PRIMERA PARTE SEGUNDA SECCIÓN: CAPÍTULO TERCERO ARTÍCULO 9 Párrafo 4 871 "Son fieles cristianos quienes, incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el Pueblo de Dios y, hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo" (CIC, can. 204, 1; cf. LG 31). 872 "Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del Cuerpo de Cristo" (CIC can. 208; cf. LG 32). 873 Las mismas diferencias que el Señor quiso poner entre los miembros de su Cuerpo sirven a su unidad y a su misión. Porque "hay en la Iglesia diversidad de ministerios, pero unidad de misión. A los apóstoles y sus sucesores les confirió Cristo la función de enseñar, santificar y gobernar en su propio nombre y autoridad. Pero también los laicos, partícipes de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cumplen en la Iglesia y en el mundo la parte que les corresponde en la misión de todo el Pueblo de Dios" (AA 2). En fin, "en esos dos grupos [jerarquía y laicos] hay fieles que por la profesión de los consejos evangélicos [...] se consagran a Dios y contribuyen a la misión salvífica de la Iglesia según la manera peculiar que les es propia" (CIC can. 207, 2). I. La constitución jerárquica de la Iglesia Razón del ministerio eclesial 874 El mismo Cristo es la fuente del ministerio en la Iglesia. Él lo ha instituido, le ha dado autoridad y misión, orientación y finalidad:
875 "¿Cómo creerán en aquél a quien no han oído? ¿cómo oirán sin que se les predique? y ¿cómo predicarán si no son enviados?" (Rm 10, 14-15). Nadie, ningún individuo ni ninguna comunidad, puede anunciarse a sí mismo el Evangelio. "La fe viene de la predicación" (Rm 10, 17). Nadie se puede dar a sí mismo el mandato ni la misión de anunciar el Evangelio. El enviado del Señor habla y obra no con autoridad propia, sino en virtud de la autoridad de Cristo; no como miembro de la comunidad, sino hablando a ella en nombre de Cristo. Nadie puede conferirse a sí mismo la gracia, ella debe ser dada y ofrecida. Eso supone ministros de la gracia, autorizados y habilitados por parte de Cristo. De Él los obispos y los presbíteros reciben la misión y la facultad (el "poder sagrado") de actuar in persona Christi Capitis, los diáconos las fuerzas para servir al pueblo de Dios en la "diaconía" de la liturgia, de la palabra y de la caridad, en comunión con el obispo y su presbiterio. Este ministerio, en el cual los enviados de Cristo hacen y dan, por don de Dios, lo que ellos, por sí mismos, no pueden hacer ni dar, la tradición de la Iglesia lo llama "sacramento". El ministerio de la Iglesia se confiere por medio de un sacramento específico. 876 El carácter de servicio del ministerio eclesial está intrínsecamente ligado a la naturaleza sacramental. En efecto, enteramente dependiente de Cristo que da misión y autoridad, los ministros son verdaderamente "siervos de Cristo" (Rm 1, 1), a imagen de Cristo que, libremente ha tomado por nosotros "la forma de siervo" (Flp 2, 7). Como la palabra y la gracia de la cual son ministros no son de ellos, sino de Cristo que se las ha confiado para los otros, ellos se harán libremente esclavos de todos (cf. 1 Co 9, 19). 877 De igual modo es propio de la naturaleza sacramental del ministerio eclesial tener un carácter colegial . En efecto, desde el comienzo de su ministerio, el Señor Jesús instituyó a los Doce, "semilla del Nuevo Israel, a la vez que el origen de la jerarquía sagrada" (AG 5). Elegidos juntos, también fueron enviados juntos, y su unidad fraterna estará al servicio de la comunión fraterna de todos los fieles; será como un reflejo y un testimonio de la comunión de las Personas divinas (cf. Jn 17, 21-23). Por eso, todo obispo ejerce su ministerio en el seno del colegio episcopal, en comunión con el obispo de Roma, sucesor de san Pedro y cabeza del colegio; los presbíteros ejercen su ministerio en el seno del presbiterio de la diócesis, bajo la dirección de su obispo. 878 Por último, es propio también de la naturaleza sacramental del ministerio eclesial tener carácter personal. Cuando los ministros de Cristo actúan en comunión, actúan siempre también de manera personal. Cada uno ha sido llamado personalmente ("Tú sígueme", Jn 21, 22; cf. Mt 4,19. 21; Jn 1,43) para ser, en la misión común, testigo personal, que es personalmente portador de la responsabilidad ante Aquel que da la misión, que actúa "in persona Christi" y en favor de personas : "Yo te bautizo en el nombre del Padre ..."; "Yo te perdono...". 879 El ministerio sacramental en la Iglesia es, pues, un servicio colegial y personal a la vez, ejercido en nombre de Cristo. Esto se verifica en los vínculos entre el colegio episcopal y su cabeza, el sucesor de san Pedro, y en la relación entre la responsabilidad pastoral del obispo en su Iglesia particular y la común solicitud del colegio episcopal hacia la Iglesia universal. El colegio episcopal y su cabeza, el Papa 880 Cristo, al instituir a los Doce, "formó una especie de colegio o grupo estable y eligiendo de entre ellos a Pedro lo puso al frente de él" (LG 19). "Así como, por disposición del Señor, san Pedro y los demás apóstoles forman un único Colegio apostólico, por análogas razones están unidos entre sí el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, y los obispos, sucesores de los Apóstoles"(LG 22; cf. CIC, can 330). 881 El Señor hizo de Simón, al que dio el nombre de Pedro, y solamente de él, la piedra de su Iglesia. Le entregó las llaves de ella (cf. Mt 16, 18-19); lo instituyó pastor de todo el rebaño (cf. Jn 21, 15-17). "Consta que también el colegio de los apóstoles, unido a su cabeza, recibió la función de atar y desatar dada a Pedro" (LG 22). Este oficio pastoral de Pedro y de los demás Apóstoles pertenece a los cimientos de la Iglesia. Se continúa por los obispos bajo el primado del Papa. 882 El Sumo Pontífice, obispo de Roma y sucesor de san Pedro, "es el principio y fundamento perpetuo y visible de unidad, tanto de los obispos como de la muchedumbre de los fieles "(LG 23). "El Pontífice Romano, en efecto, tiene en la Iglesia, en virtud de su función de Vicario de Cristo y Pastor de toda la Iglesia, la potestad plena, suprema y universal, que puede ejercer siempre con entera libertad" (LG 22; cf. CD 2. 9). 883 "El colegio o cuerpo episcopal no tiene ninguna autoridad si no se le considera junto con el Romano Pontífice [...] como Cabeza del mismo". Como tal, este colegio es "también sujeto de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia" que "no se puede ejercer a no ser con el consentimiento del Romano Pontífice" (LG 22; cf. CIC, can. 336). 884 La potestad del colegio de los Obispos sobre toda la Iglesia se ejerce de modo solemne en el Concilio Ecuménico "(CIC can 337, 1). "No existe Concilio Ecuménico si el sucesor de Pedro no lo ha aprobado o al menos aceptado como tal" (LG 22). 885 "Este colegio, en cuanto compuesto de muchos, expresa la diversidad y la universalidad del Pueblo de Dios; en cuanto reunido bajo una única cabeza, expresa la unidad del rebaño de Dios" (LG 22). 886 "Cada uno de los obispos, por su parte, es el principio y fundamento visible de unidad en sus Iglesias particulares" (LG 23). Como tales ejercen "su gobierno pastoral sobre la porción del Pueblo de Dios que le ha sido confiada" (LG 23), asistidos por los presbíteros y los diáconos. Pero, como miembros del colegio episcopal, cada uno de ellos participa de la solicitud por todas las Iglesias (cf. CD 3), que ejercen primeramente "dirigiendo bien su propia Iglesia, como porción de la Iglesia universal", contribuyen eficazmente "al Bien de todo el Cuerpo místico que es también el Cuerpo de las Iglesias" (LG 23). Esta solicitud se extenderá particularmente a los pobres (cf. Ga 2, 10), a los perseguidos por la fe y a los misioneros que trabajan por toda la tierra. 887 Las Iglesias particulares vecinas y de cultura homogénea forman provincias eclesiásticas o conjuntos más vastos llamados patriarcados o regiones (cf. Canon de los Apóstoles 34). Los obispos de estos territorios pueden reunirse en sínodos o concilios provinciales. "De igual manera, hoy día, las Conferencias Episcopales pueden prestar una ayuda múltiple y fecunda para que el afecto colegial se traduzca concretamente en la práctica" (LG 23). La misión de enseñar 888 Los obispos con los presbíteros, sus colaboradores, "tienen como primer deber el anunciar a todos el Evangelio de Dios" (PO 4), según la orden del Señor (cf. Mc 16, 15). Son "los heraldos del Evangelio que llevan nuevos discípulos a Cristo. Son también los maestros auténticos, por estar dotados de la autoridad de Cristo" (LG 25). 889 Para mantener a la Iglesia en la pureza de la fe transmitida por los apóstoles, Cristo, que es la Verdad, quiso conferir a su Iglesia una participación en su propia infalibilidad. Por medio del "sentido sobrenatural de la fe", el Pueblo de Dios "se une indefectiblemente a la fe", bajo la guía del Magisterio vivo de la Iglesia (cf. LG 12; DV 10). 890 La misión del Magisterio está ligada al carácter definitivo de la Alianza instaurada por Dios en Cristo con su Pueblo; debe protegerlo de las desviaciones y de los fallos, y garantizarle la posibilidad objetiva de profesar sin error la fe auténtica. El oficio pastoral del Magisterio está dirigido, así, a velar para que el Pueblo de Dios permanezca en la verdad que libera. Para cumplir este servicio, Cristo ha dotado a los pastores con el carisma de infalibilidad en materia de fe y de costumbres. El ejercicio de este carisma puede revestir varias modalidades: 891 "El Romano Pontífice, cabeza del colegio episcopal, goza de esta infalibilidad en virtud de su ministerio cuando, como Pastor y Maestro supremo de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos, proclama por un acto definitivo la doctrina en cuestiones de fe y moral [...] La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el cuerpo episcopal cuando ejerce el magisterio supremo con el sucesor de Pedro", sobre todo en un Concilio Ecuménico (LG 25; cf. Vaticano I: DS 3074). Cuando la Iglesia propone por medio de su Magisterio supremo que algo se debe aceptar "como revelado por Dios para ser creído" (DV 10) y como enseñanza de Cristo, "hay que aceptar sus definiciones con la obediencia de la fe" (LG 25). Esta infalibilidad abarca todo el depósito de la Revelación divina (cf. LG 25). 892 La asistencia divina es también concedida a los sucesores de los apóstoles, cuando enseñan en comunión con el sucesor de Pedro (y, de una manera particular, al obispo de Roma, Pastor de toda la Iglesia), aunque, sin llegar a una definición infalible y sin pronunciarse de una "manera definitiva", proponen, en el ejercicio del magisterio ordinario, una enseñanza que conduce a una mejor inteligencia de la Revelación en materia de fe y de costumbres. A esta enseñanza ordinaria, los fieles deben "adherirse con espíritu de obediencia religiosa" (LG 25) que, aunque distinto del asentimiento de la fe, es una prolongación de él. La misión de santificar 893 El obispo "es el administrador de la gracia del sumo sacerdocio" (LG 26), en particular en la Eucaristía que él mismo ofrece, o cuya oblación asegura por medio de los presbíteros, sus colaboradores. Porque la Eucaristía es el centro de la vida de la Iglesia particular. El obispo y los presbíteros santifican la Iglesia con su oración y su trabajo, por medio del ministerio de la palabra y de los sacramentos. La santifican con su ejemplo, "no tiranizando a los que os ha tocado cuidar, sino siendo modelos de la grey" (1 P 5, 3). Así es como llegan "a la vida eterna junto con el rebaño que les fue confiado"(LG 26). La misión de gobernar 894 "Los obispos, como vicarios y legados de Cristo, gobiernan las Iglesias particulares que se les han confiado, no sólo con sus proyectos, con sus consejos y con ejemplos, sino también con su autoridad y potestad sagrada "(LG 27), que deben, no obstante, ejercer para edificar con espíritu de servicio que es el de su Maestro (cf. Lc 22, 26-27). 895 "Esta potestad, que desempeñan personalmente en nombre de Cristo, es propia, ordinaria e inmediata. Su ejercicio, sin embargo, está regulado en último término por la suprema autoridad de la Iglesia "(LG 27). Pero no se debe considerar a los obispos como vicarios del Romano Pontífice, cuya autoridad ordinaria e inmediata sobre toda la Iglesia no anula la de ellos, sino que, al contrario, la confirma y tutela. Esta autoridad debe ejercerse en comunión con toda la Iglesia bajo la guía del Romano Pontífice. 896 El Buen Pastor será el modelo y la "forma" de la misión pastoral del obispo. Consciente de sus propias debilidades, el obispo "puede disculpar a los ignorantes y extraviados. No debe negarse nunca a escuchar a sus súbditos, a a los que cuida como verdaderos hijos [...] Los fieles, por su parte, deben estar unidos a su obispo como la Iglesia a Cristo y como Jesucristo al Padre" (LG 27):
II. Los fieles cristianos laicos 897 "Por laicos se entiende aquí a todos los cristianos, excepto los miembros del orden sagrado y del estado religioso reconocido en la Iglesia. Son, pues, los cristianos que están incorporados a Cristo por el bautismo, que forman el Pueblo de Dios y que participan a su manera de las funciones de Cristo, Sacerdote, Profeta y Rey. Ellos realizan, según su condición, la misión de todo el pueblo cristiano en la Iglesia y en el mundo" (LG 31). La vocación de los laicos 898 "Los laicos tienen como vocación propia el buscar el Reino de Dios ocupándose de las realidades temporales y ordenándolas según Dios [...] A ellos de manera especial corresponde iluminar y ordenar todas las realidades temporales, a las que están estrechamente unidos, de tal manera que éstas lleguen a ser según Cristo, se desarrollen y sean para alabanza del Creador y Redentor" (LG 31). 899 La iniciativa de los cristianos laicos es particularmente necesaria cuando se trata de descubrir o de idear los medios para que las exigencias de la doctrina y de la vida cristianas impregnen las realidades sociales, políticas y económicas. Esta iniciativa es un elemento normal de la vida de la Iglesia:
900 Como todos los fieles, los laicos están encargados por Dios del apostolado en virtud del Bautismo y de la Confirmación y por eso tienen la obligación y gozan del derecho, individualmente o agrupados en asociaciones, de trabajar para que el mensaje divino de salvación sea conocido y recibido por todos los hombres y en toda la tierra; esta obligación es tanto más apremiante cuando sólo por medio de ellos los demás hombres pueden oír el Evangelio y conocer a Cristo. En las comunidades eclesiales, su acción es tan necesaria que, sin ella, el apostolado de los pastores no puede obtener en la mayoría de las veces su plena eficacia (cf. LG 33). La participación de los laicos en la misión sacerdotal de Cristo 901 "Los laicos, consagrados a Cristo y ungidos por el Espíritu Santo, están maravillosamente llamados y preparados para producir siempre los frutos más abundantes del Espíritu. En efecto, todas sus obras, oraciones, tareas apostólicas, la vida conyugal y familiar, el trabajo diario, el descanso espiritual y corporal, si se realizan en el Espíritu, incluso las molestias de la vida, si se llevan con paciencia, todo ello se convierte en sacrificios espirituales agradables a Dios por Jesucristo (cf 1P 2, 5), que ellos ofrecen con toda piedad a Dios Padre en la celebración de la Eucaristía uniéndolos a la ofrenda del cuerpo del Señor. De esta manera, también los laicos, como adoradores que en todas partes llevan una conducta sana, consagran el mundo mismo a Dios" (LG 34; cf. LG 10). 902 De manera particular, los padres participan de la misión de santificación "impregnando de espíritu cristiano la vida conyugal y procurando la educación cristiana de los hijos" (CIC, can. 835, 4). 903 Los laicos, si tienen las cualidades requeridas, pueden ser admitidos de manera estable a los ministerios de lectores y de acólito (cf. CIC, can. 230, 1). "Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir, ejercitar el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el Bautismo y dar la sagrada Comunión, según las prescripciones del derecho" (CIC, can. 230, 3). Su participación en la misión profética de Cristo 904 "Cristo [...] realiza su función profética no sólo a través de la jerarquía [...] sino también por medio de los laicos. Él los hace sus testigos y les da el sentido de la fe y la gracia de la palabra" (LG 35).
905 Los laicos cumplen también su misión profética evangelizando, con "el anuncio de Cristo comunicado con el testimonio de la vida y de la palabra". En los laicos, "esta evangelización [...] adquiere una nota específica y una eficacia particular por el hecho de que se realiza en las condiciones generales de nuestro mundo" (LG 35):
906 Los fieles laicos que sean capaces de ello y que se formen para ello también pueden prestar su colaboración en la formación catequética (cf. CIC, can. 774, 776, 780), en la enseñanza de las ciencias sagradas (cf. CIC, can. 229), en los medios de comunicación social (cf. CIC, can 823, 1). 907 "Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestarla a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres y la reverencia hacia los pastores, habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas" (CIC, can. 212, 3). Su participación en la misión real de Cristo 908 Por su obediencia hasta la muerte (cf. Flp 2, 8-9), Cristo ha comunicado a sus discípulos el don de la libertad regia, "para que vencieran en sí mismos, con la apropia renuncia y una vida santa, al reino del pecado" (LG 36):
909 "Los laicos, además, juntando también sus fuerzas, han de sanear las estructuras y las condiciones del mundo, de tal forma que, si algunas de sus costumbres incitan al pecado, todas ellas sean conformes con las normas de la justicia y favorezcan en vez de impedir la práctica de las virtudes. Obrando así, impregnarán de valores morales toda la cultura y las realizaciones humanas" (LG 36). 910 "Los seglares [...] también pueden sentirse llamados o ser llamados a colaborar con sus pastores en el servicio de la comunidad eclesial, para el crecimiento y la vida de ésta, ejerciendo ministerios muy diversos según la gracia y los carismas que el Señor quiera concederles" (EN 73). 911 En la Iglesia, en el ejercicio de la potestad de régimen "los fieles laicos pueden cooperar a tenor del derecho" (CIC, can. 129, 2). Así, con su presencia en los concilios particulares (can. 443, 4), los sínodos diocesanos (can. 463, 1 y 2), los consejos pastorales (can. 511; 536); en el ejercicio de la tarea pastoral de una parroquia (can. 517, 2); la colaboración en los consejos de los asuntos económicos (can. 492, 1; 536); la participación en los tribunales eclesiásticos (can. 1421, 2), etc. 912 Los fieles han de "aprender a distinguir cuidadosamente entre los derechos y deberes que tienen como miembros de la Iglesia y los que les corresponden como miembros de la sociedad humana. Deben esforzarse en integrarlos en buena armonía, recordando que en cualquier cuestión temporal han de guiarse por la conciencia cristiana. En efecto, ninguna actividad humana, ni siquiera en los asuntos temporales, puede sustraerse a la soberanía de Dios" (LG 36). 913 "Así, todo laico, por el simple hecho de haber recibido sus dones, es a la vez testigo e instrumento vivo de la misión de la Iglesia misma `según la medida del don de Cristo'" (LG 33). 914 "El estado de vida que consiste en la profesión de los consejos evangélicos, aunque no pertenezca a la estructura de la Iglesia, pertenece, sin embargo, sin discusión a su vida y a su santidad" (LG 44). Consejos evangélicos, vida consagrada 915 Los consejos evangélicos están propuestos en su multiplicidad a todos los discípulos de Cristo. La perfección de la caridad a la cual son llamados todos los fieles implica, para quienes asumen libremente el llamamiento a la vida consagrada, la obligación de practicar la castidad en el celibato por el Reino, la pobreza y la obediencia. La profesión de estos consejos en un estado de vida estable reconocido por la Iglesia es lo que caracteriza la "vida consagrada" a Dios (cf. LG 42-43; PC 1). 916 El estado de vida consagrada aparece por consiguiente como una de las maneras de vivir una consagración "más íntima" que tiene su raíz en el Bautismo y se dedica totalmente a Dios (cf. PC 5). En la vida consagrada, los fieles de Cristo se proponen, bajo la moción del Espíritu Santo, seguir más de cerca a Cristo, entregarse a Dios amado por encima de todo y, persiguiendo la perfección de la caridad en el servicio del Reino, significar y anunciar en la Iglesia la gloria del mundo futuro (cf. CIC, can. 573). Un gran árbol, múltiples ramas 917 "El resultado ha sido una especie de árbol en el campo de Dios, maravilloso y lleno de ramas, a partir de una semilla puesta por Dios. Han crecido, en efecto, diversas formas de vida, solitaria o comunitaria, y diversas familias religiosas que se desarrollan para el progreso de sus miembros y para el bien de todo el Cuerpo de Cristo" (LG 43). 918 "Desde los comienzos de la Iglesia hubo hombres y mujeres que intentaron, con la práctica de los consejos evangélicos, seguir con mayor libertad a Cristo e imitarlo con mayor precisión. Cada uno a su manera, vivió entregado a Dios. Muchos, por inspiración del Espíritu Santo, vivieron en la soledad o fundaron familias religiosas, que la Iglesia reconoció y aprobó gustosa con su autoridad" (PC 1). 919 Los obispos se esforzarán siempre en discernir los nuevos dones de vida consagrada confiados por el Espíritu Santo a su Iglesia; la aprobación de nuevas formas de vida consagrada está reservada a la Sede Apostólica (cf. CIC, can. 605). La vida eremítica 920 Sin profesar siempre públicamente los tres consejos evangélicos, los ermitaños, "con un apartamiento más estricto del mundo, el silencio de la soledad, la oración asidua y la penitencia, dedican su vida a la alabanza de Dios y salvación del mundo" (CIC, can. 603 1). 921 Los eremitas presentan a los demás ese aspecto interior del misterio de la Iglesia que es la intimidad personal con Cristo. Oculta a los ojos de los hombres, la vida del eremita es predicación silenciosa de Aquel a quien ha entregado su vida, porque Él es todo para él. En este caso se trata de un llamamiento particular a encontrar en el desierto, en el combate espiritual, la gloria del Crucificado. Las vírgenes y las viudas consagradas 922 Desde los tiempos apostólicos, vírgenes (Cf. 1 Co 7, 34-36) y viudas cristianas (Cf. Vita consecrata, 7) llamadas por el Señor para consagrarse a Él enteramente (cf. 1 Co 7, 34-36) con una libertad mayor de corazón, de cuerpo y de espíritu, han tomado la decisión, aprobada por la Iglesia, de vivir en estado de virginidad o de castidad perpetua "a causa del Reino de los cielos" (Mt 19, 12). 923 "Formulando el propósito santo de seguir más de cerca a Cristo, [las vírgenes] son consagradas a Dios por el obispo diocesano según el rito litúrgico aprobado, celebran desposorios místicos con Jesucristo, Hijo de Dios, y se entregan al servicio de la Iglesia" (CIC, can. 604, 1). Por medio este rito solemne (Consecratio virginum, Consagración de vírgenes), "la virgen es constituida en persona consagrada" como "signo transcendente del amor de la Iglesia hacia Cristo, imagen escatológica de esta Esposa del Cielo y de la vida futura" (Rito de consagración de vírgenes, Prenotandos, 1). 924 "Semejante a otras formas de vida consagrada" (CIC, can. 604), el orden de las vírgenes sitúa a la mujer que vive en el mundo (o a la monja) en el ejercicio de la oración, de la penitencia, del servicio a los hermanos y del trabajo apostólico, según el estado y los carismas respectivos ofrecidos a cada una (Rito de consagración de vírgenes, Prenotandos, 2). Las vírgenes consagradas pueden asociarse para guardar su propósito con mayor fidelidad (CIC, can. 604, 2). La vida religiosa 925 Nacida en Oriente en los primeros siglos del cristianismo (cf. UR 15) y vivida en los institutos canónicamente erigidos por la Iglesia (cf. CIC, can. 573), la vida religiosa se distingue de las otras formas de vida consagrada por el aspecto cultual, la profesión pública de los consejos evangélicos, la vida fraterna llevada en común, y por el testimonio dado de la unión de Cristo y de la Iglesia (cf. CIC, can. 607). 926 La vida religiosa nace del misterio de la Iglesia. Es un don que la Iglesia recibe de su Señor y que ofrece como un estado de vida estable al fiel llamado por Dios a la profesión de los consejos. Así la Iglesia puede a la vez manifestar a Cristo y reconocerse como Esposa del Salvador. La vida religiosa está invitada a significar, bajo estas diversas formas, la caridad misma de Dios, en el lenguaje de nuestro tiempo. 927 Todos los religiosos, exentos o no (cf. CIC, can. 591), se encuentran entre los colaboradores del obispo diocesano en su misión pastoral (cf. CD 33-35). La implantación y la expansión misionera de la Iglesia requieren la presencia de la vida religiosa en todas sus formas "desde el período de implantación de la Iglesia" (AG 18, 40). "La historia da testimonio de los grandes méritos de las familias religiosas en la propagación de la fe y en la formación de las nuevas Iglesias: desde las antiguas instituciones monásticas, las órdenes medievales y hasta las congregaciones modernas" (RM 69). Los institutos seculares 928 "Un instituto secular es un instituto de vida consagrada en el cual los fieles, viviendo en el mundo, aspiran a la perfección de la caridad, y se dedican a procurar la santificación del mundo sobre todo desde dentro de él" (CIC can. 710). 929 Por medio de una "vida perfectamente y enteramente consagrada a [esta] santificación" (Pío XII, const. ap. Provida Mater), los miembros de estos institutos participan en la tarea de evangelización de la Iglesia, "en el mundo y desde el mundo mismo" (CIC can. 713, 2), donde su presencia obra a la manera de un "fermento" (PC 11). Su testimonio de vida cristiana mira a ordenar según Dios las realidades temporales y a penetrar el mundo con la fuerza del Evangelio. Mediante vínculos sagrados, asumen los consejos evangélicos y observan entre sí la comunión y la fraternidad propias de su modo de vida secular (CIC, can. 713). Las sociedades de vida apostólica 930 Junto a las diversas formas de vida consagrada se encuentran "las sociedades de vida apostólica, cuyos miembros, sin votos religiosos, buscan el fin apostólico propio de la sociedad y, llevando vida fraterna en común, según el propio modo de vida, aspiran a la perfección de la caridad por la observancia de las constituciones. Entre éstas, existen sociedades cuyos miembros abrazan los consejos evangélicos mediante un vínculo determinado por las constituciones" (CIC, can. 731, 1 y 2). Consagración y misión: anunciar al Rey que viene 931 Aquel que por el Bautismo fue consagrado a Dios, entregándose a Él como al sumamente amado, se consagra, de esta manera, aún más íntimamente al servicio divino y se entrega al bien de la Iglesia. Mediante el estado de consagración a Dios, la Iglesia manifiesta a Cristo y muestra cómo el Espíritu Santo obra en ella de modo admirable. Por tanto, los que profesan los consejos evangélicos tienen como primera misión vivir su consagración. Pero "ya que por su misma consagración se dedican al servicio de la Iglesia están obligados a contribuir de modo especial a la tarea misionera, según el modo propio de su instituto" (CIC 783; cf. RM 69). 932 En la Iglesia que es como el sacramento, es decir, el signo y el instrumento de la vida de Dios, la vida consagrada aparece como un signo particular del misterio de la Redención. Seguir e imitar a Cristo "desde más cerca", manifestar "más claramente" su anonadamiento, es encontrarse "más profundamente" presente, en el corazón de Cristo, con sus contemporáneos. Porque los que siguen este camino "más estrecho" estimulan con su ejemplo a sus hermanos; les dan este testimonio admirable de "que sin el espíritu de las bienaventuranzas no se puede transformar este mundo y ofrecerlo a Dios" (LG 31). 933 Sea público este testimonio, como en el estado religioso, o más discreto, o incluso secreto, la venida de Cristo es siempre para todos los consagrados el origen y la meta de su vida:
934 "Por institución divina, entre los fieles hay en la Iglesia ministros sagrados, que en el derecho se denominan clérigos; los demás se llaman laicos". Hay, por otra parte, fieles que perteneciendo a uno de ambos grupos, por la profesión de los consejos evangélicos, se consagran a Dios y sirven así a la misión de la Iglesia (CIC, can. 207, 1, 2). 935 Para anunciar su fe y para implantar su Reino, Cristo envía a sus apóstoles y a sus sucesores. Él les da parte en su misión. De Él reciben el poder de obrar en su nombre. 936 El Señor hizo de san Pedro el fundamento visible de su Iglesia. Le dio las llaves de ella. El obispo de la Iglesia de Roma, sucesor de san Pedro, es la "cabeza del Colegio de los Obispos, Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia universal en la tierra" (CIC, can. 331). 937 El Papa "goza, por institución divina, de una potestad suprema, plena, inmediata y universal para cuidar las almas" (CD 2). 938 Los obispos, instituidos por el Espíritu Santo, suceden a los Apóstoles. "Cada uno de los obispos, por su parte, es el principio y fundamento visible de unidad en sus Iglesias particulares" (LG 23). 939 Los obispos, ayudados por los presbíteros, sus colaboradores, y por los diáconos, los obispos tienen la misión de enseñar auténticamente la fe, de celebrar el culto divino, sobre todo la Eucaristía, y de dirigir su Iglesia como verdaderos pastores. A su misión pertenece también el cuidado de todas las Iglesias, con y bajo el Papa. 940 "Siendo propio del estado de los laicos vivir en medio del mundo y de los negocios temporales, Dios les llama a que, movidos por el espíritu cristiano, ejerzan su apostolado en el mundo a manera de fermento" (AA 2). 941 Los laicos participan en el sacerdocio de Cristo: cada vez más unidos a Él, despliegan la gracia del Bautismo y la de la Confirmación a través de todas las dimensiones de la vida personal, familiar, social y eclesial, y realizan así el llamamiento a la santidad dirigido a todos los bautizados. 942 Gracias a su misión profética, los laicos "están llamados a ser testigos de Cristo en todas las cosas, también en el interior de la sociedad humana" (GS 43, 4). 943 Debido a su misión regia, los laicos tienen el poder de arrancar al pecado su dominio sobre sí mismos y sobre el mundo por medio de su abnegación y santidad de vida (cf. LG 36). 944 La vida consagrada a Dios se caracteriza por la profesión pública de los consejos evangélicos de pobreza, castidad y obediencia en un estado de vida estable reconocido por la Iglesia. 945 Entregado a Dios supremamente amado, aquel a quien el Bautismo ya había destinado a Él, se encuentra en el estado de vida consagrada, más íntimamente comprometido en el servicio divino y dedicado al bien de toda la Iglesia.
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