|
INFORMACIÓN GENERAL
SINODAL
Durante el desarrollo de las labores del Concilio Ecuménico Vaticano
II, maduró la voluntad de los Padres del Concilio (manifestado en
los Decretos Christus Dominus [N. 5] y Ad gentes [N. 29])
para mantener vivo un auténtico espíritu de colaboración, basándose
en la convicción de que el Papa en su tarea de Pastor Universal de
la Iglesia, pudiera ejercitar de modo más evidente y con mayor
eficacia su unión con los Obispos, Miembros del mismo orden
episcopal del Obispo de Roma.
A este propósito el Papa Pablo VI, con la Carta Apostólica
Apostolica sollicitudo, promulgada "Motu proprio" el 15
septiembre de 1965 (AAS 57 [1965] 775-780), instituyó el Sínodo de
los Obispos para toda la Iglesia, fruto de la experiencia conciliar,
determinándole su organización y su tarea institucional: "La
Apostolica sollicitudo con la que, después de haber observado
atentamente los signos de los tiempos, nos esforzamos por adaptar
los métodos de apostolado a las múltiples necesidades de nuestro
tiempo y a las nuevas condiciones de la sociedad, nos induce a
consolidar con vínculos más íntimos Nuestra unión con los Obispos,
"a quienes puso el Espíritu Santo (...) para gobernar la Iglesia de
Dios" (Hech 20, 28)" (Introducción Apostolica sollicitudo).
"El Sínodo de los Obispos, por medio del cual los Obispos elegidos
de las diversas partes del mundo prestan una ayuda más eficaz al
Pastor Supremo de la Iglesia, se constituye de tal forma que sea: a)
un instituto eclesiástico central; b) que represente a todo el
episcopado católico; c) perpetuo por su naturaleza, y d) en cuanto a
la estructura, desempeñe su función en tiempo determinado y según la
ocasión" (Capítulo I de Apostolica sollicitudo). "Corresponde
al Sínodo de los Obispos, por su misma naturaleza, la tarea de
informar y aconsejar. Podrá gozar también del poder deliberativo
cuando se lo conceda el Romano Pontífice, a quien corresponderá en
este caso ratificar la decisión del Sínodo. Los fines generales del
Sínodo de los Obispos son: a) fomentar la íntima unión y
colaboración entre el Sumo Pontífice y los Obispos de todo el mundo;
b) procurar que se tenga conocimiento directo y verdadero de las
cuestiones y de las circunstancias que atañen a la vida interna de
la Iglesia y a su acción propia en el mundo actual; c) facilitar la
concordia de opiniones, por lo menos en cuanto a los puntos
fundamentales de la doctrina y en cuanto a al modo de proceder en la
vida de la Iglesia. Los fines especiales y próximos son los
siguientes: a) intercambiarse noticias oportunas; b) dar consejo
acerca de aquellas cuestiones para las que sea convocado el Sínodo
en cada ocasión" (Capítulo II de Apostolica sollicitudo). "El
Sínodo de los Obispos está sujeto directa e inmediatamente a la
autoridad del Romano Pontífice" (Capítulo III de Apostolica
sollicitudo). "El Sínodo de los Obispos puede reunirse en
Asamblea General, en Asamblea Extraordinaria y en Asamblea Especial"
(Capítulo IV de Apostolica sollicitudo).
Con la oración del Angelus Domini del domingo 22 de septiembre de
1974 el mismo Pablo VI dio la definición del Sínodo de los Obispos:
"Es una institución eclesiástica, que nosotros, interrogando los
signos de los tiempos y, sobre todo, tratando de interpretar los
profundos designios divinos y la constitución de la Iglesia
católica, hemos establecido después del Concilio Vaticano II, para
fomentar la unión y la colaboración de los Obispos de todo el mundo
con esta Sede Apostólica, a través de un estudio común de las
condiciones de la Iglesia y de la solución concordada de las
cuestiones relativas a su misión. No es un Concilio, no es un
Parlamento, sino un Sínodo de naturaleza especial".
El fundamento teológico del Sínodo de los Obispos ha sido ofrecido
por el Siervo de Dios Papa Juan Pablo II quien, en su Discurso al
Consejo de la Secretaría General del Sínodo de los Obispos del 30 de
abril de 1983 ha indicado el Sínodo de los Obispos como "una forma
de expresar y un instrumento particularmente fecundo de la
colegialidad de los Obispos". Se trata de una asamblea de los
Miembros del episcopado católico, cuyo quehacer es ayudar por medio
de consejos al Papa en el gobierno de la Iglesia universal, en lo
que se relacione con la defensa y el incremento de la fe y de las
costumbres, la obediencia y la confirmación de la disciplina
eclesiástica y para estudiar los problemas relacionados con la
actividad de la Iglesia en el mundo. Esto sucede, come ha confirmado
Su Santidad Benedicto XVI en la Meditatio horae tertiae ad
ineundos labores XI Coetus Generalis Ordinarii Synodi Episcoporum
(AAS 97 [2005] 951), en un ambiente de amor mutuo, de colaboración
recíproca, entendido también como un modo de compartir la
"corrección fraterna", la consolación, que, en cuanto "función de la
colegialidad", es "un gran acto del verdadero amor colegial".
Durante el ágape fraterno al final de la VII Asamblea General
Ordinaria del Sínodo de los Obispos, el 30 de octubre de 1987 en el
Domus Sanctae Marthae en el Vaticano, Juan Pablo II manifestó: "La
experiencia del Sínodo posee en sí misma algo de sagrado; algo del
misterio de la Iglesia. Se vive la realidad de la Iglesia, también
su realidad 'étnica', su realidad difundida, la palabra de Dios
diseminada y acogida en los diferentes Países, en las culturas y en
los continentes. Se vive todo esto. Se vive escuchando los
diferentes anunciadores y sus intervenciones. Se viven las
experiencias de las Iglesia locales, experiencias bastante
diferentes y, algunas veces, experiencias muy dolorosas, mientras
que otras, experiencias difíciles. Y así, de todas las
intervenciones de los Padres, y, a veces, junto a la de los Padres,
también algunas de nuestros hermanos y hermanas laicos, surge un
cuadro, una visión: una visión de la Iglesia. Pero no es solamente
una visión, en el sentido descriptivo, de cómo vive la Iglesia, la
Iglesia de la realidad humana, realidad étnica sino, al mismo
tiempo, de la Iglesia come misterio. Y aquí comienza un asunto en el
que la experiencia del Sínodo, siendo profundamente experiencia
religiosa, es difícil de ser transmitida a los demás, de hacerla
exterior; de una cierta manera, queda dentro del Sínodo, queda en
nosotros, entre quienes han participado. Todos, todos conjuntamente
confirman esa experiencia, y hoy hablan de esa experiencia del
Sínodo, de esa experiencia de la Iglesia. Hablan de ésta con gran
satisfacción. Es una nueva riqueza que nos ha sido donada, a cada
uno de nosotros y a todos nosotros para vivir así durante cuatro
semanas la experiencia de la Iglesia que es el pueblo de Dios. Si,
pueblo de Dios en camino, pero, siendo pueblo de Dios es, al mismo
tiempo, el cuerpo de Cristo. Es un misterio".
El Sínodo de los Obispos, representando en un cierto sentido todo el
Episcopado católico, muestra de manera especial el espíritu de
comunión que une los Obispos con el Papa y los Obispos entre ellos
mismos. Es un lugar privilegiado en el que la Asamblea de Obispos,
subordinada directa e inmediatamente a la potestad del Papa,
manifestando el afecto colegial y la solicitud del Episcopado por el
bien de toda la Iglesia, expresa, bajo la acción del Espíritu, su
seguro consejo sobre los diferentes problemas eclesiales.
Institucionalmente es responsabilidad del Sínodo de los Obispos
ofrecer informaciones, discutir sobre las cuestiones propuestas y
someterlas a votación. En forma de Propositiones, estas son
entregadas al Sumo Pontífice con la finalidad de que con la ayuda
del Consejo ordinario de la Secretaría General del Sínodo de los
Obispos, elabore, posiblemente, un documento postsinodal destinado a
toda la Iglesia. No obstante que "el Sínodo tenga normalmente sólo
una función consultiva, no le diminuye su importancia. En la
Iglesia, en efecto, la finalidad de cualquier órgano colegial, sea
este consultivo o deliberativo, es siempre la búsqueda de la verdad
o del bien de la Iglesia. Cuando, después, se trata de verificar la
misma fe, el consensus Ecclesiae no se deduce del cálculo de los
votos, sino que es el fruto de la acción del Espíritu, aliento de la
única Iglesia de Cristo".
I
INTRODUCCIÓN AL SÍNODO DE LOS OBISPOS
El Sínodo de los Obispos es una institución permanente, creada por
el Papa Pablo VI (el 15 de septiembre de 1965), en respuesta a los
deseos de los Padres del Concilio Vaticano II para mantener vivo el
verdadero espíritu nacido de la experiencia conciliar.
Etimológicamente hablando la palabra “sínodo”, derivada de los
términos griegos syn (que significa “juntos”) y hodos
(que significa “camino”), expresa la idea de “caminar juntos”. Un
sínodo es un encuentro religioso o asamblea en la que unos obispos,
reunidos con el Santo Padre, tienen la oportunidad de intercambiarse
mutuamente información y compartir experiencias, con el objetivo
común de buscar soluciones pastorales que tengan validez y
aplicación universales. El Sínodo puede ser definido, en términos
generales, como una asamblea de obispos que representa al episcopado
católico y cuya tarea es la ayudar al Papa en el gobierno de la
Iglesia universal dándole su consejo. El Papa Juan Pablo II decía
que el Sínodo es “una expresión particularmente fructuosa y un
instrumento de la colegialidad episcopal” (Discurso al Consejo de
la Secretaría General del Sínodo de los Obispos, 30 de abril de
1983: L’Osservatore Romano, 1 de mayo de 1983).
Ya en la fase preparatoria del Concilio Vaticano II maduró la idea
de una estructura, aún por determinar, que pudiera proporcionar a
los obispos los medios para asistir al Papa en el gobierno de la
Iglesia universal.
Su Eminencia, el Cardenal Silvio Oddi, entonces Arzobispo y
Pro-Nuncio Apostólico en la República Árabe Unida (Egipto), hizo una
propuesta, el 15 de noviembre de 1959, para establecer un órgano de
gobierno central de la Iglesia o, usando sus palabras, “un órgano
consultivo”. Decía: “Desde muchas partes del mundo llegan quejas de
que la Iglesia no tiene, aparte de las Congregaciones, un órgano
permanente de consulta. Por tanto debería establecerse una especie
de ‘Concilio en miniatura’ formado por personas de toda la Iglesia,
que pueda reunirse periódicamente, al menos una vez al año, para
tratar los problemas más importantes y sugerir nuevas posibles
direcciones en la marcha de la Iglesia. Este órgano abarcaría toda
la Iglesia, al igual que las Conferencias episcopales reúnen toda o
parte de la jerarquía de uno o varios países, y al igual que otros
órganos, como el C.E.L.AM. (el Consejo Episcopal Latinoamericano),
extienden su actividad en beneficio de todo un continente”.
El Cardenal Bernardus Alfrink, Arzobispo de Utrecht, escribió el 22
de diciembre de 1959: “Con términos claros proclama el Concilio que
el gobierno de la Iglesia universal es, por derecho propio, ejercido
por el colegio de los obispos con el Papa como cabeza. De aquí se
deduce que, por una parte, el cuidado de la Iglesia universal es
responsabilidad de cada obispo tomado singularmente y también, por
otra parte, que todos los obispos participan en el gobierno de la
Iglesia universal. Esto puede hacerse no solamente convocando un
concilio ecuménico, sino también creando nuevas instituciones. Un
consejo permanente de obispos especializados, elegidos de toda la
Iglesia, podría encargarse de una función legislativa en unión con
el Sumo Pontífice y los cardenales de la Curia Romana. Las
Congregaciones romanas mantendrían entonces solamente un poder
consultivo y ejecutivo”.
Fue, sin embargo, el Papa Pablo VI, siendo todavía Arzobispo de
Milán, quien dio fuerza a estas ideas. En el discurso conmemorativo
en ocasión de la muerte del Papa Juan XXIII, hacía referencia a una
“continua colaboración del episcopado, no efectiva todavía, que
permanecería personal y unitaria, pero que tendría la
responsabilidad del gobierno de la Iglesia universal”.
Elegido Papa, volvió al concepto de colaboración en el cuerpo
episcopal - los obispos en unión con el sucesor de San Pedro - en el
discurso a la Curia Romana (21 de septiembre de 1963), en la
apertura de la segunda sesión del Concilio Vaticano II (29 de
septiembre de 1963) y en la clausura de la misma (4 de diciembre de
1963).
Al concluir el discurso inaugural de la última sesión del Concilio
(14 de septiembre de 1965), el mismo Papa Pablo VI hizo pública su
intención de instituir el Sínodo de los Obispos con estas palabras:
“Tenemos la alegría de anunciaros la institución, tan deseada por
este Concilio, de un Sínodo de los Obispos que, compuesto de
obispos, nombrados la mayor parte por las Conferencias episcopales
con nuestra aprobación, será convocado, según las necesidades de la
Iglesia, por el Romano Pontífice, para su consulta y colaboración,
cuando, para el bien general de la Iglesia, lo considere oportuno.
De más está añadir que esta colaboración del episcopado debe ser de
gran beneficio a la Santa Sede y a toda la Iglesia, de modo
particular al cotidiano trabajo de la Curia Romana, a la que estamos
tan agradecidos por su valiosísima ayuda, y de la que, como los
obispos en sus diócesis, también Nos tenemos permanentemente
necesidad para nuestras solicitudes apostólicas. Las normas y demás
información serán dadas a conocer cuanto antes a esta asamblea.
Nosotros no hemos querido privarnos del honor y de la satisfacción
de daros esta sucinta comunicación para testimoniaros una vez más
personalmente nuestra confianza, y nuestra unión fraterna. Ponemos
esta novedad, singular y esperanzada, bajo la protección de la
Santísima Virgen María”.
Al día siguiente (15 de septiembre de 1965), al inicio de la 128ª
Congregación general, el entonces Obispo Pericles Felici, Secretario
General del Concilio, promulgó el Motu Proprio Apostolica
sollicitudo con el cual se instituía oficialmente el Sínodo de
los Obispos.
La principal característica del Sínodo de los Obispos es servir a la
comunión y colegialidad de los obispos del mundo con el Santo Padre.
No es un organismo particular con competencias limitadas como por
ejemplos los son las Congregaciones Romanas y los Concilios, si no
que es una institución con la competencia absoluta para tratar
cualquier tema según el procedimiento establecido por el Santo Padre
en la carta de convocación. El Sínodo de los Obispos con su
Secretaría General permanente no forma parte de la Curia Romana y no
depende de ella. Responde directa y únicamente al Santo Padre, a
quien está unido en el gobierno universal de la Iglesia.
Aunque el Sínodo de los Obispos sea una institución de carácter
permanente, sus funciones y su concreta colaboración no tienen tal
carácter. En otras palabras, el Sínodo de los Obispos se reúne y
actúa sólo cuando el Santo Padre considera necesario y oportuno
consultar al episcopado, el cual durante un encuentro sinodal
expresa “su opinión sobre argumentos de gran importancia y gravedad”
(Pablo VI, Discurso a los Cardenales, 24 de junio de 1967).
La tarea de cada asamblea sinodal tiene un carácter de colegialidad
que el episcopado pone al servicio del Santo Padre. A través de la
acogida de las sugerencias o conclusiones de una determinada
asamblea por parte del Santo Padre, el episcopado ejerce una
actividad colegial que se aproxima pero que no coincide con aquella
manifestada en un concilio ecuménico. Esto es un resultado directo
de varios factores: de una presencia de Padres provenientes de todo
el episcopado, de la convocación de parte del Santo Padre y de “la
unidad del episcopado, el cual, para ser uno, necesita una Cabeza
del Colegio” (Juan Pablo II, Pastores gregis, 56), que es
primero en el orden episcopal.
II
NOTAS SOBRE EL PROCESO SINODAL
Para cumplir su misión, el Sínodo de los Obispos trabaja según una
metodología basada en la colegialidad, concepto que caracteriza cada
fase del proceso sinodal desde los primeros pasos de la preparación
hasta las conclusiones alcanzadas en cada asamblea sinodal. En pocas
palabras, el método de trabajo alterna análisis y síntesis, las
consultas de las partes involucradas y las decisiones de las
autoridades competentes, según una dinámica de retroalimentación que
permite la continua verificación de los resultados y la realización
de nuevas propuestas. Cada fase de este proceso se desarrolla en un
clima de comunión colegial.
Aún en la fase de preparación, la tarea de la Asamblea sinodal es
fruto de la colegialidad. El primer paso oficial en dicho proceso es
la consulta a las Iglesias Orientales sui iuris, Conferencias
Episcopales, Jefes de Dicasterios de la Curia romana y la Unión de
Superiores Generales para obtener indicaciones sobre posibles temas
para el Sínodo. Recientemente, en asambleas ordinarias generales,
esta consulta fue precedida por una petición informal entre los
Padres Sinodales hacia el fin de la Asamblea general acerca sus
preferencias en la materia. En cada caso se les pide que para la
elección del tema tengan en cuenta los siguientes criterios: como
regla, en las asambleas ordinarias generales, esta consulta es
anticipada a través de una solicitud informal por parte de los
Padres sinodales los días de la clausura de la asamblea sinodal por
su preferencia en la materia. En todo caso, en cada se les ha
solicitado a los obispos de recordar los siguientes criterios:
a. universalidad, es decir que tengan referencia y aplicación a toda
la Iglesia;
b. actualidad y urgencia, en sentido positivo, es decir eficacia en
la promoción de nuevas energías y en el impulso de la Iglesia hacia
el crecimiento;
c. relevancia pastoral y sólida base doctrinal;
d. ejecutividad, es decir posibilidad de aplicación práctica.
Las sugerencias sobre un tema - que deben incluir los motivos de la
elección - son clasificadas, analizadas y estudiadas durante un
encuentro del Consejo de la Secretaría General del Sínodo de los
Obispos. El Consejo, por lo tanto, somete los resultados del
encuentro, junto con las recomendaciones pertinentes, al Santo Padre
quien toma la decisión final sobre el tema a tratar en la asamblea
sinodal.
En el encuentro sucesivo, el Consejo prepara las líneas principales
para presentar y desarrollar el tema sinodal en un documento llamado
Lineamenta. La redacción de este documento representa el
trabajo conjunto de los miembros del Consejo, teólogos que tienen
una cierta competencia en la materia que será tratada en la asamblea
sinodal y el personal de la Secretaría General que coordina todos
los esfuerzos. Después de haber examinado el texto y haber aportado
las modificaciones necesarias, el Consejo redacta una versión final
que es sometida al Santo Padre para su aprobación. Seguidamente, el
documento es traducido a las principales lenguas del mundo y enviado
al Episcopado con el fin de promover a nivel local el estudio, el
debate y la oración por el tema del Sínodo.
Los Lineamenta (palabra latina que significa “líneas de
orientación”) tienen, por naturaleza, un amplio alcance y pretenden
provocar observaciones y reacciones a gran escala. Aunque los
primeros y autorizados destinatarios de los Lineamenta sean,
obviamente, los Obispos y sus Conferencias Episcopales, ellos, sin
embargo tienen plena libertad de ampliar su base de consulta.
Después de haber reunido y sumariado sugerencias, reacciones y
respuestas a los varios aspectos del tema de los Lineamenta,
los Obispos preparan una comunicación que envían luego a la
Secretaría General dentro de una fecha determinada.
Después de haber recibido dicho material, el Consejo de la
Secretaría General, siempre con la ayuda de expertos sobre el tema,
redacta otro documento llamado Instrumentum laboris, que
servirá como base y punto de referencia durante la discusión
sinodal. Este “documento de trabajo”, aunque esté publicado, es sólo
un texto provisional que será objeto de discusión durante el sínodo.
El documento no es un borrador de las conclusiones finales, sino
sólo un texto destinado a focalizar la discusión sobre el tema
sinodal. Después de haber sido sometido al control del Santo Padre y
de haber sido aprobado por él, el documento es traducido a las
principales lenguas y enviado a los Obispos y a aquellos miembros
que participarán en la Asamblea General. A veces el Santo Padre ha
permitido que el texto fuese publicado y tuviese, por lo tanto, una
mayor difusión: por ejemplo, a partir de 1983, esto ha ocurrido en
el caso del Instrumentum laboris de determinadas asambleas
sinodales. Desde 1983 el Instrumentum laboris de cada
asamblea sinodal dada ha sido dada a conocer para recibir la más
amplia circulación. Los delegados episcopales y los otros miembros
leen el documento para conocer los contenidos que luego serán
discutidos durante la asamblea sinodal.
Gracias al trabajo preparatorio de las Iglesias locales, basados en
los ya mencionados documentos, es decir, los Lineamenta y el
Instrumentum laboris, los obispos pueden presentar a la
asamblea sinodal las experiencias y las aspiraciones de cada
comunidad, así como también los frutos de las discusiones de las
Conferencias Episcopales.
Tres fases caracterizan las sesiones de trabajo del Sínodo:
a. Durante la primera fase cada miembro presenta la situación en su
Iglesia particular. Esto promueve un intercambio de fe y de
experiencias culturales sobre el tema sinodal y contribuye a ofrecer
una visión inicial de la situación de la Iglesia que, sin embargo,
debe ser desarrollada y profundizada ulteriormente.
b. A la luz de estas presentaciones, el Relator del Sínodo formula
una serie de puntos para ser discutidos en la segunda fase, durante
la cual todos los Padres sinodales se dividen en pequeños grupos
llamados círculos menores, en base a la lengua hablada. Los informes
de cada uno de estos grupos son leídos en la sesión plenaria. En
este momento, los Padres sinodales tienen la posibilidad de hacer
preguntas para aclarar los argumentos y de hacer comentarios.
c. En la tercera fase, el trabajo prosigue en círculos menores con
la formulación de sugerencias y observaciones de una manera más
precisa y definida, de modo que en los días conclusivos de la
asamblea se puedan someter a votación propuestas concretas. El
trabajo inicial de los Padres sinodales en los círculos menores
consiste en formular varias propuestas sobre la base del debate en
la sala sinodal y de los informes de los círculos menores. En
dichos círculos, los Padres sinodales pueden votar una propuesta con
un “placet” (sí) o un “non placet” (no). Luego las
propuestas de los círculos menores son recogidas por el Relator
General y el Secretario Especial y reunidas en un Lista unificada
de las propuestas que es presentada por el Relator General en la
sesión plenaria. Los círculos menores luego se reúnen nuevamente
para discutir las propuestas. En este momento los Padres sinodales
pueden someter a la atención del grupo las enmiendas individuales
que serán utilizadas en la composición colectiva de las enmiendas a
votar con las propuestas que se esperan de cada grupo. El Relator
General y el Secretario Especial examinan estas enmiendas colectivas
que pueden o no incorporar a la Lista final de las propuestas
sobre la base de sus decisiones que, en caso de rechazo, debe ser
justificada en un documento llamado Expensio modorum. La
Lista final de las propuestas es presentada entonces en la
sesión plenaria, en forma de folleto, y se convierte a su vez en la
papeleta con la que cada Padre sinodal puede votar a favor o en
contra de la propuesta.
Al término de la Asamblea del Sínodo, el Secretario General
supervisa el archivo del material y la redacción del informe sobre
el trabajo sinodal para someterlos al Santo Padre. No existe una
norma establecida acerca del documento final resultante de la
Asamblea sinodal. Al final de las tres primeras asambleas sinodales
(Asambleas Generales Ordinarias de 1967 y 1971, y Asamblea General
Extraordinaria de 1969) las conclusiones fueron presentadas al Papa
junto a unas recomendaciones en respuesta a los problemas
planteados. Después de la Asamblea General Ordinaria de 1974, el
mismo Santo Padre, considerando las propuestas sinodales y los
informes finales, escribió la Exhortación Apostólica “Evangelii
nuntiandi”. El mismo proceso fue utilizado en las otras
Asambleas Sinodales Generales Ordinarias (1977, 1980, 1983, 1987,
1990, 1994, 2001, 2005), a las cuales siguieron las respectivas
Exhortaciones Apostólicas: Catechesi tradendae, Familiaris
consortio, Reconciliatio et paenitentia, Christifideles laici,
Pastores dabo vobis, Vita consecrata, Pastores gregis y
Sacramentum caritatis.
Después de la Asamblea Especial para África (1994), el Santo Padre
promulgó la Exhortación Apostolica Post-Sinodal Ecclesia in
Africa, que produjo buenos resultados ya que promovió la
reflexión y las iniciativas pastorales en el continente.
Después de la publicación del documento, del impacto y de la
implementación de la Exhortación Post-Sinodal a nivel de la iglesia
local, se prestó atención a la viabilidad de la II Asamblea
especial. El 13 de noviembre 2004, el Papa Juan Pablo II anunció la
convocación de la II Asamblea especial para África, que fue
confirmada nuevamente por el Santo Padre, Papa Benedicto XVI durante
la Audiencia semanal del 22 de junio 2005.
En mayo de 1997, fue publicada la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal de la Asamblea Especial para el Líbano en ocasión de la
visita papal a ese país en el contexto de fase celebrativa de la
Asamblea Especial. El 23 de enero de 1999, el Santo Padre promulgó
la Exhortación Apostólica Post-Sinodal de la Asamblea Especial para
América en el Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe, en México.
El 6 de noviembre de 1999 fue firmada en Nueva Delhi, India, la
Exhortación Apostólica Post-Sinodal para Asia. El Sumo Pontífice,
durante su Visita Apostólica a Benín del 18 al 20 de noviembre de
2011, firmó y presentó la Exhortación Apostólica Post-Sinodal para
Africa. La Exhortación Apostólica Post-Sinodal para el Medio Oriente
fue firmada y presentada durante la visita Apostólica del Santo
Padre a Líbano, del 14 al 16 de septiembre de 2012.
A partir del Sínodo de 1987 varios Consejos de la Secretaría General
y el Secretario General fueron involucrados colegialmente en el
proceso que ha llevado a la publicación de la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal, el documento pontificio resultante del Sínodo. Es
interesante conocer la historia y el desarrollo de estos Consejos.
Entre la segunda y la tercera asambleas sinodales, fue instituido un
Consejo consultivo para la Secretaría General, compuesto por doce
Obispos designados y por tres de nómina pontificia. Este Consejo se
reunió por primera vez del 12 al 15 de mayo de 1970; tenía por
finalidad facilitar la comunicación con las conferencias episcopales
y formular el orden del día para la asamblea sucesiva. Después de
este encuentro, tuvo inicio una consulta de los Obispos de todo el
mundo destinada a sugerir temas para las asambleas futuras (esta
consulta actualmente comienza en los días conclusivos de la asamblea
general ordinaria).
Desde entonces los consejos ordinarios de la Secretaría General,
constituidos en cada sínodo con vistas a la preparación del
siguiente, se convirtieron en un elemento permanente del
Secretariado General:
- II Consejo Ordinario (6 de noviembre de 1971 - 27 de septiembre de
1974);
- III Consejo Ordinario (26 de octubre de 1974 - 30 de septiembre de
1977);
- IV Consejo Ordinario (29 de octubre de 1977 - 26 de septiembre de
1980);
- V Consejo Ordinario (25 de octubre de 1980 - 29 de septiembre de
1983);
- VI Consejo Ordinario (29 de octubre de 1983 - 1 de octubre de
1987);
- VII Consejo Ordinario (30 de octubre de 1987 - 30 de septiembre de
1990);
- VIII Consejo Ordinario (28 de octubre de 1990 - 2 de octubre de
1994);
- IX Consejo Ordinario (29 de octubre de 1994 - 24 de septiembre de
2001);
- X Consejo Ordinario (26 de octubre de 2001 - 2 de octubre de
2005);
- XI Consejo Ordinario (15 de octubre de 2005 - 5 de octubre de
2008);
- XII Consejo Ordinario (21 de octubre de 2008 - 07 de octubre de
2012).
Con la llegada de las asambleas continentales o regionales, el Santo
Padre decidió constituir, durante las asambleas especiales, consejos
post-sinodales mediante elección según nombramiento pontificio. El
Secretario General, en consecuencia, además del consejo ordinario,
dispone también de los siguientes consejos post-sinodales desde su
fecha de institución. Con la revisión del Ordo Synodi Episcoporum
(2006), estos consejos se denominan ahora “Consejos Especiales”:
- Consejo post-sinodal para los Países Bajos (31 de enero de 1980);
- Consejo post-sinodal para África (8 de mayo de 1994);
- Consejo post-sinodal para el Líbano (14 de diciembre de 1995);
- Consejo post-sinodal para América (12 de diciembre de 1997);
- Consejo post-sinodal para Asia (14 de mayo de 1998);
- Consejo post-sinodal para Oceanía (11 de diciembre de 1998);
- Consejo post-sinodal para Europa (22 de octubre de 1999);
- Consejo post-sinodal para el Medio Oriente (22 de octubre de
2010).
Del mismo modo, en la preparación de la Asamblea Especial, el Santo
Padre ha nombrado a un grupo de Obispos, principalmente del
continente y de la región en cuestión, para formar consejos pre-sinodales.
Estos consejos duran desde el nombramiento hasta el primer día de la
asamblea sinodal. La lista de los consejos pre-sinodales pasados, en
esta categoría y con sus fechas de existencia, por lo tanto, es la
siguiente:
- Consejo pre-sinodal para África (6 de enero de 1989 - 10 de abril
de 1994);
- Consejo pre-sinodal para Líbano (24 de enero de 1992 - 26 de
noviembre de 1995);
- Consejo pre-sinodal para América (12 de junio de 1995 - 16 de
noviembre de 1997);
- Consejo pre-sinodal para Asia (10 de septiembre de 1995 - 19 de
abril de 1998);
- Consejo pre-sinodal para Oceanía (7 de junio de 1996 - 22 de
noviembre de 1998);
- Consejo pre-sinodal para Europa (9 de febrero de 1997 - 1 de
octubre de 1999);
- Consejo pre-sinodal para el Medio Oriente (19 de septiembre 2009
-10 de octubre de 2010).
Como puede verse, la metodología colegial es operativa desde la fase
inicial (a través de la elección del tema), durante la preparación
(mediante la elaboración del tema en los Lineamenta) y desde
la celebración de la Asamblea Sinodal hasta la publicación del
documento que es el fruto y la coronación del sínodo mismo. Es
posible por lo tanto decir que el Sínodo actúa como órgano colegial
a través del cual, en la primera fase, son consideradas las
experiencias de fe y de vida de las comunidades cristianas;
seguidamente, en las sesiones plenarias, estos elementos son
recapitulados e iluminados por la fe y, finalmente, en espíritu de
comunión, son formuladas algunas proposiciones que el Santo Padre,
principio de unidad de la Iglesia, restituye a las Iglesias
particulares, así como la sangre oxigenada corre nuevamente por las
arterias para vivificar el cuerpo humano.
A fin de que esta colegialidad pueda expresar plenamente su
potencial, debe existir un espíritu altruista de colaboración entre
todos aquellos que son llamados a participar en la preparación de
una asamblea sinodal, especialmente los de las Iglesias católicas
orientales sui iuris y las Conferencias Episcopales que
reúnen a los Pastores de las Iglesias locales en las cuales la fe
del Pueblo de Dios es vivida y sentida en toda su fuerza y riqueza.
La participación colegial de los cuerpos episcopales se expresa
concretamente, sobre todo, a través de las respuestas a los
Lineamenta. Cuantos más cuerpos episcopales respondan, más ricos
y variados serán los elementos que, reflejando fielmente la vida de
las Iglesias locales, constituyen los auténticos puntos de
referencia para la redacción del Instrumentum laboris y para
el debate en el aula sinodal.
III
SUMARIO DE LAS ASAMBLEAS SINODALES
1. I Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 29 de septiembre - 29 de octubre de 1967
Padres sinodales: 197
Tema: “Preservación y fortalecimiento de la fe católica, su
integridad, su fuerza, su desarrollo, su coherencia doctrinal e
histórica”
El Papa Pablo VI estableció los objetivos de esta primera Asamblea
General: “...la preservación y el fortalecimiento de la fe católica,
su integridad, su fuerza, su desarrollo, su coherencia doctrinal e
histórica”. Uno de los resultados del encuentro fue la recomendación
hecha por los obispos, en vistas de la difusión del ateísmo, la
crisis de la fe y las opiniones teológicas erróneas, de crear una
Comisión Teológica Internacional, que ayudase a la Congregación para
la Doctrina de la Fe, así como para ampliar un debate sobre los
enfoques de la investigación teológica. Más tarde, en 1969, el Papa
Pablo VI estableció la Comisión Teológica Internacional.El Sínodo
pidió también una revisión del Código de Derecho Canónico de
1917, con la intención de hacerlo más pastoral y actual en su tono y
énfasis. La labor fue iniciada posteriormente por Pablo VI y
terminada bajo el pontificado de Juan Pablo II, con la promulgación
en 1983 del Código de Derecho Canónico revisado.
Se ha discutido sobre la importante función de las Conferencias
Episcopales en la renovación de los seminarios y en la formación
sacerdotal. Determinados procedimientos relacionados a los
matrimonios mixtos, recomendados por la Asamblea, fueron aprobados
por el Papa en 1970; así mismo se trataron diferentes aspectos de la
reforma litúrgica, muchos de las cuales fueron implementados cuando
se aprobaron las nuevas disposiciones sobre la Misa, que entraron en
vigor en 1969.
2. I Asamblea General Extraordinaria
Sesiones: 11 de octubre - 28 de octubre de 1969
Padres sinodales: 146
Tema: “La cooperación entre la Santa Sede y las Conferencias
Episcopales”
Esta Asamblea General convocada de manera extraordinaria tuvo como
objetivo buscar y examinar las modalidades y procedimientos para
poner en práctica la colegialidad de los Obispos con el Papa, tema
que gozaba de gran atención en la declaraciones sobre la Iglesia
formuladas en el Concilio Vaticano II. Este encuentro abrió la
puerta a una mayor participación de los Obispos con el Papa y de
cada uno de ellos en el cuidado pastoral de la Iglesia universal.
El énfasis principal de estas sesiones recayó sobre dos puntos
básicos: 1. la colegialidad de los Obispos con el Papa; 2. la
relación de las Conferencias Episcopales con el Papa y con cada uno
de los Obispos. Posteriormente se remitieron diversas
recomendaciones al Papa, tres de las cuales recibieron una atención
inmediata: 1. que el Sínodo se celebrase a intervalos regulares,
cada dos años (para luego cambiar a “cada tres años”); 2, que la
Secretaría General ejerciera una labor organizativa y funcional
entre las Asambleas Sinodales; 3. que los Obispos pudiesen sugerir
temas para las futuras Asambleas.
Entre la segunda y la tercera Asamblea Sinodal se creó un Consejo
consultivo de la Secretaría General, compuesto por 12 Obispos
elegidos y 3 designados por el Papa. Este Consejo se reunió por
primera vez del 12 al 15 de mayo de 1970, con la intención de
facilitar la comunicación con las Conferencias Episcopales y
formular la agenda de la siguiente Asamblea. Después de este
encuentro, se inició una consulta general y mundial de los Obispos,
con objeto de que sugirieran temas para la asamblea siguiente. Esta
consulta comienza ahora en los últimos días de una Asamblea Sinodal.
Desde entonces el Consejo de la Secretaría General, elegido en cada
Sínodo para la preparación de la asamblea siguiente, ha llegado a
ser una característica permanente de la Secretaría General.
3. II Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 30 de septiembre - 6 de noviembre de 1971
Padres sinodales: 210
Tema: “El sacerdocio ministerial y la justicia en el mundo”
Los Padres sinodales, en esta ocasión, elogiaron a los sacerdotes en
todo el mundo por su dedicación en el ministerio de la Palabra y del
Sacramento, como así también en la obra pastoral en el apostolado.
Al mismo tiempo, se prestó atención a las numerosas dificultades que
los sacerdotes encontraban en su ministerio.
Los Padres sinodales, además, trataron el tema de la justicia
subrayando la necesidad de relacionar el Evangelio con las
circunstancias mundiales y locales. En respuesta a ello, los Padres
sinodales trazaron un programa de ocho puntos para la acción a nivel
internacional y recomendaron que la Iglesia, a nivel local,
impulsase la educación y la colaboración ecuménica en el campo de la
justicia.
4. III Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 27 de septiembre - 26 de octubre de 1974
Padres sinodales: 209
Tema: “La Evangelización en el mundo moderno”
En esta asamblea los Padres sinodales enfatizaron nuevamente el
carácter esencialmente misionero de la Iglesia y el deber de cada
uno de sus miembros de ser testigos de Cristo en el mundo. En este
contexto, el tema de la “liberación”, entonces de gran actualidad,
fue relacionado con la obra de la evangelización, cuyo objetivo es
liberar a los pueblos y a las personas del pecado. Las
recomendaciones y propuestas de los Padres sinodales presentadas al
Papa fueron utilizadas en la formulación de la Exhortación
Apostólica Evangelii nuntiandi del 8 de diciembre 1975.
5. IV Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 30 de septiembre - 29 de octubre de 1977
Padres sinodales: 204
Tema: “El catecismo de nuestro tiempo”
El debate de los Padres sinodales, que prestó una especial atención
a la catequesis de los niños y de los jóvenes, dio como resultado
una serie de treinta y cuatro propuestas o “proposiciones” y más de
novecientas sugerencias relativas al tema en cuestión. En dichas
recomendaciones fueron tratadas seis áreas generales: la importancia
de la renovación catequística, la naturaleza de la verdadera
catequesis, las personas involucradas en la catequesis, la necesidad
continua de una catequesis para todos los cristianos, los medios o
canales de la catequesis y los aspectos particulares relativos a la
catequesis.
En dicha ocasión los Padres sinodales, por primera vez, publicaron
una declaración sinodal titulada Mensaje al Pueblo de Dios.
Los Padres sinodales puntualizaron en dicho mensaje que Cristo es el
centro de la salvación y, por lo tanto, de la catequesis. A la vez,
pusieron en evidencia que todos los cristianos tienen la
responsabilidad de llevar a Cristo al mundo.
Poco después de la conclusión del Sínodo, el Papa Juan Pablo II
publicó la Exhortación Apostólica Catechesi tradendae del 17
de octubre 1979 que hizo uso de un gran número de reflexiones y de
propuestas de los Padres sinodales.
6. Asamblea Especial para los Países Bajos
Sesiones: 14-31 de enero de 1980
Padres sinodales: 19
Tema: “La situación pastoral en los Países Bajos”
El “Sínodo particular para los Países Bajos”, como era llamado, o
“Sínodo Holandés”, como era popularmente conocido, es - según el
nuevo Código de Derecho Canónico (cf. Can. 345), promulgado
en 1983 - la primera Asamblea Especial del Sínodo de los Obispos.
Este encuentro sinodal, celebrado en Roma, trató el tema del
concepto acuñado en el Concilio Vaticano II del misterio de la
comunión de la Iglesia y sus implicaciones prácticas, tanto en
ámbito local como universal, concentrándose en la figura del Obispo
como Maestro de Fe y Pastor de las almas, en su diócesis y en la
Conferencia Episcopal. En su conclusión la asamblea adoptó
resoluciones relativas al sacerdocio ministerial, la vida religiosa,
la participación de los laicos en la misión de la Iglesia y las
enseñanzas del Concilio Vaticano II. Un Consejo sinodal,
especialmente constituido al final de este Sínodo extraordinario, se
reúne periódicamente con la Secretaría General para continuar la
evaluación de la situación pastoral y para promover la aplicación de
las resoluciones sinodales. Si bien técnicamente este Sínodo sigue
vigente, no se ha vuelto a reunir desde el 10-11 de noviembre de
1995.
7. V Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 26 de septiembre - 25 de octubre de 1980
Padres sinodales: 216
Tema: “La familia cristiana”
La reafirmación de la enseñanza de la Iglesia sobre la
indisolubilidad del matrimonio y los contenidos de la Encíclica
Humanae vitae fueron la tarea central de este Sínodo. En esta
Asamblea, los Padres sinodales redactaron el Mensaje a las
familias cristianas en el mundo moderno y propusieron una
Carta de los derechos de la familia que Juan Pablo II concretó
el 22 de octubre de 1983. El Papa publicó además la Exhortación
Apostólica Familiaris consortio del 22 de noviembre de 1981,
como fruto de la discusión y de las propuestas de la Asamblea.
8. VI Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 29 de septiembre - 29 de octubre de 1983
Padres sinodales: 221
Tema: “La penitencia y el perdón en la misión de la Iglesia”
La Asamblea sinodal y el tema coincidieron con el Año Santo
“extraordinario” proclamado por el Santo Padre para conmemorar el
1950º aniversario de la Redención del mundo mediante la muerte de
Cristo. Durante la Asamblea los Padres sinodales trataron los
argumentos inherentes al tema, poniendo de relieve la necesidad de
aplicar los frutos de la Redención de Cristo a la vida de cada
persona y, por lo tanto, de la sociedad. En un documento publicado
por la Asamblea, los Padres sinodales invitaron al mundo a la
“reconciliación” y proclamaron “la Iglesia como sacramento de
reconciliación y signo de la misericordia de Dios hacia el pecador”.
El trabajo desarrollado por los Padres sinodales durante este Sínodo
sirvió como base para la Exhortación Apostólica Post-Sinodal
Reconciliatio et paenitentia del 2 de diciembre 1984, que por
primera vez fue llamado documento “post-sinodal”.
9. II Asamblea General Extraordinaria
Sesiones: 24 de noviembre - 8 de diciembre de 1985
Padres
sinodales: 165
Tema: “Vigésimo aniversario de las conclusiones del Concilio
Vaticano II”
Convocado en forma extraordinaria por el Papa Juan Pablo II, la
Asamblea sinodal conmemoró el aniversario de la conclusión del
Concilio Vaticano II y evaluó el estado de renovación de la Iglesia.
Según su estatuto, este Sínodo reunió a todos los Presidentes de más
de cien de las Conferencias Episcopales del mundo entero y a otras
personas.
Las discusiones se centraron en los documentos del Concilio Vaticano
II y en su aplicación por parte de la Iglesia en todo el mundo. En
esta Asamblea los Padres sinodales redactaron un Informe final
(Relatio finalis), difundido en la sesión de clausura junto
al Nuntius o Mensaje al Pueblo de Dios. En respuesta a
la propuesta de los Padres sinodales en esta Asamblea, el Santo
Padre autorizó la compilación y publicación del Catecismo de la
Iglesia Católica, difundido en 1992. Al mismo tiempo, en relación a
las Conferencias Episcopales, la asamblea expresó la conveniencia de
realizar “un estudio de su estatuto teológico y sobre todo de
explicar más clara y profundamente su autoridad doctrinal, teniendo
en cuenta lo que hay en el Concilio en el decreto Christus
Dominus y en el Código de Derecho Canónico, can. 447 y
753 (Relación Final, II, C, 8, b)”. Esta sugerencia se
concretó con la Carta Apostólica Motu proprio del Papa Juan
Pablo II sobre la naturaleza teológica y jurídica de las
Conferencias Episcopales (21 de mayo de 1998), 7.
10. VII Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 1 - 30 de octubre de 1987
Padres sinodales: 232
Tema: “La vocación y la misión de los laicos en la Iglesia y en el
mundo”
A través de la consideración de los conceptos de vocación (“ser”) y
de misión (“actuar”) en el contexto de la comunión eclesial del
Concilio Vaticano II, los obispos quisieron subrayar el carácter
distintivo del laico en la vida de la Iglesia, a partir de su
participación o comunión en la santidad, y en la obra de la Iglesia
de evangelizar el mundo, en virtud del carácter secular. Por
tratarse de este argumento, el Sínodo registró una significativa
presencia de laicos en calidad de oyentes; algunos laicos fueron
invitados a hablar ante la asamblea general y a expresar sus
opiniones en los círculos menores y, por primera vez, una mujer y un
hombre laicos fueron designados como Secretarios Especiales
Adjuntos. Las informaciones resultantes del Sínodo, en particular
las cincuenta y cuatro propuestas de la Asamblea General, fueron
utilizadas para la formulación de la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal Christifideles laici del 30 de diciembre de 1988.
El 25 de octubre de 1990, durante la Vigésimo octava Congregación,
Su Excelencia, Mons. Emilio Eid, Obispo aux. de Sarepta de los
Maronitas y Vicepresidente de la Comisión para la Revisión del
Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, hizo la
presentación del nuevo Código y, asimismo, distribuyó una copia
tanto a los Padres sinodales como a los otros participantes.
11. VIII Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 30 de septiembre - 28 de octubre de 1990
Padres sinodales: 238
Tema: “La formación de los sacerdotes en las circunstancias
actuales”
Teniendo en cuenta el trabajo de la Segunda Asamblea General
Ordinaria del Sínodo dos Obispos (1971) que trató desde el punto de
vista teológico el sacerdocio y sus implicaciones en el ministerio
sacerdotal, este Sínodo adquirió un tono más pastoral, centrado en
la formación sacerdotal y en la “persona” del sacerdote mismo,
diocesano y religioso, antes y después de la ordenación. En las
sesiones fue notable el acuerdo general entre los Padres sinodales,
tanto en la discusión como en el tratamiento del tema. Al término
del Sínodo, los Padres sinodales presentaron al Santo Padre cuarenta
y una propuestas que, junto a otras informaciones resultantes del
proceso sinodal, sirvieron para la preparación de la Exhortación
Apostólica Post-Sinodal Pastores dabo vobis del 25 de marzo de
1992.
12. I Asamblea Especial para Europa
Sesiones: 28 de noviembre - 14 de diciembre de 1991
Padres sinodales: 137
Tema: “Somos testigos de Cristo que nos liberó”
El 22 de abril de 1990 durante su visita apostólica a
Checoslovaquia, en la ciudad de Velehrad, sede de la tumba de San
Metodio, co-patrono de Europa junto con los Santos Cirilo y
Benedicto, el Santo Padre anunció su deseo de convocar una Asamblea
Especial para Europa del Sínodo de los Obispos a fin de discernir el
kairos de la situación creada por los grandes cambios
ocurridos en Europa, y para evaluar la función de la Iglesia en los
esfuerzos de renovación y reconstrucción en el continente. La
naturaleza especial del Sínodo y su breve período de preparación han
requerido varias modificaciones del procedimiento sinodal; por
ejemplo, en lugar de los documentos Lineamenta e
Instrumentum laboris fueron preparadas una breve guía para la
reflexión (Itinerarium) y una síntesis (Summarium);
fueron introducidos criterios especiales para los delegados
episcopales con el fin de permitir una más amplia representación de
los obispos de Europa central y del Este, etc. Uno de los eventos
más importantes de la preparación fue un simposio pre-sinodal
promovido por el Pontificio Consejo para la Cultura. En él se
reunieron los intelectuales de Europa occidental y del Este para una
reflexión común sobre el tema del Sínodo. Al mismo tiempo,
representantes de la Iglesia ortodoxa y de las principales
comunidades cristianas en Europa fueron invitados, en un espíritu de
ecumenismo, a participar por primera vez en una asamblea sinodal
como “Delegados fraternos”.
El trabajo de la Asamblea Especial culminó con la publicación de una
Declaración (Declaratio), en la cual los Padres
sinodales delinearon un programa para la nueva evangelización de
Europa, lanzando un llamamiento a todos los ciudadanos europeos a
favor de la solidariedad universal. A continuación, un grupo de
miembros de la asamblea especial fue encargado de individualizar el
mejor modo de llevar a la práctica las conclusiones de la
Declaración mediante el refuerzo del Concilium Conferentiarum
Episcopalium Europae (CCEE) ante las circunstancias del momento.
13. I Asamblea Especial para África
Sesiones: 10 de abril - 8 de mayo de 1994
Padres sinodales: 242
Tema: “La Iglesia en África y su función evangelizadora de cara al
año 2000: ‘Seréis mis testigos’ (He 1, 8)”
El 6 de enero de 1989 el Santo Padre anunció su intención de
convocar la Asamblea especial e instituyó una comisión preparatoria
formada principalmente por miembros del Episcopado africano. En el
mes de junio siguiente este grupo fue ampliado para constituir el
Consejo de la Secretaría General y además contribuyó en la
preparación de la asamblea sinodal. En ocasión del encuentro de los
representantes del Episcopado africano en Lomé (Togo), en julio de
1990, fueron publicados los Lineamenta que “delineaban” el
tema del Sínodo, iniciando un período de oración y de reflexión a
nivel local. Las respuestas de las Iglesias locales fueron
utilizadas para formular el “documento de trabajo” de la Asamblea
especial o Instrumentum laboris, difundido durante la novena
visita pastoral del Santo Padre a África, en Kampala (Uganda), en
febrero de 1993.
Utilizando este documento como punto de referencia, los Padres
sinodales trataron en la sesión, que duró un mes, el tema general de
la Evangelización desde las siguientes perspectivas: 1. Proclamación
del Mensaje; 2. Inculturación; 3. Diálogo; 4. Justicia y paz; 5.
Medios de Comunicación Social. Además del animado y profundo debate
sobre el tema durante las varias fases de la actividad sinodal, un
evento significativo de la Asamblea Especial fue las ceremonias de
apertura y de clausura que incorporaron muchos elementos de la
tradición litúrgica africana.
La documentación resultante incluye un extenso “Mensaje al Pueblo de
Dios”, distribuido al término de la Asamblea Especial y la
Exhortación Apostólica Post-Sinodal Ecclesia in África del 14 de
septiembre de 1995, firmada y presentada en la Iglesia durante la
visita sinodal en África del Santo Padre, desde el 14 hasta el 20 de
septiembre de 1995, para la fase celebrativa de la Asamblea
Especial.
14. IX Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 2 - 29 de octubre de 1994
Padres sinodales: 245
Tema: “La vida consagrada y su misión en la Iglesia y en el mundo”
El 30 de diciembre de 1991 el Santo Padre anunció la convocación de
una asamblea sinodal sobre el tema de la vida consagrada. Algunos
han interpretado este gesto como una conclusión lógica del
tratamiento de los estados de vida en la Iglesia, iniciada en las
dos asambleas ordinarias precedentes sobre el laicado y sobre el
sacerdocio respectivamente. El período de oración y de reflexión que
precedió a la Asamblea sinodal fue particularmente fecundo, dando
lugar a intensos intercambios no sólo en los institutos de vida
consagrada y en las sociedades de vida apostólica, sino también en
organismos nacionales e internacionales, por no hablar de las
diversas iniciativas individuales y de grupo con la jerarquía de la
Iglesia y los diversos Dicasterios de la Curia Romana. Los Padres
sinodales trataron un gran número de argumentos inherentes al tema y
escucharon atentamente las numerosas intervenciones de los oyentes.
Dignos de mención fueron la participación de un elevado número de
Padres sinodales pertenecientes a congregaciones religiosas, el
nombramiento de una religiosa y de un religioso como Secretarios
Especiales Adjuntos y de un elevado número de mujeres y hombres
dedicados a la vida consagrada como teólogos y oyentes. El 25 de
marzo de 1996 fue publicada la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal Vita consecrata.
15. Asamblea Especial para el Líbano
Sesiones: 26 de noviembre - 14 de diciembre de 1995
Padres sinodales: 69
Tema: “Cristo es nuestra esperanza: renovados en su espíritu,
solidarios somos testigos de su amor”
Considerando las particulares necesidades de la Iglesia en el Líbano
debidas al prolongado período de guerra, el Santo Padre anunció el 6
de junio de 1991 su intención de convocar una Asamblea Especial del
Sínodo de los Obispos para el Líbano. Después de algunas reuniones
preliminares con los patriarcas de las Iglesias Orientales del
Líbano, en enero de 1992 fue constituido un Consejo de diez
miembros, representantes de las seis Iglesias católicas sui iuris
en el Líbano, para participar en la necesaria tarea de preparación.
Al mismo tiempo, fue nombrado un obispo libanés como coordinador “in
loco”.
Los Lineamenta de la Asamblea Especial fueron publicados el
13 de marzo de 1993, dando comienzo a la fase de oración y de
reflexión sobre el tema sinodal por parte de las diócesis locales y
de los diversos organismos eclesiales en el Líbano, período que se
prolongó hasta el 1 de Noviembre de 1994. Las respuestas a los
Lineamenta fueron incorporadas al Instrumentum laboris,
documento de trabajo de la Asamblea Especial, que sirvió como punto
de referencia durante la Asamblea sinodal. El 12 de diciembre fue
distribuida a los padres sinodales una versión con notas del Código
de los Cánones de las Iglesias Orientales, publicado con el auspicio
del Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos
Legislativos.
La Exhortación Apostólica Post-Sinodal Une espérance nouvelle
pour le Liban (“Una esperanza nueva para Líbano”) fue publicada
el 10 de mayo de 1997, con ocasión de la visita del Santo Padre al
Líbano para la fase de celebración de la Asamblea Especial. Una
traducción árabe del documento, preparada por la Asamblea de los
Patriarcas y de los Obispos del Líbano (A.P.E.C.L.), fue publicada
sucesivamente en 1998. El Consejo post-sinodal, fruto de esta
asamblea especial, continúa a reunirse para evaluar el impacto y la
aplicación de la Exhortación Apostólica Post-Sinodal en el Líbano.
En el año 2003 fue preparado un informe sobre este argumento, el
cual fue enviado a toda la jerarquía eclesiástica del Líbano, a los
Superiores de los Dicasterios de la Curia Romana, a los Patriarcas,
a los Arzobispos y Metropolitanos de las Iglesias Orientales sui
iuris, a los Presidentes de las Conferencias Episcopales en todo
el mundo y a otros organismos interesados. Desde ese momento, el
Consejo Especial se ha reunido periódicamente para evaluar la
situación del Líbano.
16. Asamblea Especial para América
Sesiones: 16 de noviembre - 12 de diciembre de 1997
Padres sinodales: 233
Tema: “Encuentro con Jesucristo vivo, camino para la conversión, la
comunión y la solidaridad en América”
En la Carta Apostólica Tertio millennio adveniente, el Santo
Padre ha expresado su deseo de continuar el movimiento sinodal a
nivel continental, empezando con las Asambleas Especiales para
Europa (1991) y para África (1994), y convocando asambleas sinodales
especiales, incluyendo la Asamblea Especial para América, como parte
del programa que conducirá a la celebración del Gran Jubileo del Año
2000. El 12 de junio de 1995 fue nombrado un Consejo pre-sinodal
para colaborar en la preparación de la Asamblea Especial. Con su
asistencia, los Lineamenta fueron publicados el 3 de
septiembre de 1996 y el Instrumentum laboris el 10 de
septiembre de 1997.
Durante la asamblea, los Padres sinodales examinaron los diversos
aspectos de la vida eclesial y de la sociedad en el continente
americano y buscaron los mejores caminos y medios para dar la
posibilidad al pueblo de América de encontrarse con Jesucristo. Con
este fin, debatieron acerca de la relación entre el Evangelio y la
cultura y sobre los importantes conceptos de conversión, comunión y
solidaridad para responder a los grandes desafíos de la sociedad
contemporánea en el continente. Al término de la Asamblea Especial
los Padres sinodales publicaron el habitual Nuntius o “Mensaje
al Pueblo de Dios”.
Un Consejo post-sinodal, elegido durante la asamblea, se reunió en
varias ocasiones para evaluar los resultados del Sínodo y asistir al
Santo Padre en la redacción de la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal Ecclesia in América del 22 de enero de 1999,
promulgada por el Santo Padre el 23 de enero de 1999, durante la
fase de celebración de la Asamblea Especial en Ciudad de México. Al
día siguiente, muchos participantes sinodales provenientes de todo
el continente participaron en la liturgia eucarística celebrada en
el Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe.
Luego, el Consejo post-sinodal, elegido durante la asamblea, tuvo
varios encuentros para la supervisión de la aplicación del documento
y para estimular a los Obispos con sus iniciativas en el continente
en respuesta al documento post-sinodal. En el año 2002 fue preparado
un Informe sobre este argumento, que fue enviado a los
miembros de la jerarquía eclesiástica en América, a los Superiores
de los Dicasterios de la Curia Romana, a los Patriarcas, a los
Arzobispos Mayores y Metropolitanos de las Iglesias Orientales
sui iuris, a los Presidentes de las Conferencias Episcopales de
todo el mundo y a otros organismos interesados. El Consejo Especial
se reúne periódicamente para continuar las discusiones sobre
cuestiones prioritarias del continente ilustradas en el Informe.
17. Asamblea Especial para Asia
Sesiones: 19 de abril - 14 de mayo de 1998
Padres sinodales: 191
Tema: “Jesucristo el Salvador y su misión de amor y de servicio en
Asia: ‘Yo he venido para que tengan vida y la tengan en abundancia’
(Jn. 10, 10)”
En la Carta Apostólica Tertio millenio adveniente, el Santo
Padre anunció su intención de convocar asambleas sinodales
especiales a nivel continental como parte del programa de
preparación del Gran Jubileo del año 2000. El 10 de septiembre de
1995, el Santo Padre constituyó un Consejo pre-sinodal para la
Asamblea Especial para Asia, formado principalmente por cardenales,
arzobispos y obispos de Asia. Una de sus tareas fue la de asistir a
la Secretaría General en la redacción de los Lineamenta,
difundidos el 3 de septiembre de 1996, y del Instrumentum laboris,
publicado el 13 de febrero de 1998.
Durante la Asamblea Especial los Padres sinodales, teniendo en
consideración el hecho de que la Iglesia es una pequeña pero vivaz
grey en el continente asiático, donde están presentes las Grandes
Religiones del Mundo, concentraron su atención en la unicidad de la
persona de Jesús el Salvador y sobre su don de vida abundante en el
contexto del plan de la Iglesia de una nueva evangelización. Se
dedicó una atención especial al modo con el que la Iglesia, en un
plan pastoral concreto, puede continuar la misión del Señor de amor
y servicio en Asia. Al final, los Padres sinodales publicaron un
Nuntius o Mensaje al Pueblo de Dios en el que se tratan
diversos puntos del tema sinodal.
Como resultado de la asamblea sinodal fue constituido un Consejo
post-sinodal. Habiéndose reunido en diversas ocasiones, este consejo
ofreció su asistencia en el estudio de las recomendaciones
propuestas por la asamblea especial y colaboró en la redacción de la
Exhortation Apostólica Post-Sinodal Ecclesia in Asia, firmada
por el Santo Padre el 6 de noviembre de 1999 en la Catedral del
Sagrado Corazón, durante la fase celebrativa del 5 al 8 de noviembre
1999 en Nueva Delhi, en la India. Después, el Consejo post-sinodal
se ha reunido periódicamente para valorar la distribución y
aplicación del documento en la Iglesia en Asia. En el año 2002 fue
preparado un Informe sobre el argumento, que fue enviado a la
jerarquía eclesiástica en el Continente asiático, a los Superiores
de los Dicasterios de la Curia Romana, a los Patriarcas, a los
Arzobispos Mayores y Metropolitanos de las Iglesias Orientales
sui iuris, a los Presidentes de las Conferencias Episcopales y a
otros organismos interesados.
El Consejo Especial se sigue reuniendo periódicamente para proseguir
con la discusión sobre las cuestiones prioritarias del Continente
propuestas en el Informe.
18. Asamblea Especial para Oceanía
Sesiones: 22 de noviembre - 12 de diciembre de 1998
Padres sinodales: 117
Tema: “Jesucristo y los pueblos de Oceanía: siguiendo su camino,
proclamando su verdad y viviendo su vida”
La Asamblea Especial para Oceanía ha sido la tercera asamblea
sinodal continental o regional de la relación anunciada por el Santo
Padre con la carta apostólica Tertio millennio adveniente,
como parte de la preparación al Gran Jubileo del Año 2000. El 7 de
junio de 1996, el Santo Padre nombró el Consejo pre-sinodal
constituido principalmente por los Obispos de Oceanía. En una serie
de encuentros que tuvieron lugar en Roma y Wellington, (Nueva
Zelanda), el Consejo ofreció su asistencia en la redacción de los
Lineamenta, estableció criterios para la participación y
colaboró en la redacción del Instrumentum laboris.
Una característica peculiar de esta Asamblea Sinodal fue que todos
los Obispos de la región participaban como miembros ex officio.
Para reducir las dificultades del viaje y limitar la ausencia de los
Obispos de sus Iglesias locales, se tomaron las medidas necesarias
para que las visitas ad limina se hicieran en concomitancia
con la Asamblea Especial. A pesar de las grandes diferencias entre
las varias situaciones pastorales de la región, durante los trabajos
sinodales se observaron muchas preocupaciones comunes como la
inculturación del Evangelio, la nueva atención hacia la catequesis y
la formación, la revitalización de la fe de los creyentes, la
atención pastoral de la juventud, emigrantes y nativos, etc., todo
ello convergente hacia la persona de Cristo, el camino, la verdad y
la vida.
El 11 de diciembre de 1998 se estableció un Consejo post-sinodal,
con tres miembros de nómina pontificia. El Consejo tuvo varios
encuentros donde se discutieron los resultados de la Asamblea
Especial y se ofreció asistencia en la redacción, por parte del
Santo Padre, de la Exhortación Apostólica Post-Sinodal Ecclesia
in Oceanía. Dicho documento fue promulgado el 22 de noviembre de
2001, en una importante e histórica ceremonia en el Vaticano,
durante la cual el documento fue simultáneamente transmitido a
través de internet a todas las diócesis de la región.
Ecclesia in Oceanía es el primer documento papal promulgado a
través de internet en la era del ordenador.
En el año 2003 el Consejo Post-sinodal se reunió para iniciar el
proceso de examen del impacto y aplicación de la Ecclesia in
Oceanía en la región, que ha elaborado un informe ya enviado a
los Obispos de Oceanía y compartido con la Iglesia universal en el
2006. En la reunión de febrero del 2000, los miembros del Consejo
tomaron la decisión de realizar su próximo encuentro en Australia,
en concomitancia con la Asamblea Plenaria de la Federación de las
Conferencias Episcopales de Oceanía, que se realizará en mayo del
2010.
19. II Asamblea Especial para Europa
Sesiones: 1-23 de octubre de 1999
Padres sinodales: 117
Tema: “Jesucristo viviente en su Iglesia, fuente de esperanza para
Europa”
La Segunda Asamblea Especial para Europa es la última de la serie de
Asambleas Sinodales continentales convocadas por el Santo Padre en
su Carta Apostólica Tertio millenio adveniente como parte de
la preparación al Gran Jubileo del Año 2000. Aunque la Primera
Asamblea Especial para Europa tuvo lugar hace menos de una década,
en 1991, nuevas situaciones sociales y culturales, presentes en el
continente tras los cambios políticos ocurridos en el Este, han
creado desafíos pastorales que han hecho que fuera especialmente
oportuno convocar una Segunda Asamblea Especial para Europa.
El 9 de febrero de 1997 el Santo Padre nombró el Consejo pre-sinodal
para colaborar en la preparación de esta Asamblea Sinodal. Este
Consejo, con la asistencia de teólogos europeos y del personal de la
Secretaría General, publicó los Lineamenta (primavera de
1998) y el Instrumentum laboris (21 de junio de 1999) de la
Asamblea Especial.
Durante la Segunda Asamblea Especial, los padres sinodales prestaron
atención a las diversas realidades de la Iglesia en Europa y al
particular momento histórico en relación al proyecto de unificación
del continente. El tema de Jesucristo, viviente en su Iglesia,
dominó la discusión sinodal sobre las raíces culturales del
continente y, al mismo tiempo, constituyó una fuente de esperanza en
la construcción de una nueva Europa sobre el fundamento de la fe.
El Consejo post-sinodal, elegido durante la asamblea, se ha reunido
en varias ocasiones para analizar los resultados del Sínodo y para
ofrecer su colaboración en la redacción del Santo Padre de la
Exhortación Post-Sinodal Ecclesia in Europa, promulgada en el
Vaticano el 28 de junio de 2003, durante las primeras Vísperas de la
solemnidad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo. Posteriormente, el
Consejo post-sinodal se reunió para evaluar el impacto y la
aplicación de Ecclesia in Europa en el continente, elaborando
un cuestionario que se envió a las Conferencias Episcopales y a las
organizaciones continentales en Europa. Las respuestas a dicho
cuestionario fueron utilizadas para evaluar algunos aspectos de la
misión de la Iglesia en Europa.
20. X Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 30 de septiembre - 27 de octubre de 2001
Padres sinodales: 247
Tema: “El Obispo: servidor del Evangelio de Jesucristo para la
esperanza del mundo”
Para preparar la X Asamblea General Ordinaria, el IX Consejo
Ordinario de la Secretaría General se ha reunido periódicamente para
participar en el proceso de consulta que definió el tema sinodal y
colaborar en la redacción de los Lineamenta, enviados el 16
de junio 1998 a los obispos del mundo y a quienes normalmente se
contactan para respuestas oficiales. Estas respuestas han sido
analizadas y sucesivamente tomadas en consideración durante el
trabajo del Consejo para redactar el Instrumentum laboris,
que se hizo público el 1 de junio del 2001.
Durante la asamblea sinodal, los padres sinodales concentraron su
reflexión en la persona y el papel del obispo en su diócesis en el
inicio del Tercer Milenio.
El 26 de octubre de 2001, la asamblea sinodal eligió los miembros
del X Consejo Ordinario de la Secretaría General, a quienes el Santo
Padre agregó otros tres miembros por él designados. En las
siguientes reuniones, este Consejo analizó el material que resultó
del proceso sinodal, especialmente las Propuestas, para ofrecer una
adecuada colaboración al Santo Padre en su redacción de la
Exhortación Apostólica Post-Sinodal Pastores gregis. Dicho
documento fue promulgado el 16 de octubre de 2003, en coincidencia
con el vigésimo quinto aniversario de la elección del Sumo
Pontífice.
21. XI Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 2 - 23 de octubre de 2005
Padres sinodales: 258
Tema: “La Eucaristía: fuente y cumbre de la vida y de la misión de
la Iglesia”
El 29 de noviembre, tomando en consideración la opinión de los
miembros del X Consejo Ordinario de la Secretaría General del Sínodo
de los Obispos, basada a su vez en la consulta a las Conferencias
Episcopales de todo el mundo y a otros organismos interesados, el
Papa Juan Pablo II decidió convocar la Undécima Asamblea General
Ordinaria para tratar el tema de la Eucaristía. Merece una especial
atención el hecho de que la decisión del Papa tuvo lugar poco tiempo
después de la publicación de su encíclica sobre el mismo argumento.
Esta asamblea sinodal fue convocada para presentar al Santo Padre la
reflexión pastoral de los obispos de todo el mundo sobre un tema de
vital importancia en la vida y la misión de la Iglesia.
Los Lineamenta, elaborados por el X Consejo Ordinario de la
Secretaría General con la asistencia de teólogos, fueron enviados el
31 de marzo de 2004 a las Conferencias Episcopales, a las Iglesias
Orientales sui iuris, a los Superiores de los Dicasterios de
la Curia Romana, a la Unión de los Superiores Generales y a otros
organismos competentes. Durante una asamblea sucesiva, el Consejo
analizó las respuestas a las preguntas de los Lineamenta y,
nuevamente con la ayuda de los expertos, redactó el Instrumentum
Laboris, que fue publicado el 7de julio de 2005.
Después de esta elección, el Papa Benedicto XVI confirmó las fechas
de la asamblea sinodal y, al mismo tiempo, aprobó las siguientes
innovaciones de las actividades sinodales: la reducción de la
duración de la asamblea sinodal a tres semanas; una hora para la
discusión libre; la duración de las intervenciones después de la
conclusión de las sesiones plenarias de la tarde; el voto
electrónico de los miembros - además de la acostumbrada votación por
escrito - en las Propuestas o
recomendaciones sinodales y la publicación pro hoc vice de la
traducción italiana de las Propuestas.
Una sesión especial se llevó a cabo para conmemorar el 40
aniversario de la institución del Sínodo de los Obispos, durante la
cual varios Padres sinodales hablaron sobre los aspectos teológicos,
jurídicos e históricos del Sínodo. Posteriormente estas
presentaciones, junto al material de referencia de las asambleas
sinodales, fue publicado en el libro que lleva por título: Il
Sínodo de los Obispos: 40 Años de Historia, editado por la
Universidad Lateranense.
La documentación oficial producido por la asamblea sinodal incluyó
el Mensaje al Pueblo de Dios (Nuntius), elaborado
durante la asamblea y aprobado por los Padres sinodales, así como la
Exhortación Apostólica Post-Sinodal Sacramentum Caritatis del
Santo Padre del 22 de febrero 2007.
22. XII Asamblea General Ordinaria
Sesiones: 5 al 26 de octubre de 2008
Padres sinodales: 253
Tema: “La palabra de Dios en la vida y en la misión de la Iglesia”
El 6 de octubre 2006, el Papa Benedicto XVI anunció su decisión de
convocar la Duodécima Asamblea General Ordinaria para abordar el
tema La palabra de Dios en la vida y en la misión de la Iglesia.
El Sínodo de la Palabra de Dios quiso dar continuidad al precedente
Sínodo sobre la Eucaristía del año 2005 y, de esta manera, resaltar
la relación intrínseca entre la Eucaristía y la Palabra de Dios para
la vida y la misión de la Iglesia.En su fase preparatoria, los
miembros del Consejo, con la asistencia de los expertos, redactaron
los Lineamenta, publicados el 27 de abril 2007, con las
líneas directivas preliminares sobre el tema, que incluyeron además
un conjunto de argumentos para la discusión y oración a nivel local.
En los encuentros posteriores del Consejo se analizaron las
respuestas a los argumentos tratados en los Lineamenta,
presentados a la Secretaría General, junto a las observaciones de
grupos e individuos y, se redactó el Instrumentum laboris,
que fue dado a conocer el 12 de junio de 2008.
Esta Asamblea sinodal fue la primera que se llevó a cabo después de
haber sido sometido a revisión el Ordo Synodi Episcoporum,
aprobado por el Santo Padre el 29 de septiembre de 2006, acogiendo
el consejo de la Secretaria General del Sínodo de los Obispos sobre
la oportunidad de actualizar los estatutos, para adecuarlos al
Código de derecho canónico y al Código de cánones de las
Iglesias Orientales.
Un rasgo distintivo de esta Asamblea sinodal fue su desarrollo
coincidente con la celebración del Año Paulino, cuyo inicio fue el
29 de junio de 2008. Para conmemorar tal ocasión, la liturgia de
apertura del Sínodo se celebró en la Basílica Papal de San Pablo
Extramuros. Al mismo tiempo, dado el argumento que se discutía, un
Rabino fue invitado por primera vez para dialogar con los Padres
sinodales y con los participantes. Igualmente, a la Asamblea sinodal
asistió por primera vez Su Eminencia Bartolomé I, Patriarca
ecuménico de Constantinopla, quien se dirigió a los participantes
sinodales durante la celebración de la Vísperas en la Capilla
Sixtina.
Del mismo modo, durante la Duodécima Asamblea General Ordinaria, las
55 Proposiciones elaboradas colegialmente por los Padres sinodales,
fueron anunciadas al público pro hoc vice en una traducción
italiana. Durante la sesión conclusiva del Sínodo, los miembros
anunciaron también el Mensaje al Pueblo de Dios (Nuntius).
El XII Consejo Ordinario tuvo por consiguiente varios encuentros
para analizar los resultados de la reunión sinodal y redactar el
borrador de sus contribuciones para someterlas al Santo Padre en
vista de su redacción de la Exhortación Apostólica Post-Sinodal
Verbum Domini, promulgada el 30 de septiembre de 2010.
23. II Asamblea Especial para África
Sesiones: 4 al 25 de octubre de 2009
Padres sinodales: 244
Tema: “La Iglesia en África al servicio de la reconciliación, la
justicia y la paz. ‘Vosotros sois la sal de la tierra … Vosotros
sois la luz del mundo’ (Mt. 5, 13-14)”
El 13 de noviembre 2004, durante el Simposio de los Obispos de
África y Europa, realizado en Roma, el Papa Juan Pablo II, “acogió
la voluntad del Consejo especial para África” y, respondiendo a “la
esperanza de los pastores africanos”, anunció la convocación de la
Segunda Asamblea especial para África. En la Audiencia semanal del
22 de junio de 2005, el Santo Padre, Papa Benedicto XVI volvió a
confirmar esta decisión.
Después del anuncio inicial de una II Asamblea Especial, y en
colaboración con el Consejo Especial para África, el Santo Padre,
Papa Benedicto XVI , formuló el tema sinodal: “La Iglesia en África
al servicio de la reconciliación, la justicia y la paz. ‘Vosotros
sois la sal de la tierra … Vosotros sois la luz del mundo’ (Mt. 5,
13-14)”. Con la ayuda de especialistas, el Consejo elaboró los
Lineamenta que presentaron el tema y contenían un conjunto de
argumentos para la discusión y la oración a nivel local y que fueron
dados a conocer el 27 de junio 2006.
Las respuestas al cuestionario fueron enviadas a la Secretaría
General para ser utilizadas en la elaboración del Instrumentum
laboris, el documento que contiene el programa de la Asamblea
sinodal. El Santo Padre, Papa Benedicto XVI, entregó personalmente
el documento el 19 de marzo de 2009 a los presidentes de las
Conferencias episcopales de África, durante su Visita apostólica a
Camerún y Angola.
Dada la naturaleza continental de la Asamblea, y para asegurar la
máxima participación de los miembros, el Consejo especial para
África elaboró criterios especiales para dicha participación, que
después de haber recibido la aprobación papal, fueron utilizados por
las Conferencias episcopales en África para elegir a los miembros
para la Asamblea especial, además de aquellos que participarían en
función de su cargo y por nómina papal.
En el curso de la Segunda Asamblea Especial, los padres sinodales
dirigieron su atención a las distintas realidades en la Iglesia en
el continente africano, en especial a la reconciliación, la justicia
y la paz para que la Iglesia pueda responder a su misión de ser “la
sal de la tierra y la luz del mundo” en los ámbitos social, cultural
y religioso. A través de su ministerio de reconciliación, la Iglesia
está llamada a establecer la paz y fomentar la justicia,
contribuyendo de esta manera a la promoción y desarrollo de todas
las poblaciones en África. La primera asamblea sinodal, haciendo un
llamamiento a la Iglesia en el continente para que renueve el
dinamismo y la esperanza, llegó a ser conocida como el Sínodo de la
Resurrección y la Esperanza; por la centralidad que otorga a la
misión de la Iglesia, la segunda es llamada cada vez más a menudo el
Sínodo del Nuevo Pentecostés.
La Asamblea sinodal aprobó el Mensaje final, que fue a la vez
un llamamiento y una fuente de aliento para la misión de la Iglesia
en África, y 57 Propositiones o Propuestas para ser
presentadas al Santo Padre, en las cuales los padres sinodales se
habían propuesto tratar pastoralmente las distintas cuestiones
discutidas durante la asamblea. El Consejo post-sinodal, elegido
durante la Asamblea, tuvo por consiguiente varios encuentros para
analizar los resultados de la Asamblea sinodal y redactar el
borrador de sus contribuciones para someterlas al Santo Padre en
vista de su redacción de la Exhortación Apostólica Post-Sinodal
Africae munus. El Sumo Pontífice, durante su Visita Apostólica a
Benín del 18 al 20 de noviembre de 2011, firmó y presentó la
Exhortación Apostólica Post-Sinodal Africae munus a la
Iglesia en África y en el mundo.
24. Asamblea Especial para Oriente Medio
Sessiones: 10 - 24 October 2010
Padres sinodales: 185
Tema: "La Iglesia católica en Oriente Medio: comunión y testimonio.
'La multitud de los creyentes no tenía sino un solo corazón y una
sola alma' (Hch 4, 32)"
El Santo Padre, Papa Benedicto XVI, anunció personalmente la
convocación de la Asamblea sinodal el 19 de septiembre de 2009, en
Castelgandolfo, en un encuentro con los jefes de las Iglesias
Católicas Orientales sui iuris. Al mismo tiempo, Su Santidad
estableció también el Consejo Pre-Sinodal para Oriente Medio, cuyos
miembros incluían los 7 Patriarcas, concretamente, 6 de las Iglesias
Católicas Orientales sui iuris y el Patriarca Latino de Jerusalén, y
los dos Presidentes de las Conferencias Episcopales de Turquía e
Irán. Los documentos preparatorios de la Asamblea sinodal
designaron, además de Jerusalén y los Territorios Palestinos, los
siguientes 16 países como “Oriente Medio”: Arabia Saudita, Bahréin,
Chipre, Egipto, Irak, Irán, Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Omán,
Qatar, Siria, Turquía, la Unión de Emiratos Árabes y Yemen.
La idea de convocar esta Asamblea Sinodal surgió de dos
preocupaciones pastorales. En primer lugar, varios obispos,
principalmente de las regiones con más dificultades de Oriente
Medio, como por ejemplo Irak, pidieron al Santo Padre reunir a los
obispos de la región para oír personalmente lo que tenían que decir
sobre la a menudo dramática situación de los fieles confiados a su
cuidado pastoral y, con la gracia del Espíritu Santo y en comunión
episcopal, buscar posibles maneras de mejorar la situación,
empezando con la comunión interna de las Iglesias, y de estas
Iglesias entre sí. Consultas sobre la materia llegaron también de
los cardenales y prelados de la Curia Romana, que tenían contactos
frecuentes con Pastores y cristianos de Tierra Santa, bien
institucionalmente o personalmente.
Considerando el relativamente poco tiempo para preparar la reunión
sinodal, el Consejo sinodal tuvo una serie de encuentros para
redactar los Lineamenta que, finalmente, se publicaron el 19
de enero de 2010 en 4 idiomas (árabe, inglés, francés e italiano) y
fueron enviados a las partes interesadas en el proceso de consulta.
Al mismo tiempo se debatieron los criterios para la participación a
la Asamblea sinodal, que fueron posteriormente aprobados por el
Santo Padre. En base a las respuestas y observaciones hechas a los
Lineamenta, el Consejo pre-sinodal volvió a reunirse para
redactar el Instrumentum Laboris, el “documento de trabajo”
que planifica la agenda para el Sínodo y que fue presentado
personalmente por el Santo Padre durante su Visita Apostólica a
Chipre del 4 al 7 de junio de 2010 a los miembros del Consejo pre-sinodal,
quienes representaban a todo el episcopado de Oriente Medio.
Además de los Padres sinodales, un número significativo de expertos,
auditores, delegados fraternos e invitados - todos vinculados de
alguna forma con la Iglesia en Oriente Medio - tomaron parte en la
asamblea sinodal, incluyendo un rabino y dos representantes
musulmanes, los cuales se dirigieron a la asamblea.
La Asamblea Especial para Oriente Medio tuvo como resultado 44
Propositiones, que se dieron a conocer al público pro hoc vice
en una traducción italiana. En la conclusión del Sínodo, los
miembros también publicaron un Mensaje para el Pueblo de Dios (Nuntius).
El Consejo Especial, formado durante la Asamblea sinodal, se reunió
posteriormente en varias ocasiones para analizar la documentación
del proceso sinodal, y redactó su contribución para someterla al
Santo Padre para su redacción de la Exhortación Apostólica
Post-Sinodal Ecclesia in Medio Oriente, que fue firmada y
presentada a la Iglesia en Oriente Medio durante la visita
Apostólica del Santo Padre a Líbano, del 14 al 16 de septiembre de
2012.
[Texto realizado por la Secretaría General del Sínodo de los
Obispos - Original en inglés - Traducción de trabajo no oficial de
la Oficina de Prensa de la Santa Sede]
IV.
DOCUMENTOS OFICIALES
IV.1. Código de Derecho Canonico (C.I.C.) (Can. 342-348)
El Sínodo de los Obispos quedó instituido, por iniciativa del Papa
Pablo VI, con el "motu proprio" Apostolica sollicitudo (15 Septiembre
1965). Las disposiciones de esta carta apostólica se encuentran en los
cc. 342-348 del Código de Derecho Canónico y en el c. 46 del Código de
los Cánones de las Iglesias Orientales.
Canon 342 - El Sínodo de los Obispos es una asamblea de Obispos
escogidos de las distintas regiones del mundo, que se reúnen en
ocasiones determinadas para fomentar la unión estrecha entre el Romano
Pontífice y los Obispos, y ayudar al Papa con sus consejos para la
integridad y mejora de la fe y costumbres y la conservación y
fortalecimiento de la disciplina eclesiástica, y estudiar las cuestiones
que se refieren a la acción de la Iglesia en el mundo.
Canon 343 - Corresponde al Sínodo de los Obispos debatir las cuestiones
que han de ser tratadas, y manifestar su parecer, pero no dirimir esas
cuestiones ni dar decretos acerca de ellas, a no ser que en casos
determinados le haya sido otorgada potestad deliberativa por el Romano
Pontífice, a quien compete en este caso ratificar las decisiones del
Sínodo.
Canon 344 - El Sínodo de los Obispos está sometido directamente a la
autoridad del Romano Pontífice, a quien corresponde:
1º convocar el Sínodo, cuantas veces le parezca oportuno, y determinar
el lugar en el que deben celebrarse las reuniones;
2º ratificar la elección de aquellos miembros que han de ser elegidos
según la norma del derecho peculiar, y designar y nombrar a los demás
miembros;
3º determinar con la antelación oportuna a la celebración del Sínodo,
según el derecho peculiar, los temas que deben tratarse en él;
4º establecer el orden del día;
5º presidir el Sínodo personalmente o por medio de otros;
6º clausurar el Sínodo, trasladarlo, suspenderlo y disolverlo.
Canon 345 - El Sínodo de los Obispos puede reunirse, sea en asamblea
general, en la que se traten cuestiones que miran directamente al bien
de la Iglesia universal, pudiendo ser esta asamblea tanto ordinaria como
extraordinaria, sea en asamblea especial, para problemas que conciernen
directamente a una o varias regiones determinadas.
Canon 446 - § 1. Integran el Sínodo de los Obispos, cuando se reúne en
asamblea general ordinaria, miembros que son, en su mayor parte, Obispos,
unos elegidos para cada asamblea por las Conferencias Episcopales, según
el modo determinado por el derecho peculiar del Sínodo; otros son
designados por el mismo derecho; otros, nombrados directamente por el
Romano Pontífice; a ellos se añaden algunos miembros de institutos
religiosos clericales elegidos conforme a la norma del mismo derecho
peculiar.
§ 2. Integran el Sínodo de los Obispos reunido en asamblea general
extraordinaria, para tratar cuestiones que exigen una resolución rápida,
miembros que son, en su mayoría, Obispos designados por el derecho
peculiar del Sínodo en razón del oficio que desempeñan; otros, nombrados
directamente por el Romano Pontífice; a ellos se añaden algunos miembros
de institutos religiosos clericales, igualmente elegidos a tenor del
mismo derecho peculiar.
§ 3. Integran el Sínodo de los Obispos reunido en asamblea especial
miembros seleccionados principalmente de aquellas regiones para las que
ha sido convocado, según la norma del derecho peculiar por el que se
rige el Sínodo.
Canon 347 - § 1. Cuando el Romano Pontífice clausura la asamblea del
Sínodo de los Obispos, cesa la función que en la misma se había confiado
a los Obispos y demás miembros.
§ 2. La asamblea del Sínodo queda suspendida ipso iure cuando, una vez
convocada o durante su celebración, se produce la vacante de la Sede
Apostólica; y asimismo se suspende la función confiada a los miembros en
ella hasta que el nuevo Pontífice declare disuelta la asamblea o decrete
su continuación.
Canon 348 - § 1. El Sínodo de los Obispos tiene una Secretaría general
permanente, que preside un Secretario general, nombrado por el Romano
Pontífice, a quien asiste el Consejo de la secretaría, que consta de
Obispos, algunos de los cuales son elegidos por el mismo Sínodo según la
norma de su derecho peculiar, y otros son nombrados por el Romano
Pontífice, cuya función termina al comenzar una nueva asamblea general.
§ 2. Para cualquier tipo de asamblea del Sínodo de los Obispos se
nombran además uno o varios secretarios especiales, designados por el
Romano Pontífice, que únicamente permanecen en dicho oficio hasta la
conclusión de la asamblea del Sínodo.
IV.2.
Código de los Canones de las Iglesias Orientales (C.C.E.O.) (Can. 46)
Canon 46.- § 1. En el ejercicio de su función, el Romano Pontífice es
asistido por los Obispos, quienes pueden colaborar con él de varias
maneras, entre las cuales está el Sínodo de los Obispos; también le
ofrecen su ayuda los Padres Cardenales, la Curia Romana, los Legados
pontificios, así como otras personas e instituciones según la necesidad
de los tiempos; todas estas personas e instituciones ejercen su misión
en nombre y con la autoridad del encargo a ellos encomendado, para el
bien de las Iglesias, según las normas establecidas por el Romano
Pontífice.
§ 2. La participación, en el Sínodo de los Obispos, de los Patriarcas y
de todas las demás Jerarquías, que presiden las Iglesias sui iuris,
viene regulada por normas especiales dadas por el mismo Romano Pontífice.
IV.3.
Carta Apostólica Apostolica sollicitudo (15 Septiembre 1965) promulgada
'motu proprio' del Papa Pablo VI por la cual se constituye el Sínodo de
los Obispos para la Iglesia Universal
La Apostolica solicitudo con la que, después de haber observado
atentamente los signos de los tiempos, nos esforzamos por adaptar los
métodos de apostolado a las múltiples necesidades de nuestro tiempo y a
las nuevas condiciones de la sociedad, nos induce a consolidar con
vínculos más íntimos Nuestra unión con los Obispos, "a quienes puso el
Espíritu Santo (...) para gobernar la Iglesia de Dios" (Hech 20, 28).
Nos mueve a ello no sólo la reverencia, la estima y el agradecimiento,
que sentimos como un deber hacia todos nuestros Venerables Hermanos en
el Episcopado, sino también la gravísima carga de Pastor universal que
se nos ha impuesto, por la cual estamos obligados a conducir hacia los
pastos eternos al Pueblo de Dios. En esta nuestra época, agitada
ciertamente y llena de tantos peligros, pero también abierta de manera
patente a los influjos saludables de la gracia divina, la experiencia
diaria nos enseña hasta qué punto es útil para nuestro oficio apostólico
dicha unión con los Obispos, razón por la cual tenemos sumo interés en
fomentarla y aumentarla por todos los medios posibles, "para que -como
dijimos en otra ocasión- no nos falte el consuelo de su presencia, la
ayuda de su prudencia y experiencia, el apoyo de sus consejos y la
aprobación de su autoridad" (Discurso a los Padres Conciliares en la III
Sesión: AAS 56 [1964] 1011).
Era conveniente, pues, sobretodo durante la celebración del Concilio
Ecuménico Vaticano II, afianzar en Nuestro ánimo la persuasión de la
necesidad e importancia de hacer cada vez mayor uso de la colaboración
de los Obispos, para bien de la Iglesia universal. Más aún, también el
Concilio Ecuménico nos brindó la ocasión de concebir la idea de
constituir establemente un consejo especial de Obispos, con el fin de
que, aún después de terminado el Concilio, continúe llegando al pueblo
cristiano aquella abundancia de beneficios que felizmente se ha obtenido,
durante el tiempo del Concilio, como fruto de Nuestra íntima unión con
los Obispos.
Así, pues, estando ya el Concilio Ecuménico Vaticano II encaminado hacia
su fin, pensamos que ha llegado el tiempo oportuno para llevar a la
práctica el proyecto concebido desde hace tiempo. Y lo hacemos con tanta
mayor satisfacción, cuanto que sabemos que los Obispos del orbe católico
apoyan abiertamente esta decisión Nuestra, como consta por los deseos de
muchos Pastores sobre esta materia, manifestados durante el Concilio.
Por lo tanto, después de haber considerado bien todas las cosas, por
Nuestra estima y reverencia hacia todos los Obispos católicos y con el
fin de darles la posibilidad de participar más abierta y eficazmente en
Nuestra solicitud por la Iglesia universal, 'motu proprio' y en virtud
de Nuestra autoridad apostólica, erigimos y constituimos en esta ciudad
de Roma un consejo estable de Obispos para la Iglesia universal, sujeto
directa e inmediatamente a Nuestra autoridad, al que designamos con el
nombre propio de Sínodo de los Obispos.
Este Sínodo, que como todas las instituciones humanas, se podrá ir
perfeccionando con el pasar del tiempo, se rige por las normas generales
que se enumeran a continuación:
I
El Sínodo de los Obispos, por medio del cual los Obispos elegidos de las
diversas partes del mundo prestan una ayuda más eficaz al Pastor Supremo
de la Iglesia, se constituye de tal forma que sea: a) un instituto
eclesiástico central; b) que represente a todo el episcopado católico;
c) perpetuo por su naturaleza, y d) en cuanto a la estructura, desempeñe
su función en tiempo determinado y según la ocasión.
II
Corresponde al Sínodo de los Obispos, por su misma naturaleza, la tarea
de informar y aconsejar. Podrá gozar también del poder deliberativo
cuando se lo conceda el Romano Pontífice, a quien corresponderá en este
caso ratificar la decisión del Sínodo.
1. Los fines generales del Sínodo de los Obispos son:
a) fomentar la íntima unión y colaboración entre el Sumo Pontífice y los
Obispos de todo el mundo;
b) procurar que se tenga conocimiento directo y verdadero de las
cuestiones y de las circunstancias que atañen a la vida interna de la
Iglesia y a su acción propia en el mundo actual;
c) facilitar la concordia de opiniones, por lo menos en cuanto a los
puntos fundamentales de la doctrina y en cuanto a al modo de proceder en
la vida de la Iglesia.
2. Los fines especiales y próximos son los siguientes:
a) intercambiarse noticias oportunas;
b) dar consejo acerca de aquellas cuestiones para las que sea convocado
el Sínodo en cada ocasión.
III
El Sínodo de los Obispos está sujeto directa e inmediatamente a la
autoridad del Romano Pontífice, a quien corresponde además:
1. convocar el Sínodo siempre que lo crea conveniente, designando
incluso el lugar donde deberán celebrarse las reuniones;
2. ratificar la elección de los miembros, de la que se habla en los
números V y VIII;
3. determinar las cuestiones de que deberá tratarse, por lo menos seis
meses antes, si es posible, de que se celebre el Sínodo;
4. determinar que se envíe la materia, que debe ser tratada, a aquellos
que deberán asistir al debate de tales cuestiones;
5. presidir el Sínodo por sí mismo o por medio de otros.
IV
El Sínodo de los Obispos puede reunirse en Asamblea General, en Asamblea
Extraordinaria y en Asamblea Especial.
V
El Sínodo de los Obispos reunidos en Asamblea General comprende en
primer lugar y de suyo:
1. a)los Patriarcas, Arzobispos Mayores y Metropolitanos fuera de los
Patriarcados de las Iglesias Católicas de rito oriental;
b)los Obispos elegidos por cada una de las Conferencias Episcopales
Nacionales, a tenor de la norma nº VIII;
c)los Obispos elegidos por las Conferencias Episcopales de varias
naciones, constituidas para aquellas naciones que no tienen su propia
Conferencia, según la norma nº VIII;
d)a éstos se añaden diez Religiosos, elegidos por la Unión Romana de
Superiores Generales, que representan a los Institutos Religiosos
Clericales.
2. Participan también en la Asamblea General del Sínodo de los Obispos
los Cardenales Prefectos de los Dicasterios de la Curia Romana.
VI
El Sínodo de los Obispos reunido en asamblea extraordinaria comprende:
1.a)los Patriarcas, Arzobispos Mayores y Metropolitanos fuera de los
Patriarcados de las Iglesias Católicas de rito oriental;
b) los Presidentes de las Conferencias Episcopales Nacionales;
c)los Presidentes de las Conferencias Episcopales de varias naciones,
constituidas para aquellas naciones que no tienen su Conferencia propia;
d)tres Religiosos, elegidos por la Unión Romana de Superiores Generales,
que representan a los Institutos Religiosos Clericales.
2. Participan también en la asamblea extraordinaria del Sínodo de los
Obispos los Cardenales Prefectos de los Dicasterios de la Curia Romana.
VII
El Sínodo de los Obispos reunido en Asamblea Especial comprende los
Patriarcas, Arzobispos Mayores y Metropolitanos fuera de los
Patriarcados de las Iglesias Católicas de rito oriental, así como
también los representantes tanto de las Conferencias Episcopales de una
o varias naciones, como de los Institutos Religiosos, como se ha
dispuesto en los números V y VIII, que pertenezcan a aquellas regiones
para las que se ha convocado el Sínodo de los Obispos.
VIII
Los Obispos representantes de cada una de las Conferencias nacionales se
eligen de esta manera:
a) uno por cada Conferencia Episcopal Nacional que conste de no más de
25 miembros;
b) dos por cada Conferencia Episcopal Nacional que conste de no más de
50 miembros;
c) tres por cada Conferencia Episcopal Nacional que conste de no más de
100 miembros;
d) cuatro por cada Conferencia Episcopal Nacional que conste de más de
100 miembros.
Las Conferencias Episcopales de varias naciones eligen a sus
representantes según las mismas normas.
IX
En la elección de los representantes de las Conferencias Episcopales de
una o más naciones y de los Institutos Religiosos en el Sínodo de los
Obispos, debe tenerse muy en cuenta no sólo su ciencia y prudencia en
general, sino también su conocimiento teórico y práctico de la materia
de que va a ocuparse el Sínodo.
X
El Sumo Pontífice aumentará, si lo cree conveniente, el número de los
miembros del Sínodo de los Obispos, añadiendo Obispos, Religiosos
representantes de los Institutos Religiosos, o eclesiásticos peritos,
hasta la proporción del 15 por ciento del número total de miembros de
que se hace mención en los números V y VIII.
XI
Terminada la Asamblea para la que se convocó el Sínodo de los Obispos,
cesan automáticamente tanto la composición de las personas de dicho
Sínodo, como los oficios y cargos que se habían asignado a cada uno de
los miembros.
XII
El Sínodo de los Obispos tiene un Secretario perpetuo o General, a quien
se le asigna un número suficiente de ayudantes. Cada una de las
Asambleas del Sínodo de los Obispos tiene, además, su Secretario
Especial, el cual permanece en su oficio hasta el final de dicha
Asamblea.
Tanto el Secretario General como los Secretarios Especiales son
nombrados por el Sumo Pontífice.
Esto es lo que decretamos y establecemos, sin que a ello pueda oponerse
cosa alguna en contrario.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el 15 de septiembre de 1965, tercer año
de Nuestro pontificado.
Paulus PP. VI
IV.4.
Ordo Synodi Episcoporum, reglamento del Sínodo de los Obispos
Ordo Synodi Episcoporum
[Alemán,
Español,
Francés,
Inglés,
Latín,
Italiano]
V.
DISCURSO DEL PAPA JUAN PABLO II
AL CONSEJO DE LA SECRETARÍA GENERAL
DEL SÍNODO DE LOS OBISPOS
(30 DE ABRIL DE 1983)
(FUNDAMENTOS TEOLÓGICOS
DEL SÍNODO DE LOS OBISPOS)
Amadísimos hermanos:
1. En vuestra última reunión del Consejo de la Secretaría General del
Sínodo de Obispos, en la que esbozasteis las líneas del Instrumentum
laboris, propusisteis que tuviera lugar una sesión especial dedicada de
modo particular a las cuestiones internas de esta institución eclesial,
joven, pero ya bien experimentada. Aceptasteis así una labor
suplementaria a vuestro trabajo ordinario. De corazón os lo agradezco a
vosotros y también a los oficiales de la Secretaría y a los peritos cuyo
diligente estudio ha constituido una amplia base para vuestra
deliberación acerca de la finalidad y el funcionamiento del Sínodo de
los Obispos.
Esta reunión vuestra ha sido como el intervalo que deja pasar el
operario después de haber cumplido parte del trabajo, deteniéndose un
poco para reflexionar de nuevo sobre las motivaciones y para disponerse
a seguir decididamente la tarea emprendida. El Sínodo de los Obispos
nació en el terreno fecundo del Concilio Vaticano II, pudo ver la luz
gracias al ingenio y sensibilidad de mi predecesor Pablo VI y empezó a
dar sus frutos desde la primera Asamblea ordinaria de 1967, que tuvo
lugar en esta misma sala donde ahora nos encontramos. Desde entonces, el
Sínodo de los Obispos se ha ido reuniendo en fechas determinadas, aunque
ha experimentado también otro tipo de Asambleas; así ha contribuido de
manera muy notable a aplicar las enseñanzas y orientaciones, tanto
doctrinales como pastorales, del Concilio Vaticano II en la vida de la
Iglesia universal. El modo como el Sínodo entiende y explica el
Concilio, se ha convertido casi en el modo de interpretar, aplicar y
desarrollar el mismo Concilio.
En efecto, considerando la riqueza de tantos frutos ya producidos y las
posibilidades mismas de la todavía joven institución del Sínodo, es
justo ante todo dar gracias a Dios, que inspiró su institución y dirigió
sus trabajos. Igualmente es justo, después de estos años, detenerse a
reflexionar basándose en la experiencia ya adquirida.
2. El Sínodo de los Obispos ha prestado ya grandes servicios al Concilio
Vaticano II y podrá prestar otros en la aplicación y desarrollo de las
normas y orientaciones conciliares. La experiencia del período
postconciliar muestra muy bien cómo la obra del Sínodo ha sido una
expresión del ritmo de la vida pastoral en toda la Iglesia.
A las Asambleas sinodales asisten representantes de los Pastores como
delegados de cada una de las Iglesias locales de todos los continentes.
Ya durante la fase preparatoria se consulta a las Iglesias locales y su
experiencia de la vida de fe es llevada después por los obispos a la
Asamblea. En ella se intercambian informaciones, sugerencias y
propuestas; y a la luz del Evangelio y de la doctrina de la Iglesia se
delinean orientaciones comúnes que, aprobadas luego por el Sucesor de
San Pedro, repercuten en beneficio de las mismas Iglesias locales, de
manera que toda la Iglesia pueda mantener la comunión en la pluralidad
de culturas y situaciones. De esta manera también el Sínodo de los
Obispos confirma magníficamente la naturaleza y realidad de la Iglesia,
en la cual el Colegio Episcopal, "en cuanto compuesto de muchos, expresa
la variedad y universalidad del Pueblo de Dios; y en cuanto agrupado
bajo una sola Cabeza, la unidad de la grey de Cristo" (Lumen gentium,
22).
Sin duda, el Sínodo es instrumento de la colegialidad e igualmente
elemento válido de comunión, aunque de forma diversa a un Concilio
Ecuménico. Se trata, con todo, siempre de un instrumento eficiente, ágil,
oportuno y adecuado para el ministerio de todas las Iglesias locales y
de su recíproca comunión. Esta finalidad, que pertenece de por sí al
Sínodo en cuanto permanentemente constituido como "peculiar consejo de
los Pastores sagrados", ya estaba presente desde su institución -tal
como lo anunció Pablo VI en la Carta Apostólica Apostolica sollicitudo-
"de manera que después del Concilio continuara afluyendo al pueblo
cristiano esa abundancia de beneficios, que durante el Concilio se
recibió felizmente mediante aquella estrecha unión nuestra con los
obispos".
Que el Sínodo pueda producir beneficios todavía mayores, depende de la
aplicación concreta que se dé a las conclusiones sinodales bajo la guía
de los Pastores y de las Conferencias Episcopales en cada una de las
Iglesias locales. Esta tarea postsinodal, por tanto, exige la máxima
atención y un cuidado peculiar.
3. Por lo demás, toda la fuerza dinámica del Sínodo de los Obispos -como
vosotros habéis puesto de relieve- se funda en la recta comprensión y en
el ejercicio de la colegialidad de los obispos.
En efecto, el Sínodo es una expresión especialmente fructuosa e
instrumento eficacísimo de la colegialidad episcopal, es decir, del
particular servicio o responsabilidad de los obispos en torno al Obispo
de la Iglesia Romana.
Ciertamente el Sínodo es una forma de expresar la colegialidad de los
obispos. Todos los obispos de la Iglesia con el Obispo de Roma a la
cabeza, el Sucesor de Pedro, que es "principio y fundamento perpetuo y
visible de unidad" (Lumen gentium, 23) del Episcopado, constituyen el
Colegio que sucede al Colegio Apostólico, del que Pedro era la cabeza.
La solidaridad que les une y la solicitud por la Iglesia universal se
manifiestan en grado supremo cuando todos los obispos "cum Petro et sub
Petro" se congregan en Concilio Ecuménico. Hay, evidentemente, una
diferencia real y específica entre Concilio y Sínodo; con todo, el
Sínodo expresa la colegialidad de modo ciertamente intenso, si bien
diversamente de como lo hace el Concilio Ecuménico.
Esta colegialidad se muestra principalmente en el modo colegial con que
los Pastores de las Iglesias locales expresan sus juicios. Cuando los
obispos -especialmente tras una adecuada preparación comunitaria en las
propias Iglesias y colegial en sus Conferencias Episcopales (conscientes
de sus obligaciones respecto a las propias comunidades y también de su
solicitud por toda la Iglesia)- dan testimonio común de la fe y de la
vida de fe, su parecer -si es moralmente unánime- comporta un peso
eclesial peculiar que supera el aspecto simplemente formal del voto
consultivo.
La vitalidad de un Sínodo depende, por cierto, de la diligencia con que
se hace la preparación en la comunidades eclesiales y en las
Conferencias Episcopales; cuanto mejor funciona en concreto la
colegialidad entre los obispos -que expresa la comunión entre las
Iglesias particulares-, tanto mayor será la contribución que los obispos
aportarán a la Asamblea Sinodal. El ejercicio de la colegialidad de los
Pastores en el Sínodo produce un mutuo intercambio, que sirve a la
comunión misma, tanto de los Pastores entre sí, como de los fieles, y en
definitiva resulta provechoso a la unidad siempre más profunda y
orgánica de la Iglesia. El Sínodo, por tanto, está al servicio de la
comunión eclesial, que no es otra que la misma unidad de la Iglesia en
su dimensión dinámica.
En el misterio de la Iglesia todos los elementos tienen su propio lugar
y función. Así, la función del Pontífice Romano lo inserta profundamente
en el Colegio de los obispos como corazón y quicio de la comunión
episcopal; su primado, que es a la vez un ministerio para el bien de
toda la Iglesia, lo coloca en relaciones de unión y colaboración más
intensas. El mismo Sínodo pone más en relieve el nexo íntimo entre
colegialidad y primado: la tarea del Sucesor de Pedro, en efecto, es un
servicio a la colegialidad de los obispos y, a su vez, la colegialidad
efectiva y afectiva de los obispos constituye una ayuda muy importante
al ministerio primacial petrino.
4. Al igual que cualquier institución humana, también el Sínodo de los
Obispos crece y podrá crecer y desarrollar más sus potencialidades, tal
como por otra parte ya previó mi antecesor en la carta Apostolica
sollicitudo. Algunas formas sinodales -aunque ya están previstas-
todavía no han sido llevadas a cabo de manera adecuada y suficiente.
Vosotros mismos habéis examinado varias posibilidades de procedimiento y
de método y habéis formulado varias propuestas hechas a lo largo de la
existencia de esta institución. Por mi parte, podéis estar seguros de la
gran estima que tengo por la función del Sínodo de los Obispos en la
Iglesia, así como de la plena confianza que pongo en su actividad al
servicio de la Iglesia universal.
En este sentido renuevo el aprecio y el agradecimiento por vuestros
trabajos, sobre los que invoco la bendición de Dios omnipotente y la
protección de María, Madre de la Iglesia.
VI.
EXTRACTO DEL DISCURSO
DEL SANTO PADRE
AL COLEGIO CARDENALICIO
(CONSISTORIO EXTRAORDINARIO,
13-14 JUNIO 1994) 6.“Durante los
últimos años se ha desarrollado ampliamente el movimiento sinodal en la
Iglesia. Llegan informaciones sobre la celebración de numerosos Sínodos
diocesanos, provinciales o nacionales. Pero especial atención merecen
los Sínodos continentales. Así fue, por ejemplo, el Sínodo de los
obispos de Europa y, a continuación, el Sínodo de los obispos de África,
que concluyó el 8 de mayo pasado. Así también el Sínodo del Líbano que,
en cierto sentido, quiere ser el Sínodo de los obispos de Oriente Medio.
En la perspectiva del año 2000 se prevé el Sínodo de los obispos de
América del norte y del sur, así como también, si Dios quiere,
naturalmente, el Sínodo de los obispos de Asia y del extremo Oriente.
Expreso aquí mi gratitud al Arzobispo Jan Schotte, Secretario General
del Sínodo de los obispos, por su servicio generoso en el ámbito de la
dimensión sinodal de la vida de la Iglesia” (L’Osservatore Romano,
edición semanal española del 17 de junio de 1994, p. 7). |