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CARTA APOSTÓLICA- BREVE PONTIFICIO
GLORIA MATRITI
DE SU SANTIDAD
JUAN XXIII
CON LA QUE SE ELEVA A LA DIGNIDAD DE BASÍLICA MENOR
LA IGLESIA MADRILEÑA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS ÁNGELES,
VULGARMENTE LLAMADA DE SAN FRANCISCO EL GRANDE

 

 

JUAN PAPA XXIII, para perpetua memoria.

Gloria de Madrid se considera con razón el templo dedicado a Nuestra Señora de los Ángeles y que vulgarmente es llamado “San Francisco el Grande”. Sus orígenes se remontan a los tiempos en los que el preclarísimo varón de Asís, pobre en cosas de la tierra y rico en los dones del cielo, estuvo en España, como peregrino, según atestigua una antiquísima tradición.

La humilde ermita mariana, en otros tiempos allí levantada, fue reconstruida y ampliada a finales del siglo XIV, bajo el doble título de Jesús y María. Esta iglesia, andando el tiempo, fue enriquecida con la erección de nuevas capillas, que las familias madrileñas más nobles destinaron para sus enterramientos, y en su recinto se celebraron solemnes cultos y asambleas, alcanzando el honor de ser considerada como el más importante de los templos madrileños. En el siglo XVIII, por iniciativa de los religiosos franciscanos que en este templo estaban dedicados al divino ministerio, derribada la fábrica del antiguo, se levantó una nueva iglesia monumental y artística que fue terminada en 1784 y puesta bajo la advocación de Nuestra Señora de los Ángeles. Sin embargo, con ocasión de los desórdenes que dieron principio en 1834, se interrumpió el culto, y algo más tarde la Orden franciscana viose obligada a abandonar el templo, tan concurrido de fieles, debido a una ley injusta que lo clausuró, transcurriendo varios lustros en los que forzosamente estuvo cerrado al culto. A finales del siglo pasado de nuevo se permitió el acceso a los fieles y se llevó a cabo una grandiosa restauración, siendo devuelto, por último, a los religiosos franciscanos en el año 1926.

Es digno de notarse que en esta iglesia tiene su sede la Obra Pía de los Santos Lugares de Jerusalén, de tan brillante historial humanitario y caritativo, a través de los siglos. Por lo que respecta a sus valores artísticos, son dignos de ser mencionados los siguientes: aparte de la amplitud y grandiosidad de la fábrica, llaman la atención su maravillosa rotonda, coronada por su inmensa cúpula, y sus seis capillas laterales, entre las cuales hay una que goza de especial renombre a causa de una insigne imagen de la Bienaventurada Virgen María, llamada vulgarmente “del Olvido” y piadosamente venerada. Asimismo sobresale por su riqueza artística la sillería del coro, preciosamente labrada, así como también son dignas de admirarse  las bellas composiciones de frescos en vivos colores y con escenas de la vida de los santos, junto con la profusión de le mármoles y otras ricas y bellas ornamentaciones.

Por tanto, esta iglesia, por su historia, por su arte y, sobre todo, por su culto, ostenta sobrados títulos para ser honrada por la Sede Apostólico. En vista de lo cual, hemos escuchado benignamente los pareces que nos fueron enviados por nuestro querido hijo el actual rector de la iglesia y recomendadas oficialmente por nuestro venerable hermano Leopoldo Eijo y Garay, obispo de Madrid-Alcalá y Patriarca de las Indias occidentales, a fin de que concediésemos el título y el derecho de basílica menor. Es también para Nos motivo para acceder a estas preces el haber unido su voto el amado hijo Fernando. María Castiella, ministro de Asuntos Exteriores de España.

En consecuencia, consultada la Sagrada Congregación de Ritos, con pleno conocimiento y con madura deliberación y con la plenitud de nuestra potestad apostólica, en virtud de estas letras y a perpetuidad, elevamos a la dignidad de BASÍLICA MENOR a la iglesia madrileña de Nuestra Señora de los Ángeles, vulgarmente llamada de San Francisco el Grande, con todos los derechos y privilegios que competen a los templos condecorados con el mismo nombre. Sin que pueda obstar nada en contra. Esto mandamos, determinamos, decretando que las presentes letras sean y permanezcan siempre firmes, válidas y eficaces, y que consigan y obtengan sus plenos e íntegros efectos y los acaten en su plenitud aquellos a quienes se refieran o puedan referirse en lo futuro; así se han de interpretar y definir, y queda nulo y sin efecto desde ahora cuanto aconteciere atentar contra ellas, a sabiendas o por ignorancia, por quienquiera o en nombre de cualquier autoridad.

Dado en Roma, junto a San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el día 2 de febrero del año mil novecientos sesenta y tres, quinto de nuestro pontificado.

 

H. J. CARD. CICOGNANI
Secretario de Estado.

 



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