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CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

CARTA A GYÓRGY BULÁNYI
SOBRE ALGUNOS ESCRITOS QUE SE LE ATRIBUYEN

 

Reverendo Padre:

La Congregación para la Doctrina de la Fe, de acuerdo con su reglamento, ha examinado en junio del 1984 algunos escritos (dactilografiados) atribuidos a usted y difundidos en Hungría, en algunos ambientes, especialmente en «comunidades de base», junto con otros documentos que tienen relación con sus tesis.

El examen ha puesto de manifiesto algunas tendencias doctrinales inaceptables que pueden conducir a contestar verdades enunciadas por la autoridad del Magisterio de la Iglesia. Expresiones de estas tendencias doctrinales son las siguientes: ciertas afirmaciones equívocas sobre la naturaleza de la Revelación; un cierto relativismo a la hora de valorar los libros sagrados del Nuevo Testamento; algunas interpretaciones erróneas sobre el valor del Magisterio de la Iglesia y de las fórmulas dogmáticas, sobre la autoridad de la jerarquía de la Iglesia en sí misma y el modo de ejercer esa autoridad en el campo pastoral.

Para aclarar el significado de estos equívocos doctrinales y verificar si realmente se le pueden atribuir, teniendo en cuenta su particular situación, nuestra Congregación ha querido ofrecerle la posibilidad de diálogo con un delegado de la Congregación que ha recibido la misión formal de encontrarse personalmente con usted. El encuentro ha tenido lugar en Budapest, entre el fin de junio y los primeros días de julio de 1985. Para la ocasión, la Congregación preparó una lista de 12 puntos que contenían citas tomadas de textos del Concilio Vaticano II y del Magisterio de la Iglesia, referentes a aspectos fundamentales de la fe, que en Sus reflexiones parecen ambiguos y poco claros.

El Delegado de la Congregación le ha expuesto y explicado estos textos del Concilio Vaticano II y después le ha entregado el documento para que pudiera tener posibilidad de reflexionar sobre su contenido antes de dar la respuesta definitiva al respecto.

En 3 de julio de 1985 usted ha suscrito los textos magisteriales y ha aceptado su contenido mediante un juramento solemne: «Juro conservar fiel, íntegra y sinceramente todo esto, mantenerlo inviolablemente y no me alejaré de ellos ni en la enseñanza ni de cualquier otra manera, ni de palabra, ni por escrito» (cf. DS 3550). En el protocolo firmado por usted ha añadido algunas expresiones de agradecimiento a la Congregación para la Doctrina de la Fe y a su Prefecto, el Cardenal Joseph Ratzinger, expresando su reconocimiento por haber tenido la posibilidad en encontrarse personalmente con su Delegado.

A pesar del juramento suscrito por usted, estamos obligados a constatar que no ha disipado todavía todas las dudas sobre su clara y completa adhesión al Magisterio de la Iglesia. De hecho, en el curso del encuentro con nuestro delegado, ha pedido añadir a los doce puntos tomados del Magisterio expuesto en algunos textos del Concilio Vaticano II, como decimotercer punto, la tesis siguiente, que usted ha compuesto tomando algunos extractos de la declaración Dignitatis humanae referidos a la libertad religiosa: «El hombre acepta las disposiciones de la ley divina en su conciencia; debe seguir, por tanto, fielmente la propia conciencia... para llegar a Dios. Así pues, no se le debe obligar a actuar contra su conciencia» (DH 3)... por lo tanto está «obligado a obedecer sólo a su conciencia» (DH 11, cf. n. 2 y 13).

En el contexto de Sus afirmaciones el significado de estas palabras, en sí mismas absolutamente verdaderas, no está para nada claro. Evidentemente, ninguno quiere obligarle a actuar contra su conciencia; pero el documento citado por usted también afirma: «Los cristianos, en la formación de su conciencia, deben considerar diligentemente la doctrina sagrada y cierta de la Iglesia. Pues, por voluntad de Cristo, la Iglesia Católica es maestra de verdad, y su misión es la de anunciar y enseñar de manera auténtica la verdad que es Cristo, y al mismo tiempo confirmar con su autoridad los principios del orden moral que brotan de la misma naturaleza humana» (DH 14). Cuando nuestra Congregación le ha pedido aceptar los textos del Concilio, quería darle la ocasión de mostrar clara y públicamente que acepta estas enseñanzas que el hombre ha recibido de una vez para siempre y que, en cuanto explicitan algunos aspectos del misterio revelado, no podrán ser modificadas por ninguna disposición eclesiástica futura.

En este contexto, la cita de algunas partes, arbitrariamente elegidas por usted, de la Dignitatis humanae, aparece como la condición subjetiva para la aceptación plena y objetiva de la enseñanza de la Iglesia.

Al concluir esta primera fase de nuestra investigación han quedado todavía algunas dudas acerca de Su disposición respecto a la enseñanza del Magisterio de la Iglesia.

Entre tanto, ha tenido lugar otro hecho que nos ha obligado a emprender la segunda y última fase de nuestra investigación. En efecto, durante su encuentro con el Delegado de nuestra Congregación (el 2 de julio de 1985) usted ha reconocido ser el autor del escrito titulado Egyhazrend (La jerarquía eclesiástica) y ha declarado: «He escrito esta obra conforme a mis experiencias a lo largo de 35 años de actividad desarrollada en pequeñas comunidades y considero que la Iglesia podrá tener, en el futuro, una estructura distinta de la actual, y esto especialmente a partir de las comunidades de base».

Un examen detallado de esta obra ha revelado, lamentablemente, que contiene afirmaciones erróneas, peligrosas y ambiguas sobre importantes cuestiones de la doctrina propuesta por la Iglesia de manera autorizada sobre el sentido de la Revelación en temas tan importantes como la sucesión apostólica, la estructura jerárquica de la Iglesia, el ministerio de los Obispos y la neta distinción entre sacerdotes y fieles laicos.

Nos parece particularmente peligrosa su posición sobre la estructura jerárquica de la Iglesia y la transmisión del poder sacerdotal, en el seno de las comunidades eclesiales.

Por eso este Dicasterio, en su carta del 31 de enero de 1986, le ha mostrado sus reservas sobre este punto y usted ha respondido el 28 de marzo con una larga carta.

La Congregación ha estudiado muy atentamente esta carta en la que usted, refiriéndose a las heridas sufridas después de la segunda guerra mundial por la Iglesia en Hungría, cuenta la historia de sus propios sufrimientos, sus experiencias pastorales y sus reflexiones teológicas. Después critica duramente la historia y la praxis actual de este Dicasterio. Considera que el análisis de su obra Egyhazrend (La jerarquía eclesiástica) carece de fundamento (p. 40) y no tiene seriedad científica (p. 47). Añade usted que quizá los puntos en discusión son teorías que todavía no ha sido definidas y son, por lo tanto quaestiones disputatae sobre las cuales no se deberían exigir retractaciones (p. 52).

Por lo que se refiere a las objeciones hechas a sus teorías, escribe que no tiene nada contra la sucesión apostólica (p. 53), pero declara que hasta ahora no ha encontrado en los historiadores ninguna prueba suficientemente convincente de que, en los tiempos apostólicos, alguno de los doce apóstoles haya estado presente en cada ordenación. Por otra parte, indica que no habría existido solamente esta forma de sucesión apostólica, esto es, que en aquellos tiempos los responsables elegidos por las comunidades habrían podido recibir de los apóstoles la herencia de Jesús de una manera diferente (p. 52).

Además, escribe (p. 54) que su obra no niega la diferencia que existe actualmente entre sacerdotes y fieles laicos, según la cual sólo los presbíteros, y no los laicos, tienen el derecho de celebrar la Misa y administrar los sacramentos. Usted precisa: «también en mis sueños sobre el orden eclesiástico, yo no elimino esta línea de neta división». Sucesivamente sostiene que está convencido de la necesidad, dentro de la Iglesia, por una parte, de discípulos que conducen a otros, y, por otra parte, de discípulos que, por el momento, son sólo guiados. Estos últimos, sin embargo, tienen la vocación de llegar a pertenecer al primer grupo y, en consecuencia, de ser presentados a los Obispos para recibir la imposición de manos.

Más adelante, en la p. 55, añade además que «nadie tiene el derecho a celebrar la Misa si no ha recibido la imposición de manos del Obispo» y que también su comunidad «sigue esta regla».

Finalmente, para terminar su voluminosa relación, precisa: «a su petición de retractarme de mis declaraciones escritas en La jerarquía eclesiástica mi respuesta definitiva no puede ser otra que un "no" firme» (p. 78).

Por lo que se refiere a su carta, la Congregación desea recordarle, ante todo, que su misión no es la de mantener discusiones teológicas. En conformidad con su misión de defender y fortalecer la fe de la Iglesia, examina su obra desde un punto de vista exclusivamente doctrinal y se limita a indicar aquellos puntos que son incompatibles con la enseñanza auténtica de la Iglesia.

Consiguientemente, tampoco en esta respuesta definitiva quiere entrar en discusiones teológicas, como por ejemplo en la explicación que da usted del canon sexto del Concilio de Calcedonia; explicación que, por otra parte, aparece carente de todo fundamento histórico; del mismo modo, rechaza la discusión de muchos aspectos históricos referidos al desarrollo de la sucesión apostólica.

Esta Congregación, limitándose únicamente a los puntos de vista doctrinales, toma nota, por una parte, de las declaraciones de su carta, aunque su pensamiento en conjunto aparece poco claro; por otra parte, reafirma su juicio según el cual la obra titulada Egyhazrend (La jerarquía eclesiástica), difundida en los grupos de sus seguidores, contiene efectivamente ideas que, tal como son presentadas, resultan erróneas, peligrosas y ambiguas.

De hecho, si nos limitamos a examinar sólo el tema central de su obra, encontramos lo siguiente: aunque admite ser verdad que el Concilio Vaticano II «confirma la separación en dos partes del pueblo de Dios, y esto constituye el fundamento del ordenamiento eclesiástico actual», usted desea, con su obra, preparar el futuro y por esto «quiere poner en cuestión el ordenamiento eclesiástico actual y sus cimientos en cuanto a los principios» (2.2).

En realidad, cuando trata de la diferencia entre sacerdotes y no sacerdotes, no hace otra cosa que trazar una línea divisoria: «entre aquellos que han alcanzado los diversos grados de la vocación sacerdotal universal en Cristo» (2.1.3). Usted sostiene, por ejemplo, que «el que guía una comunidad es ya sacerdote, mientras que el que todavía es un miembro de una comunidad, sin haber creado él mismo una comunidad, no es todavía sacerdote».

En esta presentación del «sacerdote» usted no hace referencia alguna a los poderes particulares que los presbíteros reciben por la imposición de manos de los Obispos, en cuanto sucesores de los apóstoles.

Contrariamente a cuanto afirma el Concilio, la diferencia entre el sacerdocio universal y el sacerdocio ministerial parece consistir simplemente en una diferencia de grado y no de esencia.

Como le ha recordado la carta de nuestra Congregación del 31 de enero de este año, el Magisterio de la Iglesia se ha pronunciado con su autoridad sobre estas cuestiones en el Concilio de Trento (cf. en particular DS 1710, 1771, 1773, 1776), y en el Concilio Vaticano II (cf. sobre todo en LG 10, 18-29; PO 2). Recientemente esta Congregación ha confirmado de nuevo esta enseñanza en su carta Sacerdotium ministeriale, dirigida el 6 de agosto de 1983 a los Obispos de la Iglesia Católica (cf. AAS 75 [1983] 1001-1009).

Además se debe notar que su propuesta sobre la ordenación de la mujer (cf. 2.2.1; 2.3) es contraria a la enseñanza tradicional de la Iglesia, confirmada por esta Congregación en el texto Inter insigniores, del 15 de octubre de 1976 (cf. AAS 69 [1977] 98-116).

Se sigue que, teniendo en cuenta estos pronunciamientos autorizados, no se trata de cuestiones abiertas a un libre debate teológico.

Por lo tanto, de acuerdo con la afirmación expresada en su carta en la que parece que usted no tiene la intención de introducir novedades en la enseñanza católica en materia de principios dogmáticos establecidos por la autoridad, la Congregación para la Doctrina de la Fe le pide que manifieste públicamente, por el bien de los fieles, y especialmente de aquellos que conocen Su obra, Su adhesión a la enseñanza de la Iglesia, tal como está expresada en los documentos citados antes.

Este Dicasterio, en cualquier caso, confirma su decisión de hacer pública la presente carta y, si Dios quiere, también su declaración de adhesión.

En el caso de que usted comunique públicamente, como es de desear, su adhesión al Magisterio de la Iglesia acerca de los puntos mencionados más arriba, será revisada su situación canónica.

Esta Congregación, al enviarle la presente carta, cuyo contenido refleja las decisiones tomadas en su Reunión Ordinaria y aprobadas por el Santo Padre, no olvida sus sufrimientos padecidos por servir al Evangelio de Cristo y a los hermanos. Precisamente por esto, confiando en que usted, como sacerdote y religioso, se adhiera a la verdad auténtica de la fe de la Iglesia para que su tarea apostólica no sea vana (cf. Gal 2,2), espera de Usted una respuesta digna de un servidor del Evangelio y de un ministro de la Iglesia Católica.

Con sentimientos de religiosa veneración,

JOSEPH Card. RATZINGER
Prefecto

ALBERTO BOVONE
Arzobispo titular de Cesarea de Numidia
Secretario

 

 

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