
defendido y propagado por todas partes estos preceptos de profunda y verdadera
doctrina, conocidos incluso por la sola luz de la razón. Nunca ha cesado la
Iglesia de medir con ellos su misión y de educar en ellos a los pueblos
cristianos. En lo tocante a la moral, la ley evangélica no sólo supera con
mucho a toda la sabiduría pagana, sino que además llama abiertamente al
hombre y le capacita para una santidad desconocida en la antigüedad, y,
acercándolo más a Dios, le pone en posesión de una libertad más perfecta.
De esta manera ha brillado siempre la maravillosa eficacia de la Iglesia en
orden a la defensa y mantenimiento de la libertad civil y política de los
pueblos.
No es necesario enumerar ahora los méritos de la Iglesia en este
campo. Basta recordar la esclavitud, esa antigua vergüenza del paganismo,
abolida principalmente por la feliz intervención de la Iglesia. Ha sido
Jesucristo el primero en proclamar la verdadera igualdad jurídica y la
auténtica fraternidad de todos los hombres. Eco fiel de esta enseñanza fue
la voz de los dos apóstoles que declaraba suprimidas las diferencias entre
judíos y griegos, bárbaros y escitas(6), y proclamaba la fraternidad de todos
en Cristo. La eficacia de la Iglesia en este punto ha sido tan honda y tan
evidente, que dondequiera que la Iglesia quedó establecida la experiencia
ha comprobado que desaparece en poco tiempo la barbarie de las costumbres. A
la brutalidad sucede rápidamente la dulzura; a las tinieblas de la barbarie,
la luz de la verdad. Igualmente nunca ha dejado la Iglesia de derramar
beneficios en los pueblos civilizados, resistiendo unas veces el capricho de
los hombres perversos, alejando otras veces de los inocentes y de los débiles
las injusticias, procurando, por último, que los pueblos tuvieran una
constitución política que se hiciera amar de los ciudadanos por su justicia
y se hiciera temer de los extraños por su poder.
10. Es, además, una
obligación muy seria respetar a la autoridad y obedecer las leyes justas,
quedando así los ciudadanos defendidos de la injusticia de los criminales
gracias a la eficacia vigilante de la ley. El
poder legítimo viene de Dios, y el que resiste a da autoridad, resiste a la
disposición de Dios(7). De esta manera, la obediencia queda dignificada de un
modo extraordinario, pues se presta obediencia a la más justa y elevada
autoridad. Pero cuando no existe el derecho de mandar, o se manda algo
contrario a la razón, a la ley eterna, a la autoridad de Dios, es justo
entonces desobedecer a los hombres para obedecer a Dios. Cerrada así la
puerta a la tiranía, no lo absorberá todo el Estado. Quedarán a salvo los
derechos de cada ciudadano, los derechos de la familia, los derechos de todos
los miembros del Estado, y todos tendrán amplia participación en la libertad
verdadera, que consiste, como hemos demostrado, en poder vivir cada uno según
las leyes y según la recta razón.
II. DOCTRINA DEL
LIBERALISMO SOBRE LA LIBERTAD
11. Si los que a cada
paso hablan de la libertad entendieran por tal la libertad buena y legítima
que acabamos de describir, nadie osaría acusar a la Iglesia, con el injusto
reproche que le hacen, de ser enemiga de la libertad de los individuos y de la
libertad del Estado. Pero son ya muchos los que, imitando a Lucifer, del cual
es aquella criminal expresión: No serviré(8), entienden por libertad lo que
es una pura y absurda licencia. Tales son los partidarios de ese sistema tan
extendido y poderoso, y que, tomando el nombre de la misma libertad, se llaman
a sí mismos diberales.
Liberalismo de primer
grado
12. El naturalismo o
racionalismo en la filosofia coincide con el liberalismo en la moral y en la
política, pues los seguidores del liberalismo aplican a la moral y a la
práctica de la vida los mismos principios que establecen los defensores del
naturalismo. Ahora bien: el principio fundamental de todo el racionalismo es
la soberanía de la razón humana, que, negando la
obediencia debida a la divina y eterna razón y declarándose a sí misma
independiente, se convierte en sumo principio, fuente exclusiva y juez único
de la verdad. Esta es la pretensión de los referidos seguidores del
liberalismo; según ellos no hay en la vida práctica autoridad divina alguna
a la que haya que obedecer; cada ciudadano es ley de sí mismo. De aquí nace
esa denominada moral independiente, que, apartando a la voluntad, bajo
pretexto de libertad, de la observancia de los mandamientos divinos, concede
al hombre una licencia ilimitada. Las consecuencias últimas de estas
afirmaciones, sobre todo en el orden social, son fáciles de ver. Porque,
cuando el hombre se persuade que no tiene sobre si superior alguno, la
conclusión inmediata es colocar la causa eficiente de la comunidad civil y
política no en un principio exterior o superior al hombre, sino en la libre
voluntad de cada uno; derivar el poder político de la multitud como de fuente
primera. Y así como la razón individual es para el individuo en su vida
privada la única norma reguladora de su conducta, de la misma
manera la razón colectiva debe ser para todos la única regla normativa en la
esfera de la vida pública. De aquí el número como fuerza decisiva y la
mayoría como creadora exclusiva del derecho y del deber.
Todos estos
principios y conclusiones están en contradicción con la razón. Lo dicho
anteriormente lo demuestra. Porque es totalmente contraria a la naturaleza la
pretensión de que no existe vínculo alguno entre el hombre o el Estado y
Dios, creador y, por tanto, legislador supremo y universal. Y no sólo es
contraria esa tendencia a la naturaleza humana, sino también a toda la
naturaleza creada. Porque todas las cosas creadas tienen que estar
forzosamente vinculadas con algún lazo a la causa que las hizó. Es necesario
a todas las naturalezas y pertenece a la perfección propia de cada una de
ellas mantenerse en el lugar y en el grado que les asigna el orden natural;
esto es, que el ser inferior se someta y obedezca al ser que le es superior.
Pero además esta doctrina es en extremo perniciosa, tanto para los
particulares como para los Estados. Porque, si el juicio sobre la verdad y el
bien queda exclusivamente en manos de la razón humana abandonada a sí sola,
desaparece toda diferencia objetiva entre el bien y el mal; el vicio y la
virtud no se distinguen ya en el orden de la realidad, sino solamente en el
juicio subjetivo de cada individuo; será lícito cuanto agrade, y establecida
una moral impotente para refrenar y calmar las pasiones desordenadas del alma,
quedará espontáneamente abierta la puerta a toda clase de corrupciones. En
cuanto a la vida pública, el poder de mandar queda separado de su verdadero
origen natural, del cual recibe toda la eficacia realizadora del bien común;
y la ley, reguladora de lo que hay que hacer y lo que hay que evitar, queda
abandonada al capricho de una mayoría numérica, verdadero plano inclinado
que lleva a la tiranía.
La negación del dominio de Dios sobre el hombre y
sobre el Estado arrastra consigo como consecuencia inevitable la ausencia de
toda religión en el Estado, y consiguientemente el abandono más absoluto en
todo la referente a la vida religiosa. Armada la multitud con la idea de su
propia soberanía, fácilmente degenera en la
anarquía y en la revolución, y suprimidos los frenos del deber y de la
conciencia, no queda más que la fuerza; la fuerza, que es radicalmente
incapaz para dominar por sí solas las pasiones desatadas de las multitudes.
Tenemos pruebas convincentes de todas estas consecuencias en la diaria lucha
contra los socialistas y revolucionarios, que desde hace ya mucho tiempo se
esfuerzan por sacudir los mismos cimientos del Estado. Analicen, pues, y
determinen los rectos enjuiciadores de la realidad si esta doctrina es
provechosa para la verdadera libertad digna del hombre o si es más bien una
teoría corruptora y destructora de esta libertad.
Liberalismo de segundo
grado
13. Es cierto que no
todos los defensores del liberalismo están de acuerdo con estas opiniones,
terribles por su misma monstruosidad, contrarias abiertamente a la verdad y
causa, como hemos visto, de los mayores males. Obligados por la fuerza de la
verdad, muchos liberales reconocen sin rubor e incluso afirman
espontáneamente que la libertad, cuando es ejercida sin reparar en exceso
alguno y con desprecio de la verdad y de la justicia, es una libertad
pervertida que degenera en abierta licencia; y que, por tanto, la libertad
debe ser dirigida y gobernada por la recta razón, y consiguientemente debe
quedar sometida al derecho natural y a la ley eterna de Dios. Piensan que esto
basta y niegan que el hombre libre deba someterse a las leyes que Dios quiera
imponerle por un camino distinto al de la razón natural. Pero al poner esta
limitación no son consecuentes consigo mismos. Porque si, como ellos admiten
y nadie puede razonablemente negar, hay que obedecer a la voluntad de Dios
legislador, por la total dependencia del hombre respecto de Dios y por la
tendencia del hombre hacia Dios, la consecuencia es que nadie puede poner
límites o condiciones a este poder legislativo de Dios sin quebrantar al
mismo tiempo la obediencia debida a Dios. Más aún: si la razón del hombre
llegara a arrogarse el poder de establecer por sí misma la naturaleza y la extensión
de los derechos de Dios y de sus propias obligaciones, el respeto a las leyes
divinas sería una apariencia, no una realidad, y el juicio del hombre
valdría más que la autoridad y la providencia del mismo Dios. Es necesario,
por tanto, que la norma de nuestra vida se ajuste continua y religiosamente no
sólo a la ley eterna, sino también a todas y cada una de las demás leyes
que Dios, en su infinita sabiduria, en su infinito poder y por los medios que
le ha parecido, nos ha comunicado; leyes que podemos conocer con seguridad por
medio de señales claras e indubitables. Necesidad acentuada por el hecho de
que esta clase de leyes, al tener el mismo principio y el mismo autor que la
ley eterna, concuerdan enteramente con la razón, perfeccionan el derecho
natural e incluyen además el magisterio del mismo Dios, quien, para que
nuestro entendimiento y nuestra voluntad no caigan en error, rige a entrambos
benignamente con su amorosa dirección. Manténgase, pues, santa e
inviolablemente unido lo que no puede ni debe ser separado, y sírvase a
Dios en todas las cosas, como lo ordena la misma razón natural, con toda
sumisión y obediencia.
Liberalismo de tercer
grado
14. Hay otros
liberales algo más moderados, pero no por esto más consecuentes consigo
mismos; estos liberales afirman que, efectivamente, las leyes divinas deben
regular la vida y la conducta de los particulares, pero no la vida y la
conducta del Estado; es líciito en la vida política apartarse de los preceptos de Dios y legislar sin tenerlos
en cuenta para nada. De esta noble afirmación brota la perniciosa consecuencia de que es necesaria la
separación entre la Iglesia y el Estado. Es fácil de comprender el absurdo
error de estas afirmaciones.
Es la
misma naturaleza la que exige a voces que la sociedad proporcione a los
ciudadanos medios abundantes y facilidades para vivir virtuosamente, es decir,
según las leyes de Dios, ya que Dios es el principio de toda virtud y de toda
justicia. Por esto, es absolutamente contrario a la naturaleza que pueda
lícitamente el Estado despreocuparse de esas leyes divinas o establecer una
legislación positiva que las contradiga. Pero, además, los gobernantes
tienen, respecto de la sociedad, la obligación estricta de procurarle por
medio de una prudente acción legislativa no sólo la prosperidad y los bienes
exteriores, sino también y principalmente los bienes del espíritu. Ahora
bien: en orden al aumento de estos bienes espirituales, nada hay ni puede
haber más adecuado que las leyes establecidas por el mismo Dios. Por esta
razón, los que en el gobierno de Estado pretenden desentenderse de las leyes
divinas desvían el poder político de su propia institución y del orden
impuesto por la misma naturaleza.
Pero hay otro hecho importante, que Nos
mismo hemos subrayado más de una vez en otras ocasiones: el poder político y
el poder religioso, aunque tienen fines y medios específicamente distintos,
deben, sin embargo, necesariamente, en el ejercicio de sus respectivas
funciones, encontrarse algunas veces. Ambos poderes ejercen su autoridad sobre
los mismos hombres, y no es raro que uno y otro poder legislen acerca de una
misma materia, aunque por razones distintas. En esta convergencia de poderes,
el conflicto sería absurdo y repugnaría abiertamente a la infinita
sabiduría de la voluntad divina; es necesario, por tanto, que haya un medio,
un procedimiento para evitar los motivos de disputas y luchas y para establecer
un acuerdo en la práctica. Acertadamente ha sido comparado este acuerdo a la
unión del alma con el cuerpo, unión igualmente provechosa para ambos, y cuya
desunión, por el contrario, es perniciosa particularmente para el cuerpo, que
con ella pierde la vida.
III. LAS CONQUISTAS DEL
LIBERALISMO
Libertad de cultos
15. Para dar mayor
claridad a los puntos tratados es
conveniente examinar por separado las diversas clases de libertad, que algunos
proponen como conquistas de nuestro
tiempo. En primer lugar examinemos, en relación con los particulares, esa
libertad tan contraria a la virtud de la religión, la llamada libertad de
cultos, libertad fundada en la tesis de que cada uno puede, a su arbitrio,
profesar la religión que prefiera o no profesar ninguna. Esta tesis es
contraria a la verdad. Porque de todas las obligaciones del hombre, la mayor y
más sagrada es, sin duda alguna, la que nos manda dar a Dios el culto de la
religión y de la piedad. Este deber es la consecuencia necesaria de nuestra
perpetua dependencia de Dios, de nuestro gobierno por Dios y de nuestro origen
primero y fin supremo, que es Dios. Hay que añadir, además, que sin la
virtud de la religión no es posible virtud auténtica alguna, porque la
virtud moral es aquella virtud cuyos actos tienen por objeto todo lo que nos
lleva a Dios, considerado como supremo y último bien del hombre; y por esto,
la religión, cuyo oficio es realizar todo lo que tiene por fin directo e
inmediato el honor de Dios(9), es la reina y la regla a la vez de todas las
virtudes. Y si se pregunta cuál es la religión que hay que seguir entre
tantas religiones opuestas entre sí, la respuesta la dan al unísono la
razón y naturaleza: la religión que Dios ha mandado, y que es fácilmente
reconocible por medio de ciertas notas exteriores con las que la divina
Providencia ha querido distinguirla, para evitar un error, que, en asunto de
tanta trascendencia, implicaría desastrosas consecuencias. Por esto, conceder
al hombre esta libertad de cultos de que estamos hablando equivale a
concederle el derecho de desnaturalizar impunemente una obligación santísima
y de ser infiel a ella, abandonando el bien para entregarse al mal. Esto, lo
hemos dicho ya, no es libertad, es una depravación de la libertad y una
esclavitud del alma entregada al pecado.
16. Considerada desde el
punto de vista social y político, esta libertad de cultos pretende que el
Estado no rinda a Dios culto alguno o no autorice culto público alguno, que
ningún culto sea preferido a otro, que todos gocen de los mismos derechos y
que el pueblo no signifique nada cuando profesa la religión católica. Para
que estas pretensiones fuesen acertadas haría falta que los deberes del
Estado para con Dios fuesen nulos o pudieran al menos ser quebrantados
impunemente por el Estado. Ambos supuestos son falsos. Porque nadie puede
dudar que la existencia de la sociedad civil es obra de la voluntad de Dios,
ya se considere esta sociedad en sus miembros, ya en su forma, que es la
autoridad; ya en su causa, ya en los copiosos beneficios que proporciona al
hombre. Es Dios quien ha hecho al hombre sociable y quien le ha colocado en
medio de sus semejantes, para que las exigencias naturales que él por sí
solo no puede colmar las vea satisfechas dentro de la sociedad. Por esto es
necesario que el Estado, por el mero hecho de ser sociedad, reconozca a Dios
como Padre y autor y reverencie y adore su poder y su dominio. La justicia y
la razón prohíben, por tanto, el ateísmo del Estado, o, lo que
equivaldría al ateísmo, el indiferentismo del Estado en materia religiosa, y
la igualdad jurídica indiscriminada de todas las religiones. Siendo, pues,
necesaria en el Estado la profesión pública de una religión, el Estado debe
profesar la única religión verdadera, la cual es reconocible con facilidad,
singularmente en los pueblos católicos, puesto que en ella aparecen como
grabados los caracteres distintivos de la verdad. Esta es la religión que
deben conservar y proteger los gobernantes, si quieren atender con prudente
utilidad, como es su obligación, a la comunidad política. Porque el poder
político ha sido constituido para utilidad de los gobernados. Y aunque el fin
próximo de su actuación es proporcionar a los ciudadanos la prosperidad de
esta vida terrena, sin embargo, no debe disminuir, sino aumentar, al ciudadano
las facilidades para conseguir el sumo y último bien, en que está la
sempiterna bienaventuranza del hombre, y al cual no puede éste llegar si se
descuida la religión.
17. Ya en otras
ocasiones hemos hablado ampliamente de este punto(10). Ahora sólo queremos
hacer una advertencia: la libertad de cultos es muy perjudicial para la
libertad verdadera, tanto de los gobernantes como de los gobernados. La
religión, en cambio, es sumamente provechosa para esa libertad, porque coloca
en Dios el origen primero del poder e impone con la máxima autoridad a los
gobernantes la obligación de no olvidar sus deberes, de no mandar con
injusticia o dureza y de gobernar a los pueblos con benignidad y con un amor
casi paterno. Por otra parte, la religión manda a los ciudadanos la sumisión
a los poderes legítimos como a representantes de Dios y los une a los
gobernantes no solamente por medio de la obediencia, sino también con un
respeto amoroso, prohibiendo toda revolución y todo conato que pueda turbar
el orden y la tranquilidad pública, y que al cabo son causa de que se vea
sometida a mayores limitaciones la libertad de los ciudadanos. Dejamos a un
lado la influencia de la religión sobre la sana moral y la influencia de esta
moral sobre la misma libertad. La razón demuestra y la historia confirma este
hecho: la libertad, la prosperidad y la grandeza de un Estado están en razón
directa de la moral de sus hombres.
Libertad de expresión
y libertad de imprenta
18. Digamos ahora
algunas palabras sobre la libertad de expresión y la libertad de
imprenta.
Resulta casi innecesario afirmar que no existe el derecho a esta libertad
cuando se ejerce sin moderación alguna, traspasando todo freno y todo
límite. Porque el derecho es una facultad moral que, como hemos dicho ya y
conviene repetir con insistencia, no podemos suponer concedida por la naturaleza
de igual modo a la verdad y al error, a la virtud y al vicio Existe el
derecho de propagar en la sociedad, con libertad y prudencia, todo lo verdadero y todo lo
virtuoso para que pueda participar de las ventajas de la verdad y del bien el
mayor número posible de
ciudadanos. Pero las opiniones falsas, máxima dolencia mortal del
entendimiento humano, y los vicios corruptores del espíritu y de la moral pública deben
ser reprimidos por el poder público para impedir su paulatina propagación,
dañosa en extremo para la misma sociedad. Los errores de los intelectuales
depravados ejercen sobre las masas una verdadera tiranía y deben ser
reprimidos por la ley con la misma energía que otro cualquier delito inferido
con violencia a los débiles. Esta represión es aún más necesaria, porque
la inmensa mayoría de los ciudadanos no puede en modo alguno, o a lo sumo con
mucha dificultad, prevenirse contra los artificios del estilo y las sutilezas
de la dialéctica, sobre todo cuando éstas y aquéllos son utilizados para
halagar las pasiones. Si se concede a todos una licencia ilimitada en el
hablar y en el escribir, nada quedará ya sagrado e inviolable. Ni siquiera
serán exceptuadas esas primeras verdades, esos principios naturales que
constituyen el más noble patrimonio común de toda la humanidad. Se oscurece
así poco a poco la verdad con las tiniebias y, como muchas veces sucede, se
hace dueña del campo una numerosa plaga de perniciosos errores. Todo lo que
la licencia gana lo pierde la libertad. La grandeza y la seguridad de la
libertad están en razón directa de los frenos que se opongan a la licencia.
Pero en las materias opinables, dejadas por Dios a la libre discusión de los
hombres, está permitido a cada uno tener la opinión que le agrade y exponer
libremente la propia opinión. La naturaleza no se opone a ello, porque esta
libertad nunca lleva al hombre a oprimir la verdad. Por el contrario, muchas
veces conduce al hallazgo y manifestación de la verdad.
Libertad de enseñanza
19. Respecto a la
llamada libertad de enseñanza, el juicio que hay que dar es muy parecido.
Solamente la verdad debe penetrar en el entendimiento, porque en la verdad
encuentran las naturalezas racionales su bien, su fin y su perfección; por
esta razón, la doctrina dada tanto a los ignorantes como a los sabios debe
tener por objeto exclusivo la verdad, para dirigir a los primeros hacia el
conocimiento de la verdad y para conservar a los segundos en la posesión de la verdad.
Este es el fundamento de la obligación principal de los que enseñan:
extirpar el error de los entendimientos y bloquear con eficacia el camino a
las teorías falsas. Es evidente, por tanto, que la libertad de que tratamos,
al pretender arrogarse el derecho de enseñarlo todo a su capricho, está en
contradicción flagrante con la razón y tiende por su propia naturaleza a la
pervesión más completa de los espíritus. El poder público no puede
conceder a la sociedad esta libertad de enseñanza sin quebrantar sus propios
deberes. Prohibición cuyo rigor aumenta por dos razones: porque la autoridad
del maestro es muy grande ante los oyentes y porque son muy pocos los
discípulos que pueden juzgar por sí mismos si es verdadero o falso lo que el
maestro les explica.
20. Por lo cual es
necesario que también esta libertad, si ha de ser virtuosa, quede
circunscrita dentro de ciertos límites, para evitar que la enseñanza se
trueque impunemente en instrumento de corrupción. Ahora bien: la verdad, que
debe ser el objeto único de la enseñanza, es de dos clases: una, natural;
otra, sobrenatural.
Las verdades naturales, a las cuales pertenecen los
principios naturales y las conclusiones inmediatas derivadas de éstos por la
razón, constituyen el patrimonio común del género humano y el firme
fundamento en que se apoyan la moral, la justicia, la religión y la misma
sociedad. Por esto, no hay impiedad mayor, no hay locura más inhumana que
permitir impunemente la violación y la desintegración de este patrimonio.
Con no menor reverencia debe ser conservado el precioso y sagrado tesoro de
las verdades que Dios nos ha dado a conocer por la revelación. Los
principales capítulos de esta revelación se demuestran con muchos argumentos
de extraordinario valor, utilizados con frecuencia por los apologistas. Tales
son: el hecho de la revelación divina de algunas verdades, la encarnación
del Hijo unigénito de Dios para dar testimonio de la verdad, la fundación
por el mismo Jesucristo de una sociedad perfecta, que es la Iglesia, cuya cabeza es El mismo, y
con la cual prometió estar hasta la consumación de los siglos. A esta
sociedad ha querido encomendar todas las verdades por El enseñadas, con el
encargo de guardarlas, defenderlas y enseñarlas con autoridad legítima. A1
mismo tiempo, ha ordenado a todos los hombres que obedezcan a la Iglesia igual
que a El mismo, amenazando con la ruina eterna a todos los que desobedezcan
este mandato.
Consta, pues, claramente que el mejor y más seguro maestro del
hombre es Dios, fuente y principio de toda verdad; y también el Unigénito,
que está en el seno del Padre y es camino, verdad, vida, luz verdadera que
ilumina a todo hombre, a cuya enseñanza deben prestarse todos los hombres
dócilmente: "y serán todos enseñados por Dios"(11). Ahora bien: en
materia de fe y de moral, Dios mismo ha hecho a la Iglesia partícipe del
magisterio divino y le ha concedido el privilegio divino de no conocer el
error. Por esto la Iglesia es la más alta y segura maestra de los mortales y
tiene un derecho inviolable a la libertad de magisterio. Por otra parte, la
Iglesia, apoyándose en el firme fundamento de la doctrina revelada, ha
antepuesto, de hecho, a todo el cumplimiento exacto de esta misión que Dios
le ha confiado. Superior a las dificultades que por todas partes la envuelven,
no ha dejado jamás de defender la libertad de su magisterio. Por este camino
el mundo entero, liberado de la calamidad de las supersticiones, ha encontrado
en la sabiduría cristiana su total renovación. Y como la razón por sí sola
demuestra claramente que entre las verdades reveladas y las verdades naturales
no puede existir oposición verdadera y todo lo que se oponga a las primeras
es necesariamente falso, por esto el divino magisterio de la Iglesia, lejos de
obstaculizar el deseo de saber y el desarrollo en las ciencias o de retardar
de alguna manera el progreso de la civilización, ofrece, por el contrario, en
todos estos campos abundante luz y segura garantía. Y por la misma razón el
magisterio eclesiástico es sumamente provechoso para el desenvolvimiento de
la libertad humana, porque es sentencia de Jesucristo, Salvador nuestro, que el
hombre se hace libre por la verdad: conoceréis la verdad, y la verdad os
hará libres(12).
No hay, pues, motivo para que la libertad legítima se
indigne o la verdadera ciencia lleve a mal las justas y debidas leyes que la
Iglesia y la razón exigen igualmente para regular las ciencias humanas. Más
aún: la Iglesia, como lo demuestra la experiencia a cada paso, al obrar así
con la finalidad primordial de defender la fe cristiana, procura fambién el
fomento y el adelanto de todas las ciencias humanas. Buenos son en sí mismos
y loables y deseables la belleza y la elegancia del estilo. Y todo
conocimiento científico que provenga de un recto juicio y esté de acuerdo
con el orden objetivo de las cosas, presta un gran servicio al esclarecimiento
de las verdades reveladas. De hecho, el mundo es deudor a la Iglesia de estos
insignes beneficios: la conservación cuidadosa de los monumentos de la
sabiduría antigua; la fundación por todas partes de universidades
científicas; el estímulo constante de la actividad de los ingenios,
fomentando con todo empeño las mismas artes que embellecen la variada cultura
de nuestro siglo.
Por último, no debemos olvidar que queda un campo inmenso
abierto a los hombres; en el que pueden éstos extender su industria y ejercitar libremente su
inigenio; todo ese conjunto de materias que no tienen conexión necesaria con
la fe y con la moral cristianas, o que la Iglesia, sin hacer uso de
su autoridad, deja enteramente libre al juicio de los sabios. De estas
consideraciones se desprende la naturaleza de
la libertad de enseñanza que exigen y propagan con igual empeño los seguidores
del liberalismo. Por una parte, se
conceden a sí mismos y conceden al Estado una libertad tan grande, que no
dudan dar paso libre a los errores más
peligrosos. Y, por otra parte, ponen mil estorbos a la Iglesia y restringen hasta
el máximo la libertad de ésta, siendo así
que de la doctrina de la Iglesia no hay que temer daño alguno, sino que, por el
contrario se pueden esperar de ella toda clase de bienes.
Libertad de conciencia
21. Mucho se habla
también de la Ilamada libertad de conciencia. Si esta libertad se entiende en
el sentido de que es lícito a cada uno, según le plazca, dar o no dar culto
a Dios, queda suficientemente refutada con los argumentos expuestos
anteriormente. Pero puede entenderse también en el sentido de que el hombre
en el Estado tiene el derecho de seguir, según su conciencia, la voluntad de
Dios y de cumplir sus mandamientos sin impedimento alguno. Esta libertad, la
libertad verdadera, la libertad digna de los hijos de Dios, que protege tan
gloriosamente la dignidad de la persona humana, está por encima de toda
violencia y de toda opresión y ha sido siempre el objeto de los deseos y del
amor de la Iglesia. Esta es la libertad que reivindicaron constantemente para
sí los apóstoles, ésta es la libertad que confirmaron con sus escritos los
apologistas, ésta es la libertad que consagraron con su sangre los
innumerables mártires cristianos. Y con razón, porque la suprema autoridad
de Dios sobre los hombres y el supremo deber del hombre para con Dios
encuentran en esta libertad cristiana un testimonio definitivo. Nada tiene de
común esta libertad cristiana con el espíritu de sedición y de
desobediencia. Ni pretende derogar el respeto debido al poder público, porque
el poder humano en tanto tiene el derecho de mandar y de exigir obediencia en
cuanto no se aparta del poder divino y se mantiene dentro del orden
establecido por Dios. Pero cuando el poder humano manda algo claramente
contrario a la voluntad divina, traspasa los límites que tiene fijados y entra
en conflicto con la divina autoridad. En este caso es justo no obedecer.
22. Por el contrario,
los partidarios del liberalismo, que atribuyen al Estado un poder despótico
e ilimitado y afirman que hemos de vivir sin tener en cuenta para nada a
Dios, rechazan totalmente esta libertad de que hablamos, y que está tan
íntimamente unida a la virtud y a la religión. Y califican de delito contra
el Estado todo cuanto se hace para conservar
esta libertad cristiana. Si fuesen
consecuentes con sus principios el
hombre estaría obligado, según ellos, a obedecer a cualquier gobierno, por muy tiránico que
fuese.
IV. LA TOLERANCIA
23. La Iglesia desea
ardientemente que en todos los órdenes de la sociedad penetren y se
practiquen estas enseñanzas cristianas que hemos expuesto sumariamente. Todas
estas enseñanzas poseen una eficacia maravillosa para remediar los no escasos
ni leves males actuales, nacidos en gran parte de esas mismas libertades que,
pregonadas con tantos ditirambos, parecían albergar dentro de sí las
semillas del bienestar y de la gloria. Estas esperanzas han quedado
defraudadas por los hechos. En lugar de frutos agradables y sanos hemos
recogido frutos amargos y corrompidos. Si se busca el remedio, búsquese en el
restablecimiento de los sanos principios, de los que sola y exclusivamente
puede esperarse con confianza la conservación del orden y la garantía, por
tanto, de la verdadera libertad. Esto no obstante, la Iglesia se hace cargo
maternalmente del grave peso de las debilidades humanas. No ignora la Iglesia
la trayectoria que describe la historia espiritual y política de nuestros
tiempos. Por esta causa, aun concediendo derechos sola y exclusivamente a la verdad y
a la virtud no se opone la Iglesia, sin embargo, a la tolerancia por
parte de los poderes públicos de algunas situaciones contrarias a la
verdad y a la justicia para evitar un mal mayor o para adquirir o
conservar un mayor bien. Dios mismo, en su providencia, aun siendo infinitamente
bueno y todopoderoso, permite, sin embargo, la existencia de algunos males en
el mundo, en parte para que no se impidan mayores bienes y en parte para que
no se sigan mayores males. Justo es imitar en el gobierno político al que
gobierna el mundo. Más aún: no pudiendo la autoridad humana impedir todos
los males, debe «permitir y dejar impunes muchas cosas que son, sin embargo, castigadas justamente
por la divina Providencia»(13).
Pero en tales circunstancias, si por
causa del bien común, y únicamente por ella, puede y aun debe la ley humana
tolerar el mal, no puede, sin embargo, ni debe jamás aprobarlo ni quererlo en
sí mismo. Porque siendo el mal por su misma esencia privación de un bien, es
contrario al bien común, el cual el legislador debe buscar y debe defender en
la medida de todas sus posibilidades. También en este punto la ley humana
debe proponerse la imitación de Dios, quien al permitir la existencia del mal
en elmundo, «ni quiere que se haga el mal ni quiere que no se haga; lo que
quiere es permitir que se haga, y esto es bueno»(14). Sentencia del
Doctor Angélico, que encierra en pocas palabras toda la doctrina sobre la
tolerancia del mal. Pero hay que reconocer, si queremos mantenernos dentro de
la verdad, que cuanto mayor es el mal que a la fuerza debe ser tolerado en un
Estado, tanto mayor es la distancia que separa a este Estado del mejor
régimen político. De la misma manera, al ser la tolerancia del mal un
postulado propio de la prudencia política, debe quedar estrictamente
circunscrita a los límites requeridos por la razón de esa tolerancia, esto
es, el bien público. Por este motivo, si la tolerancia daña al bien
público o causa al Estado mayores males, la consecuencia es su ilicitud,
porque en tales circunstancias la tolerancia deja de ser un bien. Y si por las
condiciones particulares en que se encuentra la Iglesia permite ésta algunas
de las libertades modernas, lo hace no porque las prefiera en sí mismas, sino
porque juzga conveniente su tolerancia; y una vez que la situación haya
mejorado, la Iglesia usará su libertad, y con la persuasión, las
exhortaciones y la oración procurará, como debe,
cumplir la misión que Dios le ha encomendado de procurar la salvación eterna
de los hombrres.
Sin embargo, permanece siempre fija la verdad de este
principio: la libertad concedida indistintamente a todos y para todo, nunca,
como hemos repetido varias veces, debe ser buscada por sí misma, porque es
contrario a la razón que la verdad y el error tengan los mismos derechos. En
lo tocante a la tolerancia, es sorprendente cuán lejos están de la prudencia
y de la justicia de la Iglesia los seguidores del liberalismo. Porque al
conceder al ciudadano en todas las materias que hemos señalado una libertad
ilimitada, pierden por completo toda norma y llegan a colocar en un mismo
plano de igualdad jurídica la verdad y la virtud
con el error y el vicio. Y cuando ia Iglesia, columna y firmamento de la
verdad, maestra incorrupta de la moral verdadera, juzga que es su obligación
protestar sin descanso contra una tolerancia tan licenciosa y desordenada, es
entonces acusada por los liberales de falta de paciencia y mansedumbre. No
advierten que al hablar así califican de vicio lo que es precisamente una
virtud de la Iglesia. Por otra parte, es muy frecuente que estos grandes
predicadores de la tolerancia sean, en la práctica, estrechos e intolerantes
cuando se trata del catolicismo. Los que son pródigos en repartir a todos
libertades sin cuento, niegan continuamente a la Iglesia su libertad.
V. JUICIO CRÍTICO SOBRE
LAS DISTINTAS FORMAS DE LIBERALISMO
24. Para mayor claridad,
recapitularemos brevemente la exposición hecha y deduciremos las
consecuencias prácticas. El núcleo esencial es el siguiente: es
absolutamente necesario que el hombre quede todo entero bajo la dependencia efectiva y
constante de Dios. Por consiguiente, es totalmente inconcebible una libertad
humana que no esté sumisa a Dios y sujeta a su voluntad. Negar a Dios este
dominio supremo o negarse a aceptarlo no es libertad, sino abuso de la
libertad y rebelión contra Dios. Es ésta precisamente la disposición de
espíritu que origina y constituye el mal fundamental del liberalismo. Sin
embargo, son varias las formas que éste presenta, porque la voluntad puede
separarse de la obediencia debida a Dios o de la obediencia debida a los que
participan de la autoridad divina, de muchas formas y en grados muy diversos.
25. La perversión mayor de la libertad, que constituye al mismo
tiempo la
especie peor de liberalismo, consiste en rechazar por completo la suprema
autoridad de Dios y rehusarle toda obediencia, tanto en la vida pública como
en la vida privada y dosméstica. Todo lo que Nos hemos expuesto hasta aquí se
refiere a esta especie de liberalismo.
26. La segunda clase
es el sistema de aquellos liberales
que, por una parte, reconocen la necesidad de someterse a Díos, creador,
señor del mundo y gobernador providente de la naturaleza; pero, por otra
parte, rechazan audazmente las normas de dogma y de moral que, superando la
naturaleza, son comunicadas por el mismo Dios, o pretenden por lo menos que no
hay razón alguna para tenerlas en cuenta sobre todo en la vida política del
Estado. Ya expusimos anteriormente las dimensiones de este error y la gran
inconsecuencia de estos liberales. Esta doctrina es la fuente principal de la
perniciosa teoría de la separación entre la Iglesia y el Estado; cuando, por
el contrario, es evidente que ambas potestades, aunque diferentes en misión y
desiguales por su dignidad, deben colaborar una con otra y completarse
mutuamente.
27. Dos opiniones
específicamente distintas caben dentro de este error genérico. Muchos
pretenden la separación total y absoluta entre la Iglesia y el Estado, de tal
forma que todo el ordenamiento jurídico, las instituciones, las costumbres,
las leyes, los cargos del Estado, la educación de la juventud, queden al
margen de la Iglesia, como si ésta no existiera. Conceden a los ciudadanos,
todo lo más, la facultad, si quieren, de ejercitar la religión en privado. Contra estos
liberales mantienen todo su vigor los argumentos con que hemos rechazado la
teoría de la separación entre la Iglesia y el Estado, con el agravante de
que es un completo absurdo que la Iglesia sea respetada por el ciudadano y al
mismo tiempo despreciada por el Estado.
28. Otros admiten la
existencia de la Iglesia —negarla sería
imposible—, pero le niegan la
naturaleza y los derechos propios de una sociedad perfecta y afirman que la
Iglesia carece del poder legislativo, judicial y coactivo, y que sólo le
corresponde la función exhortativa, persuasiva y rectora respecto de los que
espontánea y voluntariamente se le sujetan. Esta teoría falsea la naturaleza
de esta sociedad divina, debilita y restringe su autoridad, su magisterio; en
una palabra: toda su eficacia, exagerando al mismo tiempo de tal manera la
influencia y el poder del Estado, que la Iglesia de Dios queda sometida a la
jurisdicción y al poder del Estado como si fuera una mera asociación civil.
Los argumentos usados por los apologistas, que Nos hemos recordado
singularmente en la encíclica Immortale Dei, son más que suficientes para
demostrar el error de esta teoría. La apologética demuestra que por voluntad
de Dios la Iglesia posee todos los caracteres y todos
los derechos propios de una sociedad legítima, suprema y totalmente perfecta.
29. Por último, son
muchos los que no aprueban la separación entre la Iglesia y el Estado, pero
juzgan que la Iglesia debe amoldarse a los tiempos, cediendo y acomodándose a
las exigencias de la moderna prudencia en la administración pública del
Estado. Esta opinión es recta si se refiere a una condescendencia razonable
que pueda conciliarse con la verdad y con la justicia; es decir, que la
Iglesia, con la esperanza comprobada de un bien muy notable, se muestre
indulgente y conceda a las circunstancias lo que puede concederles sin violar
la santidad de su misión. Pero la cosa cambia por completo cuando se trata de
prácticas y doctrinas introducidas contra todo derecho por la decadencia de
la moral y por la aberración intelectual de los espíritus. Ningún período
histórico puede vivir sin religión, sin verdad, sin justicia. Y como estas
supremas realidades sagradas han sido encomendadas por el mismo Dios a la
tutela de la Iglesia, nada hay tan contrario a la Iglesia como pretender de
ella que tolere con disimulo el error y la injusticia o favorezca con su
connivencia lo que perjudica a la religión.
VI. APLICACIONES PRÁCTICAS DE CARÁCTER
GENERAL
30. De las
consideraciones expuestas se sigue que es totalmente ilícito pedir, defender,
conceder la libertad de pensamiento, de imprenta, de enseñanza, de cultos,
como otros tantos derechos dados por la naturaleza al hombre. Porque si el
hombre hubiera recibido realmente estos derechos de la naturaleza, tendría
derecho a rechazar la autoridad de Dios y la libertad humana no podría ser
limitada por ley alguna. Síguese, además, que estas libertades, si existen
causas justas, pueden ser toleradas, pero dentro de ciertos límites para que
no degeneren en un insolente desorden. Donde estas libertades estén vigentes,
usen de ellas los ciudadanos para el bien, pero piensen acerca de ellas lo
mismo que la Iglesia piensa. Una libertad no debe ser considerada
legítima más que cuando supone un aumento en la facilidad para vivir según
la virtud. Fuera de este caso, nunca.
31. Donde exista ya o
donde amenace la existencia de un gobierno que tenga a la nación oprimida
injustamente por la violación o prive por la fuerza a la Iglesia de la
libertad debida, es lícito procurar al Estado otra organización política
más moderada, bajo la cual se pueda obrar libremente. No se pretende, en este
caso, una libertad inmoderada y viciosa; se busca un alivio para el bien
común de todos; con ello únicamente se pretende que donde se concede
licencia para el mal no se impida el derecho de hacer el bien.
32. Ni está prohibido
tampoco en sí mismo preferir para
el Estado una forma de gobierno moderada por el elemento democrático, salva
siempre la doctrina católica acerca del origen y el ejercicio del poder
político. La Iglesia no condena forma alguna de gobierno, con tal que sea
apta por sí misma la utilidad de los ciudadanos. Pero exige, de acuerdo con
la naturaleza, que cada una de esas formas quede establecida sin lesionar a
nadie y, sobre todo, respetando íntegramente los derechos de la Iglesia.
33. Es bueno participar
en la vida política, a menos que en algunos lugares, por circunstancias de
tiempo y situación, se imponga otra conducta. Más todavía: la Iglesia
aprueba la colaboración personal de todos con su trabajo al bien común y que cada uno, en las medidas de sus fuerzas, procure la defensa, la
conservación y la prosperidad del Estado.
34. No condena tampoco
la Iglesia el deseo de liberarse de la dominación de una potencia extranjera
o de un tirano, con tal que ese deseo pueda realizarse sin violar la justicia.
Tampoco reprende, finalmente, a los que procuran que los Estados vivan de
acuerdo con su propia legislación y que los ciudadanos gocen de medios más
amplios para aumentar su bienestar. Siempre fue la Iglesia fidelísima
defensora de las libertades cívicas moderadas. Lo demuestran sobre todo
las ciudades de Italia, que lograron, bajo el régimen municipal,
prosperidad, riqueza y nombre glorioso en aquellos tiempos en que la influencia saludable de la Iglesia había penetrado sin oposición de nadie en
todas las partes del Estado.
35. Estas enseñanzas,
venerables hermanos, que, dictadas por la fe y la razón al mismo tiempo, os
hemos transmitido en cumplimiento de nuestro oficio apostólico, confiamos que
habrán de ser fructuosas para muchos, principalmente al unir vuestros esfuerzos a los nuestros. Nos, con humildad de corazón, alzamos a Dios
nuestros ojos suplicantes y con todo fervor le pedimos que se digne conceder
benignamente a los hombres la luz de su sabiduría y de su consejo, para que,
fortalecidos con su virtud, puedan en cosas tan importantes ver la verdad y
vivir según la verdad, tanto en la vida privada como en la vida pública, en
todos los tiempos y con inquebrantable constancia.
Como prenda de estos
celestiales dones y testimonio de nuestra benevolencia, a vosotros, venerables
hermanos, y al clero y pueblo que gobernáis, damos con todo afecto en el
Señor la bendición apostólica.
Dado en Roma, junto a
San Pedro, el día 20 de junio de 1888, año undécimo de nuestro pontificado.
Notas
1. Eclo 15,14.
2 ASS 18
(1885) 161-180.
3. Jn 8,34.
4. Santo Tomás, In
Ioannem 8 lect.4 n.3.
5. San Agustín, De libero
arbitrio 1,6,15: PL 32,1229.
6. Cf. Gál 3,28.
7. Rom 13,2.
8. Jer 2,20.
9. Cf. Santo Tomás, Sum.
Theol. II-II q.81 a.6 c.
10. Véase la Enc. Immortale Dei: ASS 18 ( 1885)
161-180.
11. Jn 6,45.
12. Jn 8,32.
13. San Agustín, De
libero arbitrio 1,6,14: PL 32,1228.
14. Santo Tomás, Sum. Theol.
1 q.19 a.9 ad 3.
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