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DICASTERIO PARA LA DOCTRINA DE LA FE
Declaración Dignitas infinita
sobre la dignidad humana
Presentación
En el Congreso del 15 de marzo del 2019, la entonces Congregación para la
Doctrina de la Fe decidió iniciar «la redacción de un texto subrayando lo
imprescindible del concepto de dignidad de la persona humana en el seno de la
antropología cristiana e ilustrando el alcance y las implicaciones beneficiosas
a nivel social, político y económico, teniendo en cuenta los últimos desarrollos
del tema en el ámbito académico y sus comprensiones ambivalentes en el contexto
actual». Un primer proyecto a este respecto, elaborado con la ayuda de algunos
expertos durante el año 2019, fue considerado insatisfactorio, en una Consulta
restringida de la Congregación, el 8 de octubre del mismo año.
La Sección Doctrinal elaboró ex novo otro borrador del texto, basándose
en las aportaciones de diversos expertos. Ese borrador fue presentado y debatido
en una Consulta restringida el 4 de octubre de 2021. En enero de 2022, el nuevo
borrador se presentó a la Sesión Plenaria de la Congregación, durante la cual
los miembros acortaron y simplificaron el texto.
El 6 de febrero de 2023, el nuevo texto corregido fue evaluado en una Consulta
restringida que propuso algunas modificaciones posteriores. La nueva versión se
sometió a la valoración de las Sesión Ordinaria del Dicasterio (Feria IV) el 3
de mayo de 2023. Los miembros acordaron que el documento, con algunas
modificaciones, podía ser publicado. El Santo Padre aprobó los Deliberata
de esta Feria IV en el curso de la Audiencia concedida a mi el 13 de noviembre
de 2023. En esa ocasión me pidió, además, resaltar en el texto algunas temáticas
estrechamente relacionadas con el tema de la dignidad, como por ejemplo el drama
de la pobreza, la situación de los emigrantes, las violencias contra las
mujeres, la trata de personas, la guerra y otros. Para honrar lo mejor posible
esta indicación del Santo Padre, la Sección Doctrinal del Dicasterio dedicó un
Congreso a profundizar en la carta encíclica
Fratelli tutti, que ofrece
un análisis original y un estudio en profundidad del tema de la dignidad humana
“más allá de toda circunstancia”.
En una carta fechada el 2 de febrero de 2024, con vistas a la Feria IV del 28 de
febrero siguiente, se envió a los miembros del Dicasterio un nuevo borrador del
texto, considerablemente modificado, con la siguiente aclaración: «Esta nueva
redacción se hizo necesaria para responder a una petición específica del Santo
Padre. El Santo Padre había pedido explícitamente que se prestara mayor atención
a las graves violaciones de la dignidad humana que se producen actualmente en
nuestro tiempo, en la senda de la encíclica
Fratelli tutti. Así pues, la
Sección Doctrinal tomó medidas para reducir la parte inicial [...] y elaborar
con más detalle lo que el Santo Padre había indicado». La Sesión Ordinaria del
Dicasterio, aprobó finalmente el texto de la actual Declaración el 28 de
febrero de 2024. Durante la Audiencia concedida a mí, junto con el Secretario de
la Sección Doctrinal, Mons. Armando Matteo, el 25 de marzo de 2024, el Santo
Padre aprobó esta Declaración y ordenó su publicación.
La elaboración del texto, que duró cinco años, nos permite comprender que
estamos ante un documento que, debido a la seriedad y centralidad de la cuestión
de la dignidad en el pensamiento cristiano, necesitó un considerable proceso de
maduración para llegar a la redacción final que hoy publicamos.
En las tres primeras partes, la Declaración recuerda los principios
fundamentales y los supuestos teóricos para ofrecer importantes aclaraciones que
puedan evitar las frecuentes confusiones que se producen en el uso del término
“dignidad”. En la cuarta parte, presenta algunas situaciones problemáticas
actuales en las que no se reconoce adecuadamente la inmensa e inalienable
dignidad que corresponde a todo ser humano. La denuncia de estas graves y
actuales violaciones de la dignidad humana es un gesto necesario, porque la
Iglesia está profundamente convencida de que no se puede separar la fe de la
defensa de la dignidad humana, la evangelización de la promoción de una vida
digna y la espiritualidad del compromiso por la dignidad de todos los seres
humanos.
Esta dignidad de todos los seres humanos puede, de hecho, entenderse como
“infinita” (dignitas infinita), como afirmó San Juan Pablo II en un
encuentro con personas que sufrían ciertas limitaciones o discapacidades,[1]
para mostrar cómo la dignidad de todos los seres humanos va más allá de todas
las apariencias externas o características de la vida concreta de las personas.
El Papa Francisco, en la encíclica
Fratelli tutti, ha querido subrayar
con particular insistencia que esta dignidad existe “más allá de toda
circunstancia”, invitando a todos a defenderla en cada contexto cultural, en
cada momento de la existencia de una persona, independientemente de cualquier
deficiencia física, psicológica, social o incluso moral. En este sentido, la
Declaración se esfuerza por mostrar que estamos ante una verdad universal,
que todos estamos llamados a reconocer, como condición fundamental para que
nuestras sociedades sean verdaderamente justas, pacíficas, sanas y, en
definitiva, auténticamente humanas.
La lista de temas elegidos por la Declaración no es, ciertamente,
exhaustiva. Sin embargo, los temas tratados son, precisamente, los que permiten
expresar diversos aspectos de la dignidad humana que pueden estar oscurecidos en
la conciencia de muchas personas hoy en día. Algunos serán fácilmente
compartidos por distintos sectores de nuestras sociedades, otros no tanto. Sin
embargo, todos nos parecen necesarios porque, en su conjunto, ayudan a reconocer
la armonía y la riqueza del pensamiento sobre la dignidad que brota del
Evangelio.
Esta Declaración no pretende agotar un tema tan rico y decisivo, pero
pretende aportar algunos elementos de reflexión que nos ayudarán a tenerlo
presente en el complejo momento histórico que vivimos para que, en medio de
tantas preocupaciones y angustias, no perdamos el rumbo y nos expongamos a
sufrimientos más lacerantes y profundos.
Víctor Manuel Card. Fernández
Prefecto
Introducción
1. (Dignitas infinita) Una dignidad infinita, que se fundamenta
inalienablemente en su propio ser, le corresponde a cada persona humana, más
allá de toda circunstancia y en cualquier estado o situación en que se
encuentre. Este principio, plenamente reconocible incluso por la sola razón,
fundamenta la primacía de la persona humana y la protección de sus derechos. La
Iglesia, a la luz de la Revelación, reafirma y confirma absolutamente esta
dignidad ontológica de la persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios y
redimida en Cristo Jesús. De esta verdad extrae las razones de su compromiso con
los que son más débiles y menos capacitados, insistiendo siempre «sobre el primado de la persona humana y la defensa de su dignidad más allá de
toda circunstancia».[2]
2. Esta dignidad ontológica y el valor único y eminente de cada mujer y cada
hombre que existen en este mundo fueron recogidos con autoridad en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948) por
la Asamblea General de las Naciones Unidas.[3] Al conmemorar el 75 aniversario de este Documento, la Iglesia ve la
oportunidad de proclamar una vez más su convicción de que, creado por Dios y
redimido por Cristo, todo ser humano debe ser reconocido y tratado con respeto y
amor, precisamente por su dignidad inalienable. El mencionado aniversario ofrece
también a la Iglesia la oportunidad de aclarar algunos malentendidos que surgen
a menudo en torno a la dignidad humana y de abordar algunas cuestiones
concretas, graves y urgentes, relacionadas con ella.
3. Desde el principio de su misión, la Iglesia, impulsada por el Evangelio, se
ha esforzado por afirmar la libertad y promover los derechos de todos los seres
humanos.[4] En los últimos tiempos, gracias a la voz de los Pontífices, ha tratado de
formular más explícitamente este compromiso a través de la renovada llamada al
reconocimiento de la dignidad fundamental debida a la persona humana. San Pablo
VI decía «ninguna antropología iguala a la antropología de la Iglesia sobre la
persona humana, incluso considerada individualmente, en cuanto a su
originalidad, dignidad, intangibilidad y riqueza de sus derechos fundamentales,
sacralidad, educabilidad, aspiración a un desarrollo completo e inmortalidad».[5]
4. San Juan Pablo II, en el 1979, afirmó durante la Tercera Conferencia Episcopal Latinoamericana en Puebla:
«la dignidad humana es un valor evangélico que no puede ser despreciado sin
grande ofensa al Creador. Esta dignidad es conculcada, a nivel individual, cuando no son debidamente
tenidos en cuenta valores como la libertad, el derecho a profesar la religión,
la integridad física y psíquica, el derecho a los bienes esenciales, a la vida.
Es conculcada, a nivel social y político, cuando el hombre no puede ejercer su
derecho de participación o es sujeto a injustas e ilegítimas coacciones, o
sometido a torturas físicas o psíquicas, etc. […] Si la Iglesia se hace presente en la defensa o en la promoción de la dignidad
del hombre, lo hace en la línea de su misión, que aun siendo de carácter
religioso y no social o político, no puede menos de considerar al hombre en la
integridad de su ser».[6]
5. En el 2010, delante de la Pontificia Academia para la Vida, Benedicto XVI
afirmó que la dignidad de la persona es «un principio fundamental que la fe en Jesucristo crucificado y resucitado ha
defendido desde siempre, sobre todo cuando no se respeta en relación a los
sujetos más sencillos e indefensos».[7]
En otra ocasión, hablándoles a los economistas, dijo que «la economía y las finanzas no existen sólo para sí mismas; son sólo un
instrumento, un medio. Su finalidad es únicamente la persona humana y su
realización plena en la dignidad. Este es el único capital que conviene salvar».[8]
6. Desde los inicios de su pontificado, el Papa Francisco ha invitado a la
Iglesia a «confesar a un Padre que ama infinitamente a cada ser humano» y a «descubrir que “con ello le confiere una dignidad infinita”»,[9]
subrayando con fuerza que esta dignidad inmensa representa un dato originario a
reconocer con lealtad y a acoger con gratitud. Es precisamente en ese
reconocimiento y aceptación donde puede fundarse una nueva convivencia entre los
seres humanos, que decline la sociabilidad en un horizonte de auténtica
fraternidad: sólo «reconociendo la dignidad de cada persona humana, podamos hacer renacer entre
todos un deseo mundial de hermandad».[10]
Según el Papa Francisco «ese manantial de dignidad humana y de fraternidad está en el Evangelio de
Jesucristo»,[11] pero también es
una convicción a la que la razón humana puede llegar mediante la reflexión y el
diálogo, ya que «hay que respetar en toda situación la dignidad ajena, es porque nosotros no
inventamos o suponemos la dignidad de los demás, sino porque hay efectivamente
en ellos un valor que supera las cosas materiales y las circunstancias, y que
exige que se les trate de otra manera. Que todo ser humano posee una dignidad
inalienable es una verdad que responde a la naturaleza humana más allá de
cualquier cambio cultural».[12] En realidad, concluye el Papa Francisco, «el ser humano tiene la misma
dignidad inviolable en cualquier época de la historia y nadie puede sentirse
autorizado por las circunstancias a negar esta convicción o a no obrar en
consecuencia».[13] En este horizonte, su encíclica
Fratelli tutti constituye ya una especie
de Carta Magna de las tareas actuales para salvaguardar y promover la
dignidad humana.
Una aclaración fundamental
7. Aunque en la actualidad existe un consenso bastante general sobre la
importancia e incluso el alcance normativo de la dignidad y el valor único y
trascendente de todo ser humano,[14]
la expresión “dignidad humana” a menudo corre el riesgo de prestarse a muchos
significados y, por tanto, a posibles malentendidos[15]
y «contradicciones que nos llevan a preguntarnos si verdaderamente la igual dignidad de todos los seres humanos […], [sea] reconocida, respetada,
protegida y promovida en todas las circunstancias».[16]
Todo esto nos lleva a reconocer la posibilidad de una cuádruple distinción del
concepto de dignidad: dignidad ontológica, dignidad moral,
dignidad social y finalmente dignidad existencial. El sentido más
importante permanece, como se ha argumentado hasta ahora, el vinculado a la
dignidad ontológica que corresponde a la persona como tal por el mero hecho
de existir y haber sido querida, creada y amada por Dios. Esta dignidad no puede
ser nunca eliminada y permanece válida más allá de toda circunstancia en la que
pueden encontrarse los individuos. Cuando se habla de la dignidad moral
se refiere, como se acaba de considerar, al ejercicio de la libertad por parte
de la criatura humana. Esta última, aunque dotada de conciencia, permanece
siempre abierta a la posibilidad de actuar contra ella. Al hacerlo, el ser
humano se comporta de un modo que “no es digno” de su naturaleza de criatura
amada por Dios y llamada a amar a los otros. Pero esta posibilidad existe. Y no
sólo eso. La historia nos atestigua que el ejercicio de la libertad contra la
ley del amor revelada por el Evangelio puede alcanzar cotas incalculables de mal
infligido a los otros. Cuando esto sucede, nos encontramos ante personas que
parecen haber perdido todo rastro de humanidad, todo rastro de dignidad. A este
respecto, la distinción introducida aquí nos ayuda a discernir con precisión
entre el aspecto de la dignidad moral, que de hecho puede “perderse”, y el
aspecto de la dignidad ontológica que nunca puede ser anulada. Y es precisamente
en razón de esta última que se deberá trabajar con todas las fuerzas, para que
todos los que han hecho el mal puedan arrepentirse y convertirse.
8. Quedan otras dos posibles acepciones de dignidad: social y existencial.
Cuando hablamos de dignidad social nos referimos a las condiciones en las
que vive una persona. En la pobreza extrema, por ejemplo, cuando no se dan las
condiciones mínimas para que una persona viva de acuerdo con su dignidad
ontológica, se dice que la vida de esa persona pobre es una vida “indigna”. Esta
expresión no indica en modo alguno un juicio hacia la persona, al contrario,
quiere destacar el hecho de que su dignidad inalienable se contradice por la
situación en la que se ve obligada a vivir. La última acepción es la de la
dignidad existencial. Hoy se habla cada vez con más frecuencia de una vida
“digna” y de una vida “indigna”. Y con esta expresión nos referimos a
situaciones de tipo existencial: por ejemplo, al caso de una persona que, aun no
faltándole, aparentemente, nada de esencial para vivir, por diversas razones, le
resulta difícil vivir con paz, con alegría y con esperanza. En otras situaciones
es la presencia de enfermedades graves, de contextos familiares violentos, de
ciertas adicciones patológicas y de otros malestares los que llevan a alguien a
experimentar su propia condición de vida como “indigna” frente a la percepción
de aquella dignidad ontológica que nunca puede ser oscurecida Las distinciones
aquí introducidas, en todo caso, no hacen más que recordarnos el valor
inalienable de esa dignidad ontológica enraizada en el ser mismo de la persona
humana y que subsiste más allá de toda circunstancia.
9. Por último, conviene recordar aquí que la definición clásica de la persona
como «sustancia individual de naturaleza racional»[17] explicita el fundamento de su dignidad. En efecto, en cuanto “sustancia
individual”, la persona goza de dignidad ontológica (es decir, en el nivel
metafísico del ser mismo): es un sujeto que, habiendo recibido la existencia de
Dios, “subsiste”, es decir, ejerce la existencia autónomamente. En realidad, la
palabra “racional” engloba todas las capacidades del ser humano: tanto la
cognitiva como la volitiva, amar, elegir, desear. El término “racional” incluye
también todas las capacidades corporales íntimamente relacionadas con las
anteriores. La expresión “naturaleza” indica las condiciones propias del ser
humano que hacen posibles las diversas operaciones y experiencias: la naturaleza
es el “principio del obrar”. El ser humano no crea su naturaleza; la posee como
un don recibido y puede cultivar, desarrollar y enriquecer sus capacidades. En
el ejercicio de su libertad para cultivar las riquezas de su propia naturaleza,
la persona humana se construye a sí misma con el paso del tiempo. Aunque, debido
a diversas limitaciones o condiciones, no pueda utilizar estas capacidades, la
persona siempre subsiste como “sustancia individual” con toda su dignidad
inalienable. Esto ocurre, por ejemplo, en un niño no nacido, en una persona
inconsciente, en un anciano en agonía.
1. Una conciencia progresiva de la centralidad de la dignidad humana
10. Ya en la antigüedad clásica[18]
se perfila una primera intuición con respecto a la dignidad humana, que procede
de una perspectiva social: cada ser humano viene revestido de una dignidad
particular, según su rango y dentro de un orden determinado. Del ámbito social,
la palabra pasó a describir las distintas dignidades de los seres en el cosmos.
Desde este punto de vista, todos los seres poseen su propia “dignidad”, según el
lugar que ocupan en la armonía del conjunto. Ciertamente, algunas cumbres del
pensamiento antiguo comienzan a reconocer un lugar singular al ser humano, en la
medida en que está dotado de razón y, por tanto, es capaz de responsabilizarse
de sí mismo y de los demás seres del mundo,[19]
pero aún estamos lejos de un pensamiento capaz de fundamentar el respeto a la
dignidad de toda persona humana, más allá de cualquier circunstancia.
Perspectivas bíblicas
11. La Revelación bíblica enseña que todos los seres humanos poseen una dignidad
intrínseca porque han sido creados a imagen y semejanza de Dios: «Dijo Dios: “Hagamos al hombre a nuestra imagen y semejanza” […] Y creó Dios al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creó, varón y mujer los
creó» (Gen 1, 2627). La humanidad tiene una cualidad específica que la hace no
reducible a la pura materialidad. La “imagen” no define el alma o las
capacidades intelectuales, sino la dignidad del varón y de la mujer. Ambos, en
su mutua relación de igualdad y amor recíproco, cumplen la función de
representar a Dios en el mundo y están llamados a cuidar y nutrir el mundo. Ser
creados a imagen de Dios significa, por tanto, que poseemos un valor sagrado en
nuestro interior que trasciende toda distinción sexual, social, política,
cultural y religiosa. Nuestra dignidad nos es conferida, no es pretendida ni
merecida. Todo ser humano es amado y querido por Dios por sí mismo y, por tanto,
es inviolable en su dignidad. En el Éxodo, corazón del Antiguo
Testamento, Dios se muestra como el que escucha el clamor de los pobres, ve la
miseria de su pueblo, cuida de los últimos y de los oprimidos (cf. Ex 3,
7; 22, 20-26). La misma enseñanza vuelve a aparecer en el Código Deuteronómico
(cf. Dt 12-26): aquí la enseñanza sobre los derechos se transforma en un
“manifiesto” de la dignidad humana, en particular a favor de la triple categoría
del huérfano, de la viuda y del extranjero (cf. Dt 24, 17). Los antiguos
preceptos del Éxodo son recordados y actualizados por la predicación de
los profetas, que representan la conciencia crítica de Israel. Los profetas
Amós, Oseas, Isaías, Miqueas y Jeremías dedican capítulos enteros a denunciar la
injusticia. Amós reprende amargamente la opresión de los pobres, la falta de
reconocimiento de toda dignidad humana fundamental para los miserables (cf.
Am 2, 6-7; 4, 1; 5, 11-12). Isaías pronuncia una maldición contra quienes
pisotean los derechos de los pobres, negándoles toda justicia:«ay de los que establecen decretos inicuos, y publican prescripciones
vejatorias,para oprimir a los pobres en el juicio y privar de su derecho a los
humildes de mi pueblo» (Is 10, 1-2). Esta enseñanza profética se recoge en la literatura
sapiencial. El Sirácida equipara la opresión de los pobres con el
asesinato: «mata a su prójimo quien le roba el sustento, |quien no paga el sueldo al
jornalero derrama sangre» (Si 34, 22). En los Salmos, la relación
religiosa con Dios pasa por la defensa de los débiles y necesitados:«proteged al desvalido y al huérfano, haced justicia al humilde y al necesitado,
defended al pobre y al indigente, sacándolos de las manos del culpable» (Sal 82, 3-4).
12. Jesús nació y creció en condiciones humildes y reveló la dignidad de los
necesitados y los trabajadores.[20] A lo largo de su ministerio, Jesús afirmó el valor y la dignidad de todos
los que son portadores de la imagen de Dios, independientemente de su condición
social y circunstancias externas. Jesús rompió las barreras culturales y de
culto, devolviendo la dignidad a los “descartados” o a los considerados al
margen de la sociedad: los recaudadores de impuestos (cf. Mt 9, 10-11), las mujeres (cf. Jn 4, 1-42), los niños (cf.
Mc 10, 14-15), los leprosos (cf. Mt 8, 2-3), los enfermos (cf. Mc
1, 29-34), los extranjeros (cf. Mt 25, 35), las viudas (cf. Lc 7, 11-15). Él
sana, alimenta, defiende, libera, salva. Se le describe como un pastor solícito
por la única oveja perdida (cf. Mt 18, 12-14). Él mismo se identifica con
sus hermanos más pequeños: «cada vez que lo hicisteis con uno de estos, mis hermanos más pequeños, conmigo
lo hicisteis» (Mt 25, 40). En el lenguaje bíblico, los “pequeños” no son sólo los niños
por edad, sino los desvalidos, los más insignificantes, los marginados, los
oprimidos, los descartados, los pobres, los marginados, los ignorantes, los
enfermos, los degradados por los grupos dominantes. El Cristo glorioso juzgará
en función del amor al prójimo, que consiste en haber asistido al hambriento, al
sediento, al forastero, al desnudo, al enfermo, al encarcelado, con los que él
mismo se identifica (cf. Mt 25, 34-36). Para Jesús, el bien hecho a todo
ser humano, independientemente de los lazos de sangre o de religión, es el único
criterio de juicio. El apóstol Pablo afirma que todo cristiano debe comportarse
según las exigencias de la dignidad y el respeto de los derechos de todos los
seres humanos (cf. Rm 13,8-10), según el mandamiento nuevo de la caridad
(cf. 1 Co 13, 1-13).
El desarrollo del pensamiento cristiano
13. El desarrollo del pensamiento cristiano estimuló y acompañó posteriormente
el progreso de la reflexión humana sobre el tema de la dignidad. La antropología
cristiana clásica, basada en la gran tradición de los Padres de la Iglesia, puso
de relieve la doctrina del ser humano creado a imagen y semejanza de Dios y su
papel singular en la creación.[21] El pensamiento cristiano medieval, escrutando críticamente el legado del
pensamiento filosófico antiguo, llegó a una síntesis de la noción de persona,
reconociendo el fundamento metafísico de su dignidad, como atestiguan las
siguientes palabras de santo Tomás de Aquino: «persona significa lo que en toda
naturaleza es perfectísimo, lo que subsiste en la naturaleza racional».[22] Esta dignidad ontológica, en su manifestación privilegiada a través de la
libre acción humana, fue subrayada más tarde sobre todo por el humanismo
cristiano del Renacimiento.[23] Incluso en la visión de pensadores modernos, como Descartes y Kant, que
cuestionaron algunos de los fundamentos de la antropología cristiana
tradicional, se perciben con fuerza los ecos de la Revelación. A partir de
algunas reflexiones filosóficas más recientes sobre el estatuto de la
subjetividad teórica y práctica, la reflexión cristiana ha llegado después a
acentuar aún más la profundidad del concepto de dignidad, alcanzando en el siglo
XX una perspectiva original, como por ejemplo la del personalismo. Esta
perspectiva no sólo retoma la cuestión de la subjetividad, sino que la
profundiza en la dirección de la intersubjetividad y de las relaciones que unen
a las personas humanas entre sí.[24] La propuesta antropológica cristiana y contemporánea también se ha
enriquecido con el pensamiento procedente de esta última visión.[25]
Los tiempos actuales
14. En nuestros días, el término “dignidad” viene utilizado principalmente para
destacar el carácter singular de la persona humana, inconmensurable con respecto
a los demás seres del universo. Dentro de este horizonte, se entiende la forma
en que se utiliza el término dignidad en la Declaración de las Naciones
Unidas de 1948, donde se habla de «la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos
los miembros de la familia humana». Sólo este carácter inalienable de la dignidad humana permite hablar de los
derechos del hombre.[26]
15. Para aclarar aún más el concepto de dignidad, es importante señalar que la
dignidad no es concedida a la persona por otros seres humanos, sobre la base de
determinados dones y cualidades, de modo que podría ser eventualmente retirada.
Si la dignidad le fuese concedida a la persona por otros seres humanos, entonces
se daría de manera condicional y alienable, y el significado mismo de la
dignidad (por muy digno de gran respeto que sea) quedaría expuesto al riesgo de
ser abolido. En realidad, la dignidad es intrínseca a la persona, no conferida
a posteriori, previa a todo reconocimiento y no puede perderse. Por
consiguiente, todos los seres humanos poseen la misma e intrínseca dignidad,
independientemente del hecho sean o no capaces de expresarla adecuadamente.
16. Por ello, el Concilio Vaticano II habla de la «excelsa dignidad de la persona humana, de su superioridad sobre las cosas y de
sus derechos y deberes universales e inviolables».[27] Como recuerda el incipit de la Declaración conciliar
Dignitatis
Humanae, «los hombres de nuestro tiempo se hacen cada vez más conscientes de la dignidad
de la persona humana, y aumenta el número de aquellos que exigen que los hombres
en su actuación gocen y usen del propio criterio y libertad responsables,
guiados por la conciencia del deber y no movidos por la coacción».[28] Esta libertad de pensamiento y de conciencia, tanto individual como comunitaria,
está basada sobre el reconocimiento de la dignidad humana «tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón
natural».[29] El mismo magisterio eclesial ha madurado, cada vez con más plenitud, el
significado de esta dignidad, junto con las exigencias e implicaciones
relacionadas con ella, llegando a la comprensión de que la dignidad de todo ser
humano es tal más allá de toda circunstancia.
2. La Iglesia anuncia, promueve y se hace garante de la dignidad humana
17. La Iglesia proclama la igual dignidad de todos los seres humanos,
independientemente de su condición de vida o de su calidad. Este anuncio se
apoya sobre una triple convicción que, a la luz de la fe cristiana, confiere un
valor inconmensurable a la dignidad humana y refuerza sus exigencias
intrínsecas.
Una imagen de Dios indeleble
18. Antes que nada, según la Revelación, la dignidad del ser humano proviene del
amor de su Creador, que ha impreso en él los rasgos indelebles de su imagen (cf.
Gn 1, 26), llamándolo a conocerlo, a amarlo y a vivir en una relación de
alianza con Dios mismo y de fraternidad, justicia y paz con todos los demás
hombres y mujeres. En esta visión, la dignidad se refiere no sólo al alma, sino
a la persona como unidad inseparable, y por tanto también inherente a su cuerpo,
que a su manera participa del ser imagen de Dios de la persona humana y está
llamado también a compartir la gloria del alma en la bienaventuranza divina.
Cristo eleva la dignidad del hombre
19. Una segunda convicción procede del hecho que la dignidad de la persona
humana se reveló en su plenitud cuando el Padre envió su Hijo que asumió
plenamente la existencia humana: «el Hijo de Dios, en el misterio de la Encarnación, confirmó la dignidad del
cuerpo y del alma que constituyen el ser humano».[30] Así, al unirse en cierto modo a cada ser humano por su encarnación,
Jesucristo confirmó que todo ser humano posee una dignidad inestimable, por el
mero hecho de pertenecer a la misma comunidad humana, y que esta dignidad no
puede perderse jamás.[31] Proclamando que el Reino de Dios pertenece a los pobres, a los humildes, a
quienes son despreciados, a los que sufren en el cuerpo y en el espíritu;
curando todo tipo de enfermedades y dolencias, incluso las más deshumanizadoras
como la lepra; afirmando que lo que se hace a estas personas se le hace a él,
porque él está presente en esas personas, Jesús aportó la gran novedad del
reconocimiento de la dignidad de toda persona, y también, y sobre todo, de
aquellas personas que eran calificadas de “indignas”. Este nuevo principio de la
historia humana, por el que el ser humano es más “digno” de respeto y amor
cuanto más débil, miserable y sufriente, hasta el punto de perder la propia
“figura” humana, ha cambiado la faz del mundo, dando lugar a instituciones que
se ocupan de personas en condiciones inhumanas: los neonatos abandonados, los
huérfanos, los ancianos en soledad, los enfermos mentales, personas con
enfermedades incurables o graves malformaciones y aquellos que viven en la
calle.
Una vocación a la plenitud de la dignidad
20. La tercera convicción se refiere al destino último del ser humano: tras la
creación y la encarnación, la resurrección de Cristo nos revela un ulterior
aspecto de la dignidad humana. En efecto, «la razón más alta de la dignidad humana consiste en la vocación del hombre a la
unión con Dios»,[32]
destinada a durar por siempre. De este modo, «la dignidad [de la vida humana] no sólo está ligada a sus orígenes, a su
procedencia divina, sino también a su fin, a su destino de comunión con Dios en
su conocimiento y amor. A la luz de esta verdad san Ireneo precisa y completa su exaltación del hombre:
“el hombre que vive” es “gloria de Dios” pero “la vida del hombre consiste en la
visión de Dios”».[33]
21. Por consiguiente, la Iglesia cree y afirma que todos los seres humanos,
creados a imagen y semejanza de Dios y recreados[34] en el Hijo hecho hombre, crucificado y resucitado, están llamados a crecer
bajo la acción del Espíritu Santo para reflejar la gloria del Padre, en aquella
misma imagen, participando de la vida eterna (cf. Jn 10, 15-16.17, 22-24;
2 Cor 3, 18; Ef 1, 3-14). En efecto, «la Revelación […] manifiesta la dignidad de la persona humana en toda su amplitud».[35]
Un compromiso con la propia libertad
22. Aunque cada ser humano posee una dignidad inalienable e intrínseca desde el
principio de su existencia como don irrevocable, depende de su decisión libre y
responsable expresarla y manifestarla en plenitud o empañarla. Algunos Padres de
la Iglesia – como san Ireneo o san Juan Damasceno – establecieron una distinción entre la imagen y la semejanza de las que
habla el Génesis, permitiendo así una visión dinámica de la propia
dignidad humana: la imagen de Dios se confía a la libertad del ser humano para
que, bajo la guía y la acción del Espíritu, crezca su semejanza con Dios y cada
persona alcance su máxima dignidad.[36] Cada persona está llamada a manifestar en el plano existencial y moral el
horizonte ontológico de su dignidad, en la medida en que con su propia libertad
se orienta hacia el verdadero bien, como respuesta al amor de Dios. Así, en la
medida en que ha sido creada a imagen de Dios, por una parte, la persona humana
nunca pierde su dignidad y nunca deja de estar llamada a abrazar
libremente el bien; por otra parte, en la medida en que la persona humana
responde al bien, su dignidad puede manifestarse, crecer y madurar libre,
dinámica y progresivamente. Esto significa que también el ser humano debe
esforzarse por vivir a la altura de su dignidad. Se comprende entonces en qué
sentido el pecado puede herir y ensombrecer la dignidad humana, como acto
contrario a ella, pero, al mismo tiempo, que nunca puede borrar el hecho
que el ser humano ha sido creado a imagen de Dios. La fe, por tanto, contribuye
decisivamente a ayudar a la razón en su percepción de la dignidad humana, y a
acoger, consolidar y clarificar sus rasgos esenciales, como ha señalado
Benedicto XVI: «sin la ayuda correctora de la religión, la razón puede ser también presa de
distorsiones, como cuando es manipulada por las ideologías o se aplica de forma
parcial en detrimento de la consideración plena de la dignidad de la persona
humana. Después de todo, dicho abuso de la razón fue lo que provocó la trata de
esclavos en primer lugar y otros muchos males sociales, en particular la
difusión de las ideologías totalitarias del siglo XX».[37]
3. La dignidad, fundamento de los derechos y de los deberes humanos
23. Como ya recordó el Papa Francisco, «en la cultura moderna, la referencia más cercana al principio de la dignidad
inalienable de la persona es la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre, que san Juan Pablo II definió “piedra miliar puesta en el largo y
difícil camino del género humano”, y como “una de las más altas expresiones de
la conciencia humana”».[38] Para resistir a los intentos de alterar o eliminar el significado profundo
de esa Declaración, vale la pena recordar algunos principios esenciales
que deben siempre respetarse.
El respeto incondicionado de la dignidad humana
24. En primer lugar, aunque cada vez hay más conciencia de la cuestión de la
dignidad humana, sigue habiendo hoy muchos malentendidos sobre el concepto de
dignidad, que distorsionan su significado. Algunos proponen que es mejor
utilizar la expresión “dignidad personal” (y derechos “de la persona”) en lugar
de “dignidad humana” (y derechos “del hombre”), porque entienden por persona
sólo “un ser capaz de razonar”. En consecuencia, sostienen que la dignidad y los
derechos se infieren de la capacidad de conocimiento y libertad, de las que no
todos los seres humanos están dotados. Así pues, el niño no nacido no tendría
dignidad personal, ni el anciano incapacitado, ni los discapacitados mentales.[39] La Iglesia, por el contrario, insiste en el hecho de que la dignidad de
toda persona humana, precisamente porque es intrínseca, permanece “más allá de
toda circunstancia”, y su reconocimiento no puede depender, en modo alguno, del
juicio sobre la capacidad de una persona para comprender y actuar libremente. De
lo contrario, la dignidad no sería como tal inherente a la persona,
independiente de sus condicionamientos y, por tanto, merecedora de un respeto
incondicional. Sólo mediante el reconocimiento de la dignidad intrínseca del
ser humano, que nunca puede perderse, desde la concepción hasta la muerte
natural, puede garantizarse a esta cualidad un fundamento inviolable y seguro.
Sin referencia ontológica alguna, el reconocimiento de la dignidad humana
oscilaría a merced de valoraciones diversas y arbitrarias. La única condición,
por tanto, para que pueda hablarse de dignidad por sí misma inherente a la
persona es que ésta pertenezca a la especie humana, por lo que «los derechos de la persona son los derechos humanos».[40]
Una referencia objetiva para la libertad humana
25. En segundo lugar, a veces también se abusa del concepto de dignidad
humana para justificar una multiplicación arbitraria de nuevos derechos, muchos
de los cuales suelen ser contrarios a los definidos originalmente y no pocas
veces se ponen en contradicción con el derecho fundamental a la vida,[41]
como si hubiera que garantizar la capacidad de expresar y realizar cada
preferencia individual o deseo subjetivo. La dignidad se identifica entonces con
una libertad aislada e individualista, que pretende imponer como “derechos”,
garantizados y financiados por la comunidad, ciertos deseos y preferencias que
son subjetivas. Pero la dignidad humana no puede basarse en estándares
meramente individuales ni identificarse únicamente con el bienestar psicofísico
del individuo. Al contrario, la defensa de la dignidad del ser humano se
fundamenta en las exigencias constitutivas de la naturaleza humana, que no
dependen ni de la arbitrariedad individual ni del reconocimiento social. Los
deberes que se derivan del reconocimiento de la dignidad del otro y los
correspondientes derechos que de ello se derivan tienen, por tanto, un contenido
concreto y objetivo, basado en la naturaleza humana común Sin esa referencia
objetiva, el concepto de dignidad queda sometido de hecho a las más diversas
arbitrariedades, así como a los intereses de poder.
La estructura relacional de la persona humana
26. La dignidad de la persona humana, a la luz del carácter relacional de
la persona, ayuda también a superar la perspectiva reductiva de una libertad
autorreferencial e individualista, que pretende crear los propios valores
prescindiendo de las normas objetivas del bien y de la relación con los demás
seres vivos. Cada vez más, de hecho, se corre el riesgo de restringir la
dignidad humana a la capacidad de decidir discrecionalmente sobre uno mismo y
sobre su propio destino, independientemente del de los demás, sin tener en
cuenta la pertenencia a la comunidad humana. En esta concepción tan errónea de
la libertad, los deberes y los derechos no pueden reconocerse mutuamente para
que cuidemos unos de otros. En realidad, como recuerda san Juan Pablo II, la
libertad es puesta «al servicio de la persona y de su realización mediante el don de sí misma y la
acogida del otro. Sin embargo, cuando la libertad es absolutizada en clave
individualista, se vacía de su contenido original y se contradice en su misma
vocación y dignidad».[42]
27. Así pues, la dignidad del ser humano incluye también la capacidad, inherente a
la propia naturaleza humana, de asumir obligaciones hacia los otros.
28. La diferencia entre el ser humano y el resto de los otros seres vivos, que
resalta gracias al concepto de dignidad, no debe hacernos olvidar la bondad de
los demás seres creados, que existen no sólo en función del ser humano, sino
también con un valor propio y, por tanto, como dones que le han sido confiados
para que custodiados y cultivados. Así, mientras se reserva al ser humano el
concepto de dignidad, se debe afirmar al mismo tiempo la bondad creatural del
resto del cosmos. Como subrayaba el Papa Francisco: «Precisamente por su dignidad única y por estar dotado de inteligencia, el ser
humano está llamado a respetar lo creado con sus leyes internas […]: “Toda
criatura posee su bondad y su perfección propias […] Las distintas criaturas,
queridas en su ser propio, reflejan, cada una a su manera, un rayo de la
sabiduría y de la bondad infinitas de Dios. Por esto, el hombre debe respetar la
bondad propia de cada criatura para evitar un uso desordenado de las cosas”».[43] Todavía más, «hoy nos vemos obligados a reconocer que sólo es posible sostener un
“antropocentrismo situado”. Es decir, reconocer que la vida humana es
incomprensible e insostenible sin las demás criaturas».[44] Desde esta perspectiva, «no es irrelevante para nosotros que desaparezcan tantas especies, que la crisis
climática ponga en riesgo la vida de tantos seres».[45] Pertenece, de hecho, a la dignidad del hombre el cuidado del ambiente,
teniendo en cuenta en particular aquella ecología humana que preserva su misma
existencia.
La liberación del ser humano de condicionamientos morales y sociales
29. Estos requisitos previos básicos, por muy necesarios que sean, no bastan
para garantizar el crecimiento de una persona en coherencia con su dignidad. Aun
cuando «Dios ha creado al hombre racional confiriéndole la dignidad de una persona
dotada de la iniciativa y del dominio de sus actos»[46]
en vista del bien, el libre albedrío con frecuencia prefiere el mal al bien. Por
eso la libertad humana necesita a su vez ser liberada. En la carta a los
Gálatas, «para la libertad nos ha liberado Cristo» (Gal 5, 1), san Pablo
recuerda la tarea propia de cada cristiano, sobre cuyos hombros descansa una
responsabilidad de liberación que se extiende al mundo entero (cf. Rm
8,19ss). Se trata de una liberación que, desde el corazón de cada persona está
llamada a difundirse y a manifestar su fuerza humanizadora en todas las
relaciones.
30. La libertad es un don maravilloso de Dios. Incluso cuando nos atrae con su
gracia, Dios lo hace de tal manera que nuestra libertad nunca se ve violentada.
Por eso, sería un grave error pensar que, lejos de Dios y de su ayuda, podemos
ser más libres y, en consecuencia, sentirnos más dignos. Desvinculada de su
Creador, nuestra libertad sólo puede debilitarse y oscurecerse. Lo mismo ocurre
si la libertad se imagina como independiente de cualquier referencia que no sea
ella misma y se percibe como una amenaza cualquier relación con una verdad
precedente. Como consecuencia, también fracasará el respeto por la libertad y la
dignidad de los demás. Así lo explicó el Papa Benedicto XVI: «una voluntad que se cree radicalmente incapaz de buscar la verdad y el bien no
tiene razones objetivas y motivos para obrar, sino aquellos que provienen de sus
intereses momentáneos y pasajeros; no tiene una “identidad” que custodiar y
construir a través de las opciones verdaderamente libres y conscientes. No
puede, pues, reclamar el respeto por parte de otras “voluntades”, que también
están desconectadas de su ser más profundo, y que pueden hacer prevalecer otras
“razones” o incluso ninguna “razón”. La ilusión de encontrar en el relativismo
moral la clave para una pacífica convivencia, es en realidad el origen de la
división y negación de la dignidad de los seres humanos».[47]
31. Además, no sería realista afirmar una libertad abstracta, libre de cualquier
condicionamiento, contexto o límite. Por el contrario, «el recto ejercicio de la libertad personal exige unas determinadas condiciones
de orden económico, social, jurídico, político y cultural»[48], que a menudo no se cumplen. En este sentido, podemos decir que unos son más
“libres” que otros. El Papa Francisco se ha detenido especialmente en este
punto: «algunos nacen en familias de buena posición económica, reciben buena educación,
crecen bien alimentados, o poseen naturalmente capacidades destacadas. Ellos
seguramente no necesitarán un Estado activo y sólo reclamarán libertad. Pero
evidentemente no cabe la misma regla para una persona con discapacidad, para
alguien que nació en un hogar extremadamente pobre, para alguien que creció con
una educación de baja calidad y con escasas posibilidades de curar adecuadamente
sus enfermedades. Si la sociedad se rige primariamente por los criterios de la
libertad de mercado y de la eficiencia, no hay lugar para ellos, y la
fraternidad será una expresión romántica más».[49] Por lo tanto, es indispensable comprender que «la liberación de las injusticias promueve la libertad y la dignidad humana»[50] en todos los niveles y relaciones de las acciones humanas. Para que sea
posible una auténtica libertad «tenemos que volver a llevar la dignidad humana al centro y que sobre ese pilar
se construyan las estructuras sociales alternativas que necesitamos».[51] Análogamente, la libertad se ve frecuentemente oscurecida por numerosos
condicionamientos psicológicos, históricos, sociales, educativos y culturales.
La libertad real e histórica siempre necesita ser “liberada”. Y se deberá,
también, reafirmar el derecho fundamental a la libertad religiosa.
32. Al mismo tiempo, es evidente que la historia de la humanidad muestra un progreso
en la comprensión de la dignidad y la libertad de las personas, no sin sombras y
peligros de involución. Testigo de ello es la creciente aspiración – también por
influencia cristiana, que sigue siendo fermento incluso en una sociedad cada vez
más secularizada – a erradicar el racismo, la esclavitud y la marginación de
mujeres, niños, enfermos y personas con discapacidad. Pero este arduo camino
dista mucho de haber terminado.
4. Algunas violaciones graves de la dignidad humana
33. A la luz de las reflexiones hechas hasta ahora sobre la centralidad de la
dignidad humana, esta última sección de la Declaración aborda algunas
violaciones concretas y graves de la misma. Lo hace con el espíritu propio del
magisterio de la Iglesia, que ha encontrado su expresión plena en el magisterio
de los últimos Pontífices, como ya se ha recordado. Por ejemplo el Papa
Francisco, por una parte, no se cansa de pedir el respeto de la dignidad humana:
«todo ser humano tiene derecho a vivir con dignidad y a desarrollarse
integralmente, y ese derecho básico no puede ser negado por ningún país. Lo
tiene aunque sea poco eficiente, aunque haya nacido o crecido con limitaciones.
Porque eso no menoscaba su inmensa dignidad como persona humana, que no se
fundamenta en las circunstancias sino en el valor de su ser. Cuando este
principio elemental no queda a salvo, no hay futuro ni para la fraternidad ni
para la sobrevivencia de la humanidad».[52] Por otra parte, no deja nunca de señalar a todos las violaciones concretas
de la dignidad humana en nuestro tiempo, llamando a todos y cada uno a una
sacudida de responsabilidad y de compromiso activo.
34. Queriendo señalar algunas de las muchas violaciones de la dignidad humana en
nuestro mundo contemporáneo, podemos recordar lo que el Concilio Vaticano II
enseñó a este respecto. Hay que reconocer que se opone a la dignidad humana «cuanto atenta contra la vida – homicidios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio
deliberado».[53] Atenta además contra nuestra dignidad «cuanto viola la integridad de la persona humana, como, por ejemplo, las
mutilaciones, las torturas morales o físicas, los conatos sistemáticos para
dominar la mente ajena».[54] Y finalmente «cuanto ofende a la dignidad humana, como son las condiciones infrahumanas de
vida, las detenciones arbitrarias, las deportaciones, la esclavitud, la
prostitución, la trata de blancas y de jóvenes; o las condiciones laborales
degradantes, que reducen al operario al rango de mero instrumento de lucro, sin
respeto a la libertad y a la responsabilidad de la persona humana».[55] Será necesario también mencionar aquí el tema de la pena de muerte:[56] también esta última viola la dignidad inalienable de toda persona humana
más allá de cualquier circunstancia. Por el contrario, hay que reconocer que «el firme rechazo de la pena de muerte muestra hasta qué punto es posible
reconocer la inalienable dignidad de todo ser humano y aceptar que tenga un
lugar en este universo. Ya que, si no se lo niego al peor de los criminales, no
se lo negaré a nadie, daré a todos la posibilidad de compartir conmigo este
planeta a pesar de lo que pueda separarnos».[57] También parece oportuno reiterar la dignidad de las personas encarceladas,
que a menudo se ven obligadas a vivir en condiciones indignas, y que la práctica
de la tortura atenta contra la dignidad de todo ser humano más allá de todo
límite, incluso si alguien es culpable de delitos graves.
35. Sin pretender ser exhaustivos, a continuación llamamos la atención sobre
algunas violaciones graves de la dignidad humana que son de especial actualidad.
El drama de la pobreza
36. Uno de los fenómenos que más contribuye a negar la dignidad de tantos seres
humanos es la pobreza extrema, ligada a la desigual distribución de la riqueza.
Como ya fue subrayado por san Juan Pablo II, «una de las mayores injusticias del mundo contemporáneo consiste precisamente en
esto: en que son relativamente pocos los que poseen mucho, y muchos
los que no poseen casi nada. Es la injusticia de la mala distribución de los
bienes y servicios destinados originariamente a todos.».[58] Además, sería ilusorio hacer una distinción superficial entre “Países
ricos” y “Países pobres”. Benedicto XVI ya reconoció, de hecho, que «la riqueza mundial crece en términos absolutos, pero aumentan también las
desigualdades. En los países ricos, nuevas categorías sociales se empobrecen y nacen nuevas
pobrezas. En las zonas más pobres, algunos grupos gozan de un tipo de
superdesarrollo derrochador y consumista, que contrasta de modo inaceptable con
situaciones persistentes de miseria deshumanizadora. Se sigue produciendo “el
escándalo de las disparidades hirientes”»,[59] donde la dignidad de los pobres es doblemente negada, tanto por la falta
de recursos disponibles para satisfacer sus necesidades básicas, como por la
indiferencia con que son tratados por quienes viven junto a ellos.
37. Por tanto, con el Papa Francisco hay que concluir que «aumentó la riqueza, pero con inequidad, y así lo que ocurre es que “nacen nuevas
pobrezas”. Cuando dicen que el mundo moderno redujo la pobreza, lo hacen
midiéndola con criterios de otras épocas no comparables con la realidad actual».[60] Como resultado, la pobreza se extiende «de múltiples maneras, como en la obsesión por reducir los costos laborales,
que no advierte las graves consecuencias que esto ocasiona, porque el desempleo
que se produce tiene como efecto directo expandir las fronteras de la pobreza».[61] Entre estos «destructores efectos del Imperio del dinero»,[62] se debe reconocer
que «no existe peor pobreza que aquella que priva del trabajo y de la dignidad del
trabajo».[63] Si algunos nacen en un país o en una familia donde tienen menos
oportunidades de desarrollo, hay que reconocer que eso está reñido con su
dignidad, que es exactamente la misma que la de quienes nacen en una familia o
en un país ricos. Todos somos responsables, aunque en diversos grados, de esta
flagrante desigualdad.
La guerra
38. Otra tragedia que niega la dignidad humana es la que provoca la guerra, hoy
como en todos los tiempos: «guerras, atentados, persecuciones por motivos raciales o religiosos, y tantas afrentas contra la dignidad humana […] van “multiplicándose
dolorosamente en muchas regiones del mundo, hasta asumir las formas de la que
podría llamar una ‘tercera guerra mundial en etapas’”».[64] Con su estela de destrucción y dolor, la guerra atenta contra la dignidad
humana a corto y largo plazo: «incluso reafirmando el derecho inalienable a la legítima defensa, así como la
responsabilidad de proteger aquellos cuya existencia está amenazada, debemos
admitir que la guerra siempre es una “derrota de la humanidad”. Ninguna guerra
vale las lágrimas de una madre que ha visto a su hijo mutilado o muerto; ninguna
guerra vale la pérdida de la vida, aunque sea de una sola persona humana, ser
sagrado, creado a imagen y semejanza del Creador; ninguna guerra vale el
envenenamiento de nuestra Casa Común; y ninguna guerra vale la desesperación de
los que están obligados a dejar su patria y son privados, de un momento a otro,
de su casa y de todos los vínculos familiares, de amistad, sociales y culturales
que se han construido, a veces a través de generaciones».[65] Todas las guerras, por el mero hecho de contradecir la dignidad humana,
son «conflictos que no resolverán los problemas, sino que los aumentarán».[66] Esto es aún más grave en nuestra época, en la que se ha convertido en
normal que, fuera del campo de batalla, mueran tantos civiles inocentes.
39. En consecuencia, aún hoy la Iglesia no puede dejar de hacer suyas las
palabras de los Pontífices, repitiendo con san Pablo VI: «¡Nunca jamás guerra! ¡Nunca jamás guerra!»,[67] y pidiendo, junto a san Juan Pablo II, «a todos en nombre de Dios y en nombre del hombre: ¡no matéis! ¡No preparéis a
los hombres destrucciones y exterminio! ¡Pensad en vuestros hermanos que sufren
hambre y miseria! ¡Respetad la dignidad y la libertad de cada uno!».[68] Precisamente en nuestro tiempo, éste es el grito de la Iglesia y de toda
la humanidad. Por último, el Papa Francisco subraya que «no podemos pensar en la guerra como solución, debido a que los riesgos
probablemente siempre serán superiores a la hipotética utilidad que se le
atribuya. Ante esta realidad, hoy es muy difícil sostener los criterios
racionales madurados en otros siglos para hablar de una posible “guerra justa”.
¡Nunca más la guerra!».[69] Como la humanidad vuelve a caer a menudo en los mismos errores del pasado,
«para construir la paz es necesario salir de la lógica de la legitimidad de la
guerra».[70] La íntima relación que existe entre fe y dignidad humana hace
contradictorio que se fundamente la guerra sobre convicciones religiosas: «quien invoca el nombre de Dios para justificar el terrorismo, la violencia y la
guerra, no sigue el camino de Dios: la guerra en nombre de la religión es una
guerra contra la religión misma».[71]
El sufrimiento de los emigrantes
40. Los emigrantes están entre las primeras victimas de las múltiples formas de
pobreza. No es solo que su dignidad viene negada en sus países,[72] sino que su misma vida es puesta en riesgo porque no tienen los medios
para crear una familia, para trabajar o para alimentarse.[73] Una vez llegados a los países que deberían poder recibirlos, «no son considerados suficientemente dignos para participar en la vida social
como cualquier otro, y se olvida que tienen la misma dignidad intrínseca de
cualquier persona. […] Nunca se dirá que no son humanos pero, en la práctica, con las decisiones y el
modo de tratarlos, se expresa que se los considera menos valiosos, menos
importantes, menos humanos».[74] Por tanto, es siempre urgente recordar que «todo emigrante es una persona humana que, en cuanto tal, posee derechos
fundamentales inalienables que han de ser respetados por todos y en cualquier
situación».[75] Su acogida es una forma importante y significativa de defender «la inalienable dignidad de cada persona humana más allá de su origen, color o
religión».[76]
La trata de personas
41. La trata de personas también debe considerarse una grave violación de la
dignidad humana.[77] Esto no constituye una novedad, pero su desarrollo adquiere dimensiones
trágicas que están a la vista de todos, por lo que el Papa Francisco lo ha
denunciado en términos particularmente enérgicos: «reafirmo que la “trata de personas” es una actividad innoble, una vergüenza para
nuestras sociedades que se consideran civilizadas. ¡Explotadores y clientes a
todos los niveles deberían hacer un serio examen de conciencia ante sí mismos y
ante Dios! La Iglesia renueva hoy su fuerte llamamiento para que se defienda
siempre la dignidad y la centralidad de toda persona, en el respeto de los
derechos fundamentales, como destaca su doctrina social, y pide que los derechos
se extiendan realmente allí donde no se los reconoce a millones de hombres y
mujeres en todos los continentes. En un mundo en el que se habla mucho de
derechos, ¡cuántas veces se ultraja de hecho la dignidad humana! En un mundo
donde se habla tanto de derechos, parece que el dinero es el único que los
tiene. Queridos hermanos y hermanas, vivimos en un mundo donde manda el dinero.
Vivimos en un mundo, en una cultura donde reina el fetichismo del dinero».[78]
42. Por estos motivos, la Iglesia y la humanidad no deben abandonar la lucha
contra fenómenos como el «comercio de órganos y tejidos humanos, explotación sexual de niños y niñas,
trabajo esclavo, incluyendo la prostitución, tráfico de drogas y de armas,
terrorismo y crimen internacional organizado. Es tal la magnitud de estas
situaciones y el grado de vidas inocentes que va cobrando, que hemos de evitar
toda tentación de caer en un nominalismo declaracionista con efecto
tranquilizador en las conciencias. Debemos cuidar que nuestras instituciones
sean realmente efectivas en la lucha contra todos estos flagelos».[79] Ante formas tan diversas y brutales de negación de la dignidad humana, es
necesario ser cada vez más conscientes de que «la trata de personas es un crimen contra la humanidad».[80] Niega en sustancia la dignidad humana al menos de dos formas: «desfigura la humanidad de la víctima, ofendiendo su libertad y su dignidad.
Pero, al mismo tiempo, deshumaniza a quienes la llevan a cabo».[81]
Los abusos sexuales
43. La profunda dignidad inherente al ser humano en su totalidad de mente y
cuerpo nos permite comprender también por qué todo abuso sexual deja profundas
cicatrices en el corazón de quienes lo sufren: éstos están, de hecho, heridos en
su dignidad humana. Se trata de «sufrimientos que pueden llegar a durar toda la vida y a los que ningún
arrepentimiento puede poner remedio. Este fenómeno está muy difundido en la
sociedad, afecta también a la Iglesia y representa un serio obstáculo para su
misión».[82] De ahí su inquebrantable compromiso de poner fin a cualquier tipo de
abuso, empezando desde dentro.
Las violencias contra las mujeres
44. Las violencias contra las mujeres es un escándalo global, cada vez más
reconocido. Aunque de palabra se reconoce la igual dignidad de la mujer, en
algunos países las desigualdades entre mujeres y varones son muy graves e incluso en los países más desarrollados y
democráticos la realidad social concreta atestigua que a menudo no se reconoce a
la mujer la misma dignidad que al varón. El Papa Francisco subraya este hecho
cuando afirma que «la organización de las sociedades en todo el mundo todavía está lejos de
reflejar con claridad que las mujeres tienen exactamente la misma dignidad e
idénticos derechos que los varones. Se afirma algo con las palabras, pero las
decisiones y la realidad gritan otro mensaje. Es un hecho que “doblemente pobres
son las mujeres que sufren situaciones de exclusión, maltrato y violencia,
porque frecuentemente se encuentran con menores posibilidades de defender sus
derechos”».[83]
45. Ya san Juan Pablo II reconocía que «aún queda mucho por hacer para que el ser mujer y madre no comporte una
discriminación. Es urgente alcanzar en todas partes laefectiva igualdadde los derechos de la persona y por tanto igualdad de salario respecto a
igualdad de trabajo, tutela de la trabajadora-madre, justas promociones en la
carrera, igualdad de los esposos en el derecho de familia, reconocimiento de
todo lo que va unido a los derechos y deberes del ciudadano en un régimen
democrático».[84] Las desigualdades en estos aspectos son distintas formas de violencia.
También recordó que «es hora de condenar con determinación, empleando los medios legislativos
apropiados de defensa, las formas de violencia sexual que con frecuencia tienen por objeto a las mujeres. En nombre del respeto de la
persona no podemos además no denunciar la difundida cultura hedonística y
comercial que promueve la explotación sistemática de la sexualidad, induciendo a
chicas incluso de muy joven edad a caer en los ambientes de la corrupción y
hacer un uso mercenario de su cuerpo».[85]Entre las formas de violencia ejercidas contera las mujeres, ¿cómo no mencionar
la coacción al aborto, que afecta tanto a la madre como al hijo, tan a menudo
para satisfacer el egoísmo de los varones? ¿Y cómo no mencionar también la
práctica de la poligamia que – como recuerda el Catecismo de la Iglesia
Católica – es contraria a la igual dignidad de mujeres y varones y también
es contraria a «al amor conyugal que es único y exclusivo»?[86]
46. Es este horizonte de violencia contra las mujeres, no se condenará nunca de
forma suficiente el fenómeno del feminicidio. En este frente, el compromiso de
toda la comunidad internacional debe ser sólido y concreto, como ha reiterado el
Papa Francisco: «el amor a María nos tiene que ayudar a generar actitudes de reconocimiento y
gratitud frente a la mujer, frente a nuestras madres y abuelas que son un
bastión en la vida de nuestras ciudades. Casi siempre silenciosas llevan la vida
adelante. Es el silencio y la fuerza de la esperanza. Gracias por su testimonio
[…] pero mirando a las madres y a las abuelas, quiero invitarlos a luchar contra
una plaga que afecta a nuestro continente americano: los numerosos casos de
feminicidio. Y son muchas las situaciones de violencia que quedan silenciadas
detrás de tantas paredes. Los invito a luchar contra esta fuente de sufrimiento
pidiendo que se promueva una legislación y una cultura de repudio a toda forma
de violencia».[87]
El aborto
47. La Iglesia no cesa de recordar que «la dignidad de todo ser humano tiene un carácter intrínseco y vale desde el
momento de su concepción hasta su muerte natural. Precisamente la afirmación de
tal dignidad es el presupuesto irrenunciable para la tutela de una existencia
personal y social, y también la condición necesaria para que la fraternidad y la amistad social puedan realizarse en todos los pueblos de la
tierra».[88] Sobre la base de este valor intangible de la vida humana, el magisterio
eclesial se ha siempre pronunciado contra el aborto. Al respecto escribe san
Juan Pablo II: «entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto
procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e
ignominioso […] Hoy, sin embargo, la percepción de su gravedad se ha ido debilitando
progresivamente en la conciencia de muchos. La aceptación del aborto en la
mentalidad, en las costumbres y en la misma ley es señal evidente de una
peligrosísima crisis del sentido moral, que es cada vez más incapaz de
distinguir entre el bien y el mal, incluso cuando está en juego el derecho
fundamental a la vida. Ante una situación tan grave, se requiere más que nunca
el valor de mirar de frente a la verdad y dellamar a las cosas por su nombre,sin ceder a compromisos de conveniencia o a la tentación de autoengaño. A este
propósito resuena categórico el reproche del Profeta: “¡Ay, los que llaman al
mal bien, y al bien mal!; que dan oscuridad por luz, y luz por oscuridad” (Is5, 20). Precisamente en el caso del aborto se percibe la difusión de una
terminología ambigua, como la de “interrupción del embarazo”, que tiende a
ocultar su verdadera naturaleza y a atenuar su gravedad en la opinión pública.
Quizás este mismo fenómeno lingüístico sea síntoma de un malestar de las
conciencias. Pero ninguna palabra puede cambiar la realidad de las cosas: el
aborto procurado esla eliminación deliberada y directa, como quiera que se
realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la
concepción al nacimiento».[89] Los niños que van a nacer «son los más indefensos e inocentes de todos, a quienes hoy se les quiere negar
su dignidad humana en orden a hacer con ellos lo que se quiera, quitándoles la
vida y promoviendo legislaciones para que nadie pueda impedirlo».[90] Se deberá, por tanto, afirmar con total fuerza y claridad, también en
nuestro tiempo, que «esta defensa de la vida por nacer está íntimamente ligada a la defensa de
cualquier derecho humano. Supone la convicción de que un ser humano es siempre
sagrado e inviolable, en cualquier situación y en cada etapa de su desarrollo.
Es un fin en sí mismo y nunca un medio para resolver otras dificultades. Si esta
convicción cae, no quedan fundamentos sólidos y permanentes para defender los
derechos humanos, que siempre estarían sometidos a conveniencias
circunstanciales de los poderosos de turno. La sola razón es suficiente para
reconocer el valor inviolable de cualquier vida humana, pero si además la
miramos desde la fe, “toda violación de la dignidad personal del ser humano
grita venganza delante de Dios y se configura como ofensa al Creador del hombre”».[91] Merece mencionarse aquí el compromiso generoso y valiente de santa Teresa
de Calcuta en defensa de todo concebido.
La maternidad subrogada
48. La Iglesia, también, se posiciona en contra de la práctica de la maternidad
subrogada, mediante la cual el niño, inmensamente digno, se convierte en un mero
objeto. A este respecto, las palabras del Papa Francisco son de una claridad
única: «el camino hacia la paz exige el respeto de la vida, de toda vida humana,
empezando por la del niño no nacido en el seno materno, que no puede ser
suprimida ni convertirse en un producto comercial. En este sentido, considero
deplorable la práctica de la llamada maternidad subrogada, que ofende gravemente
la dignidad de la mujer y del niño; y se basa en la explotación de la situación
de necesidad material de la madre. Un hijo es siempre un don y nunca el objeto
de un contrato. Por ello, hago un llamamiento para que la Comunidad
internacional se comprometa a prohibir universalmente esta práctica».[92]
49. La práctica de la maternidad subrogada viola, ante todo, la dignidad del
niño. En efecto, todo niño, desde el momento de su concepción, de su nacimiento,
y luego al crecer como joven, convirtiéndose en adulto, posee una dignidad
intangible que se expresa claramente, aunque de manera singular y diferenciada,
en cada etapa de su vida. Por tanto, el niño tiene derecho, en virtud de su
dignidad inalienable, a tener un origen plenamente humano y no inducido
artificialmente, y a recibir el don de una vida que manifieste, al mismo tiempo,
la dignidad de quien la da y de quien la recibe. El reconocimiento de la
dignidad de la persona humana implica también el reconocimiento de la dignidad
de la unión conyugal y de la procreación humana en todas sus dimensiones. En
este sentido, el deseo legítimo de tener un hijo no puede convertirse en un
“derecho al hijo” que no respete la dignidad del propio hijo como destinatario
del don gratuito de la vida.[93]
50. La práctica de la maternidad subrogada viola, al mismo tiempo, la dignidad
de la propia mujer que o se ve obligada a ello o decide libremente someterse.
Con esta práctica, la mujer se desvincula del hijo que crece en ella y se
convierte en un mero medio al servicio del beneficio o del deseo arbitrario de
otros. Esto se contrapone, totalmente, con la dignidad fundamental de todo ser
humano y su derecho a ser reconocido siempre por sí mismo y nunca como
instrumento para otra cosa.
La eutanasia y el suicidio asistido
51. Hay un caso particular de violación de la dignidad humana, más
silencioso pero que está ganando mucho terreno. Tiene la peculiaridad de
utilizar un concepto erróneo de la dignidad humana para volverla contra la vida
misma. Esta confusión, muy común hoy en día, sale a la luz cuando se habla de
eutanasia. Por ejemplo, las leyes que reconocen la posibilidad de la eutanasia o
el suicidio asistido se denominan a veces “leyes de muerte digna” (“death
with dignity acts”). Está muy extendida la idea de que la eutanasia o el
suicidio asistido son compatibles con el respeto a la dignidad de la persona
humana. Frente a este hecho, hay que reafirmar con fuerza que el sufrimiento no
hace perder al enfermo esa dignidad que le es intrínseca e inalienablemente
propia, sino que puede convertirse en una oportunidad para reforzar los lazos de
pertenencia mutua y tomar mayor conciencia de lo preciosa que es cada persona
para el conjunto de la humanidad.
52. Ciertamente, la dignidad del enfermo, en condiciones críticas o terminales,
exige que todos realicen los esfuerzos adecuados y necesarios para aliviar su
sufrimiento mediante unos cuidados paliativos apropiados y evitando cualquier
encarnizamiento terapéutico o intervención desproporcionada. Estos cuidados
responden al «constante deber de comprender las necesidades del enfermo: necesidad de
asistencia, de alivio del dolor, necesidades emotivas, afectivas y espirituales».[94] Pero tal esfuerzo es totalmente distinto, diferente, incluso contrario a
la decisión de eliminar la propia vida o la de los demás bajo el peso del
sufrimiento. La vida humana, incluso en su condición dolorosa, es portadora de
una dignidad que debe respetarse siempre, que no puede perderse y cuyo respeto
permanece incondicional. En efecto, no hay condiciones en ausencia de las cuales
la vida humana deje de ser digna y pueda, por tanto, suprimirse: «la vida tiene la misma dignidad y el mismo valor para todos y cada uno: el
respeto de la vida del otro es el mismo que se debe a la propia existencia».[95] Ayudar al suicida a quitarse la vida es, por tanto, una ofensa objetiva
contra la dignidad de la persona que lo pide, aunque con ello se cumpliese su
deseo: «debemos acompañar a la muerte, pero no provocar la muerte o ayudar cualquier
forma de suicidio. Recuerdo que se debe privilegiar siempre el derecho al
cuidado y al cuidado para todos, para que los más débiles, en particular los
ancianos y los enfermos, nunca sean descartados. La vida es un derecho, no la
muerte, que debe ser acogida, no suministrada. Y este principio ético concierne
a todos, no solo a los cristianos o a los creyentes».[96] Como ya se ha dicho, la dignidad de cada persona, por débil o sufriente
que sea, implica a la dignidad de todos.
El descarte de las personas con discapacidad
53. Un criterio para verificar la atención real a la dignidad de cada individuo
es, obviamente, la atención prestada a los más desfavorecidos. Nuestro tiempo,
por desgracia, no se distingue mucho por esa atención: en verdad, se está
imponiendo una cultura del descarte.[97]
Para contrarrestar esta tendencia, merece especial atención y solicitud la
condición de quienes se encuentran en situación de déficit físico o
psíquico. Esta condición de especial vulnerabilidad,[98] tan relevante en los relatos evangélicos, cuestiona universalmente lo que
significa ser una persona humana, precisamente desde un estado de deficiencia o
discapacidad. La cuestión de la imperfección humana tiene también claras
implicaciones desde el punto de vista sociocultural, ya que, en algunas
culturas, las personas con discapacidad sufren a veces marginación, cuando no
opresión, al ser tratadas como auténticos “descartados”. En realidad, todo ser
humano, sea cual sea su condición de vulnerabilidad, recibe su dignidad por el
hecho mismo de ser querido y amado por Dios. Por estas razones, debe fomentarse
en la medida de lo posible la inclusión y la participación activa en la vida
social y eclesial de todos aquellos que, de alguna manera, están marcados por la
fragilidad o la discapacidad.[99]
54. En una perspectiva más amplia, se deberá recordar que la «caridad, corazón del espíritu de la política, es siempre un amor
preferencial por los últimos, que está detrás de todas las acciones que se
realicen a su favor los pobres […] “preocuparse de la fragilidad, de la
fragilidad de los pueblos y de las personas. Cuidar la fragilidad quiere decir
fuerza y ternura, lucha y fecundidad, en medio de un modelo funcionalista y
privatista que conduce inexorablemente a la ‘cultura del descarte’. […]
Significa hacerse cargo del presente en su situación más marginal y angustiante,
y ser capaz de dotarlo de dignidad”. Así ciertamente se genera una actividad
intensa, porque “hay que hacer lo que sea para salvaguardar la condición y
dignidad de la persona humana”».[100]
La teoría de género
55. La Iglesia desea, ante todo, «reiterar que toda persona, independientemente de su tendencia sexual, ha de ser
respetada en su dignidad y acogida con respeto, procurando evitar «todo signo de
discriminación injusta», y particularmente cualquier forma de agresión y
violencia».[101] Por ello, hay que denunciar como contrario a la dignidad humana que en
algunos lugares se encarcele, torture e incluso prive del bien de la vida, a no
pocas personas, únicamente por su orientación sexual.
56. Al mismo tiempo, la Iglesia destaca los decisivos elementos críticos
presentes en la teoría de género. A este respecto, el Papa Francisco recordó: «el camino hacia la paz exige el respeto de los derechos humanos, según la
sencilla pero clara formulación contenida en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, cuyo 75 aniversario hemos celebrado recientemente. Se trata de
principios racionalmente evidentes y comúnmente aceptados. Desgraciadamente, los
intentos que se han producido en las últimas décadas de introducir nuevos
derechos, no del todo compatibles respecto a los definidos originalmente y no
siempre aceptables, han dado lugar a colonizaciones ideológicas, entre las que
ocupa un lugar central la teoría de género, que es extremadamente peligrosa
porque borra las diferencias en su pretensión de igualar a todos».[102]
57. Con respecto a la teoría de género, sobre cuya consistencia científica se
debate mucho en la comunidad de expertos, la Iglesia recuerda que la vida
humana, en todos sus componentes, físicos y espirituales, es un don de Dios, que
debe ser acogido con gratitud y puesto al servicio del bien. Querer disponer de
sí mismo, como prescribe la teoría de género, sin tener en cuenta esta verdad
fundamental de la vida humana como don, no significa otra cosa que ceder a la
vieja tentación de que el ser humano se convierta en Dios y entre en competencia
con el verdadero Dios del amor que nos revela el Evangelio.
58. Un segundo aspecto sobre la teoría de género es que pretende negar la mayor
diferencia posible entre los seres vivos: la diferencia sexual. Esta diferencia
constitutiva no sólo es la mayor imaginable, sino también la más bella y la más
poderosa: logra, en la pareja varón-mujer, la reciprocidad más admirable y es,
por tanto, la fuente de ese milagro que nunca deja de asombrarnos que es la
llegada de nuevos seres humanos al mundo.
59. En este sentido, el respeto del propio cuerpo y de aquel de los otros es
esencial ante la proliferación y reivindicación de nuevos derechos que avanza la
teoría de género. Esta ideología «presenta una sociedad sin diferencias de sexo, y vacía el fundamento
antropológico de la familia».[103] Por tanto, resulta inaceptable que «algunas ideologías de este tipo, que pretenden responder a ciertas aspiraciones
a veces comprensibles, procuren imponerse como un pensamiento único que
determine incluso la educación de los niños. No hay que ignorar que “el sexo biológico (sex) y el papel sociocultural del sexo (gender), se pueden distinguir pero no separar”».[104] Por lo tanto, debe rechazarse todo intento de ocultar la referencia a la
evidente diferencia sexual entre hombres y mujeres: «no podemos separar lo que es masculino y femenino de la obra creada por Dios,
que es anterior a todas nuestras decisiones y experiencias, donde hay elementos
biológicos que es imposible ignorar».[105] Sólo cuando cada persona humana puede reconocer y aceptar esta diferencia
en reciprocidad es capaz de descubrirse plenamente a sí misma, su dignidad y su
identidad.
El cambio de sexo
60. La dignidad del cuerpo no puede considerarse inferior a la de la persona
como tal. El Catecismo de la Iglesia Católica nos invita expresamente a
reconocer que «el cuerpodel hombre participa de la dignidad de la “imagen de Dios”».[106]Tal verdad merece ser recordada especialmente cuando se trata del cambio de
sexo. En efecto, el ser humano está inseparablemente compuesto de cuerpo y alma,
y el cuerpo es el lugar vivo donde se despliega y manifiesta la interioridad del
alma, incluso a través de la red de relaciones humanas. Constituyendo el ser de
la persona, alma y cuerpo participan así de esa dignidad que caracteriza a todo
ser humano.[107] En este sentido, hay que recordar que el cuerpo humano participa de la
dignidad de la persona, ya que está dotado de significados personales,
especialmente en su condición sexual.[108] Es en el cuerpo, de hecho, donde cada persona se reconoce generada por los
demás, y es a través de su cuerpo que el varón y la mujer pueden establecer una
relación de amor capaz de generar a otras personas. Sobre la necesidad de
respetar el orden natural de la persona humana, el Papa Francisco enseña que «lo creado nos precede y debe ser recibido como don. Al mismo tiempo, somos
llamados a custodiar nuestra humanidad, y eso significa ante todo aceptarla y
respetarla como ha sido creada».[109] De ahí que toda operación de cambio de sexo, por regla general, corra el
riesgo de atentar contra la dignidad única que la persona ha recibido desde el
momento de la concepción. Esto no significa que se excluya la posibilidad que
una persona afectada por anomalías genitales, que ya son evidentes al nacer o
que se desarrollan posteriormente, pueda optar por recibir asistencia médica con
el objetivo de resolver esas anomalías. En este caso, la operación no
constituiría un cambio de sexo en el sentido que aquí se entiende.
La violencia digital
61. El avance de las tecnologías digitales, aunque ofrece muchas posibilidades
para promover la dignidad humana, tiende cada vez más a crear un mundo en el que
crecen la explotación, la exclusión y la violencia, que pueden llegar a atentar
contra la dignidad de la persona humana. Basta pensar en lo fácil que es, a
través de estos medios, poner en peligro la buena reputación de cualquier
persona con noticias falsas y calumnias. Sobre este punto el Papa Francisco
subraya que «no es sano confundir la comunicación con el mero contacto virtual. De hecho, el ambiente digital también es un territorio de soledad, manipulación,
explotación y violencia, hasta llegar al caso extremo del dark web. Los medios de comunicación digitales pueden exponer al riesgo de dependencia,
de aislamiento y de progresiva pérdida de contacto con la realidad concreta,
obstaculizando el desarrollo de relaciones interpersonales auténticas. Nuevas
formas de violencia se difunden mediante lossocial media, por ejemplo el ciberacoso; laweb también es un canal de difusión de la pornografía y de explotación de las
personas para fines sexuales o mediante el juego de azar”».[110] Y así es como, allí donde crecen las posibilidades de conexión, ocurre
paradójicamente que todo el mundo se encuentra en realidad cada vez más aislado
y empobrecido de relaciones interpersonales: «en la comunicación digital se quiere mostrar todo y cada individuo se convierte
en objeto de miradas que hurgan, desnudan y divulgan, frecuentemente de manera
anónima. El respeto al otro se hace pedazos y, de esa manera, al mismo tiempo
que lo desplazo, lo ignoro y lo mantengo lejos, sin pudor alguno puedo invadir
su vida hasta el extremo».[111]Estas tendencias representan el lado oscuro del progreso digital.
62. Desde esta perspectiva, si la tecnología ha de estar al servicio de la
dignidad humana y no perjudicarla, y si ha de promover la paz en lugar de la
violencia, la comunidad humana debe ser proactiva a la hora de abordar estas
tendencias respetando la dignidad humana y promover el bien: «en este mundo globalizado “los medios de comunicación pueden ayudar a que nos
sintamos más cercanos los unos de los otros, a que percibamos un renovado
sentido de unidad de la familia humana que nos impulse a la solidaridad y al
compromiso serio por una vida más digna para todos. […] Pueden ayudarnos en esta
tarea, especialmente hoy, cuando las redes de la comunicación humana han
alcanzado niveles de desarrollo inauditos. En particular, internet puede ofrecer
mayores posibilidades de encuentro y de solidaridad entre todos; y esto es algo
bueno, es un don de Dios”. Pero es necesario verificar constantemente que las
actuales formas de comunicación nos orienten efectivamente al encuentro
generoso, a la búsqueda sincera de la verdad íntegra, al servicio, a la cercanía
con los últimos, a la tarea de construir el bien común».[112]
Conclusión
63. En el 75 aniversario de la promulgación de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos (1948), el Papa Francisco reiteró que ese documento «es como una vía maestra, sobre la que se han dado muchos pasos adelante, pero
faltan todavía tantos, y a veces, desafortunadamente, se vuelve atrás. ¡El
compromiso con los derechos humanos nunca se acaba! A este respecto, estoy cerca
de todos aquellos que, sin proclamas, en la vida concreta de cada día luchan y
pagan en persona por defender los derechos de los que no cuentan».[113]
64. Es en este espíritu, con esta Declaración, en el que la Iglesia
exhorta ardientemente a que el respeto de la dignidad de la persona humana,
más allá de toda circunstancia, se sitúe en el centro del compromiso por el
bien común y de todo ordenamiento jurídico. En efecto, el respeto de la dignidad
de todos y de cada uno, es la base indispensable para la existencia misma de
toda sociedad que pretenda fundarse en el derecho justo y no en la fuerza del
poder. Es sobre la base del reconocimiento de la dignidad humana como se
sostienen los derechos humanos fundamentales, que preceden y sustentan toda
convivencia civilizada.[114]
65. Cada persona individual y, al mismo tiempo, cada comunidad humana tiene, por
tanto, la tarea de la realización concreta y efectiva de la dignidad humana,
mientras que corresponde a los Estados no sólo protegerla, sino también
garantizar las condiciones necesarias para que florezca en la promoción integral
de la persona humana: «en la actividad política hay que recordar que “más allá de toda apariencia, cada
uno es inmensamente sagrado y merece nuestro cariño y nuestra entrega”».[115]
66. También hoy, ante tantas violaciones de la dignidad humana, que amenazan
gravemente el futuro de la humanidad, la Iglesia no cesa de alentar la promoción
de la dignidad de toda persona humana, cualesquiera que sean sus cualidades
físicas, psíquicas, culturales, sociales y religiosas. Lo hace con esperanza,
segura de la fuerza que brota de Cristo resucitado, que ha llevado ya a su
plenitud definitiva la dignidad integral de todo varón y de toda mujer. Esta
certeza se convierte en un llamamiento en las palabras del Papa Francisco a cada
uno de nosotros: «a cada persona de este mundo le pido que no olvide esa dignidad suya que nadie
tiene derecho a quitarle».[116]
El Sumo Pontífice Francisco, en la Audiencia concedida al suscrito Prefecto
junto al Secretario para la Sección Doctrinal del Dicasterio para la Doctrina de
la Fe, el día de 25 marzo de 2024, ha aprobado la presente Declaración, decidida en la Sesión Ordinaria de este Dicasterio con fecha 28
de febrero de 2024, y ha ordenado su publicación.
Dado en Roma, en la sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el 2 de abril
de 2024, 19° aniversario de la muerte de san Juan Pablo II.
Víctor Manuel Card. Fernández
Prefecto
Mons. Armando Matteo
Secretario para la Sección Doctrinal
Ex Audientia Die 25.03.2024
FRANCISCUS
Índice
Introducción
Una aclaración fundamental
1. Una conciencia progresiva de la centralidad de la dignidad humana
Perspectivas bíblicas
El desarrollo del pensamiento cristiano
Los tiempos actuales
2. La Iglesia anuncia, promueve y se hace garante de la dignidad humana
Una imagen de Dios indeleble
Cristo eleva la dignidad del hombre
Una vocación a la plenitud de la dignidad
Un compromiso con la propia libertad
3. La dignidad, fundamento de los derechos y de los deberes humanos
El respeto incondicionado de la dignidad humana
Una referencia objetiva para la libertad humana
La estructura relacional de la persona humana
La liberación del ser humano de condicionamientos morales y sociales
4. Algunas violaciones graves de la dignidad humana
El drama de la pobreza
La guerra
El sufrimiento de los emigrantes
La trata de personas
Los abusos sexuales
Las violencias contra las mujeres
El aborto
La maternidad subrogada
La eutanasia y el suicidio asistido
El descarte de las personas discapacitadas
La teoría de género
El cambio de sexo
La violencia digital
Conclusión
[1] S. Juan Pablo II,
Ángelus con personas con discapacidad en la Iglesia
Catedral de Osnabrück (16 noviembre 1980): Insegnamenti III/2 (1980),
1232.
[2] Francisco, Exhort. ap.
Laudate Deum (4 octubre 2023), n. 39:
L’Osservatore Romano (4 octubre 2023), III.
[3] En el 1948, las Naciones Unidas adoptaron la
Declaración Universal de
los Derechos Humanos, que se compone de treinta artículos. La palabra
“dignidad” aparece cinco veces, en puntos estratégicos: en las primeras palabras
del Preámbulo y en la primera frase del Artículo Primero. Esta
dignidad viene declarada como «intrínseca […] a todos los miembros de la familia
humana» (Preámbulo) y «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos»
(Artículo 1).
[4] Atendiendo solo a la época moderna, se ve como la Iglesia ha
progresivamente acentuado la importancia de la dignidad humana. El tema fue
desarrollado especialmente en la Encíclica
Rerum novarum (1891) de Papa
León XIII, en la Encíclica
Quadragesimo anno (1931) de Papa Pio XI y en
el
Discurso al Congreso de la Unión Católica Italiana de Obstetras (1951)
de Papa Pio XII. Después, el Concilio Vaticano II ha profundizado de modo
particular esta temática, dedicando un documento completo al tema con la
Declaración
Dignitatis
Humanae (1965) y discutiendo también sobre la
libertad humana en la Constitución pastoral
Gaudium et
Spes (1965).
[5] S. Pablo VI,
Audiencia general (4 septiembre 1968): Insegnamenti
VI (1968), 886.
[6] S. Juan Pablo II,
Discurso a la III Conferencia General del Episcopado
Latinoamericano (28 enero 1979), III.1-III.2:Insegnamenti II/1 (1979), 202-203.
[7] Benedicto XVI,
Discurso a los participantes a la Asamblea General de la
Pontificia Academia para la Vida (13 febrero 2010): Insegnamenti VI/1
(2011), 218.
[8] Benedicto XVI,
Discurso a los participantes de la reunión del Banco del
Desarrollo del Consejo de Europa, (12 junio 2010): Insegnamenti VI/1
(2011), 912-913.
[9] Francisco, Exhort. ap.
Evangelii gaudium
(24 noviembre 2013), n.
178: AAS 105 (2013), 1094, que cita a S. Juan Pablo II,
Ángelus con
personas con discapacidad en la Iglesia Catedral de Osnabrück (16 noviembre
1980): Insegnamenti III/2 (1980), 1232.
[10] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 8:
AAS
112 (2020), 971.
[11] Ibídem, n. 277:
AAS 112 (2020), 1069.
[12] Ibídem, n. 213:
AAS 112 (2020), 1045.
[13] Ibídem, n. 213:
AAS 112 (2020), 1045, que cita Francisco,
Mensaje a los participantes en la Conferencia internacional “Los derechos
humanos en el mundo contemporáneo: conquistas, omisiones, negaciones”
(10
diciembre 2018): L’Osservatore Romano (10-11 diciembre 2018), 8.
[14] La Declaración
del 1948 de las Naciones Unidas fue desarrollada y
posteriormente profundizada por el Pacto internacional de las Naciones Unidas
sobre los derechos civiles y políticos del 1966 y del Acto final de la
Conferencia sobre la seguridad y la cooperación en Europa del 1975.
[15] Cf. Comisión Teológica Internacional,
Dignidad y derechos de la persona
humana (1983), Introducción, 3. Un compendio de la doctrina católica sobre
la dignidad humana puede encontrarse en el Catecismo de la Iglesia Católica,
en el capítulo titulado “La dignidad de la persona humana”, nn. 1700-1876.
[16] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 22:
AAS 112 (2020), 976.
[17] Boecio,
Contra Eutychen et Nestorium, c. 3: PL 64, 1344: «persona
est rationalis naturae individua substantia». Cf. S. Buenaventura, In I Sent.,
d. 25, a. 1, q. 2; S. Tomás de Aquino, Summa Theologiae, I, q. 29, a. 1,
resp.
[18] Puesto que no es el propósito de esta
Declaración elaborar un
tratado exhaustivo sobre la noción de dignidad, en aras de la brevedad sólo se
menciona aquí, a modo de ejemplo, la llamada cultura clásica griega y romana,
como punto de referencia de la reflexión filosófica y teológica de los primeros
cristianos.
[19] Cf. por ej. Cicerón
De Officiis I, 105-106: «Sed pertinet ad omnem
officii quaestionem semper in promptu habere, quantum natura hominis pecudibus
reliquisque beluis antecedat […] Atque etiam si considerare volumus, quae sit in natura excellentia et dignitas, intellegemus,
quam sit turpe diffluere luxuria et delicate ac molliter vivere quamque honestum
parce, continenter, severe, sobrie»; (Scriptorum Latinorum Bibliotecha
Oxoninsis, ed. M. Winterbottom, Oxford 1994, p.43). Esta es la traducción
española «incumbe al asunto entero del deber el tener siempre a la vista cuánto aventaja
la naturaleza humana a la del ganado y las restantes bestias [...] Y también, si
queremos considerar qué son la excelencia y dignidad enraizadas por naturaleza,
entenderemos qué burdo es desgastarse en el vicio y vivir entre melindres y
molicie, y qué honorable hacerlo de modo frugal, sobrio, serio y austero» (Los
Deberes, tr. española I. J. García Pinilla, Biblioteca Clásica Gredos – 414,
Madrid 2014).
[20] Cf. S. Pablo VI,
Discurso en la Peregrinación a Tierra Santa: Visita a
la Basílica de la Anunciación en Nazaret (5 enero 1964): AAS
56
(1964), 166-170.
[21] Entre las innumerables referencias, cf. por ej. S. Clemente de Roma, 1 Clem. 33, 4s: PG 1, 273; Teófilo de Antioquía, Ad Aut. I, 4: PG 6, 1029; S. Clemente de Alejandría,
Strom. III, 42,5-6: PG
8, 1145; VI, 72, 2: PG 9, 293; S. Ireneo de Lyon, Adv. Haer. V, 6,1: PG
7, 1137-1138; Orígenes, De princ. III, 6,1: PG 11, 333; S. Agustín,
De Gen. ad litt. VI, 12: PL 34, 348; De Trin. XIV, 8,
11: PL 42, 1044 – 1405.
[22] S. Tomás de Aquino,
Summa Theologiae, I, q. 29, a. 3, resp.:
«persona significat id, quod est perfectissimum in tota natura, scilicet subsistens in rationali natura».
[23] Basta pensar en Giovanni Pico della Mirandola y su conocido texto
Oratio de hominis dignitate (1486).
[24] Para un pensador hebreo como E. Levinas (1906-1995), el ser humano viene
cualificado por su libertad en la medida en que se descubre infinitamente
responsable del otro ser humano.
[25] Algunos grandes pensadores cristianos del siglo XIX y XX, como S. J.H.
Newman, el beato A. Rosmini, J. Maritain, E. Mounier, K. Rahner, H.‑U. von
Balthasar, y otros, han logrado proponer una visión del hombre que puede
dialogar válidamente con todas las corrientes de pensamiento de nuestro inicio
del siglo XXI, cualquiera que sea su inspiración, incluso postmoderna.
[26] Por este motivo, la «Declaración universal de los derechos del hombre
[…] indica implícitamente que la fuente de los derechos humanos inalienables se
sitúa en la dignidad de toda persona humana»: Comisión Teológica Internacional,
En busca de una ética universal: nueva perspectiva sobre la ley natural
(2009), n. 115.
[27] Concilio Ecuménico Vaticano II, Const. past.
Gaudium et
Spes (7
diciembre 1965), n. 26: AAS 58 (1966), 1046; todo el primer
capítulo de la primera parte de la Constitución (nn. 11-22) viene dedicado a la
“Dignidad de la persona humana”.
[28] Concilio Ecuménico Vaticano II, Declar.
Dignitatis
Humanae (7
diciembre 1965), n. 1: AAS 58 (1966), 929.
[29] Ibídem, n.
2: AAS 58 (1966), 931.
[30] Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc.
Dignitas personae
(8 septiembre 2008), n. 7: AAS 100 (2008), 863. Cf. también S. Ireneo de Lyon,
Adv. Haer. V, 16, 2: PG 7, 1167-1168.
[31] Puesto que «el Hijo de Dios con su encarnación se ha unido, en cierto modo, con todo hombre.»
(Concilio Ecuménico Vaticano II, Const. past.
Gaudium et
Spes (7 diciembre
1965), n. 22: AAS 58 (1966), 1042), la dignidad de todo hombre nos viene
revelada en su plenitud por Cristo.
[32] Concilio Ecuménico Vaticano II, Const. past.
Gaudium et
Spes (7
diciembre 1965), n. 19: AAS 58 (1966), 1038.
[33] S. Juan Pablo II, Cart. enc.
Evangelium vitae (25 marzo 1995), n. 38: AAS 87 (1995), 443, que cita S. Ireneo de Lyon,
Adv. Haer.
IV, 20,7: PG 7, 1037-1038.
[34] De hecho, Cristo dio a los bautizados una nueva dignidad, la de “hijos de
Dios”: cf. Catecismo de la Iglesia Católica nn. 1213, 1265, 1270, 1279.
[35] Concilio Ecuménico Vaticano. II, Declar.
Dignitatis
Humanae (7 diciembre 1965), n. 9: AAS 58 (1966), 935.
[36] Cf. S. Ireneo de Lyon,
Adv. Haer. V, 6, 1. V, 8, 1. V, 16, 2: PG 7,
1136-1138. 1141-1142. 1167-1168; S. Juan Damasceno, De fide orth. 2, 12:
PG 94, 917-930.
[37] Benedicto XVI,
Discurso en Westminster Hall (17 septiembre 2010):
Insegnamenti VI/2 (2011), 240.
[38] Francisco,
Audiencia general
(12 agosto 2020): L’Osservatore
Romano (13 agosto 2020), 8, que cita S. Juan Pablo II,
Discurso a la
Asamblea General de las Naciones Unidas (2 octubre 1979), 7 y 2 e e Id.,
Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas
(5 octubre 1995), 2.
[39] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc.
Dignitas personae
(8 septiembre 2008), n. 8: AAS 100 (2008), 863-864.
[40] Comisión Teológica Internacional,
La libertad religiosa para el bien de
todos (2019), n. 38.
[41] Cf. Francisco,
Discurso a los Miembros del Cuerpo Diplomático
acreditado ante la Santa Sede para la presentación de las felicitaciones por el
Año Nuevo (8 enero 2024): L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[42] Cf. S. Juan Pablo II, Cart. enc.
Evangelium vitae (25 marzo
1995), n. 19: AAS 87 (1995), 422.
[43] Francisco, Cart. enc.
Laudato si’
(24 mayo 2015), n.
69: AAS 107 (2015), 875, que cita el Catecismo de la Iglesia
Católica, n. 339.
[44] Francisco, Exhort. ap.
Laudate Deum (4 octubre 2023), n. 67:
L’Osservatore Romano (4 octubre 2023), IV.
[45] Ibídem, n. 63:
L’Osservatore Romano (4 octubre 2023), IV.
[46] Catecismo de la Iglesia Católica,
n. 1730.
[47] Benedicto XVI,
Mensaje para la celebración de la 44a Jornada
mundial por la Paz (1 enero 2011), n. 3 Insegnamenti VI/2 (2011),
979.
[48] Pontificio Consejo de Justicia y Paz,
Compendio de la Doctrina social
de la Iglesia, n. 137.
[49] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 109: AAS 112 (2020), 1006.
[50] Pontificio Consejo de Justicia y Paz,
Compendio de la Doctrina social
de la Iglesia, n. 137.
[51] Francisco,
Discurso a los participantes al Encuentro mundial de
movimientos populares (28 octubre 2014): AAS 106 (2014), 858.
[52] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 107: AAS 112 (2020), 1005-1006.
[53] Concilio Ecuménico Vaticano II, Const. past.
Gaudium et
Spes (7
diciembre 1965), n. 27: AAS 58 (1966), 1047.
[54] Ibídem.
[55] Ibídem.
[56] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2267 y Congregación para la Doctrina de la Fe,
Carta a los obispos sobre la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la
Iglesia Católica sobre la pena de muerte (1 agosto 2018), nn. 7-8.
[57] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 269: AAS 112 (2020), 1065.
[58] S. Juan Pablo II, Cart. enc.
Sollicitudo rei socialis (30 diciembre
1987), n. 28: AAS 80 (1988), 549.
[59] Benedicto XVI, Carta. enc.
Caritas in
veritate (29 junio 2009), n. 22:
AAS 101 (2009), 657, que cita S. Pablo VI, Cart. enc.
Populorum progressio
(26 marzo 1967),
n. 9: AAS 59 (1967), 261-262.
[60] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 21: AAS 112 (2020), 976, que cita Benedetto XVI, Cart. enc.
Caritas in
veritate (29 junio 2009), n. 22: AAS 101 (2009), 657.
[61] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 20: AAS 112 (2020), 975-976. Cf. también la “Oración al Creador” al final de la
misma Encíclica.
[62] Ibídem, n. 116:
AAS 112 (2020), 1009, que cita Francisco,
Discurso a los participantes al Encuentro mundial de movimientos populares
(28 octubre 2014): AAS 106 (2014), 851-852.
[63] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 162: AAS 112 (2020), 1025, que cita Francisco,
Discurso a los miembros del
Cuerpo diplomático acreditado ante la Santa Sede (12 enero 2015): AAS
107 (2015), 265.
[64] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 25: AAS 112 (2020), 978, que cita Francisco,
Mensaje en la 49ª Jornada
mundial por la Paz (1 enero 2016): AAS 108 (2016), 49.
[65] Francisco,
Mensaje a los participantes a la VI Edición del “Fórum de
Paris sobre la Paz” (10 noviembre 2023): L’Osservatore Romano (10
noviembre 2023), 7, que cita Id.,
Audiencia general (23 marzo 2022): L’Osservatore Romano (23 marzo 2022), 3.
[66] Francisco,
Discurso a la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 28) (2 diciembre 2023):
L’Osservatore Romano (2 diciembre 2023), 2.
[67] Cf. S. Pablo VI,
Discurso a las Naciones Unidas (4 octubre 1965):
AAS 57 (1965), 881.
[68] S. Juan Pablo II, Cart. enc.
Redemptor hominis (4 marzo 1979), n. 16: AAS 71 (1979), 295.
[69] Francisco Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 258: AAS
112 (2020), 1061.
[70] Francisco, Discurso al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
(14
junio 2023): L’Osservatore Romano (15 junio 2023), 8.
[71] Francisco,
Discurso en la Jornada mundial de Oración por la Paz (20 septiembre
2016): L’Osservatore Romano (22 septiembre 2016), 5.
[72] Cf. Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 38:
AAS 112 (2020), 983: «Por consiguiente, también, “hay que reafirmar el derecho a no emigrar, es decir, a tener las condiciones
para permanecer en la propia tierra”», que cita Benedicto XVI,
Mensaje por la
99ª Jornada mundial del Emigrante y del Refugiado (12 octubre 2012): AAS
104 (2012), 908.
[73] Cf. Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 38:
AAS 112 (2020), 982-983.
[74] Ibídem, n. 39:
AAS 112 (2020), 983.
[75] Benedicto XVI, Cart. enc.
Caritas in veritate (29 junio 2009), n. 62:
AAS 101 (2009), 697.
[76] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 39: AAS 112 (2020), 983.
[77] Puede ser útil aquí recordar la declaración de Pablo III sobre la dignidad
de los hombres que se encuentran en las tierras del “Nuevo Mundo” en la Bulla
Pastorale officium (29 mayo1537), donde establece – bajo pena de excomunión
– que los habitantes de aquellos territorios, «incluso si se encuentran fuera del seno de la Iglesia no estén privados […] de
su libertad o del dominio sobre sus bienes, puesto que son hombres y por eso
capaces de fe y salvación» [«licet extra gremium Eccelesiae existant, non tamen
sua libertate, aut rerum suarum dominio […] privandos esse, et cum homines,
ideoque fidei et salutis capaces sint»]: DH 1495.
[78] Francisco,
Discurso
a los participantes a la Plenaria del
Pontificio Consejo de la Pastoral para los Emigrantes y los Itinerantes (24
mayo 2013): AAS 105 (2013), 470-471.
[79] Francisco,
Discurso a la Organización de las Naciones Unidas
(25
septiembre 2015): AAS 107 (2015), 1039.
[80] Francisco,
Discurso
a un grupo de Embajadores con ocasión de la
presentación de las Cartas Credenciales (12 diciembre 2013): L’Osservatore Romano (13 diciembre 2013), 8.
[81] Francisco,
Discurso
a los participantes en la Conferencia
internacional sobre la trata de personas (11 abril 2019): AAS 111
(2019), 700.
[82] Documento Final de la XV Asamblea General
Ordinaria del Sínodo de los Obispos, (27 octubre 2018), n. 29.
[83] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 23: AAS 112 (2020), 977, que cita Id., Exhort. ap.
Evangelii gaudium
(24
noviembre 2013), n. 212: AAS 105 (2013), 1108.
[84] S. Juan Pablo II,
Carta a las mujeres (29 junio 1995), n. 4: Insegnamenti XVIII/1 (1997), 1874.
[85] Ibídem, n. 5:
Insegnamenti XVIII/1 (1997), 1875.
[86] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1645.
[87] Francisco,
Discurso con ocasión de la
Celebración Mariana – Virgen De La Puerta (20 enero 2018): AAS
110
(2018), 329.
[88] Francisco,
Discurso a los participantes en la Asamblea Plenaria
de la Congregación para la Doctrina de la Fe (21 enero 2022): L’Osservatore Romano (21 enero 2022), 8.
[89] S. Juan Pablo II, Cart. enc.
Evangelium vitae (25 marzo 1995), 58:
AAS 87 (1995), 466-467. Sobre el tema del respeto debido a los embriones
humanos, se vea tema del respeto debido a los embriones humanos, Congregación para la Doctrina de la Fe,
Instruc.
Donum vitae (22 febrero 1987): «La praxis de mantener en vida embriones humanos, in vivo o in vitro, para fines
experimentales o comerciales, es completamente contraria a la dignidad humana»
(I, 4): AAS 80 (1988), 82.
[90] Francisco, Exhort. ap.
Evangelii gaudium
(24 noviembre 2013), 213:
AAS 105 (2013), 1108.
[91] Ibídem.
[92] Francisco,
Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado
ante la Santa Sede para la presentación de las felicitaciones por el Año Nuevo
(8 enero 2024): L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[93] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc.
Dignitas Personae
(8 septiembre 2008), n. 16: AAS 100 (2008), 868-869. A todos estos
aspectos se refiere precisamente la Instrucción de la entonces Congregación para
la Doctrina de la Fe titulada
Donum vitae (22 febrero 1987): AAS 80 (1988),
71-102.
[94] Congregación para la Doctrina de la Fe, Cart.
Samaritanus bonus (14
julio 2020), V, n. 4: AAS 112 (2020), 925.
[95] Cf.
Ibídem, V, n.1:
AAS 112 (2020), 919.
[96] Francisco,
Audiencia general (9 febrero 2022):
L’Osservatore
Romano (9 febrero 2022), 3.
[97] Cf. sobre todo, Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti (3 octubre
2020), nn. 18-21: AAS 112 (2020), 975-976: “El descarte mundial”. El n.
188 de la misma Encíclica llega a identificar una “cultura del descarte”.
[98] Cf. Francisco,
Discurso a los participantes al Congreso promovido por
el Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización (21
octubre 2017): L’Osservatore Romano (22 octubre 2017), 8: «La
vulnerabilidad pertenece a la esencia del ser humano».
[99] Cf. Francisco,
Mensaje para el Día internacional de las personas con
discapacidad (3 diciembre 2020): AAS 112 (2020), 1185-1186.
[100] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), nn. 187-188:
AAS 112 (2020), 1035-1036, que cita Id.,
Discurso al Parlamento
Europeo, Strasburgo (25 noviembre 2014): AAS 106 (2014), 999, e Id.,
Discurso a la clase dirigente y al Cuerpo diplomático, Bangui – República
Centroafricana (29 noviembre 2015): AAS 107 (2015) 1320.
[101] Francisco, Exhort. ap.
Amoris laetitia
(19 marzo 2016), n. 250: AAS 108 (2016), 412-413, que cita el
Catecismo de la Iglesia Católica,
n. 2358.
[102] Francisco,
Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado
ante la Santa Sede para la presentación de felicitaciones por el Año Nuevo
(8 enero 2024): L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[103] Francisco, Exhort. ap.
Amoris laetitia
(19 marzo 2016), n. 56: AAS 108 (2016), 334.
[104] Ibídem, que cita XIV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los
Obispos,
Relatio finalis (24 octubre 2015), 58.
[105] Francisco, Exhort. ap.
Amoris laetitia
(19 marzo 2016), n. 286: AAS 108 (2016), 425.
[106] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 364.
[107] Esto vale también para el respeto debido a los cuerpos de los difuntos;
cf. por ej., Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc. Ad resurgendum
cum Christo (15 agosto 2016), n. 3: AAS 108 (2016), 1290: «Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la
resurrección de la carne, y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la
persona con la cual el cuerpo comparte la historia». De modo más completo, cf.
también, Comisión Teológica Internacional
Algunas cuestiones actuales de
escatología (1990), n. 5: “El hombre llamado a la resurrección”.
[108] Cf. Francisco, Cart. enc.
Laudato si’
(24 maggio 2015), n. 155: AAS 107 (2015), 909.
[109] Francisco, Exhort. ap.
Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 56:
AAS 108 (2016), 344.
[110] Francisco, Exhort. ap.
Christus vivit
(25 marzo 2019), n. 88: AAS 111 (2019), 413, que cita el
Documento Final de la XV Asamblea General
Ordinaria del Sínodo de los Obispos (27 octubre 2018), n. 23.
[111] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 42: AAS 112 (2020), 984.
[112] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 205: AAS 112 (2020), 1042, que cita Id.,
Mensaje para la XLVIII Jornada
mundial de las Comunicaciones Sociales (24 enero 2014): AAS 106
(2014), 113.
[113] Francisco,
Ángelus
(10 diciembre 2023):
L’Osservatore Romano (11 diciembre 2023), 12.
[114] Cf. Comisión Teológica Internacional,
Dignidad y derechos de la persona
humana (1983), n. 2.
[115] Francisco, Cart. enc.
Fratelli tutti
(3 octubre 2020), n. 195: AAS 112 (2020), 1038, che cita Id., Exhort. ap.
Evangelii gaudium
(24
noviembre 2013), n. 274: AAS 105 (2013), 1130.
[116] Francisco, Cart. enc.
Laudato si’
(24 mayo 2015), n. 205: AAS 107 (2015), 928.
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